Decisión de Corte de Apelaciones 3 de Caracas, de 3 de Diciembre de 2007

Fecha de Resolución 3 de Diciembre de 2007
EmisorCorte de Apelaciones 3
PonenteRubén Gutierrez
ProcedimientoInadmisible

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS

CORTE DE APELACIONES

SALA 3

Caracas, 03 de Diciembre de 2007

197º y 148º

Exp. N°: 2861-07

Ponente: Dr. R.D.G.R.

Las presentes actuaciones subieron a consideración de la Corte de Apelaciones, en virtud del escrito de recusación propuesto por las Dras. KERINA G.B. y Y.M., en su carácter de Fiscal Séptima del Ministerio Público a Nivel Nacional con Competencia Plena y Fiscal Auxiliar Centésima Décima Novena del Ministerio Público del Área Metropolitana de Caracas, respectivamente, en contra del Dr. L.R.R., Juez Vigésimo de Primera Instancia en Funciones de Juicio de este Circuito Judicial Penal, en la causa seguida a los ciudadanos R.V.A., R.G.J.M. y MONTES M.O., por la presunta comisión del delito de TRASPORTE ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, de conformidad con lo establecido en el artículo 83 ordinal 8º del Código Orgánico Procesal Penal, y solicitan sea declarada con lugar y se ordene a otro Juez el conocimiento de la causa.-

Correspondiéndole a esta Sala el conocimiento de la misma, se dio cuenta y se designó ponente, quien con tal carácter suscribe, procediendo a pronunciarse acerca de la admisibilidad o no de dicha recusación.-

Esta Sala observa, que la Recusación tiene un procedimiento establecido en el artículo 93 del Código Orgánico Procesal Penal, cuyo texto es el siguiente:

…Artículo 93. Procedimiento. La recusación se propondrá por escrito ante el tribunal que corresponda, hasta el día hábil anterior al fijado para el debate.

Si la recusación se funda en un motivo que la haga admisible, el recusado, en el día siguiente, informará ante el secretario.

Si el recusado fuere el mismo juez, extenderá su informe a continuación del escrito de recusación, inmediatamente o en el día siguiente…

(Subrayado de la Sala)

En el presente caso se evidencia que la recusación fue propuesta una vez iniciado el debate, y por ello dicha recusación fue interpuesta fuera del lapso previsto por la ley. El proceso penal se desarrolla a través de fases y etapas, teniendo cada una de ellas oportunidades para cumplir la llamada carga de las partes siendo que en el caso que nos ocupa es claro el Código Orgánico Procesal Penal, cuando dispone el momento procesal en el que debe cumplir la parte que se sienta afectada y que pretenda apartar a un Juez de una determinada causa, lo cual, no cumplido en el presente proceso, lleva a concluir en que se debe declarar la INADMISIBILIDAD POR EXTEMPORÁNEO del escrito de recusación interpuesto por las Dras. KERINA G.B. y Y.M., en su carácter de Fiscal Séptima del Ministerio Público a Nivel Nacional con Competencia Plena y Fiscal Auxiliar Centésima Décima Novena del Ministerio Público del Área Metropolitana de Caracas, respectivamente, en contra del Dr. L.R.R., Juez Vigésimo de Primera Instancia en Funciones de Juicio de este Circuito Judicial Penal, de conformidad con lo establecido en el artículo 93 del Código Orgánico Procesal Penal, y ASI SE DECLARA.-

DECISION

En base a las anteriores observaciones, ESTA SALA Nº 3 DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY: DECLARA INADMISIBLE POR EXTEMPORÁNEO el escrito de recusación presentado por las Dras. KERINA G.B. y Y.M., en su carácter de Fiscal Séptima del Ministerio Público a Nivel Nacional con Competencia Plena y Fiscal Auxiliar Centésima Décima Novena del Ministerio Público del Área Metropolitana de Caracas, respectivamente, en contra del Dr. L.R.R., Juez Vigésimo de Primera Instancia en Funciones de Juicio de este Circuito Judicial Penal, de conformidad con lo establecido en el artículo 93 del Código Orgánico Procesal Penal.

Regístrese, déjese copia y remítase el Cuaderno de Incidencia al Juez Recusado y copia debidamente certificada de la presente decisión a la Oficina de Registro y Distribución de Documentos, a fin de que sea distribuida al Tribunal al que se remitió la causa principal.-

EL JUEZ PRESIDENTE

Dr. R.D.G.R.

Ponente

EL JUEZ EL JUEZ

Dr. JUAN CARLOS GOITÍA GÓMEZ Dr. MANUEL GERARDO RIVAS DUARTE

LA SECRETARIA

Abg. EDDMYSALHA GUILLEN CORDERO

Seguidamente se registró la anterior decisión y conforme está ordenado se remite el Cuaderno de Incidencias constante de cincuenta y dos (52) folios útiles y copia debidamente certificada de la decisión constante de tres (03) folios útiles, anexos a los oficios Nº y

respectivamente.-

LA SECRETARIA

Abg. EDDMYSALHA GUILLEN CORDERO

RDGR/JCGG/MGRD/eduardo

Exp. Nº: 2861-07

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