Decisión de Juzgado Sexto De Primera Instancia De Sustanciación, Mediación Y Ejecución Del Trabajo de Caracas, de 20 de Diciembre de 2006

Fecha de Resolución20 de Diciembre de 2006
EmisorJuzgado Sexto De Primera Instancia De Sustanciación, Mediación Y Ejecución Del Trabajo
PonenteIrack Marquez
ProcedimientoMediación Positiva

En el día hábil de hoy, 20 de Diciembre de 2006, siendo las 1:00PM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Prolongación de la Audiencia Preliminar, comparecen los ciudadanos: L.J.D.B. titular de la cédula de identidad N° 13.748.749 parte actora en la presente Causa acompañada de su apoderada judicial la abogada M.d.V.S.M. inscrita en el inpreabogado bajo el N° 69.254 , asimismo compareció como apoderada judicial de la parte demandada la abogada Luisssana Mejias Gamez inscrita en el inpreabogado bajo el N° 96.263, de igual manera hizo acto de presencia el abogado J.C.D. abogado I adscrito a la Dirección General de Consultoría Juridica del Ministerio de Relaciones Exteriores inscrito en el inpreabogado bajo el N° 93.990, por solicitud del presente Juzgado. En este estado la trabajadora le manifiesta a este Juzgado su voluntad de Desistir del presente procedimiento y le solicita su homologación., en vista de que le han sido cancelados los conceptos pertinentes a Salarios Caídos, la indemnización de l25 previsto en la Ley Orgánica del Trabajo y demás conceptos pertinentes a sus Prestaciones Sociales. Por lo que manifiesta que no tiene reclamación alguna de índole laboral para con la parte demandada. Este Juzgado de conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y en concordancia con el artículo 130 ejusdem HOMOLOGA dicho desistimiento dándole efectos de la Cosa Juzgada . Asimismo se ordena la terminación de la Causa y el archivo del expediente Se anexa copia del cheque consignado por la Trabajadora.

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