Decisión de Juzgado Decimo Tercero de Municipio de Caracas, de 13 de Julio de 2010

Fecha de Resolución13 de Julio de 2010
EmisorJuzgado Decimo Tercero de Municipio
PonenteMaría Gutierrez
ProcedimientoTitulo Supletorio

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE

JUZGADO DÉCIMO TERCERO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS

Caracas, trece (13) de Julio de 2010.

Años: 200° y 151°

Vistas las actuaciones que anteceden; este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y en virtud de lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA TITULO SUPLETORIO a favor de la ciudadana K.N.P.V., venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nº V- 13.807.454, sobre las bienhechurías construidas en un terreno ubicado en la Calle Unión, Callejón, El Silencio, Casa Nº 26, S.C., del Este, Municipio Baruta, Estado Miranda, constituidas por una casa con las siguientes características: Paredes de Bloque frisado, techo de acerolit, pisos de cerámicas, dos habitaciones, sala comedor, cocina, un baño, ventanas de hierro con protectores del mismo material, cuenta con instalaciones eléctricas, de agua potable, e instalaciones sanitarias, la casa se encuentra enclavada en una superficie de Ochenta metros cuadrados (80 Mts2) aproximadamente.

Devuélvanse en originales las presentes actuaciones al promovente, incluyendo la solicitud, la cual procede redactada por el abogado C.E.L.V., inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 65.144, déjese constancia en el Libro Diario llevado en este Tribunal. Asimismo, certifíquense todas las actuaciones de la presente expediente y certifíquense a su solicitud para la certificación de dichas copias se autoriza al ciudadano J.E.Z., funcionario de este Tribunal quien junto con la secretaria firmará en todas y cada una de las páginas por aplicación analógica del Artículo 76 de la Ley de Registro y del Notariado. Cúmplase. Líbrense copias certificadas.

LA JUEZ

Dra. MARIA A. GUTIÉRREZ. C

LA SECRETARIA

Abg. DILCIA MONTENEGRO

MAGC/DM/Eduardo.

Exp. AP31-S-2010-003959

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR