Decisión nº 260-08 de Tribunal Quinto de Ejecución de Zulia (Extensión Maracaibo), de 13 de Marzo de 2008

Fecha de Resolución13 de Marzo de 2008
EmisorTribunal Quinto de Ejecución
PonenteMilagros Soto Caldera
ProcedimientoCómputo De Pena

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REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

DIRECCIÓN EJECUTIVA DE LA MAGISTRATURA

CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA

JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN

FUNCIÓN DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD

Maracaibo, 13 de Marzo de 2008

Años 197° y 149°

RESOLUCIÓN N° 260-08.- CAUSA N° 5E 204-08.-

Firme como ha quedado la Sentencia dictada por el Tribunal 3º de Control en del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, extensión S.B., en contra del penado K.M.T.R. titular de la cédula de identidad Nro. 16.368.886,natural de Lo Teques Estado Miranda, de 24 años de edad, de profesión Militar activo con el Rango de Sargento Técnico de Tercera, adscrito al Destacamento de Comando Rurales Nro. 39 de la Guardia Nacional de Venezuela, Comando Mi Ranchito, ubicado en el kilómetro 459 de la Carretera Machiques Colon Municipio J.M.S.E.Z., teléfono 0414-33538884, o 0275-2673930 a la orden de la Fiscalia Nº XVI del Ministerio Público bajo la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad establecida en el artículo 256 del Código 0rganico Procesal Pena; así como la información recibida emanada del Destacamento de Comandos Rurales Nro 39, este Tribunal procede a elaborar el Computo de Pena respectivo.

El penado K.M.T.R. fue condenado por el Tribunal 3º de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Z.E.S.B., en fecha 05-12-2007 a sufrir la pena de CUATRO (04) AÑOS CINCO (05) MESES Y VEINTE (20) DIAS DE PRISION, por la comisión del delito de HOMICIDIO CULPOSO Y USO INDEBIDO DE ARMA DE FUEGO, cometido en perjuicio de quien en vida se llamo H.R.M.H..-

Este Tribunal observa que el penado K.M.T.R., lleva de pena restringida desde el día 01-12-2005, hasta la fecha: 13-03-2008: DOS (02) AÑOS TRES (03) MESES Y DOCE (12) DIAS. Faltándole por cumplir la pena de: DOS (02) AÑOS DOS (02) MESES Y OCHO (08) DIAS.-

Asimismo, cumple la mitad (1/2) de la pena el día: 26-02-2008.

Cumplirá la Pena Principal el día: 21-05-2010.

Cumplió una cuarta (1/4) parte de la pena impuesta el día: 13-01-2007 pudiendo optar a Destacamento de Trabajo

Cumplió una tercera (1/3) parte de la pena impuesta el día: 01-04-2007.- Pudiendo optar a Régimen Abierto.

Cumplió las dos terceras (2/3) partes de la pena impuesta el día: 24-11-2008 pudiendo solicitar la fórmula alternativa al cumplimiento de pena de L.C..

Cumplió las tres cuartas (3/4) partes de la pena impuesta el día: 08-04-2009, pudiendo optar a partir de esa fecha a la Conmutación por el resto de la pena o CONFINAMIENTO.

Finalmente, en cuanto a la Sujeción a la Vigilancia por parte de la Autoridad Civil, equivalente a Una (1/5 parte de la pena impuesta, una vez cumplida la pena principal, hasta el día: 13-04-2011 Y así se Decide.

DISPOSITIVA

Por los fundamentos antes expuestos, este TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la Republica, y por Autoridad de la Ley, Declara los cómputos de Ley, relacionado con el penado K.M.T.R. titular de la cédula de identidad Nro. 16.368.886,natural de Lo Teques Estado Miranda, de 24 años de edad, de profesión Militar activo con el Rango de Sargento Técnico de Tercera, adscrito al Destacamento de Comando Rurales Nro. 39 de la Guardia Nacional de Venezuela, Comando Mi Ranchito, ubicado en el kilómetro 459 de la Carretera Machiques Colon Municipio J.M.S.E.Z., teléfono 0414-33538884, o 0275-2673930, de conformidad con lo establecido en los artículos 482, 484 y 493, todos del Código Orgánico Procesal Penal.

Regístrese la presente Resolución, publíquese, remítanse copias certificadas de la misma con oficio al Director del Centro Penitenciario de Maracaibo, a la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario, al Presidente y demás Miembros del C.N.E. y al Viceministro de Seguridad Jurídica del Ministerio del Interior y Justicia, Departamento de Antecedentes Penales; ofíciese. Líbrese Boletas de Encarcelación, Notificación a la Fiscalía 27° del Ministerio Público de este mismo Circuito Judicial Penal, a la defensa y el Penado.-

LA JUEZ QUINTO DE EJECUCIÓN

DRA. M.S.C.

LA SECRETARIA,

ABOG. MAGLENYS GONZALEZ.

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en esta Resolución, se registró la misma bajo el número 260-08 se certificó la presente resolución, Se libraron oficios las notificaciones respectivas.

LA SECRETARIA,

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