Decisión de Juzgado de Protección LOPNA de Portuguesa (Extensión Guanare), de 14 de Abril de 2010

Fecha de Resolución14 de Abril de 2010
EmisorJuzgado de Protección LOPNA
PonenteLenny Coromoto Marquez Suarez
ProcedimientoFijacion Regimen Convivencia Familiar

PODER JUDICIAL

Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la

Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa

Guanare, 14 de Abril de 2010

199º y 151º

ASUNTO: PP01-S-2010-000217

Vista la conciliación celebrada entre los ciudadanos KENNEDIS N.D. y Y.D.J.R., venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros 14.865.023 y 16.073.724, respectivamente, por ante la Defensa Pública para la Protección del Niño, Niña y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, sobre el REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR, en beneficio de los niños ...................., de siete (07) y nueve (09) años de edad, respectivamente, el mismo quedó establecido de la siguiente manera: “El padre buscará a los niños en la residencia de la madre, los días sábados a las 9:00 de la mañana hasta el domingo a las 6:00 de la tarde regresándolo a la misma residencia. Este Régimen comenzará el día sábado 17 de abril del año en curso”. Por cuanto dicho acuerdo conciliatorio no vulnera los derechos de los niños, el Tribunal le imparte su homologación y le da carácter de cosa juzgada, de acuerdo con los artículos 315 y 317 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescentes.

La Jueza Temporal,

Abg. L.C.M.S.

El Secretario,

Abg. A.J.O.S.

LCMS/ajos/Ma. Alexandra. -

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