Decisión nº 3JM-898-04 de Tribunal Tercero de Primera Instancia en Funciones de Juicio de Tachira (Extensión San Cristóbal), de 29 de Marzo de 2006

Fecha de Resolución29 de Marzo de 2006
EmisorTribunal Tercero de Primera Instancia en Funciones de Juicio
PonenteVilma Chaparro de Nava
ProcedimientoAutorizacion Para Viajar

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE JUICIO DELCIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHIRA

San Cristóbal, miércoles 29 de Marzo de 2.006

195º y 146º

Visto el primer escrito presentado ante la Oficina de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal en fecha 20-03-2.006, por la abogada L.M.C., actuando con el carácter de defensora de la acusada M.M., en el que solicita en se le otorgue autorización a la referida ciudadana para salir de la Jurisdicción del Estado Táchira y viajar a la ciudad de Caracas, Distrito Capital, por un lapso no menor de ocho (08) días; por cuanto tiene una hija de nacionalidad americana y debe presentarla ante la embajada con sede en la ciudad de Caracas a los efectos de legalizar su estadía en Venezuela y además poder retirar las consignaciones que le hacen en dicha oficina, este Tribunal para decidir observa:

El hecho de que la solicitante haya efectuado su petición de autorización para realizar el referido viaje a la ciudad de Caracas; demuestra en forma razonable su sentido de responsabilidad, así como su disposición de acatar fielmente las obligaciones derivadas de la Medida Cautelar impuesta, y de cumplir con tales medidas bajo la supervisión de este Tribunal. En consecuencia, se declara procedente la solicitud planteada y se autoriza por el lapso de ocho días (08) días Calendario, contados desde su notificación, debiendo la solicitante presentarse inmediatamente ante este despacho judicial a su regreso a la Jurisdicción del Estado Táchira, y así se decide.

DECISIÓN

Con base en las anteriores consideraciones, esta Juzgadora de Primera Instancia en función de Juicio Nº 03 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, DECLARA:

UNICO:CON LUGAR la solicitud efectuada por la abogada L.M.C., actuando con el carácter de defensora de la acusada M.M., y en consecuencia SE LE AUTORIZA para ausentarse de la Jurisdicción del Estado Táchira con el fin de viajar a la ciudad de Caracas, Distrito Capital, durante un lapso de OCHO (08) dias calendario, contados desde su notificación,; con la obligación expresa de presentarse inmediatamente ante este despacho Judicial a su regreso a la Jurisdicción del Estado Táchira.

.

Regístrese y notifíquese a las partes. Déjese copia. Cítese a la acusada para que comparezca ante este despacho y sea impuesta personalmente de lo aquí decidido. Cúmplase.

Abg. V.C.D.N.

JUEZ DE JUICIO Nº 03

Abg. W.L.R.

SECRETARIO

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.-

CAUSA Nº 3JM-898-04

VChdN/mtrr

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR