Decisión de Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de Aragua, de 7 de Octubre de 2008

Fecha de Resolución 7 de Octubre de 2008
EmisorSuperior en lo Civil y Contencioso Administrativo
PonenteDomingo Efrén Zerpa Naranjo
ProcedimientoAmparo

GADO SUPERIOR EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DE LA REGION CENTRAL, CON SEDE EN MARACAY, ESTADO ARAGUA.

Maracay, 07 de Octubre de 2008.

198º y 149º

Exp. Nº. AC. 9237.

Vista la diligencia estampada en fecha (03) de Octubre de 2008, por las Ciudadanas Abogadas: A.B.L. y J.M.R.P., inscritas en los Inpreabogados bajo los números 86.522, 113.356, respectivamente en su caracteres de Apoderadas Judiciales de los Accionantes, mediante la cual DESISTEN del presente Procedimiento de A.C. incoado; Asimismo solicitan le sean entregados los recaudos que acompañaron en el momento de presentar el Recurso de A.C., los cuales corren insertos a los folios 05 al 213 ambos inclusive; este Tribunal Superior, da por DESISTIDA la Solicitud de A.C. interpuesta por las Ciudadanas Abogadas: A.B.L. y J.M.R.P., inscritas en los Inpreabogados bajo los números 86.522, 113.356, respectivamente en su caracteres de Apoderadas Judiciales de los Accionantes, contra el Instituto de Vialidad y Transporte del Estado Aragua (INVIALTA), en consecuencia, por cuanto no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles, le imparte la HOMOLOGACION de conformidad con lo establecido en el Artículo 25 de la Ley Orgánica de A.S.D. y Garantías Constitucionales en concordancia con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, ordenándose el ARCHIVO del presente Expediente en su oportunidad; asimismo acuerda de conformidad con lo solicitado en consecuencia, ordena el desglose de los recaudos antes mencionado previa su certificación en autos, dejándose en su lugar, copias fotostáticas debidamente certificadas. Para la elaboración de los fotostatos que se han de certificar se designa al Ciudadano: F.R., persona capaz y Alguacil Temporal de este Despacho, de conformidad con lo establecido en los Artículos 112 del Código de Procedimiento Civil y 120 de la ley de Registro Público vigente, este último por analogía.

EL JUEZ SUPERIOR,

DR. D.E.Z.N..

LA SECRETARIA TEMP,

R.M.R..

En fecha ________________ se entregaron los recaudos solicitados.

LA SECRETARIA.

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