Decisión nº WP01-R-2014-000378 de Corte de Apelaciones de Vargas, de 19 de Agosto de 2014

Fecha de Resolución19 de Agosto de 2014
EmisorCorte de Apelaciones
PonenteNorma Elisa Sandoval
ProcedimientoConfirma La Decisión Dictada

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

CORTE DE APELACIONES EN PENAL ORDINARIO, RESPONSABILIDAD

PENAL DE ADOLESCENTES Y VIOLENCIA CONTRA LA MUJER

CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO VARGAS

Macuto, 19 de agosto de 2014

204º y 155º

ASUNTO PRINCIPAL: WP01-P-2013-001319

RECURSO: WP01-R-2014-000378

Corresponde a esta Corte resolver el recurso de apelación interpuesto por la abogada A.A.G., en su carácter de Defensora Pública Auxiliar Tercera Penal Ordinario en fase de P.d.E.V. del ciudadano K.R.R.M., identificado con el número de cédula V-19.398.100, en contra de la decisión emitida en fecha 30-05-2014, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia Estadal y Municipal en lo Penal en Funciones de Control de este Circuito Judicial, mediante la cual DECRETO LA MEDIDA JUDICIAL PRIVATIVA DE LIBERTAD al referido ciudadano, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO CON ALEVOSIA EN GRADO DE AUTOR, previsto y sancionado en el artículo 406 numeral 1 del Código Penal, en perjuicio de quien en vida respondiera al nombre de F.J.V.H..En tal sentido se observa.

DEL RECURSO DE APELACION

La Defensora Pública, en el escrito presentado alegó entre otras cosas cuanto sigue:

…En virtud de la exposición fiscal, y revisadas como fueron las actas, esta defensa, entre otras cosas, alegó que "...Esta defensa solicito la nulidad absoluta de la detención conforme a lo previsto en el articulo 175 del código orgánico procesal penal (sic), ya que hay una violación de los derechos y garantías fundamentales, de consentir y pretender, dar viso de legalidad a este irregular procedimiento, estaríamos atentando contra nuestra seguridad jurídica y validando un fraude procesal, ya que los funcionarios aprehensores de (sic) fecha 05-04-2014, alegan que pudieron constatar que mi defendido se encontraba inmerso en problemas de interés penal en donde supuestamente mi defendido confesara de manera voluntaria su participación directa como autor material de la muerte de un ciudadano a quien en vida respondiera de nombre VESASMENDEZ FRANCISCO, por lo que le parece curioso a esta defensa que mi defendido alegara algún tipo de responsabilidad en el presente caso, por lo tanto ciudadana Juez solicito la L.s.R. del ciudadano K.R.R.M....En este mismo orden de ideas, se desprende de las actas de entrevistas de fecha 11 de febrero de 2013, tomada al ciudadana M.V., que escuchó que habían matado a su hermano, adyacente a una finca de nombre Pirula. Se desprende de las actas de entrevistas de fecha 11 de febrero de 2013, tomada al testigo 002, que observó que un ciudadano apodado cunene le dio unos tiros a Javier y este salió corriendo. Se desprende de las actas de entrevistas de fecha 12 de febrero de 2013, tomada al testigo 003, que observó que un ciudadano apodado cunene disparo. Se desprende de las actas de entrevistas de fecha 13 de febrero de 2013, tomada al testigo 004, que observó a sujetos desconocidos que dispararon en contra del ciudadano Javier. De todas estas actas de entrevistas, solo queda establecido que un ciudadano desconocido, apodado "cunene", disparo en contra de la humanidad del ciudadano Verasmendez H.F.J., siendo que estas personas, no aportan nombre y apellido y/o cualquier otro dato que involucre directamente a mí defendido en hecho punible, mal puede el Ministerio Público precalificar el delito de Homicidio Calificado Con Alevosía En Grado De Autor delito tipificado en el articulo 406 numeral 1° (sic) del Código Penal, cuando no existen elementos de convicción suficientes, (sic) demostrar la participación de mi defendido en el hecho ilícitos…El derecho a ser juzgado en libertad se encuentra es un imperativo debidamente reglamentado en la Constitución, el cual establece toda una serie de principios de obligatorio cumplimiento que orientan la actividad de los diferentes operadores de justicia, especialmente los Jueces, por lo que señalo lo establecido en artículo 44 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela…Por otra parte el Principio de Necesidad señala que; Las medidas de coerción sólo podrán ser impuestas en cuanto sea necesario para los f.d.p.. Esta necesidad debe ser apreciada casuísticamente por el Juez, pero en todo caso sólo se puede entender como necesaria la medida si la misma es imprescindible para asegurar la persona del imputado a los fines de su comparecencia al debate o del cumplimiento de la pena. En este mismo orden de ideas es preciso mencionar que el Principio de Proporcionalidad establece que debe existir proporcionalidad entre la Medida Privativa de Libertad impuesta y la gravedad del delito; la circunstancias de su comisión y la sanción probable, proporcionalidad que implica para el Juez la obligación de verificar en cada caso las condiciones en que ocurrió el delito, el posible daño causado y la pena que ha de imponerse, haciendo la acotación que para efectuar el análisis de este último elemento no basta en constatar el quantum de la pena, sino que además es conveniente verificar si una vez impuesta la misma puede ser objeto de un beneficio o medida alterna de cumplimiento de libertad, además el Juez debe verificar las condiciones personales del imputado: Impidiendo la desnaturalización de la medida, al gravar innecesariamente la situación del sometido al proceso penal, al imponerle una medida que le resulte imposible de cumplir en virtud de sus características culturales, socio-económicas o personales de cualquier otra índole. Fundamentación ésta, que se basa en lo dispuesto en el artículo 230 del Código Orgánico Procesal Penal. Es imprescindible señalar que la regulación contenida en el Código Orgánico Procesal Penal en lo que respecta a las medidas de coerción personal s apunta a impedir la privación innecesaria de la libertad del imputado, y la imposición de medidas excesivamente gravosas para el mismo, cuando dicha imposición no sea absolutamente indispensable a los f.d.p., evitando así la consecuencia que dicha privación de libertad acarreaba en el pasado, cuando bajo el sistema inquisitivo la medida cautelar (fundamentalmente la detención judicial) se convertía en la imposición de una pena anticipada…En ese mismo orden de ideas, se hace indispensable señalar que conforme a los antes expuesto y en virtud de que la medida Privativa de Libertad impuesta a mi defendido sobre pasa las intensiones (sic) del legislador toda vez que se ha establecido la necesidad de las mismas solo para asegurar la comparecencia de los imputados al proceso, en el presente caso señalo la juez, de la causa que se encuentran llenos los extremos establecidos en el artículo 236 de la norma adjetiva penal, lo cual no es cierto… Razones estas por demás suficientes para considerar que en el presente caso no se encuentra la concurrencias de los tres supuestos que de manera taxativa estable la norma deben concurrir para la procedencia de un1-medida tan grave como la que le fue impuesta a mi defendido cabe destacar que hasta este momento procesal no existen en autos suficientes, fundados y plurales elementos de convicción de los exigidos en el artículo 236 del Texto Adjetivo Penal para estimar la participación de mi defendido en los hechos precalificados, además mí representado tienen arraigo en el país, específicamente en la dirección que indico al momento de la celebración de la audiencia para oír al imputado. Es pertinente invocar el criterio de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, el cual ha dejado asentado que en los delitos de flagrancia, no basta únicamente la detención del presunto autor o participe, sino que por el contrario deben existir un cúmulo de elementos que al momentos de ser llevados a juicio puedan demostrar que efectivamente se cometió un hecho punible, es por la cual esta defensa considera que en la presente causa no se encuentran llenos los extremos legales de los artículo 236 y 237 y 238 del Código Orgánico Procesal Penal, que fueron considerados por el Tribunal A-Quo para decretar Medida Preventiva Privativa Judicial de Libertad al ciudadano K.R.R.M. por cuanto no existen fundados elementos de convicción para estimar que el imputado ha sido autor o partícipe en la comisión del hecho punible que se le imputa no existe el peligro de fuga o de obstaculización de la búsqueda de la verdad, toda vez que mi defendido es un ciudadano venezolano, que reside en el estado Vargas. Por los razonamientos antes expuestos, esta defensa solicita muy respetuosamente a los miembros de la Corte de Apelaciones que han de conocer del presente recurso, LO ADMITAN POR SER PROCEDENTE Y EN LA DEFINITIVA LO DECLAREN CON LUGAR Y COMO CONSECUENCIA, SE DECRETE LA L.S.R. A FAVOR DEL CIUDADANO K.R.R.M., anulando en consecuencia la decisión dictada por el Juzgado Segundo de Control de este Circuito Judicial en fecha 30 de Mayo del presente año en su contra, por no encontrarse llenos los extremos exigidos en los numerales 2 y 3 del artículo 236 de nuestro (sic)…

Cursante a los folios 71 al 76 de la incidencia.

DE LA DECISION RECURRIDA

A los folios 44 al 51 y 52 al 68 de la incidencia, cursa inserta copia debidamente certificada de la audiencia oral celebrada en fecha 30 de mayo de 2014, así como auto fundado del fallo emitido en la misma fecha, donde se evidencia que el Juzgado Segundo de Primera Instancia estadal y Municipal en Función de Control de este Circuito Judicial, emitió los siguientes pronunciamientos:

…PUNTO PREVIO La defensa alegó que su defendido fue detenido en fecha 07 de Abril de 2014, es decir, fuera del lapso de las 48 horas, al respecto este declara SIN LUGAR dicha solicitud con fundamento en las siguientes Sentencias. La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia con ponencia del Magistrado Marcos Tulio Dugarte Padrón, en sentencia nº 521, expediente nº 08-1574 de fecha 12-05-2009…Por otra parte la Sala Constitucional con ponencia del Magistrado Antonio J. García García, en la sentencia nº 2176 de fecha 12-09-2002…PRIMERO: Se decreta como legal la aprehensión del ciudadano: K.R.R.M., ampliamente identificado en autos, de conformidad con lo establecido en el artículo 44, numeral 1 de la Carta Magna, y conforme a las anteriores sentencia. SEGUNDO: Se ordena continuar la investigación por la vía del Procedimiento ORDINARIO, conforme a lo establecido en los artículos 282 y 373, último aparte del Código Orgánico Procesal Penal. TERCERO: Se DECLARA CON LUGAR la solicitud realizada por la Fiscal del Ministerio Público y se DECRETA la MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD del ciudadano K.R.R.M., identificado con el número de cédula V-19.398.100, por la comisión de los delitos (sic) de HOMICIDIO CALIFICADO CON ALEVOSIA EN GRADO DE AUTOR EN GRADO DE AUTOR, previsto y sancionado en el artículo 406 num. (sic) 1 del código penal (sic), cometido en perjuicio del ciudadano VERAMENDEZ H.F.J. (OCCISO), por encontrarse llenos los extremos de los artículos 236, numerales 1, 2 y 3, 237, numerales 2 y 3 y parágrafo primero y 238, numeral 2, todos del Código Orgánico Procesal Penal, toda vez que el hecho punible no se encuentra evidentemente prescrito ya que ocurrió en fecha 11 de Julio de 2013, a las 05:00 horas de la tarde aproximadamente, hay plurales y concordantes indicios de culpabilidad en contra del imputado como son las actuaciones policiales (TRANSCRIPCIÓN DE NOVEDAD, ACTA POLICIAL, ACTA DE LEVANTAMIENTO DE CADAVER, REGISTRO DE CADENA DE C.D.E. FISICAS, ACTAS DE ENTREVISTAS, PROTOCOLO DE AUTOPSIA, CERTIFICADO DE DEFUNCION, DIVISION DE BALISTICA y ACTAS DE INVESTIGACIONES PENALES), y el testimonio de los testigos, cuyos datos están a reserva del Ministerio Público, quienes señalan las circunstancias de tiempo, lugar y modo como ocurrieron los hechos, y se presume el peligro de fuga por la magnitud del daño causado y la pena que pudiera llegar a imponerse. CUARTO: Se declara SIN LUGAR, la solicitud de la Defensa de Confianza, en cuanto a que se otorgue una Medida Cautelar Menos Gravosa para su defendido el ciudadano K.R.R. MADERA. QUINTO: Se designa como centro de reclusión el INTERNADO JUDICIAL DE SAN JUAN DE LOS MORROS (LOS PINOS), ESTADO GUARICO, y se insta al Ministerio Público a realizar las diligencias pertinentes a los fines de presentar el acto conclusivo en su oportunidad legal…

