Decisión de Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Trabajo y Estabilidad Laboral, con sede en La Víctoria de Aragua, de 13 de Mayo de 2010
Fecha de Resolución | 13 de Mayo de 2010 |
Emisor | Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Trabajo y Estabilidad Laboral, con sede en La Víctoria |
Ponente | Eumelia MarÃa Velazquez Marcano |
Procedimiento | Obligación De Manutención |
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO, BANCARIO Y PROTECCIÓN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
La Victoria, 13 de Mayo de 2.010
200° y 151°
Dando cumplimiento a lo ordenado en el cuaderno principal, se abre el presente cuaderno de medidas.
Este Tribunal, a fin de garantizar los derechos del niño y a tenor con lo establecido en el artículo 512 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente; este Tribunal decreta:
La retención sobre el cincuenta por ciento (50%) de las Prestaciones Sociales, que pudieren corresponder al ciudadano W.A.G., de nacionalidad venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 12.482.113 en la empresa o Institución donde labora.-Que en caso de retiro o renuncia, del ciudadano, ya identificado, la cantidad retenida por tal concepto deberá ser remitida en cheque de gerencia a nombre del Tribunal.-
La retención de la quinta parte (1/5) de las Utilidades o Aguinaldos de fin de año, a las que se haga acreedor el ciudadano ya nombrado, a los fines de cubrir los gastos navideños.- Cuando se haga efectivo el pago de tal concepto, sea entregado a la parte actora.-
La retención del equivalente de la quinta parte ( 1/5) del salario mínimo mensual decretado por el Ejecutivo Nacional, como obligación de alimentos provisional.- Ofíciese a Ipostel, ubicada en esta ciudad de La Victoria, a fin de que se sirva informar a este Despacho si el demandado, presta sus servicios en dicha empresa o Institución y en caso afirmativo, hacer las retenciones respectivas y enviar a la mayor brevedad posible la constancia del sueldo total con las asignaciones y deducciones, antigüedad y beneficios contractuales del ciudadano supra identificado.-Líbrese oficio.-
Se ordena la apertura de una cuenta de ahorros en el Banco Bicentenario por un monto de Bs. 2,00 a nombre del(os) beneficiario(s) *******, representado(s) por su progenitora, ciudadana L.I.G.S., venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 14.683.008.- Haciéndosele saber a la referida Entidad Bancaria que en virtud del Decreto dictado por el Tribunal Supremo de Justicia de fecha 15 de Octubre de 2.008, la identificada ciudadana queda autorizada para efectuar los retiros de las cantidades que sean depositadas en dicha cuenta, igualmente para renovar la libreta de ahorro, sin que este Tribunal oficie para ello.-
LA JUEZA PROVISORIA
ABG. E.V.M.
LA SECRETARIA
ABG. JHEYSA ALFONZO
EN LA MISMA FECHA SE LIBRARON OFICIOS.-
LA SECRETARIA
EVM/JA/ea/EXP N° 23.149
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO, DE PROTECCIÓN Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
LA VICTORIA
Expediente 23.149
Demandante L.I.G.
Demandado W.A.G.
Motivo Obligación de Manutención, a favor de la niña ^^^^
En horas de Despacho del día de hoy, Veintiséis (26) de Mayo del dos mil Díez, siendo las 9:00 de la mañana, oportunidad fijada por el Tribunal para la comparecencia de los ciudadano L.I.G. y W.A.G., venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N°: 14.683.008 y 12.482.113, parte actora y demandada, respectivamente, con el objeto de realizar el CONVENIMIENTO en el procedimiento de pensión alimentaría, a favor de de la niña ^^^^.-
El ciudadano W.A.G., expone: antes de pasar hacer el convenio, quiero señalar, que tengo otro expediente N°: 21.901, donde me demanda la sra. L.I.R.A., madre de mi hijo ****, en donde también se me realizan retenciones del 25% del sueldo, 50% de las Prestaciones Sociales y 30% de las Utilidades. Por lo que, solicito que se tome en consideración en la sentencia definitiva, tanto las retenciones del Expediente N°: 21.901, como la del presente juicio, Expediente N°: 23.149. Y consigno copia de la partida de nacimiento de mi hijo ****:
El ciudadano W.A.G., esta de acuerdo que se le sea descontado de su nomina 1/5 de su salario mínimo mensual, monto que deberá ser entregado a la ciudadana L.I.G..-
El ciudadano W.A.G., esta de acuerdo que le sea descontado el 1/5 de sus utilidades o aguinaldos.-
El ciudadano W.A.G., esta de acuerdo que le sea descontado 24 pensiones futuras, a fin de resguardar la alimentación de su hija ^^^^.-
El Tribunal en vista al anterior convenio, fija la cantidad de Veinticuatro (24) pensiones futuras, a fin de de garantizar el interés superior de la niña ^^^^; tal concepto deberá ser remitido en cheque de Gerencia a nombre de este Tribunal, una vez que culmine la relación laboral que existe entre el ciudadano W.A.G. y la empresa Ipostel.-
Cúmplase lo ordenado.- Líbrense oficio.-
La Jueza Provisoria
Abg. E.V.M.
La Parte Actora
La Parte Demandada
La Secretaria
Abg.Jheysa Alfonzo
EVM/JA/Zlma
Exp. N°: 23.149^