Decisión nº 018-07 de Tribunal Quinto de Juicio de Zulia (Extensión Maracaibo), de 25 de Mayo de 2007

Fecha de Resolución25 de Mayo de 2007
EmisorTribunal Quinto de Juicio
PonenteNola Gomez
ProcedimientoSentencia Condenatoria

El presente Juicio Oral y Público, celebrado durante los días 25 de abril, 3,15,16, y 18 de mayo de presente año 2007, por este Tribunal Quinto de Primera Instancia en Funciones de Juicio constituido en forma Mixta con Escabinos del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en la Sala II de Juicio Nº I, Planta Baja del Palacio de Justicia, sede del Poder Judicial en esta ciudad de Maracaibo del Estado Zulia, donde se cumplieron y se hicieron cumplir todas las formalidades de Ley que informan al debido proceso como son los principios de oralidad, publicidad, inmediación, concentración y contradicción, según consta del Acta de Debate levantada a los efectos, donde también consta la advertencia que hiciere el Tribunal a los referidos acusados sobre el posible cambio de calificación jurídica dada a los hechos conforme a los que ya habían quedado establecidos en el debate, según lo dispuesto en el Artículo 350 del Código Orgánico Procesal, por lo que el Tribunal les hizo la advertencia de ley sobre esa posibilidad, y lo relacionado para que prepararan su defensa, indicando éstos a su vez que no tenían nada que manifestar y que se continuara con el debate, acordándose su continuación; y, habiéndose diferido la redacción del texto integro de la Sentencia pronunciada, acogiéndose éste Tribunal Mixto al lapso establecido en el Artículo 365 del Código Orgánico Procesal Penal, a los fines de su publicación, pasa de seguidas a redactar la correspondiente Sentencia dictada, la cual fue pronunciada una vez terminada la deliberación, conforme a lo dispuesto en el Artículo 362 del Código orgánico procesal Penal, donde se acordó por votación realizada en forma ÚNANIME la CONDENA del Acusado, En tal sentido, este Tribunal Mixto pasa a elaborar la correspondiente SENTENCIA CONDENATORIA, conforme a lo previsto en el Artículo 367 del Código Orgánico Procesal Penal, en los términos siguientes:

II

DE LA ENUNCIACIÓN DE LOS HECHOS Y CIRCUNSTANCIAS QUE HAN SIDO OBJETO DEL JUICIO:

El presente Juicio Oral y Público ha sido con ocasión a la acusación interpuesta por el Ministerio Público donde acusa al ciudadano: Acusado: L.W.M.C., por la presunta comisión del delito de: COAUTOR DEL DELITO DE ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en los artículos 458 en concordancia con el articulo 83 ambos del Código Penal, en perjuicio de los ciudadanos A.L.A.E. Y H.A.E. Y EL ORDEN PUBLICO. Por los hechos que el ministerio Público le atribuyo que a continuación se describe: “ El día Martes 21 de Febrero del 2006, siendo aproximadamente las 12:00 del mediodía, en el Municipio San F.d.E.Z., específicamente por las inmediaciones de la Tubería Carora, el ciudadano A.E.H.G., iba a bordo de una bicicleta, de color blanco, ring de 20 pulgadas, tipo Croos, en dirección a su vivienda, cuando fue sorprendido por el hoy imputado L.W.M.C., portando un arma de fuego de fabricación artesanal y en compañía de otro sujeto, lo apunto y bajo amenazas de muerte lo despojo de la bicicleta ya descrita, embarcándose el hoy imputado y el otro sujeto en la bicicleta y escapar con la misma en dirección al Barrio La Polar del Municipio San F.d.E.Z..

Ese mismo día siendo ya las 12:30 de la tarde, en el Barrio La Polar, calle 188, con avenida 48P, vía publica, Parroquia D.F., Municipio San F.d.E.Z., específicamente frente al Abasto La Tropical, ubicado en la casa signada con el número48-45, el ciudadano, E.E.A.L., se encontraba despachando en dicho abasto una mercancía de productos “Snacks América Latina”, cuando es sorprendido por el imputado L.W.M.C., portando la misma arma de fuego artesanal y en compañía del mismo sujeto, ambos a bordo de la bicicleta que minutos antes habían robado, lo apunto y bajo amenazas de muerte lo despojo de dinero en efectivo, específicamente de la cantidad de Ciento Diecisiete Mil Bolívares en efectivo (117.000 Bs), retirándose el hoy imputado y su compañero del lugar. Este hecho fue presenciado por la ciudadana C.R.L., quien rápidamente se dirigió al interior de su casa y llamo a la Policía Municipal de San Francisco, aportando la dirección de su casa. Acto seguido el oficial J.G., placa 303, adscrito a la División de Patrullaje de la Policía Municipal de San Francisco, se encontraba en la unidad policial PSF-097, realizando labores de patrullaje por la avenida 48R, con calle 189 del Barrio La Polar, cuando la Central de Comunicaciones, le informó que en el mismo Barrio, en la calle 188, con avenida 48P, dos ciudadanos estaban robando a un proveedor en un abasto, trasladándose el funcionario policial de inmediato al lugar, al llegar el funcionario se entrevistó con el ciudadano E.E.A.L., quien informó que dos ciudadanos a bordo de una bicicleta y con un arma de fuego lo habían despojado de dinero en efectivo, motivo por el cual el funcionario policial en compañía del denunciante realizó un patrullaje por la zona, donde a pocos metros del lugar el denunciante le señaló al oficial al hoy imputado a bordo de una bicicleta: color blanco, ring 20”, como uno de los autores del robo y quien para el momento del robo portaba un arma de fuego, y quien al notar la presencia policial emprendió veloz huida, introduciéndose en una vivienda del sector ubicada, en la calle 187, signada con el número 48R-06, la cual estaba abierta, logrando el oficial ver que el hoy imputado introdujo un objeto en una bolsa multicolor la cual estaba colgada en una ventana de la vivienda, logrando restringirlo; seguidamente llegó en calidad de apoyo el Sub Inspector R.G., placa 423, en la unidad policial PSF-091, procediendo los funcionarios a realizarle la respectiva inspección corporal al ciudadano, como lo establece el Código Orgánico Procesal Penal, y al verificar la bolsa donde había introducido el objeto, se encontró que en el interior había un arma de fuego de fabricación artesanal, seis balas calibre nueve milímetros y un calibre veintidós y veinticinco mil bolívares (25.000 Bs), en billetes de diferentes denominaciones. Posteriormente llegó al sitio el oficial A.A., Placa 113, en la unidad policial PSF-044, quien realizó la fijación del sitio y recolecto las evidencias. Episodio seguido llegó el ciudadano A.E.H.G., quien manifestó que el ciudadano detenido, minutos antes, portaba arma de fuego, en compañía de otro, le había despojado de una bicicleta, color: blanco, ring 20”, a la vez me enseñó la bicicleta antes mencionada, como la que le fue robada. Seguidamente se traslado todo el procedimiento hasta la sede de la Policía Municipal de San Francisco, donde el ciudadano detenido dijo llamarse: L.W.M.C., y contra quien se dirige la presente Acusación.

Seguidamente solicita a la ciudadana Secretaria verificar la presencia de las partes, dejándose constancia de que se encuentran presente en la Sala el Fiscal Cuadragésimo Sexto del Ministerio Publico Dr. EUDOMAR G.B., el acusado L.W.M.C., Previo traslado del Centro de Arrestos y Detenciones Preventivas El Marite, en compañía de la Defensa Publica Trigésima Octava Penal Dra. T.D.J.M.. Acto seguido de conformidad con lo establecido en el artículo 164 del Código Orgánico Procesal Penal debe depurarse nuevamente el escabinado por cuanto el Tribunal fue constituido con la Juez Profesional Dra. B.F., en fecha 02 de Octubre de 2006, y se procede a entrar a la depuración del escabino de conformidad con los artículos 153 y 154 del Código Orgánico Procesal Penal, preguntándole a los escabinos si conocen de vista trato y comunicación y si había visto alguna inhibición o recusación contra la Juez Presidenta, contestando por separado cada uno de los escabino, y a viva voz y delante de las partes que no tienen ninguna excusa ni causales de inhibición y recusación con relación a la Juez, que no existe ninguna causa de inhibición ni recusación ni excusas. Una vez concluida la depuración realizada por la Juez Presidenta procede a Juramentar a los Jueces Escabinos. Verificada la presencia de las partes la Juez Presidenta declaró ABIERTO EL DEBATE de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 344 del Código Orgánico Procesal, explicando a la audiencia sobre la importancia y significado del acto y advirtió a las partes que deben litigar de buena fe, ser coherentes en las preguntas formuladas a los testigos, las cuales no deberán ser capciosas, subjetivas, ni impertinentes y que deben mantener durante el debate los principios éticos profesionales y el debido respeto al Tribunal. Asimismo advirtió al acusado que deberá estar atento a todos los actos del proceso y le informó que podrá declarar durante la audiencia sin prestar juramento, en las oportunidades que lo prefiera y considere conveniente, siempre y cuando no sea utilizada ésta como medida dilatoria del proceso, así como de mantener comunicación con sus defensor en todo momento para lo cual se ubica al lado del mismo, pero que no podrá comunicarse con la defensa mientras declara o le es formulada alguna pregunta y al público asistente que deberán hacer silencio para no interrumpir el principio de inmediación, mantener el buen orden y compostura en la sala durante el desarrollo de la audiencia, y que cualquier manifestación de indisciplina será severamente sancionada por el Tribunal. Acto seguido, siendo la una con cuarenta y cinco minutos de la tarde (1:45 pm.) SE DECLARA ABIERTO EL DEBATE, y la Juez Presidenta concede el derecho de palabra al Fiscal 46° del Ministerio Público ABOG. EUDOMAR G.B., para que exponga los fundamentos de su acusación, quien expuso: “En representación del Ministerio Publico, procedo en este acto a ratificar el escrito acusatorio que en su oportunidad fue presentado por el Dr. A.P., quien era el fiscal en esa época, en contra del acusado L.W.M.C., por su presunta participación en el delito de ROBO AGRAVADO, en calidad de COAUTOR, previsto y sancionado en los artículos 458 en concordancia con el articulo 83 ambos del Código Penal, en perjuicio de los ciudadanos A.L.A.E. Y H.A.E., Se, los hechos por los cuales el Ministerio Publico presento formal acusación ocurren en fecha 21 de febrero de 2006 aproximadamente a las doce del mediodía, es importante el seguimiento por cuanto la Victima A.E.H., este señor se encontraba en el Municipio San Francisco a bordo de su bicicleta, cuando fue sorprendido por dos ciudadanos portando uno de ellos un arma de fuego y refiriendo que las misma es de fabricación casera de uso artesanal, lo someten y lo despojan de la bicicleta, estos dos elementos abordan la bicicleta despojada y se dirigen hacia el Barrio La Polar en el Municipio San Francisco, de esos dos ciudadanos el que llevaba el arma de fuego era el acusado L.W.M.C., siguiendo con los hechos, aproximadamente en el otro suceso aproximadamente a las doce y treinta de la tarde otro ciudadano de nombre A.L.A.E. se encontraba repartiendo los productos pepitos y esas cosa, este ciudadano estaba surtiendo en ese abasto de los productos que reparte, cuando se presentaron dos ciudadanos a bordo de una bicicleta color blanco, bajándose uno de ellos y somete al ciudadano con el arma de fuego, A.L.A.E. inmediatamente le entrego el dinero, este ciudadano L.W.M.C., fue la persona que se baja de la bicicleta, todo esto en presencia de la ciudadana que atiende el abasto llama a la policía y le informa lo ocurrido, estos dos ciudadanos huyen del lugar, con la cantidad que le fue despojada a A.L.A.E. como de ciento y.. , los funcionarios se presentan en la bodega y logran entrevistarse con la segunda victima A.L.A.E. quien le relata lo ocurrido en su contra, el oficial le sugiere el procedimiento de rigor y le pide las características de estas personas que cometieron el hecho y las características de estas personas y conjuntamente con los funcionarios se dirigen por el Bario La Polar cuando en la calle… se percata esta victima a uno de los sujetos que lo sometieron, este ciudadano que anda en la bicicleta se percata de la presencia policial y se baja de la bicicleta y se mete en una vivienda y esconde el arma que portaba, el funcionario se introduce en la vivienda y logra la captura del acusado, la victima le manifiesta que este ciudadano fue quien lo sometió, lo despojo del dinero , con un arma de fuego, por lo que este funcionario después de una búsqueda logro incautar el arma de fuego. Ahora bien, el otro ciudadano a quien le fue despojado la bicicleta acude al funcionario policial y le dice que esa bicicleta le había sido despojado horas antes, este funcionario le muestra al acusado y este manifiesta que ese ciudadano conjuntamente con otro fue quien lo despojo de la bicicleta. En tal sentido todos estos hechos serán corroborados a través de esta audiencia con todos los testigos, las victimas, por lo que nos encontramos en presencia de un hecho punible, que ataca muchos bienes que nuestros códigos, nuestra constitución protege, como lo es la vida, ya que las victimas fueron sometido con un arma de fuego. El señor L.W.M.C., hasta este momento le asiste el principio de presunción de inocencia, presunción de inocencia que el Ministerio Publico tratara de desvirtuar en esta audiencia”. Es todo. Terminada la exposición del Fiscal, el Tribunal le concedió el derecho de palabra a la Defensa DRA. T.D.J.M., en su carácter de defensora del acusado, quien manifestó al Tribunal lo siguiente: “En representación de mi defendido L.W.M.C., a quien el Ministerio Publico le imputa la comisión de un hecho punible previsto en el artículo 458 del Código Penal, en perjuicio de dos ciudadanos, en el desarrollo del debate, demostrare que mi defendido no tiene ninguna participación, que es inocente de los hechos que le están imputando el Representante del Ministerio Publico, aunado a ello en el acto de la audiencia preliminar esta Defensa asumió la Defensa del Acusado y fue cuando solicito de conformidad con lo dispuesto en el artículo 343 del Código Orgánico Procesal Penal, yo promoví seis testigo que la ciudadana juez de control me los declaro extemporáneos, sin embargo traigo a colación nuevamente para hacer del conocimiento del tribunal que estos ciudadanos son testigos presenciales de la detención de mi defendido, todos ellos domiciliados en el Municipio San Francisco, ellos como dije antes tienen conocimiento de los hechos que dieron origen a este proceso y estuvieron presentes en el momento de la detención de mi defendido, así como de conformidad con lo establecido en el artículo 13 del Código Orgánico Procesal Penal le solicito Admita la presente solicitud y me Adhiero al Principio de Comunidad de las Pruebas, todo para demostrar que mi defendido es inocente de los hechos que se le imputan y como defensa solicito la absolución de mi defendido”. Es todo. Seguidamente la Juez Profesional se dirigió al acusados L.W.M.C., le solicitó se pusiera de pie de conformidad con lo establecido en el artículo 347 del Código Orgánico Procesal Penal y le explico el hecho que se le atribuye, lo impone del Precepto Constitucional previsto en el artículo 49 Ordinal 5º de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, indicándole que puede declarar si lo desea, y de hacerlo será sin juramento, o abstenerse de hacerlo sin que su silencio lo perjudique y que el debate continuará aunque no declare, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 125,130 y 131 del Código Orgánico Procesal Penal. En este estado, el acusado se identifico de la siguiente manera L.W.M.C., de nacionalidad venezolana, natural de Maracaibo, de 24 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 17.414.285, profesión u oficio: Carpintero, fecha de nacimiento 11-02-82, Soltero, hijo de C.C. y A.G., residenciado en el Barrio La Polar calle 186, casa No. 48-08, entrando por el Deposito San Miguel, mano derecha a tres cuadras del Municipio San F.d.E.Z., quien MANIFESTO: “no quiero declarar en este momento.” Seguidamente el Tribunal decide con relación a la solicitud de la defensa de la siguiente manera: “ En base a la búsqueda de la verdad para obtener justicia, la defensa ha manifestado que oferto en la Audiencia Preliminar la declaración de unos ciudadanos quienes tienen conocimiento de los hechos que se ventilan en esta sala y en virtud de la solicitud de la defensa que por cuanto en la celebración de la Audiencia Preliminar promovió a esos los testigos, este Tribunal declara CON LUGAR lo solicitado la defensa, en aras de conservar el Principio de Igualdad Procesal, y para mantener el equilibrio de las partes y para determinar o no la culpabilidad o inocencia del acusado en autos, que se traduce en el principio declaraciones unidas, la vida, la libertad y la igualdad, la libertad sin igualdad no tiene sentido, la vida sin libertad y sin igualdad no tiene sentido, en consecuencia DECLARA CON LUGAR lo solicitado por la defensa y ordena que una vez escuchado los testigos escuchados por el Ministerio Publico el Tribunal entra a escuchar los testimonios de estos testigos promovidos por la defensa”. Es todo. El Ministerio Público solicita la palabra y expone: “Una vez escuchado el planteamiento formulado por la Defensa e igualmente una vez escuchado el pronunciamiento del Tribunal procedo a interponer de conformidad con el articulo 444 del Código Orgánico Procesal Penal, el recurso de REVOCACION, en cuanto a la decisión de la Juez Profesional, en cuanto a las seis testimoniales promovidas por la Defensa Publica y lo hago bajo el siguiente fundamento: Se trata de buscar igualmente el Equilibrio Procesal que la decisión pudiera en todo caso menoscabar en cuanto al debido proceso, ciudadana Juez he escuchado en su decisión que en cuanto al Principio de Igualdad debía aceptarse esas declaraciones sin embargo, el Ministerio Publico desea en manera clara y sencilla decir que nos encontramos en presencia de una situación extemporánea para plantear una solicitud, si bien en el P.P. el Principio de Igualdad, el acusado L.W.M.C., en todas las partes del proceso conto con la asistencia de un abogado, lo que quiero decir es que en todas esas oportunidades, esos seis testigos pudieron ser escuchados por el Ministerio Publico en la etapa de la investigación y precisamente esas testimoniales pudieron impedir este Juicio oral, y no fueron promovidas en la oportunidad legal, el que no se tome esas testimoniales no resquebraja ese principio de igualdad, por cuanto el acusado esta privado de su libertad y ha estado asistido en todo momento por un abogado, y atendiendo al debido proceso esas pruebas pudieron ser promovidas en su oportunidad legal. Por otro lado para que una prueba sea admitida se requiere que dichas pruebas sea anunciada su utilidad y pertinencia y solo se ha escuchado nombres nada mas, así que el hecho de que no sean admitidas no resquebraja el Principio de Igualdad, mas si resquebraja el Debido Proceso, mas cuando la misma defensa expuso que dichas pruebas fueron solicitadas en la audiencia preliminar y no les fueron admitidas por el Juez de Control, por eso el juez de control garantizando un Equilibrio Procesal, Garantizando el Debido Proceso, no admitió dichas pruebas, por lo que le interpongo el RECURSO DE REVOCACION, la proposición de estas diligencias y testimoniales fueron promovidas sin cumplir los parámetros establecidos en el Código Orgánico Procesal Penal, por lo tanto solicito sea revisada su decisión y sea considerado el recurso de Revocación y no sean escuchado esos seis testigos promovido por la defensa y así se Garantiza el Debido Proceso”. Seguidamente, la Defensa Expone: “En el acto de la Audiencia Preliminar yo asumo su defensa y me manifiesta mi defendido que su abogado anterior no introdujo los papeles correspondientes en el tribunal, fue en ese momento que tuve conocimiento de que estos ciudadanos tenían conocimiento de los hechos, por eso cuando asumo una defensa lo primero que le digo a mis defendidos que busquen los testigos, en realidad fue una falta de la defensa anterior, por eso cuando asumo una defensa desde el principio siempre lo hago, por resguardo al Debido Proceso”. Acto seguido, el Tribunal una vez escuchadas a las partes de conformidad con el articulo 334 del Código Orgánico Procesal Penal, este T Tribunal va a decidir de manera definitiva con relación al referido RECURSO DE REVOCACION, en las siguientes audiencias”.