CONSIDERACIONES PARA DECIDIR

La Defensora Pública en el escrito de apelación presentado considera que en el presente caso no se encuentran acreditados los extremos exigidos en el artículo 236 del Texto Adjetivo Penal, ello por cuanto los elementos de convicción cursantes en autos no permiten establecer la participación de su defendido en el hecho que le imputa el Ministerio Público, en virtud que en actas se hace mención de un sujeto conocido con el remoquete de “CUNENE” como el presunto autor o participe en la comisión del hecho, mas no existe indicio alguno que acredite que el imputado K.R.R.M. sea el sujeto en mención, por lo que solicita se declare Con Lugar su pretensión y en consecuencia se ordene la L.S.R. de su patrocinado.

Ahora bien en vista de la decisión impugnada, este Tribunal Colegiado estima oportuno señalar que la doctrina define a las medidas cautelares como “…aquellos actos procesales que consisten en una declaración de voluntad del órgano jurisdiccional dirigida contra una persona determinada sobre la que existen indicios racionales que le atribuyen la comisión de un hecho punible y concurren determinadas circunstancias que hace prever la posibilidad de su ocultamiento personal y/o patrimonial, las cuales restringen derechos de libertad y/o de disposición o administración de bienes para asegurar la eficacia del proceso y la sentencia…” Manual de Derecho Procesal Penal. Pág. 734. Autor. R.R.M..

En consonancia con lo antes expuesto, tenemos que nuestro ordenamiento jurídico autoriza al Juez a decretar medida de coerción personal privativas y restrictivas de libertad, y para lo cual exige se configuren los supuestos legales a los que se contrae el artículo 236 del texto adjetivo penal, los cuales deben sustentarse en elementos de convicción razonables, contentivos de informaciones recabadas en la fase preparatoria, fase en la que se encuentra el caso de marras que vienen a constituir los actos de investigación, que permiten al órgano jurisdiccional arribar al convencimiento, de sí estamos ante la presencia de la comisión de un hecho ilícito y la existencia de fundados elementos para establecer que el imputado ha sido autor o participe en la comisión del mismo, tal como lo indican los numerales 1 y 2 de dicha norma legal, debido a que el testado policial y las declaraciones realizadas durante la investigación, deben estar basados en hechos o informaciones adecuadas, que permitan estimar que la persona de que se trata ha cometido dicha infracción, es decir, que no se trata de la plena prueba de la autoría o de la participación del sujeto en el hecho, sino como señala el Código Orgánico Procesal Penal de fundados elementos de convicción, consistentes en la existencia de razones o elementos de juicio que tienen su fundamento en hechos aportados por la investigación que permiten concluir, de manera provisional, que el imputado ha sido autor o participe en él.

Es así como en vista de la impugnación intentada en el presente caso, corresponde a este Despacho Judicial, revisar si tal medida se encuentra adecuada al precepto jurídico contenido en el artículo 236 en relación con el artículo 242 ambos del Código Orgánico Procesal Penal y para ello cabe destacar que el presente cuaderno de incidencia se encuentra conformado por:

  1. - TRANSCRIPCION DE NOVEDAD de fecha 11 de febrero de 2013, cursante al folio 01 de la presente incidencia, suscrita por funcionarios adscritos al Cuerpo de Investigaciones Penales, Científicas y Criminalísticas, en la cual se deja constancia de lo siguiente:

    …A esta hora se recibe…de parte del operador de guardia del Sistema de Emergencias Vargas 171, informando que en el sector vía Palo de Agua, sector La Pirula, vía publica, Parroquia Carayaca, Estado Vargas, se encuentra el cuerpo sin vida de una persona se sexo masculino, presentando heridas producidas presuntamente por el paso de proyectiles, disparados por arma de fuego, desconociendo más detalles al respecto, por lo que se requiere comisión de este despacho en dicho lugar…

  2. - ACTA DE INVESTIGACION PENAL de fecha 11 de febrero de 2013, cursante a los folios 02 al 04 de la presente incidencia, suscrita por funcionarios adscritos al Cuerpo de Investigaciones Penales, Científicas y Criminalísticas, en la cual se deja constancia de lo siguiente:

    …Encontrándome en labores propias, de guardia se recibió una llamada telefónica por parte del SISTEMA NACIONAL INTEGRADO DE EMERGENCIA 171, del Estado Vargas, informando que en la Vía Palo de Agua. Sector La Pirula, vía pública, Parroquia Carayaca. Estado Vargas, se encuentra el cuerpo sin vida de una persona de sexo masculino, presuntamente con heridas producidas por arma de fuego, por lo que me trasladé en compañía de los funcionarios Detectives A.H. y DE ABREU Yesica…hacia el referida la dirección antes mencionada, con la finalidad de realizar las primeras pesquisas urgentes y necesarias para el total esclarecimiento del hecho que se investiga, asimismo ubicar alguna persona o testigo que pudiera aportar mayor información, una vez en lugar identificados plenamente como, funcionarios de este Cuerpo de Investigaciones, logramos sostener coloquio con el funcionario Oficial Jefe CASTILLO Ender…adscrito a la Policía del Estado Vargas, quien nos señaló el lugar exacto donde yacía el cuerpo sin vida de una persona de sexo masculino, en posición decúbito dorsal, con su región cefálica orientada en sentido oeste y sus extremidades superiores e inferiores orientadas en sentido este; portando como vestimenta una camiseta color marrón, una bermuda color gris y zapatos negros, presentando las siguientes CARACTERÍSTICAS FÍSICAS: piel morena, contextura regular, de 175 centímetros de estatura aproximadamente, cabello negro, corto, tipo ondulado, seguidamente Procede la funcionaría Detective DE ABREU Yesica procedió a realizar la inspección técnica del lugar, fijación fotográfica de carácter general particular y en detalles en forma digital, con la finalidad de dejar constancia como fue hallado el mismo. Como evidencia de interés Criminalístico se colectaron: cinco (05) conchas, los cuales al ser movidas de su posición original se logra observar que son calibre 9mm, posteriormente se deja constancia…se realizó levantamiento del ciudadano hoy occiso en ausencia del médico forense, así mismos (sic) se presentó comisión de Medicatura Forense de este Estado, al mando del funcionario asistente administrativo ZANE Michel…a fin de realizar el traslado hacia la Morgue del Hospital R.M.J. (Periférico de Pariata), ubicado en el sector Pariata, Parroquia C.S., Estado Vargas, donde quedara depositado a la espera de la Necropsia de Ley, Culminadas dichas actuaciones; así mismo (sic) orden de idea fuimos abordados por una ciudadana que se identificó como: VERAMENDEZ Marisol...manifestando este ser la hermana del ciudadano hoy inerte, quién lo identificó como: VERAMENDES H.F. Javier…V-18.140.818, quien nos exteriorizó que el día de hoy 11-02-2013 se encontraba en la casa de su abuela, cuando de repente escuchó a varios vecinos que hablaban que un mucha (sic) apodado "PANTERITA", que había dicho que habían matado a su hermano Francisco. Javier VERAMENDES HERNÁNDEZ…V-18.140.818, adyacente a una finca de nombre "LA PIRULA", ubicada en el sector La Virgencita, Parroquia Carayaca, Estado Vargas, por lo que se trasladó rápidamente a dicho sector estando allí la misma logró percatarse que habían varios funcionarios policiales del Estado Vargas, resguardando el cuerpo de su hermano que se encontraba tirado en el suelo de tierra, informándole los funcionarios que a su hermano le habían efectuado varios disparos unos sujetos desconocidos, luego de varios minutos se presentó (sic) funcionarios del C.I.C.P.C. seguidamente procedimos a buscar entre los moradores algún ciudadano que pueda tener conocimiento sobre el caso que nos ocupa, logrando tener coloquio con un ciudadano a quien identificamos como (TESTIGO 002)…quien manifestó que se encontraba en el cumpleaños de "WAWUI", y le dio prestada la moto al hoy occiso para ir a comprar una botella de "ANÍS", él fue conjuntamente con "WAWUÍ", luego que retornaron y observó, que un sujeto conocido como "CUNENE", le estaba efectuando varios disparos, a su amigo "JAVIER", él se detuvo para preservar su vida luego "CUNENE", salió corriendo hacia la parte baja del monte, él decidió a dejar "WAWUI", para que se quedara con "JAVIER" y él fue avisarle a los familiares, luego al retornar se percató que "JAVIER", había muerto, por lo antes expuesto le solicitamos a los ciudadanos antes expuesto (sic) tenían que acompañarnos hacia la sede de este Despacho con la finalidad de ser entrevistada (sic) sobre el caso que se investiga, por lo que no puso ningún impedimento a ser entrevistados (sic), así mismo procedimos trasladarnos hacia la adyacencia de la vivienda donde se encontraba la fiesta con la finalidad de ubicar al ciudadano conocido como "WAWU", estando allí, tocamos a la puerta de dicho inmueble en reiteradas ocasiones no logrando ser atendidos por persona alguna, en vista de lo antes expuesto nos retiramos del lugar por lo que optamos a retirarnos del lugar con la finalidad de trasladarnos al lugar donde ocurrieron los hechos, en el mismo orden de idea nos trasladamos hacia la Morgue del Hospital R.M.J. (Periférico de Pariata), ubicado en el sector Pariata, Parroquia C.S., Estado Vargas, seguidamente ingresamos al depósito de cadáveres, lugar en el cual ubicamos sobre una camilla metálica, tipo rodante, en decúbito dorsal, el cuerpo sin vida de una persona de sexo masculino, desprovisto de vestimenta, presentando las siguientes características fisonómicas: piel morena, contextura regular, de 1,75 centímetros de estatura aproximadamente, cabello negro, corto, tipo ondulado, donde la funcionaria, Detective De ABREU Jessica realizó la inspección técnica del cadáver logrando observar, EXAMEN EXTERNO AL CADÁVER: Se le observa lo siguiente: 01.-UNA (01) HERIDA IRREGULAR LA REGIÓN LARÍNGEA, 02.- UNA (01) HERIDA CIRCULAR EN LA REGIÓN ESTERNAL, 03.- DOS (02) HERIDAS CIRCULARES EN LA REGIÓN PECTORAL IZQUIERDA, 04,- UNA (01) HERIDA CIRCULAR EN LA REGIÓN MESOGASTRICA, 05.- UNA (01) HERIDA IRREGULAR EN LA REGIÓN ANTERIOR DEL BRAZO IZQUIERDO, 06.- UNA (01) HERIDA CÍRCULAR EN LA REGIÓN GENIANA, 07.- UNA (01) HERIDA CIRCULAR EN LA REGIÓN LABIAL, 08.- UNA (01) HERIDA IRREGULAR EN LA REGIÓN EXTERNOCLEIDOMASTOIDEA IZQUIERDA, 09.- UNA (01) IRREGULAR EN LA REGIÓN INFRAESCAPULAR IZQUIERDA, 10.- UNA HERIDA IRREGULAR EN LA REGIÓN ESCAPULAR, 11.- UNA (01) HERID IRREGULAR EN LA REGIÓN FOSA DE LA NUCA, 12.- UNA (01) IRREGULAR EN LA REGIÓN PARIETAL DERECHA, todas homologadas a las producidas por el paso de proyectiles únicos disparados por un arma de fuego fue colectado al cadáver un (01) segmento de gasa impregnada de sangre de la herida del hoy occiso, Culminada la comisión procedimos a retomar a la sede de este Despacho, con la finalidad de informarles a los jefes naturales de lo antes expuesto, dándose por notificados, por lo que se le dio inicio a las actas procesales signada con el número K-13-0138-00483, iniciado por la presunta comisión por unos de los Delitos Contra las Personas (HOMICIDIO); De igual manera ingresamos al sistema de información Policial Siipol, con la finalidad de verificar los posibles registros y solicitudes que pudieran presentar el hoy occiso, luego de ingresar los datos dicho sistema arrojo que no presenta ninguno registros y solicitudes alguna…

