Decisión nº 50-09 de Juzgado Decimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo. Extensión Maracaibo. de Zulia (Extensión Maracaibo), de 13 de Marzo de 2009

Fecha de Resolución13 de Marzo de 2009
EmisorJuzgado Decimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo. Extensión Maracaibo.
PonenteJudith Castro
ProcedimientoCobro De Pretaciones Sociales

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Décimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia.

Maracaibo, trece (13) de marzo de dos mil nueve (2009)

ACTA DE TRANSACCION

N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2008-002259

PARTE ACTORA: LAUDIBETH AVENDAÑO, Inpreabogado: 114.117.

PARTE DEMANDADA: MASSTRAMITES CONSULTORES GERENCIALES C.A

APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: E.G., Inpreabogado: 126.733,

MOTIVO: Prestaciones Sociales.

Hoy, 13 de Marzo de 2009, siendo las 2:30 p.m., , día y hora fijado para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar, comparecieron a la misma las ciudadanas abogadas LAUDIBETH AVENDAÑO, Inpreabogado: 114.117, actuando en nombre propio, y como parte demandante; y MASSTRAMITES CONSULTORES GERENCIALES C.A, en su condición de parte demandada, representada por su apoderada judicial abogada E.G., Inpreabogado: 126.733; quienes han llegado a un acuerdo por la cantidad de Bs.F. 2.109,99; por todos y cada uno de los conceptos reclamados en el Libelo de Demanda que se dan por reproducidos, y que forman parte integrante de la presente acta; ambas partes con el objeto de ponerle fin a este proceso de total y mutuo acuerdo, han convenido la transacción de los pasivos laborales pendientes. El pago de lo transado se realizará en fecha 20 de marzo de 2009, a las 9:00 a.m., y por ante la URDD de este Circuito Judicial Laboral. El Tribunal visto que el acuerdo transaccional celebrado no vulnera derechos irrenunciables de la trabajadora, ni normas de orden público HOMOLOGA LA TRANSACCION y le imparte el carácter de Cosa Juzgada, pero se abstiene de archivar el expediente hasta que conste en actas el cumplimiento definitivo del acuerdo. Se deja constancia que han sido devueltas las pruebas consignadas por las partes al inicio de la audiencia preliminar. Terminó, se leyó y conforme firman. Publíquese y Regístrese la presente decisión. Esto todo.

La Juez

El Secretario

Mgs. Judith Castro de Mendoza

Las Partes.

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