III

DE LA DETERMINACION PRECISA Y CIRCUNSTANCIADA DE LOS HECHOS ACREDITADOS

Una vez que el Tribunal declaró abierto RECEPCION DE LOS MEDIOS PROBATORIOS, y habiendo oído las exposiciones hechas por las partes, de forma inmediata, se procedió a recepcionar las pruebas ofrecidas por la parte acusadora (Fiscal del Ministerio Público) para que éstas fueran controladas por las partes en la Audiencia Oral y Pública, con el propósito de poder verificar sus afirmaciones, mediante los principio de la oralidad, inmediación, contradicción concentración y publicidad del debate con respecto a toda la recepción de pruebas presentadas y que fueron controladas por ambas partes, lo cual consistieron en las siguientes:

  1. ) Con la testimonial del ciudadano: G.R.B., Venezolano, de 26 años de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-14.527.327, funcionario adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalistica, Sub- Delegación San Francisco, específicamente en el área Técnica, a quien la Juez Presidente le explico el motivo de su comparecencia y fue juramentado por la Juez Presidente y rindió declaración, en cuanto a su participación en los hechos que se ventilan. El Ministerio Publico le pone de manifiesto las documentales de la Inspección Técnica practicada por el funcionario, a la Defensa, a los Jueces que conforman el Tribunal y al Funcionario a los fines de que los primeros verifiquen la firma y sello y el último de los nombrados ratifique la misma y reconozca su firma, lo cual hizo. Posteriormente procedió a relatar su participación en el procedimiento: “Trata de cuando se tuvo conocimiento del delito que se había cometido que fue cuando se tuvo la orden del Ministerio Publico donde se manifiesta que en cierto sitio se había cometido un delito, nos trasladamos hasta el sitio indicado, la fecha era posterior al hecho, nos trasladamos al sitio y se realizo la inspecciona técnica, posteriormente me asignan que le haga reconocimiento y avaluó real a una bicicleta que se encontraba en la policía de san francisco y a un arma que se encontraba en la policía Municipal de san francisco, dichos objetos fueron recolectados el dia que se hizo la detención del indiciado y el respectivo procedimiento. Seguidamente se le sede la palabra al Ministerio Público, a los fines de que realice las respectivas preguntas al Experto; PRIMERA PREGUNTA: ¿para conocer un poco su actividad laboral podría identificar el lugar exacto donde usted labora? Contesto: “en el área técnica de la policía San Francisco, hago avalúos reales, fijaciones fotográficas cuando hay homicidios, recolección de evidencias. Otra: ¿Cuánto tiempo tiene usted laborando para ese organismo? Contesto: “Seis años, y en la sub delegación san Francisco tengo 3 años y medio, designado para esa área. Otra: ¿según la información que nos esta dando ante este Tribunal, que comenzó narrando lo relacionado a la orden de inicio, y su posterior traslado, iniciando ese punto podría indicarle al tribunal donde practico esa inspección? Contesto: “En el Barrio la Polar, en una casa, exhibiendo a sus lados diferentes viviendas y diferentes tamaños, con sus respectivos clabeados, eso fue lo que se fue a inspeccionar”. Otra: ¿esa inspección practicada en el barrio la polar de donde obtiene la información para saber el punto especifico para practicar al inspección? Contesto: “mediante un acta suscrita que remite polisur donde especifica el lugar especifico donde despojaron a la victima de sus bienes, por eso nos trasladamos al sitio.” Otra: ¿usted de igualmente refirió que esa actuación en particular la practica con algún funcionario en especifico? Contesto: “cuando yo me traslado al sitio me traslado con el funcionario E.C. para practicar la inspección” Otra: ¿Recuerda la fecha en que practico la inspección? Contesto: “07.03.2006.” Otra: ¿hay un documento que contiene unas firmas que se le presento, es la inspección practicada por ustedes y contiene unas formas, narre por eso a esta audiencia si reconoce esa firma? Contesto: “si es mi firma donde dice gevonany es mi firma”. Otra: ¿en principio se le presento una experticia signada con el N° 159 relacionada con una evidencia recabada, cuales son las características del objeto que usted tuvo a su vista? Contesto: “la experticia que se realizo fue un avalúo real de una bicicleta de 20, color blanca, presentado un volante niquelado, su cojin, dos neumáticos presentados en regular estado y se le leen unas letras que dicen nylon”. Otra: ¿solo posee esa experticia esos datos que refiere? Contesto: “solo esos”. Otra: ¿otro documento posee su firma y quisiera que le dijera al tribunal si es su firma? Contesto: “si es mi firma”. Otra: ¿explique en que consistió el N° 160 el cual le: “es el reconocimiento legal de un arma de fabricación artesanal conocida como chopo, al igual que seis balas calibre 9mm en la misma se deja plasmada las características, las condiciones en que se encuentran, las marcas y las especificaciones de las mismas no se encuentran percutidas están en su estado original, dejan plasmado las características del arma, el estado en que se encuentra.” Ciudadana Juez de conformidad con lo establecido en el articulo 14 del Código Orgánico Procesal Penal fue promovida como prueba material el arma de fuego la cual expongo en estos momentos para ser demostrada al detective como la que le realizo la respectiva experticia. Seguidamente la ciudadana Juez procede a declarar a lugar lo solicitado. Procede el Ministerio Publico a mostrar el arma al detective y el mismo responde ser el arma a la cual le practicó experticia y expone: “Es un arma de fabricación artesanal, o casera denominada chopo, esta constituida por su cañón el cual mide 11 centímetros, su martillo, su disparador, su empuñadura, desprovista de serial, en este caso posee tornillos insertos en su mecanismos y resortes no posee marca, no posee modelo, no posee origen, esta constituida sobre empuñadura por dos tapas de madera, con un tornillo que funge como liberador de su cañón. Pregunta: ¿En su condición de experto detective, pudiera ilustrar al tribunal acerca de la utilidad que pudiera dársele al objeto de fabricación artesanal? Contesto: “la utilidad que tiene es que al ser utilizado con una bala de su calibre puede causar lesiones leves o hasta la muerte dependiendo de la zona en que se lesione, al igual que puede causar al ser utilizado atípicamente lesiones dependiendo de la persona”. Otra: ¿Nos ha descrito el arma de fuego, igualmente le fueron presentadas otras evidencias como las balas demuestre al Tribunal si son las mismas que le fueron practicadas las experticias? C: son seis balas de calibre 9 mm sin percutir estado original, son las mismas. Otra: ¿En la misma practica, hay una firma que por favor quisiera informara al tribunal si la firma que ahí se contiene es la de su puño y letras? C: es la misma. Otra: ¿Nos refirió la fecha de la inspección como 7.03.2006, informe la fecha en que usted realizo la experticia? C: 08.03.2006 y 09.03.2006. De seguidas le es concedida la palabra a la Defensa para que proceda a interrogar a la testigo y solicito se deje constancia de las siguientes preguntas y sus repuestas: PRIMERA PREGUNTA: ¿Qué tiempo lleva cumpliendo sus funciones dentro del cuerpo de investigaciones? Contesto: Seis años, en la sub delegación de San Francisco tres años. Otra: ¿Como tuvo conocimiento del lugar del sitio donde fueron los hechos? Contesto: Por medio de un procedimiento que practico polisur donde deja constancia del lugar, las personas agravadas, las personas detenidas, ellos pasaron ese procedimiento al ministerio publico y el Ministerio Público nos comisiona a nosotros para que prosigamos con las averiguaciones. Otra: ¿Puede usted con su experticia determinar a quien pertenece esos objetos? Contesto: no puedo determinarlo. Otra: ¿las experticia revelada por usted revela algún tipo de interés criminalistico? Contesto: No podría determinarse solo le practique experticia a la bicicleta y el arma que se encontraban en la policía de san francisco.