  3. - PLANILLA DE LEVANTAMIENTO DE CADAVER de fecha 11 de febrero de 2013, cursante al folio 06 de la presente incidencia, suscrita por funcionarios adscritos al Cuerpo de Investigaciones Penales, Científicas y Criminalísticas, en la cual se deja constancia de lo siguiente:

    …En esta misma fecha, doce y cinco (11:05) (sic) horas de la noche, se constituyó comisión de este Despacho integrada por los Funcionarios: Detectives A.H., ABREU Jessica y Agente MERENTES Gorman, adscrito a esta Sub Delegación, hacia la siguiente dirección: Depósito de Cadáveres del Hospital Doctor J.M.: ubicado en la Parroquia La Guaira, Estado Vargas, Estado Vargas…Una vez en la referida dirección y en ausencia de! médico forense, sé procedió al levantamiento del cuerpo sin vida de un ciudadano de FERRAS BERMUDEZ J.E.d. cédula de identidad V-18.140.818, se encontraba desprovisto de vestimenta, presentando las siguientes características fisonómica: piel morena contextura regular, de 1,75 centímetros de estatura aproximadamente, cabello negro, corto, tipo ondulado, la funcionaria Detective De ABREU Jessica realizó la inspección técnica del cadáver logrando observar. EXAMEN EXTERNO AL CADÁVER: se le observa lo siguiente: 01.- UNA (01) HERIDA IRREGULAR EN LA REGIÓN LARÍNGEA, 02.- UNA (01) HERIDA CIRCULAR EN LA REGIÓN ESTERNAL, 03.- DOS (02) HERIDAS CIRCULARES EN LA REGIÓN PECTORAL IZQUIERDA, 04.- UNA (01) HERIDA CIRCULAR EN LA REGIÓN MESOGASTRICA, 05.- UNA (01) HERIDA IRREGULAR EN LA REGIÓN ANTERIOR DEL BRAZO IZQUIERDO, 06.- UNA (01) HERIDA CIRCULAR EN LA REGIÓN GENIANA, 07.-UNA (01) HERIDA CIRCULAR EN LA REGIÓN LABIAL, 08.- UNA (01) HERIDA IRREGULAR EN LA REGIÓN EXTERNOCLEIDOMASTOIDEA IZQUIERDA, 09.- UNA (01) HERIDA IRREGULAR EN LA REGIÓN INFRAESCAPULAR IZQUIERDA, 10.-UNA (01) HERIDA IRREGULAR EN LA REGIÓN ESCAPULAR, 11.- UNA (01) HERIDA IRREGULAR EN LA REGIÓN FOSA DE LA NUCA, 12.- UNA (01) HERIDA IRREGULAR EN LA REGIÓN PARIETAL DERECHA todas homologadas a las producidas por el paso de proyectiles únicos disparados por un arma de Fuego, al lugar hizo acto de presencia comisiones de Medicatura Forense, quienes realizo (sic) el levantamiento y traslado del mismo hacia la Morgue del Hospital Doctor R.M.J., ubicado en la Parroquia C.S., Estado Vargas con la finalidad de que se le practique la respectiva necropsia de Ley…

  4. - INSPECCION TECNICA N° 372 de fecha 11 de febrero de 2013, cursante al folio 07 de la presente incidencia, suscrita por funcionarios adscritos al Cuerpo de Investigaciones Penales, Científicas y Criminalísticas, en la cual se deja constancia de lo siguiente:

    …En esta misma fecha, siendo las once horas (11:00PM) de la noche, se constituyó una comisión de este Cuerpo Policial…ubicados en la siguiente dirección: VIA PALO DE AGUA, SECTOR LA PIRULA, VIA PUBLICA, PARROQUIA CARAYACA, ESTADO VARGAS; Lugar en el cual se acuerda efectuar inspección técnica…a tal efecto se procede dejándose constancia de lo siguiente: "El lugar a inspeccionar se trata de un sitio de suceso abierto, con temperatura ambiental fresca e iluminación natural de escasa intensidad, todo esto correspondiente a un tramo de la dirección antes mencionada, constituido por piso de tierra en su totalidad, así mismo se logra avistar a todo su alrededor vegetación abundante, este permite el libre tránsito peatonal y vehicular; en el referido lugar se observa reposando sobre el piso de tierra el cuerpo sin vida de una persona de sexo masculino, en posición dorsal, con su región cefálica orientada en sentido oeste y sus extremidades superiores e inferiores orientadas en sentido este; portando como vestimenta una camiseta color marrón, una bermuda color gris y zapatos color negros (sic), presentando las siguientes CARACTERÍSTICAS FÍSICAS, piel morena, contextura regular, de 1,75 centímetros de estatura aproximadamente, cabello negro, corto, tipo ondulado. Al ser inspeccionado en su parte externa se le puede apreciar múltiples heridas IDENTIDAD DEL CADÁVER. Seguidamente se procede a inspeccionar entre sus pertenencias, con la finalidad de recabar algún documento que nos ayude para su identificación siendo infructuosa la búsqueda, quedando identificado según datos aportados por los familiares del hoy occiso, quien en vida respondiera al nombre de: F.J.V.H., cédula de identidad V-18.140.818…realizando una exhaustiva búsqueda se logra fijar y colectar a un diámetro de un metro aproximadamente con respecto al occiso antes citado cinco conchas, los cuales al ser removidas de su posición original se logra ver que son calibre 9mm, las mismas fueron fijadas, colectadas y embaladas para ser enviadas a su respectivo laboratorio…

  5. - INSPECCIÓN TECNICA 373 de fecha 11 de febrero de 2014, cursante al folio 08 de la presente incidencia, suscrita por funcionarios adscritos al Cuerpo de Investigaciones Penales, Científicas y Criminalísticas, en la cual se deja constancia de lo siguiente:

    …En esta misma fecha, siendo las once horas y treinta minutos (11:30PM) de la noche, se constituyó una comisión, de este Cuerpo Policial…ubicados en la siguiente dirección: DEPOSITO DE CADÁVERES PERTENECIENTE AL HOSPITAL DR. R.M.J.. PERIFÉRICO DE PARIATA. PARROQUIA C.S., ESTADO VARGAS; Lugar en el cual se acuerda efectuar inspección técnica…a tal efecto se procede dejándose constancia de lo siguiente: en el precitado lugar sobre una 'camilla metálica' se observa el cadáver de una persona de sexo masculino en posición dorsal desprovisto de vestimenta, portando las siguientes CARACTERÍSTICAS FÍSICAS: piel morena, contextura regular, de 1,75 centímetros de estatura aproximadamente, cabello negro, corto, tipo ondulado. EXAMEN EXTERNO AL CADÁVER: se le observa lo siguiente: 01.- UNA (01) HERIDA IRREGULAR EN LA REGIÓN LARÍNGEA, 02.- UNA (01) HERIDA CIRCULAR EN LA REGIÓN ESTERNAL, 03.- DOS (02) HERIDAS CIRCULARES EN LA REGIÓN PECTORAL IZQUIERDA, 04.- UNA (01) HERIDA CIRCULAR EN LA REGIÓN MESOGASTRICA, 05.- UNA (01) HERIDA IRREGULAR EN LA REGIÓN ANTERIOR DEL BRAZO IZQUIERDO, 06.- UNA (01) HERIDA CIRCULAR EN LA REGIÓN GENIANA, 07.- UNA (01) HERIDA CIRCULAR EN LA REGIÓN LABIAL, 08.- UNA (01) HERIDA IRREGULAR EN LA REGIÓN EXTERNOCLEIDOMASTOIDEA IZQUIERDA, 09.- UNA (01) HERIDA IRREGULAR EN LA REGIÓN INFRAESCAPULAR IZQUIERDA, 10.- UNA (01) HERIDA IRREGULAR EN LA REGIÓN ESCAPULAR, 11.- UNA (01) HERIDA IRREGULAR EN LA REGIÓN FOSA DE LA NUCA, 12.- UNA (01) HERIDA IRREGULAR EN LA REGIÓN PARIETAL DERECHA. IDENTIDAD DEL CADÁVER; El Hoy Occiso quedó identificado según el registro de ingreso del referido nosocomio con el nombre de; F.J.V.H., cédula de identidad V-18.140.818…

  6. - ACTA DE ENTREVISTA de fecha 11 de febrero de 2013, cursante a los folios 27 y 28 de las actuaciones originales, rendida por la ciudadana M.V. ante el Cuerpo de Investigaciones Penales, Científicas y Criminalísticas, en la cual expuso cuanto sigue:

