Decisión nº Sent.Int.N°101-2011 de Juzgado Superior Sexto de lo Contencioso Tributario de Caracas, de 27 de Mayo de 2011

Fecha de Resolución27 de Mayo de 2011
EmisorJuzgado Superior Sexto de lo Contencioso Tributario
PonenteGabriel Fernández Rodríguez
ProcedimientoAdmisión De Pruebas

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Superior Sexto de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas

Caracas, 27 de Mayo de 2011

201º y 152º

ASUNTO: AP41-U-2011-000038 Sentencia Interlocutoria: 101/2011.-

Visto el escrito de promoción de pruebas presentado en fecha dieciocho (18) de Mayo de 2011, por la ciudadana Rena Balsamino Messina, titular de la cedula de identidad Nº 10.872.858 e inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nº 59.263, actuando en su carácter de Apoderada Judicial de la Sociedad Mercantil “LABORATORIOS NOVAPHARMA, S.A.”, constante de ocho (08) folios útiles, por cuanto dichas pruebas en su contenido no son manifiestamente ilegales ni impertinentes en los términos abajo expuestos, el Tribunal las admite cuanto ha lugar en derecho, salvo su apreciación en la definitiva. La evacuación de las pruebas promovidas se realizará de la siguiente manera:

  1. - DOCUMENTALES: Se reproduce el valor probatorio de los documentos señalados en el escrito de promoción de pruebas.

El Juez Provisorio,

G.Á.F.R..

La Secretaria,

A.O.D.A.F.

GAFR/Oda/goug.

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