  2. ) Con la testimonial de J.M.G.C., Venezolano, de 27 años de edad, 16.12.1979, Maracaibo, titular de la Cédula de Identidad Nº V-15.749.727, funcionario adscrito al Instituto autónomo de policía Municipio San Francisco, a quien la Juez Presidente le explico el motivo de su comparecencia y fue juramentado por la Juez Presidente y rindió declaración, en cuanto a su participación en el hecho. El Ministerio Público solicita permiso al Tribunal para presentar el acta policial suscrita por el funcionario a los fines de que la verifique y rectifique lo cual hizo. Quien expuso: “El día martes 21.02.2006, como a las 12:30 m, se realizaba labores de patrullaje en el barrio la polar en la calle 149 con avenida 48r, cuando se informo que en la calle 188 con av. 68p, dos ciudadanos estaban despojando de su dinero a un proveedor de la jacks, estaba a una cuadra del lugar y cuando llego me entrevisto con un ciudadano quien me informo que dos ciudadanos uno con arma de fuego lo habían despojado de su dinero y me dio las características y me acompañó a buscar a los ciudadanos, y cerca la victima me señalo que uno de los ciudadanos que andaban en una bicicleta fue quien lo robo y andaba con un shortt negro y en una bicicleta este al ver la comisión policial salio corriendo y tiro la bicicleta fuera de una casa y se metió en la casa, este procedió a tirar una bolsa que tenia donde al ser verificado vimos un arma de fabricación artesanal, unos balines y una cantidad de dinero, lo conducimos a la unidad policial y seguidamente llego otro ciudadano y señaló la bicicleta de su propiedad y que se la habían quitado en la mañana con un arma de fuego, le muestro al ciudadano denunciante al ciudadano que habíamos aprehendido y manifestó ser uno de los ciudadanos que lo habían despojado de la bicicleta. Seguidamente se le sede la palabra al Ministerio Público para interrogar al testigo. PRIMERA PREGUNTA: ¿Cuánto tiempo tiene laborando para ese organismo? Contesto: Tengo tres años, ya para cuatro. Otra: ¿podría especificar el dia que practica el procedimiento? Contesto: 21.02.2006, a las 12:30 de la tarde. Otra: ¿Que lugar fue el que usted recibió el reporte? Contesto: Calle 189 y el suceso fue en la calle 188 con Av. 28b. Otra: ¿de que sector? Contesto: barrio la polar. Otra: ¿Que es lo primero que usted logra observar cuando se traslada al sitio? Contesto: cuando llego vi la actitud del denunciante estaba muy nervioso el me expone lo sucedido lo monto en la unidad y empezamos a verificar por el sitio. Otra: ¿Que información recibió usted del ciudadano? Contesto: el me informa de que dos ciudadanos en una bicicleta de color blanca, con un arma de fuego lo amenazaron de muerte y lo despojaron de su dinero aproximadamente veinticinco mil bolívares, me indico la dirección que tomaron y me dijo en el sitio que ese era el ciudadano, cuando observa la unidad policial se va a introducir en la vivienda, y dándole seguimiento es cuando me doy cuenta que introduce unos objetos en una bolsa, no pude observar que tenia en sus manos, después de que verificamos es que vimos el arma de fuego, unos proyectiles. Otra: ¿En esa oportunidad la víctima le dice a usted características físicas de la persona que había cometido el hecho? Contesto: si dice que es una persona delgada morena, de rasgos indígenas y posteriormente lo señala. Otra: ¿Cuando usted llega y logra entrevistarse con la victima que características de esas persona le da a usted? Contesto: el me da características pero específicamente de uno, porque estaba muy nervioso el estaba conversando con el proveedor y con un niño, el me da las características del que lo estaba apuntando, que es una persona de estatura moderada moreno de rasgos indígenas. Otra: ¿Ha pasado un poco de tiempo pero recuerda si ha manifestado esa victima alguna característica de vestimenta? Contesto: el me dijo que tenia una bermuda azul, porque posteriormente me dijo que se había cambiado la franela que no era la que tenia, la franela negra no la tenia pare el momento del robo. Otra: ¿A que hora ocurrió ese robo, que información le da la victima en cuanto del tiempo a la hora que había pasado todo? Contesto: 15 minutos, en el momento que me tarde en llegar no pasó tanto tiempo. Otra: ¿Cuanto recorrieron usted y la victima para la ubicación de la persona? Contesto: una cuadra. Doblamos en la izquierda, estábamos en la calle 188 cuando yo monte a la víctima en la unidad, en la calle 187, no doblamos ni dos cuadras, como una cuadra. Otra: ¿En que unidad se trasladaron? C: Era una toyota Otanan, el Nº era la 097. Otra: ¿como observan la persona que presuntamente había participado en ese hecho? C: Cuando venimos de la calle 187 hacia la 48 r el denunciante observo al ciudadano que venía en la bicicleta y cuando le ve las características fisonómicas el dice ese fue uno de los que me robo, cuando observa la unidad policial ese ciudadano en la bicicleta trata de evadirnos y se metió en la vivienda. Otra: ¿Este ciudadano que la victima logra observar se desplaza a bordo de la bicicleta la conducía? C: Si. Otra: ¿Y debemos entender lo que nos acaba de referenciar al tratar de huir es que el continua la marcha? C: La casa donde el se introduce es en una esquina cuando ve la unidad deja la bicicleta tirada y se mete a la casa. Otra: ¿En esa oportunidad logro usted determinar la identidad de esa persona que iba con usted y que detuvo? C: si era E.E.A.L.. Otra: ¿Se encontraba en compañía de otro funcionario para ese momento del recorrido con la victima? C: yo estaba solo pero adyacente estaba otro oficial Gómez, cuando yo solicito apoyo de inmediato el llega porque lo tenia adyacente. Otra: ¿El nombre del funcionario cual es? C: R.G., Sub inspector. Otra: ¿De todo este relato en que oportunidad se incorpora el inspector R.G.? C: cuando yo entro en la vivienda detrás del ciudadano, cuando lo restrinjo en la parte interior de la vivienda es cuando llega el, el observa la unidad y entra a la vivienda y observa que yo tengo restringido al ciudadano y procede a apoyarme. Otra: ¿La nomenclatura que usted menciono es 48r-06, había otra persona presente? C: no había nadie. Otra: ¿Observo usted la forma en como ingresa este ciudadano, si utilizo alguna herramienta para entrar? C: la puerta estaba entre abierta porque el la empujo y entro y como yo iba detrás de el. Otra: ¿Al culminar el procedimiento pudo percatarse si había otra persona o si llego otra persona? C: nadie. Otra: ¿Narro una circunstancia de una bolsa, señalo unos pañales en que lugar estaba? C: entrando a mano derecha en la sala en una varilla que tenia una ventana era muy antigua. Otra: ¿Pudo percatarse el momento en que los objetos que estaban en la bolsa llegaron ahí? C: cuando observe que el introdujo algo en la bolsa no pude observar que era, simplemente me percate que introdujo algo en la bolsa pero no pude ver de que tamaño ni que era. Otra: ¿Observo usted si esta persona tenia algún objeto en su mano o adherido a su cuerpo? C: en si la persecución en el momento que el entra a la casa empuja la puerta entra con dirección hacia la ventana cuando el va deja la bolsa y no pude observar que llevaba en la mano. Otra: ¿En que lugar logra practicar la aprehensión del ciudadano que iba persiguiendo? C: en un pasillo entre la sala y la cocina. Otra: ¿Este sub inspector R.G. que se incorporo al procedimiento podría indicar al tribunal si el acceso a la vivienda? C: si el entro. Otra: ¿Y el se percato de que introdujo algo? C: el se percata porque yo le dije pero no le dio tiempo ni ver cuando el entra a la vivienda, porque fue cuestión de segundos. Otra: ¿Podría suminístrarnos las características físicas de esa persona que detuvo? C: para el momento vestía una bermuda de color azul, una franela de color negra, era delgado moreno de rasgos indígenas. Otra: ¿Si lograra a verlo podría identificarlo? C: si señor. Otra: ¿Que actitud pudo tener este ciudadano al momento de la aprehensión? C: el lo que decía es que el no sabia nada que el no tenia que ver, lo que siempre nos dicen, que ni siquiera sabía por que lo estábamos deteniendo ni nada eso. Otra: ¿Como procede a determinar lo que habían depositado en esa bolsa? C: cuando teníamos la situación controlada ya detenido, procedemos a percatarnos de lo que había en la bolsa y procede. Otra: ¿Quien de los funcionarios procede a revisar la bolsa? C: el inspector R.G. es quien verifica la bolsa cuando yo tengo al ciudadano. Otra: ¿Mientras esto pasaba donde se encontraba la victima? C: en la unidad, no dio tiempo de que lo bajara porque yo me baje rápido, lo bajamos posterior cuando montamos al detenido, y lo reconoció y dijo que era quien tenia el arma, posteriormente llega otro señor y dice que la bicicleta que estaba en esa casa era de el, que se la habían robado en la mañana y de ahí el ciudadano que detuvimos lo despojo de su bicicleta. Otra: ¿Con que finalidad bajaron la víctima? C: porque ahí es donde me tengo que llevar al detenido. Posteriormente al ciudadano lo trasladan hacia su vehículo y hasta el comando para tomarle la denuncia, cuando nos trasladamos al comando yo voy delante y la victima detrás en su carro. Otra: ¿Recuerda lo que contenía la bolsa? C: tenia el arma de fuego, tenia 6 balas y 25 mil bolívares en billetes de diferentes denominaciones. Otra: ¿Recuerda usted las características del arma? C: tenia el mango de madera, el arma era de metal, color negro oxidado de fabricación cacera tenia un tornillito en el centro. Otra: ¿Que le hizo apreciar que era de fabricación cacera? C: porque es la que le dicen chopo, la estructura era laborada, material forjado, hierro forjado. Procede el Ministerio Público a solicitar permiso para mostrar el arma procediendo el funcionario a verificar el arma y afirmar ser la misma que se obtuvo. Otra: ¿Manifestó que de volver a ver esa persona podría identificarla, se encuentra en esta sala? C: si el señor que esta sentado ahí. Otra: ¿Pudo determinar si en esa oportunidad salio otra persona