    “…Resulta ser que el día de hoy 11-02-2013, yo me encontraba en la casa de mi abuela, cuando de repente escuché que varios vecinos hablar (sic) que decía que un mucha (sic) apodado “PANTERITA”, había comentado que habían matado a mi hermano F.J. VERAMENDES HERNANDEZ…V-18.140.818, adyacente a una finca de nombre “LA PIRULA”, sector La Virgencita, parroquia Carayaca, estado Vargas, motivo por el cual me trasladé al referido lugar pero cuando llegue a los pocos minutos llegó el C.I.C.P.C, y luego que tomaron nota del sitio y de mi hermano hoy occiso me indicaron que tenía que trasladarme hasta la sede de este Despacho, a fin de rendir declaración en relación a la muerte de mi hermano…PRIMERA PREGUNTA ¿Diga usted, tiene conocimiento del lugar, hora y fecha donde fallece su hijo (sic) hoy occiso? CONTESTO: “Eso ocurrió adyacente a una finca de nombre LA PIRULA, vía pública, sector La virgencita, parroquia Carayaca, estado Vargas, a las 05:00 horas de la tarde aproximadamente del día de hoy 11/02/2013” SEGUNDA PREGUNTA: ¿Diga usted, “El se llama F.J. VERAMENDES HERNANDEZ…V-18.140.818” TERCERA PREGUNTA ¿Diga usted, tiene conocimiento el motivo por el cual pierde la vida su hermano antes mencionado? CONTESTO: “No” CUARTA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento que alguna persona en particular se haya percatado de los hechos ocurridos? CONTESTO: “Desconozco” QUINTA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento que su hermano hoy inerte tenía problemas personales con alguna persona en particular? CONTESTO: “Desconozco” SEXTA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento de la identidad de los autores o participes en la muerte de su hermano antes mencionado? CONTESTO: “No, pero me enteré por personas que se encontraban en el lugar donde estaba muerto mi hermano que los que lo había matado había sido unos muchachos apodados “CUNENE” y “ERIT” SEPTIMA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento donde pueden ser localizados los ciudadanos que menciona como “CUNENE” y ERIT”? CONTESTO: “Bueno ERIT vive por donde mataron a mi hermano específicamente por el sector el pozo pero desconozco su dirección exacta y CUNENE no se donde vive” OCTAVA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento de las características ficionomicas de las personas que menciona como CUNENE Y ERIT? CONTESTO: “No porque nunca los he visto” NOVENA PREGUNTA ¿Diga usted, tiene conocimiento que su hermano hoy occiso consumía algún tipo de sustancias estupefacientes o psicotrópicas? CONTESTO: “No solamente tomaba ron” DECIMA PREGUNTA ¿Diga usted, tiene conocimiento que su hermano hoy occiso estuvo detenido en algún ente de seguridad del Estado? CONTESTO: “No, el nunca estuvo preso” DECIMA PRIMERA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento que su hermano hoy occiso frecuentaba el lugar el donde pierde la vida? CONTESTO: “El siempre se la pasaba por allí” DECIMA SEGUNDA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento que a su hermano hoy occiso lo despojaron de alguna de sus pertenencias?: CONTESTO: "No, él tenia todas sus pertenencias” DECIMA TERCERA PREGUNTA: ¿Diga, usted, tiene conocimiento que su hermano hoy occiso se encontraba acompañado para el momento que le quitan la vida? CONTESTO "No se" DÉCIMA CUARTA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento que en el sector donde pierde la vida su hermano antes mencionado opera alguna banda delictiva? CONTESTO: "No se" DECMA QUINTA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento que se encontraba realizando su hermano antes mencionado para el momento que le quitan la vida? CONTESTO: "Se encontraba celebrando un cumpleaños en la casa de su compadre cerca del lugar donde lo mataron" DECIMA SEXTA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento que su hermano hoy occiso estuvo involucrado en algún hecho delictivo? CONTESTO: “No” DECIMA SEPTIMA PREGUNTA ¿Diga usted, tiene conocimiento que su hermano hoy occiso tenía relación con personas dedicadas a hechos ilícitos? CONTENTO; “No se” DECIMA OCTAVA PREGUNTA, ¿Diga usted tiene, conocimiento que su hijo (sic) hoy occiso respondiera (sic) algún remoquete o apodo? CONTESTO: "No'" DECIMA NOVENA PREGUNTA: ¿Diga usted como era la conducta de (sic) hermano en el sector donde vivía? CONTESTO: “Bueno normal, él era muy humilde…"

  7. - ACTA DE ENTREVISTA de fecha 11 de febrero de 2013, cursante a los folios 11 y 12 de la incidencia, rendida por el ciudadano H.J.G. ante el Cuerpo de Investigaciones Penales, Científicas y Criminalísticas, en la cual se deja constancia de lo siguiente:

    …Me encuentro en este esta oficina a fin de declarar en torno a la muerte de amigo a quien conozco como "JAVIER", ya que estábamos celebrando el cumpleaños de otro amigo apodado "WUAWUI" en la casa de "WUAWUI", JAVIER me dio prestada su moto para ir con "Wuawui" a comprar una botella de "Anis", luego que la compramos botella (sic) retornamos a la casa de "WUAWUI", cuando íbamos llegando observamos que un sujeto quien es conocido por el sector como "CUNENE" le estaba dando unos tiros a "JAVIER", nosotros al observar lo antes dicho nos detuvimos para preservar nuestras vida, inmediatamente "CUNENE" salió huyendo, yo deje a "WAWUí" en el lugar, prendí de nuevo la moto y fui avisarle a los familiares de "JAVIER" lo antes referido, cuando retornamos al lugar observamos que "JAVIER" estaba muerto en el piso, luego llegaron los policías y me indicaron que debía acompañarlos a fin de declarar en relación al caso"…PREGUNTA: ¿Diga usted, lugar, fecha y hora que ocurrieron los hechos que narra? CONTESTO: "Vía Palo de Agua, sector "La Pirula", vía pública, frente a la casa de "WAWUI", parroquia carayaca (sic), estado Vargas, 05:30 horas de la tarde del día de hoy 11-02-2013" PREGUNTA: ¿Diga usted, que personas se percataron de lo sucedido? CONTESTO: "En este momento recuerdo que se encontraba un amigo conocido como "PECA", "WAWUI" y algunos familiares de "WAWUI" PREGUNTA: ¿Diga usted, donde y de qué manera pueden ser ubicados los ciudadanos antes mencionados? CONTESTO: "Ellos viven por el sector donde ocurrieron los hechos" PREGUNTA: ¿Diga usted, a que distancia se encontraba su persona de donde ocurrieron los hechos? CONTESTO: "Lejos como a 15 metros aproximadamente" PREGUNTA: ¿Diga usted, como era la iluminación para el momento que ocurrió el hecho? CONTESTO: "Regular" PREGUNTA: ¿Diga usted, puede aportar las características físicas, así como la vestimenta del sujeto que menciona como "CÚNENE"? CONTESTO: "Él es m.c., delgado, un metro sesenta y cinco metros de estatura, cabello crespo corto negro, portaba como vestimenta un pantalón blue jeans claro, franela anaranjada, chaqueta negra" PREGUNTA: ¿Diga usted, puede detallar las características del arma de fuego? CONTESTO: "No la observé" PREGUNTA: ¿Diga usted, cuántos disparos le propinó el sujeto apodado "CUNENE" a su amigo "JAVIER"? CONTESTO: "Como seis" PREGUNTA: ¿Diga usted, en qué parte del cuerpo le propinó los disparos el sujeto "CUNENE" a "JAVIER"? CONTESTO: "En varias partes del cuerpo

    PREGUNTA: ¿Diga usted, en qué dirección huyo dicho sujeto? CONTESTO: "Hacia el monte hacia abajo" PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento motivo por el cual "CUNENE" le dio muerte a su amigo "JAVIER"? CONTESTO: “Por problemas del sector" PREGUNTA: ¿Diga usted, donde puede ser ubicado el sujeto conocido "CUNENE"? CONTESTO: "Según he escuchado él es del sector "El Pozo" PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento que el sujeto "CUNENE" haya estado detenido por algún Cuerpo de Seguridad del estado? CONTESTO: "Desconozco" PREGUNTA: ¿Diga usted, llegó a escuchar algún otro comentario en torno a la muerte de su amigo "JAVIER"? CONTESTO: "Según un amigo conocido como "PECAS" un sujeto de nombre "ERICK" tenía guardada la pistola ya que cuando yo estaba comprando la botella de "Anís" "CUNENE" fue con "ERICK" a su casa y cuando volvieron a la fiesta ya traían la pistola, la sacó y le propino los disparos" PREGUNTA: ¿Diga usted, puede aportar las características físicas, así cómo la vestimenta del sujeto que menciona como "ERICK"? CONTESTO: "Él es moreno, delgado, alto de estatura, cabello crespo negro, portaba como vestimenta un pantalón blue jeans, franela blanca" PREGUNTA: ¿Diga usted, puede ser conocido como "ERICK"? CONTESTO: "Él vive por el sector desconozco el lugar exacto” PREGUNTA: ¿Diga usted, llegó a despojar "CUNENE" a su amigo “JAVIER” de alguna pertenencia” CONTESTO: "No…”

  8. - ACTA DE ENTREVISTA de fecha 12 de febrero de 2013, cursante a los folios 13 y 14 de la presente incidencia, rendida por el ciudadano E.B.D. ante el Cuerpo de Investigaciones Penales, Científicas y Criminalísticas, en la cual expuso lo siguiente:

    "…Me encuentro en este esta oficina a fin de declarar en torno a la muerte de un amigo a quien conozco como "JAVIER", ya que estábamos celebrando mi cumpleaños y este me regalo cincuenta (50) bolívares, yo fui a comprar un litro de anís con un amigo a quien conozco como "PANTERA", cuando íbamos llegando escuchamos unos tiros y observamos que un sujeto a quien apodan "CUNENE", iba corriendo con mi amigo de nombre ERICK, ya que los mismos le habían dado unos tiros a "JAVIER", nosotros al observar lo antes dicho nos detuvimos para (sic) ya que sentimos miedo, al paso de unos minutos, yo fui a ver como estaba mi amigo y "PANTERA" fue avisarle a los familiares de “JAVIER” que había sucedido, cuando llegue al lugar pude observar que “JAVIER” estaba muerto en el piso…PREGUNTA: ¿Diga usted, lugar hora y fecha que ocurrieron los hechos que narra? CONTESTO: "Eso ocurrió en mi vivienda ubicada en el sector La Virgencita, calle 05, parcela número 22, adyacente a la finca "La Pirula", Parroquia Carayaca, Estado Vargas, a las 05:30 horas de la tarde aproximadamente del día 11-02-2013" PREGUNTA. ¿Diga usted, tiene conocimiento que personas se percataron de lo sucedido? CONTESTO: "Un vecino del sector de nombre PEDRO, me manifestó que el vio JAVIER, discutiendo y luego vio a CÚNENE, disparándole a JAVIER" PREGUNTA: ¿Diga usted, donde puede ser ubicado el sujeto que menciona como PEDRO? CONTESTO: "Al frente de mi vivienda" PREGUNTA ¿Diga usted, a que distancia se encontraba su persona de donde ocurrieron los hechos? CONTESTO: "Como a 15 metros aproximadamente" PREGUNTA: ¿Diga usted, como era la iluminación para el momento que ocurrió el hecho? CONTESTO: "Estaba claro" PREGUNTA: ¿Diga usted, puede aportar las características físicas, así como la vestimenta del sujeto que menciona como "CÚNENE"? CONTESTO: "Él es m.c., delgado, un metro sesenta y cinco de estatura, cabello crespo corto negro, portaba como vestimenta un pantalón blue jeans claro, franela anaranjada, chaqueta negra" PREGUNTA: ¿Diga usted, las características del arma de fuego que utilizaron para cometer el hecho? CONTESTO: "No la pude observar" PREGUNTA: ¿Diga usted, cuantos impactos de bala recibió su amigo "JAVIER"? CONTESTO: "Como cinco" PREGUNTA: ¿Diga usted, en qué parte del cuerpo resultó herido su amigo "JAVIER"? CONTESTO "En varias partes del cuerpo" PREGUNTA: ¿Diga usted, en qué dirección huyo dicho sujeto? CONTESTO: "Hacia el monte" PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento motivo por el cual "CÚNENE" le dio muerte a su amigo "JAVIER"? CONTESTO: "Por problemas del sector" PREGUNTA: ¿Diga usted, donde puede ser ubicado el sujeto conocido "CÚNEME"? CONTESTO: "Desconozco su lugar de residencia, pero el puede ser ubicado por medio de mi amigo de nombre ERICK, quien fue que lo llevo para la fiesta y momentos antes me lo había presentado como un primo" PREGUNTA: ¿Diga usted, donde puede ser ubicado el sujeto que menciona como ERICK? CONTESTO: “En la calle 06, sector Club Hípico, adyacente a las granjas de cría de pollos, pero desconozco el lugar exacto, Parroquia Carayaca, Estado Vargas" PREGUNTA: ¿Diga usted, las características físicas del sujeto que menciona como ERICK? CONTESTO: "El es de piel m.c., de 25 años de edad aproximadamente, contextura delgada 1.85 metros de estatura, cabello de color negro, tipo crespo, corto" PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento que el sujeto "CÚNENE" haya estado detenido por algún Cuerpo de Seguridad del Estado? CONTESTO: "Desconozco" PREGUNTA: ¿Diga usted, puede aportar las características físicas, así como la vestimenta del sujeto que menciona como "ERICK"? CONTESTO: "Él es moreno, delgado, alto de estatura, cabello crespo negro, portaba como vestimenta un pantalón blue jeans, franela blanca" PREGUNTA: ¿Diga usted, llegó a despojar "CÚNEME" a su amigo “JAVIER” de alguna pertenencia? CONTESTO: "No…"

  9. - ACTA DE INVESTIGACION PENAL de fecha 12 de febrero de 2013, cursante al folio 15 de la presente incidencia, suscrita por funcionarios adscritos al Cuerpo de Investigaciones Penales, Científicas y Criminalísticas en la cual se dejó constancia de:

    …Continuando con las diligencia relacionadas con el expediente, K-13-0138-00483, iniciado ante este Despacho, por uno de los Delitos Contra Las Personas (Homicidio), en compañía de los funcionarios: Detectives SERRANO Juan, ERAZO Orlando…quienes estando plenamente identificados como funcionarios al servicio de esta institución, nos dirigimos específicamente hacia la dirección Sector la (sic) Virgencita. Granjas de Carayaca, parcela número 22, Parroquia Carayaca.,Estado Vargas, con la finalidad de ubicar a los ciudadanos: DÍAZ ROJAS Á.R., BRICEÑO Elvis y BRICEÑO Coromoto, quienes figuran como testigos en pesquisas anteriores, una vez en el sector nos ubicados en la entrada principal realizamos varios llamados siendo atendidos por el ciudadano DÍAZ Ángel…le manifestamos el motivo de nuestra presencia, seguidamente procedimos liberarle boletas de citación a los ciudadanos antes mencionados que fungen como testigos del presente hecho con la finalidad rendir entrevista y dejar constancia sobre el caso que nos ocupa, la misma no tuvo ningún inconveniente de recibirla, obtenida esta información procedimos a retirarnos de la vivienda de los ciudadanos antes mencionados, y trasladarnos hasta la sede de este (sic) Sub Delegación, donde se le informó a la Superioridad de lo antes expuesto…

  10. - ACTA DE ENTREVISTA de fecha 13 de febrero de 2013, cursante a los folios 21 y 22 de la presente incidencia, rendida por el ciudadano A.D.R. ante el Cuerpo de Investigaciones Penales, Científicas y Criminalísticas, en la cual expuso:

    “…Comparezco por ante este Despacho Policial con la finalidad de asistir a una boleta de citación la cual me fue entregada en mi residencia el día de ayer 12/02/2013, por parte de unos funcionarios policiales quienes manifestaron pertenecer a la Brigada de Investigaciones de Homicidio del C.I.C.P.C. de este estado, esto con la finalidad de rendir entrevista en relación a la muerte de un amigo quien en vida respondiera al nombre de F.V., a quién asesinaron el día Lunes 11-02-2013, en horas de la tarde, en frente de mi casa, es todo…PRIMERA PREGUNTA: ¿Diga usted, lugar, hora y fecha donde perdió la vida el ciudadano antes mencionado? CONTESTO: "Eso ocurrió en el sector La Virgencita, Granjas De Carayaca, parcela número 22, Parroquia Carayaca, Estado Vargas, como a las 05:00 horas de la tarde del día 11-02-2013" PREGUNTA: ¿Diga usted, conoce la identidad de los autores o participes de la muerte del ciudadano antes mencionado? CONTESTO: "No" PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento el motivo por el cual le causan la muerte al ciudadano antes citado? CONTESTO: "Desconozco, pero todas las personas del sector comentan que sospechan de un ciudadano apodado “CUNENE” PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento de las características fisonómicas del ciudadano a podado "CUNENE" CONTESTO “No porque yo no lo conozco" PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento donde puede ser ubicado el ciudadano que menciona como “CUNENE” CONTESTO: "No" PREGUNTA: ¿Diga usted, como era la conducta del ciudadano hoy occiso? CONTESTO: "Era una persona totalmente sana y buen amigo" PREGUNTA: ¿Diga usted, conoce que se encontraba haciendo el ciudadano hoy occiso para el momento que pierde la vida? CONTESTO: "Bueno se encontraba sentado en el patio de (sic) anterior de mi casa solo, esperando a mi hijo que estaba comprando una botella de anis, ya que estábamos compartiendo un rato en mi casa" PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento con que personas se encontraba el ciudadano hoy interfecto para el momento de los hechos que narra? CONTESTO: "Se encontraba solo porque yo estaba acostado, mi hijo estaba comprando una botella de anís y mi esposa estaba cocinando y cuando yo me pare que escuché los tiros no vi a nadie, solo a mi amigo tirado en el suelo muerto" PREGUNTA: ¿Diga usted, conoce que el ciudadano hoy occiso haya tenido problemas con alguna persona en el sector donde pierde la vida? CONTESTO: "No" PREGUNTA: ¿Diga usted, dónde se encontraba su persona para el momento que pierde la vida el ciudadano víctima del presente hecho? CONTESTO: "en (sic) ése momento yo me acababa de acostar ya que estaba un poco ebrio” PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento que al hoy occiso lo hayan despajado de alguna pertenencia? CONTESTO: "No, él tenia todas sus pertenencias" PREGUNTA: ¿Diga usted, el hoy occiso frecuentaba el lugar dónde ocurrieron los hechos? CONTESTO: "Si él siempre se la pasaba en mi casa" PREGUNTA: ¿Diga usted, conoce que en el referido sector opere alguna banda delictiva? CONTESTO: "No" ¿Diga usted, conoce que alguna otra persona en particular presenciado lo ocurrido con el hoy occiso? CONTESTO: "No sé" PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento como ocurrieron los hechos dónde pierda la vida el ciudadano en mención? CONTESTO: "No" PREGUNTA: ¿Diga usted, conoce dónde fueron sepultados los restos del ciudadano F.V.? CONTESTO: “Lo enterraron en el Cementerio de Carayaca, Estado Vargas" PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento que logró ver su esposa al momento de ocurrir el hecho? CONTESTO: "bueno (sic) ella me dijo que vio a dos sujetos que huían del corriendo por el frente de su casa "PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento donde puede ser ubicada su esposa en estos momentos? CONTESTO: "Ella se encuentra en éstos momentos siendo entrevistada en esta oficina…"

  11. - ACTA DE ENTREVISTA de fecha 13 de febrero de 2013, cursante al folio 23 de la presente incidencia, rendida por la ciudadana N.B. (Testigo 004), ante el Cuerpo de Investigaciones Penales, Científicas y Criminalísticas en la cual expuso:

    …Me encuentro en este esta oficina a fin de declarar en torno a la muerte de mi compadre de nombre VERAMENDES Javier ya que estábamos celebrando el cumpleaños de mi hijo nombre DÍAZ BRICEÑO E.E., luego le dije (sic) mi compadre de nombre VERAMENDES Javier que iba para la cocina hacer unas arepas y lo dejé sentado en (sic) patio de la casa, pasaron varios minutos y escuché como una ráfaga de tiros, en eso corrí hacia la ventana y logré ver dos sujetos desconocidos corriendo pasando frente de mi casa, luego salí de la casa gritando que pasa compadre, que pasa, fue cuando lo vi tirado mi compadre VERAMENDES Javier en piso de tierra cubierto de sangre, me le lance encima y se encontraba vivo pero no me decía nada murió…PREGUNTA: ¿Diga usted, lugar hora y fecha que ocurrieron los hechos que narra? CONTESTO: "Vía Palo de Agua, sector "La Pirula", vía pública, frente a la de mi parcela número 22, parroquia Carayaca, estado Vargas, 06:00 horas de la tarde del día de hoy 11-02-2013" PREGUNTA: ¿Diga usted, que personas se percataron de lo sucedido? CONTESTO: “Solamente estaba mi persona que yo sepa" PREGUNTA: ¿Diga usted, a que distancia se encontraba su persona de donde ocurrieron los hechos? CONTESTO: "Estaba como a 10 metros de distancia aproximadamente" PREGUNTA: ¿Diga usted, como era la iluminación para el momento que ocurrió el hecho? CONTESTO: "Regular" PREGUNTA: ¿Diga usted, puede aportar las características físicas, así como la vestimenta de los sujetos desconocidos antes mencionados? CONTESTO: "Uno era de tez m.c., delgado, un metro sesenta y cinco metros de estatura, cabello crespo corto negro portando como vestimenta un pantalón blue jeans claro, chaqueta negra y el segundo era de tez m.c., delgado, un metro sesenta y cinco metros de estatura, cabello crespo, corto negro, portaba como vestimenta un pantalón blue jeans claro, chaqueta blanca” PREGUNTA: ¿Diga usted, los sujetos desconocidos que pasaron corriendo frente a su vivienda llevaban alguna pistola en sus manos? CONTESTO: "Sí, llevaban pistolas en sus manos pero no vi el color ni como eran porque estaba muy nerviosa" PREGUNTA: ¿Diga usted, cuantos disparos le propinaron a su compadre "VERAMENDEZ Javier”? CONTESTO: "Varios" PREGUNTA: ¿Diga usted, en qué parte del cuerpo le propino los disparos los sujetos desconocidos a su compadre "VERAMENDES Javier”’ CONTESTO: "En varias partes del cuerpo" PREGUNTA: ¿Diga usted, en qué dirección huyó dicho sujeto? CONTESTO: "Hacia el monte hacia abajo" PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento motivo por el cual los sujetos desconocidos le dio muerte a su compadre "VERAMENDES Javier"? CONTESTO: "Por problemas del sector" PREGUNTA ¿Diga usted, llegó a escuchar algún otro comentario en torno a la muerte de "VERAMENDES Javier"? CONTESTO: "No se" PREGUNTA: ¿Diga usted, a su compadre "VERAMENDES Javier" le quitaron alguna pertenencia? CONTESTO: “No” PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento (sic) su compadre (sic) estado detenido? CONTESTO: "No" PREGUNTA: ¿Diga usted, su compadre hoy occisos (sic) estuvo detenido en algún ente de seguridad del Estado? CONTESTO: "No sé." PREGUNTA: ¿Diga usted, su compadre hoy occiso consumía algún tipo de sustancia estupefaciente o psicotrópica? CONTESTO: "No, que yo sepa" PREGUNTA ¿Diga usted, conoce que el motivo de la muerte de su compadre antes mencionado se deba por el consumo o venía de estupefacientes o psicotrópicas? CONTESTO: "No sé" PREGUNTA.: ¿Diga usted, su compadre hoy occiso pertenecía alguna banda delictiva? CONTESTO: "No" PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento conoce (sic) algún sujeto llamado "ERICK" en el sector donde vive? CONTESTO: "Sí, él es vecino donde yo vivo en el Sector V.P. la Coromoto número 22, Parroquia Carayaca, Estado Vargas" PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento conoce (sic) algún sujeto llamado "CUNENE" en el sector donde vive? CONTESTO: "No lo conozco…"

    12.- ACTA DE ENTREVISTA de fecha 18 de febrero de 2013, cursante a los folios 24 y 25 de la presente incidencia, rendida por el ciudadano P.Z. ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, en la cual declaró:

    ''…Resulta ser que el día 11/02/2013, en horas de la tarde, me encontraba sentado en el porche de la casa de mi vecino de nombre DÍAZ ÁNGEL, compartiendo un rato con su familia, ya que ellos le estaban celebrando el cumpleaños a su menor hijo, cuando de repente veo que al frente donde yo estaba sentado se encontraba un muchacho de nombre JAVIER apodado EL PEGAO, discutiendo con dos muchachos, mencionados en el sector como ERICK y CUNENE, donde logré escuchar en un momento que JAVIER les decía que no quería a nadie del pozo por ahí fue entonces cuando CUNENE lo amenazo con darle una cachetada, en ese mismo momento sacó un arma y le disparó a JAVIER, luego salió corriendo en compañía de ERIK y luego a los pocos minutos que yo salí para irme para mi casa observé que JAVIER ya estaba muerto…PREGUNTA: ¿Diga usted, lugar, hora y fecha de donde ocurrieron los hechos que narra? CONTESTO: "Eso ocurrió en el sector La Virgencita, Granjas De Carayaca, parcela número 22, Parroquia Carayaca, estado Vargas, como a las 06:00 horas de la tarde del día 11-02-2013" PREGUNTA ¿Diga usted, tiene conocimiento el motivo por el cual se produjo la discusión entre el ciudadano hoy occiso JAVIER y los ciudadanos que menciona como CUNENE Y ERIK? CONTESTO: "No" PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento el motivo por el cual el ciudadano apodado CUNENE le causo la muerte al hoy occiso JAVIER? CONTESTO: "No se" PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento de los datos filiatorios de los ciudadanos que menciona como CUNENE Y ERIK? CONTESTO: "No, solamente sé que lo apodan CUNENE Y ERIK" PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento donde pueden ser ubicados los ciudadanos que menciona como CUNENE Y ERIK? CONTESTO: "Solamente son del sector El Pozo, Parroquia Carayaca, Estado Vargas, pero no sé viven específicamente

    PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento que anteriormente los ciudadanos que menciona como CUNENE Y ERIK hayan tenido problemas con el hoy occiso JAVIER? CONTESTO: "Desconozco" PREGUNTA: ¿Diga usted, alguna otra persona presenció el hecho que se investiga? CONTESTO: "No, en ese momento estaba yo solo" PREGUNTA: ¿Diga usted, conoce a qué se dedican los sujetos que menciona como autores del presente hecho? CONTESTO: "Ellos son peligrosos azotes del sector, y por lo que he escuchado de ellos están involucrados en varios hechos delictivos" PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento que estos sujetos pertenezcan a alguna banda delictiva? CONTESTO: "No se" PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento qué alguno de estos sujetos hayan estado detenido en algún ente Policial del Estado? CONTESTO: "No sé" PREGUNTA: ¿Diga usted, luego del inconveniente antes mencionado su persona recibió algún tipo de amenaza de muerte por parte del sujeto que menciona con los remoquetes de "CUNENE Y ERIK"? CONTCSTO: "No" PREGUNTA: ¿Diga usted, cómo es la conducta de los sujetos que menciona como CUNENE Y ERIK? CONTESTO: "Ellos son sujetos muy peligrosos y agresivos" PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento que los referidos porten armas de fuego? CONTESTO: "Sí, ellos siempre se la pasan armados” PREGUNTA: ¿Diga usted, las características físicas de los sujetos que menciona con los remoquetes de CUNENE Y ERIK? CONTESTO: "CUNENE es de tez morena, de 1,60 de estatura aproximadamente, de unos 21 años de edad aproximadamente y estaba vestido con un suéter marrón con capucha y un pantalón blue jeans, y ERIK es de tez morena, contextura delgada, de 1,70 de estatura aproximadamente, de unos 20 anos de edad y estaba vestido con un suéter blanco y pantalón blue jean" PREGUNTA: ¿Diga usted, las características de las armas de fuego que portaban los sujetos que menciona como CUNENE Y ERIK? CONTESTO: "El que estaba armado era CUNENE, pero no logré ver bien la pistola o revolver, porque ellos estaban retirado de donde yo estaba” PREGUNTA: ¿Diga usted, cuántas detonaciones escuchó su persona para el momento de los hechos que narra? CONTESTO: "Escuché dos" PREGUNTA: ¿Diga usted, cómo era la iluminación del lugar para el momento de los hechos que narra? CONTESTO: "Estaba todo claro" DÉCIMA PREGUNTA: ¿Dirá usted, a qué distancia se encontraba su persona con respecto al hoy occiso para el momento que dichos sujetos le efectuaron los disparos? CONTESTO: Estaba como a unos siete (07) metros de distancia aproximadamente" PREGUNTA; ¿Diga usted, a qué distancia se encontraba los sujetos antes mencionados como CUNENE Y ERIK para el momento que le efectuaron los disparos al hoy occiso? CONTESTO: "Ellos le dispararon de muy cerca" PREGUNTA: ¿Diga usted, cuál fue la participación de cada uno de los sujetos mencionados corno CUNENE Y ERIK? CONTESTO: "ERIK, solamente estaba acompañando a CUNENE, y CUNENE fue que le causo la muerte a JAVIER" PREGUNTA: ¿Diga usted, conoce qué dichos sujetos para el momento de los hechos que narra se encontraban bajo los efectos de alguna sustancia estupefaciente o psicotrópica? CONTESTO: "Me imagino que estaban drogados y tomados” PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento como era la conducta del el (sic) hoy occiso? CONTESTO: "Bueno el poco tiempo que yo lo conocí era un muchacho tranquilo" PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento que el hoy occiso haya estado detenido en algún ente de seguridad del Estado? CONTESTO: “No, se" PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento en qué parte del cuerpo resultó lesionado el hoy occiso JAVIER? CONTESTO: "No" PREGUNTA: ¿Diga usted, para el momento de los hechos que narra alguna otra persona resultó lesionada? CONTESTO: "No" VIGÉSIMA SÉPTICA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento como huyeron del lugar los ciudadanos antes mencionados luego de darle la muerte al hoy occiso? CONTESTO: "Ellos se fueron corriendo…”

  12. - REGISTROS DE CADENA DE C.D.E. de fecha 11 de febrero de 2013, suscritos por funcionarios adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, en los cuales se deja constancia de lo siguiente:

    …Cinco (05) conchas, calibre 9mm…

    (Folio 26 de la incidencia).

    …1.- Una (01) gasa, impregnado de sangre colectada del cuerpo del hoy occiso F.J.V.H., cédula de identidad V-18.140.818, de 29 anos de edad 2.- Una (01) gasa, impregnado de una sustancia de color pardo rojiza de presunta naturaleza hemálica colectada en el suceso ubicado en VIA PALO DE AGUA, SECTOR LA PIRULA, VIA PUBLICA, PARROQUIA CARAYACA, ESTADO VARGAS…

    (Folio 27 de la incidencia)

    …01.- Una (01) Tarjeta Decadactilar Modelo R-17 (Nacrodactilia), con las impresiones dactilares del occiso, quien en vida respondiera a nombre de F.J.V.H., cédula de identidad V-18.140.818, de 29 anos de edad…

    (Folio 28 de la incidencia)

  13. - ACTA DE INVESTIGACION PENAL de fecha 05 de junio de 2013, cursante al folios 29 de la presente incidencia, suscrita por funcionarios adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, en la cual se dejó constancia de lo siguiente:

    …Continuando con las diligencias relacionadas con el expediente, K-13-G138-Q04835 iniciadas ante este Despacho, por la comisión de los Delitos Contra las Personas (Homicidio). Se presentó a esta oficina la ciudadana de nombre: VERAMENDEZ Marisol…con la finalidad de manifestarme que la persona que había matado su hermanó VERAMENDEZ H.F.J. hoy occiso era un muchacho que lo apodan "EL CUNENE

    y se estaba quedando en la casa de su mamá de tres piso (sic) con fachada de bloques rojos, ubicada en el sector la lucha posteriormente retirándose…”

  14. - ACTA DE INVESTIGACION PENAL de fecha 06 de junio de 2013, cursante al folios 30 de la presente incidencia, suscrita por funcionarios adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, en la cual se dejó constancia de lo siguiente:

    …Continuando con las diligencias relacionadas con el expediente, K-13-0138-00483, iniciado ante este Despacho por uno de los Delitos Contra Las Personas (Homicidio), en compañía de los funcionarios: Detectives ERAZO Orlando y SALINAS Glenny…quienes estando plenamente identificados como al servicio de esta institución, nos dirigimos específicamente hacia la Sector La Lucha. Callejón Negro Primero. Parroquia C.L.M., estado Vargas, con la finalidad de ubicar al ciudadano: apodado "EL CUNENE" quien figura como parte investigada en pesquisas anteriores, una vez en el sector, logramos sostener coloquio con varios moradores del sector a quienes luego de manifestarle el motivo de nuestra presencia no quisieron aportar sus datos por futuras represalias asimismo nos señalaron la vivienda de la (sic) ciudadano en referencia, una vez ubicados en la entrada principal realizamos varios llamados siendo atendidos por la ciudadana ROMERO Isabel…indicándole que dicha comisión requería al ciudadano "CUNENE", indicándonos ser la progenitora del ciudadano requerido por la comisión, a quien le solicitamos que nos indicara el lugar donde se encontrara, manifestando no saber del paradero de su hijo y que en reiteradas oportunidades lo había denunciado en fiscalía por inconvenientes de convivencia y que tenía problema de mala conducta, no obstante solicitamos los datos filiatorios de su hijo a quien identificó como: MADERA R.K.R. y le dicen en el sector "EL CUNENE"…V-19.398.100, seguidamente procedimos liberarle boleta de citación con la finalidad rendir entrevista y dejar constancia de lo antes narrado, la misma no tuvo ningún inconveniente de recibirla, obtenida esta información procedimos a retirarnos de la vivienda del ciudadano investigado. Una vez culminada la comisión procedimos a retirarnos del lugar y trasladarnos hasta la sede de esta Sub Delegación, donde se le informó a la Superioridad de lo antes expuesto, De igual manera ingresamos al sistema de información Policial (Siipol), con la finalidad de verificar los posibles registros y solicitudes que pudieran (sic) presentar el ciudadano MADERA R.K. Rafael…V-19.398.100, luego de ingresar los datos dicho sistema pudimos contactar (sic) que dicho número de cédula coincide con el nombre antes mencionado, reflejando que el mismo posee registro policial, uno (1),- ante la sub Delegación Mariño, según expediente I-420.738, de fecha 05-06-2010, por el Delito de Droga de la Ley Orgánica da Sustancias Estupefaciente…

  15. - ACTA DE ENTREVISTA de fecha 07 de junio de 2013, cursante al folios 31 de la presente incidencia, rendida por el ciudadano I.R. ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, en la cual declaró:

    “…Me encuentro en la sede de este Despacho, (sic) que funcionarios de PTJ (sic) estaban solicitando a mi hijo de nombre: MADERA R.K.R. presuntamente estaba involucrado con otro muchacho en un homicidio ocurrido en el vía Palo de Agua, sector “La Pirula”, vía pública, Parroquia Carayaca, Estado Vargas, por lo que le manifesté a los funcionarios que mi hijo antes mencionado no lo veo desde hace nueve mes (sic) atrás, desconociendo actualmente su paradero actual, es todo…PREGUNTA ¿Diga usted, su persona tiene conocimiento de un homicidio ocurrido el día 11-02-2013, en horas de la noche, en el vía Palo de Agua, sector La Pirula, vía pública, Parroquia Carayaca, Estado Vargas? CONTESTÓ: "No". PREGUNTA. ¿Diga usted, los datos filiatorios de su hijo antes mencionado? CONTESTO: "Él se llama MADERA R.K. Rafael…V-19.398.100…" PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento los datos filiatorios del ciudadano hoy occiso en referido hecho? CONTESTO: "No" PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento el motivo por el cual mencionan a su hijo antes mencionado como uno de los presuntos autores del presente hecho? CONTESTO: "No se" PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento dónde se encontraba su hijo antes mencionado el día 11-02-2013, en horas de la noche? CONTESTO "No se" PREGUNTA: ¿Diga usted, dónde puede ser ubicado actualmente su hijo antes mencionado? CONTESTO: "No sé" PREGUNTA: ¿Diga usted, las características físicas de su hijo antes mencionado? CONTESTO "Él es de tez morena, cabello color negro, tipo crespo, corto, ojos color pardo oscura, nariz grande, labios grueso, de contextura delgada, de 1,75 de estatura aproximadamente, de 28 años de edad" PREGUNTA: ¿Diga usted, su hijo antes mencionado responde algún remoquete? CONTESTO "Sí, CUNENE" PREGUNTA: ¿Diga usted, el número telefónico de su hijo ante mencionado? CONTESTO "No se" PREGUNTA: ¿Diga usted, su hijo ante mencionado posee algún vehículo automotor? CONTESTO "Él no tiene carro ni moto" PREGUNTA: ¿Diga usted, su hijo le llegó (sic) comentar que tenía algún problema con alguna persona en particular? CONTESTO: "No" PREGUNTA: ¿Diga usted, su hijo antes mencionado portando armas de fuego? CONTESTO "Sí" PREGUNTA: ¿Diga usted, su hijo antes mencionado pertenece alguna banda delictiva? CONTESTO "Desconozco" PREGUNTA: ¿Diga usted, su hijo antes mencionado ha estado detenido en algún ente de Seguridad del Estado? CONTESTO "Sí, en la cárcel del Rodeo por el delito de homicidio" PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento que su hijo antes mencionado frecuente el lugar donde ocurrieron los hechos antes narrado? CONTESTO "No se" PREGUNTA: ¿Diga usted, su hijo antes mencionado consume algún tipo de sustancia estupefaciente o psicotrópica? CONTESTO: "Sí" PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento que su hijo antes mencionado frecuente con personas dedicadas a hechos delictivos? CONTESTO: "Sí…"

  16. - ACTA DE INVESTIGACION PENAL de fecha 12 de julio de 2013, cursante al folios 32 de la presente incidencia, suscrita por funcionarios adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, en la cual se dejó constancia de lo siguiente:

    …Encontrándome en mis labores de trabajo, recibí llamada telefónica de parte del funcionario Sargento Primero, Guardia Nacional Bolivariana, Adscrito al Comando Guardia del Pueblo, Patino VÁSQUEZ…quien me informó que en horas de la noche del día de hoy, practicaron la aprehensión de un ciudadano a quien identificaron como D.E. CARDENAS…V-16.954.091, quien iba hacer presentado el día de mañana 13/07/2013, ante los Tribunales de Flagrancia del Estado Vargas, por uno de los delitos Contra La Cosa Pública (RESISTENCIA A LA AUTORIDAD), asimismo me informaron que en momentos que se encontraban en su comando hizo acto de presencia una ciudadana quien se identificó como VERAMENDEZ H.M....V-18,140.815, informándoles luego de avistar al ciudadano D.E.C. (aprehendido) que dicho sujeto en compañía de otro apodado "CUMENE" le había causado la muerte a su hermano de nombre F.J. VERAMENDEZ HERNANDEZ…V-18,140.818, (occiso), en el sector La Pirula, vía Pública, parroquia Carayaca, Estado Vargas, el día 11/02/2013. Obtenida esta información me trasladé al área de Sustanciación del Eje de Homicidios Vargas, donde sostuve entrevista con la funcionaria Asistente Administrativo Daimarlis FUENTES, a quien luego de imponerla del motivo de mi presencia, me manifestó luego de haber verificado en sus archivos llevados por dicha área, que ciertamente en fecha 11/02/2013, se había iniciado por ante esta oficina una averiguación por uno de los delitos Contra Las personas (HOMICIDIO) donde figura como víctima el ciudadano F.J.V.H. (occiso) y como investigados los ciudadanos "CUNENE Y ERICK", seguidamente procedí a ante nuestro Sistema De Investigación E Información Policial (SIIPOL), a fin de verificar el número de cédula V-18.140.815, donde luego de una breve, espera arrojo como resultado dicho sistema que el mismo corresponde al ciudadano D.E.C., quien hasta la presente fecha no presenta registros ni solicitud alguna…

  17. - ACTA POLICIAL de fecha 30 de abril de 2014, cursante al folio 39 de la presente incidencia, suscrita por funcionarios adscritos al Cuerpo Policía Nacional Bolivariana, en la cual se dejó constancia de lo siguiente:

    …Siendo las 11:00 horas de la mañana encontrándome en la sede de este despacho realizando labores inherentes al servicio, recibí llamada telefónica de parte del oficial Laiton Héctor informando que el detenido a quien se encontraba custodiando en el Hospital M.P.C. de nombre K.R.R.M., titular de la cédula de identidad V-19.398.100, el cual se encuentra detenido por la comisión de uno de los delitos contra las personas (Homicidio) iba (sic) hacer dado de alta a las dos (02:00) horas de la tarde, motivo por el cual me trasladé en compañía del Oficial Agregado Joynel Obegon…hacia el mencionado hospital a fin de trasladar al ciudadano en cuestión hacia el Palacio de Justicia, una vez en el lugar nos entrevistamos con el médico tratante perteneciente al servicio de traumatología quien efectivamente nos dio la orden de salida…y nos indicó que el ciudadano K.R.M.R. había sido dado de alta motivo por el cual se le solicitó su respectivo informe médico el cual consigno en la presente acta, de esta manera retirandonos del lugar hasta el centro de coordinación policial Sucre, donde posteriormente fue dejado en calidad de custodia en el departamento de garantía del detenido donde luego será trasladado al Circuito Judicial Penal del estado Vargas para ser presentado ante el Tribunal correspondiente, según lo ordenado por la Fiscal de guardia en la Sala de Flagrancia doctora Belitza Marcano…

  18. - HOJA DE RESUMEN FINAL de fecha 29 de mayo de 2014, cursante al folio 40 de la presente incidencia, emanada del Hospital “M.P.C.”, en virtud de la hospitalización del ciudadano K.R., en la cual se dejó constancia de lo siguiente:

    …Se mantiene hospitalizado en fracción esquelética durante 30 días…en vista de consolidación clínica y radiológica dentro de…en revista médica con Dr. Alvarez, Dra. Peña Dr. Valencia…por personalidad de la…se decide…ortopédico…

    Asimismo, tenemos que al efectuar la revisión de las actuaciones originales se observan:

    a.- ACTA POLICIAL de fecha 05 de abril de 2014, cursante al folio 123 de la Pieza I, suscrita por funcionarios adscritos al Cuerpo Policía Nacional Bolivariana, en la cual se dejó constancia de lo siguiente:

    …Siendo las 11:05 horas de la mañana encontrándome en la sede de este despacho realizando labores inherentes al servicio, se recibe llamada Radiofónica de parte de funcionarios adscritos a la sala de trasmisiones de este cuerpo policial, informando sobre el ingreso de un ciudadano herido por arma de fuego al hospital R.H. Saquero…(Periférico de Catia), ubicado en la avenida el Yunque de Catia, Parroquia Sucre, Municipio Libertador, Distrito Capital, una vez obtenida la información se conformo una comisión policial al mando de quien suscribe, en compañía de los Oficiales (CPNB) M.J. y WILKINS BRITO, para trasladarnos hacia el mencionado nosocomio…una vez en el lugar y luego de una ligera pesquisa, nos entrevistamos con un ciudadano de nombre KEIVIS MADERA…para el momento INDOCUMENTADO y desprovisto de vestimenta, a quien luego de identificarnos como funcionarios activos de este cuerpo policial y de exponerle el motivo de nuestra presencia el mismo nos manifestó que efectivamente había sido impactado por dos proyectiles disparados por un arma de fuego que portaba un ciudadano a quien desconoce para presuntamente robarle un arma de fuego que su persona portaba para el momento mientras se desplazaba por Carayaca, sector la virgen (sic), vía Palo de Agua, Parroquia Carayaca, Estado Vargas, motivo por el cual utilizando las técnicas básicas para la investigación se le realizó una serie de preguntas a dicho ciudadano donde pudimos constatar que se encontraba inmerso en problemas de interés penal, por lo que intensificamos la búsqueda de información hasta poder lograr que el referido ciudadano confesara de manera voluntaria sobre su participación directa como autor material de la muerte de un ciudadano a quien en vida respondiera al nombre de VERAMENDEZ H.F. JAVIER…V- 18.140.818…así mismo manifestando su deseo de querer ponerse a derecho y colaborar en todo momento con la comisión hasta solucionar su problema, seguidamente con la información recopilada nos trasladamos hasta la Sub Delegación del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalistas del Estado Vargas para confirmar la veracidad de la información suministrada por el ciudadano retenido, donde me entrevisté con el Inspector Jefe D.M., Supervisor del eje de Homicidios del Estado Vargas, quien luego de una breve espera, me informo que había verificado en el Sistema Integrado de Información Policial (SIIPOL) al ciudadano en gestión y que el mismo presentaba dos registros Policiales uno por drogas y otro por Homicidio pero que no se encontraba solicitado por ningún Tribunal a su vez nos informo que este ciudadano era conocido como el (CUNENE) un nombrado azote del sector y que estaba identificado plenamente en las actas Procesales signadas con el numero, K-13-0138-00438, aperturada por ese despacho por la presunta comisión de uno de los delitos Contra las Personas (Homicidio) con el nombre de KEIVIS R.M.R.… V-19.398.100…donde aparece como Víctima el hoy occiso de nombre VERAMENDEZ H.F. JAVIER…V-18.140.818…hecho ocurrido en Carayaca, a la altura de la Vía de Palo de Agua, Sector la Pirula, vía publica, Parroquia Carayaca, Estado Vargas, el día 11-07-2013, a las 05:00 horas de la tarde aproximadamente, motivo por el cual se le sugirió al INSPECTOR Jefe D.M., entregarle al ciudadano requerido por su despacho a lo que el mismo manifestó que para el día de hoy era casi que imposible recibirlo ya que no contaba con el expediente en físico debido a que no poseía la llave del archivo donde reposan dichas actuaciones y que no contaba con una orden de aprehensión para poder proceder y que nos pusiéramos de acuerdo para entregarle al investigado el día lunes en horas de la mañana para ellos presentarlo, debido a la información suministrada y en vista al desacuerdo que hubo entre ambas partes procedió el oficial WILKINS BRITO a realizarle llamada telefónica a la ciudadana Fiscal titular 19° a Nivel Nacional en materia de Homicidios Doctora H.O., quien se encontraba de guardia para el momento quien nos indicó que efectuaría enlace telefónico con el eje de homicidios de la guaira (sic) para coordinar el procedimiento y que posteriormente nos devolvería la llamada, donde luego de unos minutos se comunicó nuevamente con nosotros ordenando que el ciudadano KEIVIS R.M.R., quien figura como Investigado fuera presentado ante los Tribunales correspondientes de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas por la comisión de uno de los Delitos Contemplados en Nuestro Código Penal Venezolano, lugar donde posteriormente el Fiscal designado solicitara las actuaciones relacionadas con dicha averiguación, para complementar la presente, acto seguido el Oficial WILKINS BRITO…notifico al ciudadano retenido sobre su aprehensión definitiva y a su vez le leyó e impuso de sus Derechos Constitucionales… en vista de lo antes expuesto nos trasladamos a nuestro Despacho a realizar la respectiva acta policial, quedando el requerido ciudadano en calidad de Custodia en el Hospital M.P.C.d.C., piso 08, traumatología 01, habitación 813, lugar donde fue trasladado ya que donde lo atendieron primeramente no contaban con el servicio de Trauma, cabe destacar que este ciudadano presento tres heridas por arma de fuego en el muslo de la pierna derecha a la altura de fémur el cual fue fracturado por uno de los proyectiles y que el mismo esta siendo tratado con pesas de equilibrio por lo que se hizo imposible el traslado hasta la sede del C.I.C.P.C. y la sede del SAIME para la realización de las planillas de R-9 y R-13, no pudiendo de esta forma identificarlo formalmente ya que el funcionario de guardia por el servicio administrativo de Identificación Migración y Extranjería de nombre RAMIRO HERNADEZ…con el cargo de Perito Identificador, no acepto la planilla de R-7 suministrada por el Oficial M.J., según el porque que no se encontraba presente el ciudadano a verificar y era necesario. Es todo…

    b.- REFERENCIA TRAUMATOLOGICA de fecha 05 de abril de 2014, cursante al folio 127 de la Pieza I, suscrita por médico adscrito a la Dirección de S.d.D.C., en la cual se dejó constancia que el ciudadano K.R. presentó lo siguiente:

    …Refiere inicio de enfermedad actual hoy a eso de 6:00 pm dado por heridas presuntamente percutidas (sic) por arma de fuego, 2 en cara anterior y 1 herida en cara posterior, presentando dolor, limitación…miembro inferior derecho, luego de evaluación clínica, radiológica se concluye: Dx: Fractura de tercio medio con distal de fémur derecho…

    Asimismo en el acta de la audiencia para oír al imputado, se observa que el ciudadano K.R.R.M. impuesto de sus derechos y asistido de defensa, expuso: “…me acojo al precepto constitucional, no deseo declarar, es todo…”.

    Del análisis efectuado a los elementos de convicción que anteceden, se evidencia que en fecha 11 de febrero de 2013, en la parcela N° 22 de la Granjas de Carayaca, sector La Virgencita de la parroquia Carayaca, estado Vargas en horas de la tarde, se encontraba el ciudadano F.V.H. en la parte exterior de una vivienda de la localidad, oportunidad en la cual es abordado por dos sujetos conocidos en el sector como “ERICK” y “CUNENE”, quienes presuntamente sostienen una discusión con el referido ciudadano y el segundo de los sujetos le propina una serie de disparos con un arma de fuego que poseía, sucedido esto ambos sujetos huyen del lugar a pie, posteriormente los ciudadanos A.D., N.B. y E.B.D. acuden al auxilio del ciudadano Francisco, quien se encontraba herido en el piso, siendo que breves instantes después éste fallece, ante lo cual se determina que los elementos de convicción cursantes en autos para esta etapa procesal resultan suficientes para precalificar provisionalmente el hecho en el tipo penal de HOMICIDIO CALIFICADO CON ALEVOSIA, previsto y sancionado en el artículo 406 numeral 1 del Código Penal, en perjuicio de quien en vida respondiera al nombre de F.V.H., por lo que se encuentra acreditado el requisito previsto en el numeral 1 del artículo 236 del Código Orgánico Procesal Penal.

    Ahora bien, en cuanto a la exigencia del numeral 2 del artículo 236 del Texto Adjetivo Penal, esta Alzada observa de las declaraciones rendidas por los ciudadanos E.B.D., H.G. y P.Z., quienes presenciaron a una corta distancia lo ocurrido, que los mismos son contestes en afirmar que un sujeto conocido como “ERICK” estaba en compañía de otro sujeto conocido como “CUNENE”, momento en el cual este último acciona un arma de fuego en contra de la humanidad del hoy inerte, originándose su deceso, así como la declaración de la ciudadana I.R., quien figura como madre del imputado de autos, en la cual indicó que su hijo de nombre K.R.R.M., responde al remoquete de “CUNENE”, ante lo cual se determina que para este momento procesal los elementos de convicción cursantes en autos resultan suficientes para acreditar que el referido ciudadano es presuntos AUTOR en la comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO CON ALEVOSIA, previsto y sancionado en el artículo 406 numeral 1 del Código Penal, en perjuicio de quien en vida respondiera al nombre de F.V.H., encontrándose satisfecho el requisito exigido en la norma legal mencionada anteriormente, desestimando así lo alegado por la defensa en cuanto a la falta de identificación del imputado.

    En cuanto al numeral 3 del artículo 236 del Texto Adjetivo Penal, vale señalar que el único aparte del parágrafo primero del artículo 237 del Código Orgánico Procesal Penal, establece entre otras cosas que: “…Se presume peligro de fuga en casos de hechos punibles con penas privativas de libertad…En este supuesto, el o la Fiscal del Ministerio Público, y siempre que concurran las circunstancias del artículo 236 de este Código, deberá solicitar la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad…”, en tal sentido tenemos que el presente caso, se acreditó la comisión del delito HOMICIDIO CALIFICADO CON ALEVOSIA, previsto y sancionado en el artículo 406 numeral 1 del Código Penal, en perjuicio de quien en vida respondiera al nombre de F.V.H., tal como lo precalificó el Ministerio Público y lo acogió el Juez A quo y dado que el artículo 239 del Código Orgánico Procesal Penal indica que sólo en los casos de penas privativas de libertad de corta duración, el Juez podrá otorgar medidas cautelares sustitutivas de libertad, tal supuesto no se corresponde con el caso en estudio, por cuanto el ilícito imputado prevé una sanción cuya pena excede de tres (03) años en su límite máximo, lo que hace procedente la aplicación de una Medida Privativa en contra del ciudadano K.R.R.M. y por ello lo ajustado a derecho es CONFIRMAR la decisión dictada por el Juzgado Segundo en funciones de Control Circunscripcional, en fecha 30-05-2014, mediante la cual DECRETO LA MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD del precitado ciudadano. Y ASI SE DECLARA.

    OBSERVACION

    Por cuanto de la revisión efectuada a las actuaciones, se verifica que el imputado K.R.R.M. presentó heridas por arma de fuego, lo que motivó su ingreso al Hospital “Ricardo Henríquez Sequero” (Periférico de Catia), lo cual pudiera configurar la presunta comisión de un delito contra las personas, esta Alzada en atención al contenido del numeral 2 del artículo 269 del Código Orgánico Procesal Penal, advierte tal situación al Ministerio Público, a los fines legales pertinentes.

    D I S P O S I T I V A

    Por los fundamentos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones en Penal Ordinario, Responsabilidad Penal de Adolescentes y Violencia contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, CONFIRMA la decisión emitida en fecha 30-05-2014, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia Estadal y Municipal en lo Penal en Funciones de Control de este Circuito Judicial, mediante la cual DECRETO LA MEDIDA JUDICIAL PRIVATIVA DE LIBERTAD al ciudadano K.R.R.M., identificado con el número de cédula V-19.398.100, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO CON ALEVOSIA EN GRADO DE AUTOR, previsto y sancionado en el artículo 406 numeral 1 del Código Penal, en perjuicio de quien en vida respondiera al nombre de F.J.V.H., ello por encontrarse satisfechos los requisitos exigidos en el artículo 236 del Texto Adjetivo Penal.

    Se DECLARA SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el Defensor.

    Publíquese, regístrese, notifíquese, déjese copia de la presente decisión y remítase de manera inmediata las actuaciones originales y en su oportunidad legal la presente incidencia al Juzgado A-quo.

    LA JUEZ PRESIDENTE (E.),

    ROSA A BARRETO DIANEZ

    LA JUEZ, LA JUEZ PONENTE,

    R.C.R.N.S.M.

    LA SECRETARIA,

    M.G.P.

    En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.

    LA SECRETARIA,

    M.G.P.

    RMG/RCR/LMI/sacv.-

    ASUNTO: WP01-R-2014-000378

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