para verificar lo que estaba ocurriendo, puedo percatarse si tenia la vivienda otras viviendas? C: la vivienda estaba sola, si nos orientamos al sur tenia una vivienda hacia el lado oeste, si había otra vivienda detrás lo desconozco porque solo verificamos esa vivienda. Seguidamente se le sede la palabra a la Defensa a los fines de interrogar al testigo. PRIMERA PREGUNTA: ¿a que hora ocurrió la detención? C: a las 12:30 de la tarde. Otra: ¿en el momento que usted lo detiene donde fue? C: en el barrio la polar. Otra: ¿que objeto le incauto? C: a el nada. Otra: ¿Como se encontraba vestida la persona que detuvo? C: de bermudas azules y franela negra. Otra: ¿Puede decir las características del ciudadano que dice que lo llevo como victima? C: el estaba vestido con una camisa de color blanca, mas o menos alto, blanco, de cabello negro. Otra: ¿Como se llama esa persona? C: Eduard. Otra: ¿como se llama el otro ciudadano que nombro? C: se llama de apellido González, gordito rasgos indígenas. Otra: ¿Que otro funcionario llego? C: llego el inspector Gómez, el oficial A.A.. Otra: ¿que distancia del perímetro recorrió usted con al victima? C: si hablamos de línea recta serian como 300 metros. Otra: ¿Quienes se encontraban en la vivienda donde se introdujo? C: no había nadie. Otra: ¿Usted dejo a la víctima en la unidad y continua en persecución del sujeto cuando se introduce en esa vivienda dice que no había persona como estaba el acceso? C: la puerta estaba abierta. Otra: ¿Como esta constituida esa vivienda? C: es de bloque, tiene una puerta de metal. Otra: ¿Como esta pintada? C: si mal no recuerdo celeste, no recuerdo muy bien. Seguidamente los Jueces Escabinos proceden a interrogar al testigo. PRIMERA PREGUNTA: ¿como se entero el primer agraviado de la bicicleta que ustedes estaban ahí? C: el señor por casualidad iba pasando por ahí, yo me imagino que como había alboroto y usted sabe como son los barrios se me acerca y ve la bicicleta y dice que es de el. Otra: ¿Y el sitio queda distante de ahí de donde le robaron la bicicleta? C: como 2 kilómetros. Otra: ¿No habían muebles en la vivienda? C: no, pero no estaba abandonada porque habían colchones, una cocina. En la sala había un mueble de madera pero no recuerdo si era un gavinete o un gavetero. Otra: ¿Pero en esa vivienda no vive el indiciado? C: desconozco. Otra: ¿en el momento que lo aprehendes el que te dice? C: no dijo nada que el no tenia nada que ver que el era inocente que no había hecho nada. Otra: ¿Cual era su actitud? C: estaba colaborador no se puso agresivo. Otra: ¿Cuando lo estas acusando diciendo que la victima estaba diciendo eso? C: se cayo no dijo mas nada cuando la victima lo señala. Seguidamente la Juez Presidenta interroga al testigo. PRIMERA PREGUNTA: ¿cuando usted se introduce a la vivienda una vez que observa que el acusado de autos se introduce a la misma, en que momento desde que usted ingresa observa la bolsa que denomino como bolsa de pañales? C: cuando el entra que se va introduciendo a la vivienda yo llevo detrás de el aproximadamente tres metros, el empuja la puerta entre la puerta se devuelve yo entro cuando entro el se va separando de la venta se separa de la ventana y deja la bolsa. Otra: ¿Dónde localizo la bolsa? C: en la ventana a mano derecha. Otra: ¿Usted vio si el acusado introdujo algo en esa bolsa, lo vio o lo infiere? C: cuando el se separa de la bolsa, yo presumo, el de observar que introdujo no, yo simplemente vi que el se separo de la bolsa, la bolsa se verifica es por mi presunción de que el se esta separando de la bolsa, porque si hubiese entrado a la vivienda no tiene nada que ver, fue por el hecho de que se estaba separando de la bolsa. Otra: ¿Usted vio si el acusado coloco la bolsa en ese lugar donde fue revisado por usted? C: no. Otra: ¿cuando detiene dentro de la vivienda al acusado ya tenia el refuerzo? C: ya venia cerca, cuando yo lo restrinjo ya venia el sub inspector. Otra: ¿Cuando usted lo tiene restringido dentro de la vivienda el refuerzo estaba dentro o fuera? C: cuando lo tengo restringido el refuerzo entra, inmediatamente cuando yo lo restrinjo escasamente 5 segundos entra el reesfuerzo para evitar el uso de la fuerza indebida para evitar usar la fuerza policial y le leemos sus derechos y lo esposamos. Otra: ¿Ubicados en el lugar de los hechos la detención fue dentro de la vivienda? C: si. Otra: ¿Cuando usted ingresa a la vivienda y lo tiene restringido esta usted observando como funcionario actuante una persecución y lo tiene ahí y usted esta en una postura de alerta y el apoyo a pocos pasos, usted observa al sujeto que va a ser aprehendido, que observo? C: el sujeto después de que lo restrinjo lo tiro al piso como es costumbre de uno verifica el perímetro lo que esta alrededor porque casi nunca esta solo, lo tengo a distancia a dos metros, cuando entra el otro oficial es que yo me le voy encima y lo esposo y es cuando le digo al otro oficial que verifique la bolsa. Otra: ¿Cuando lo detiene y le hace la requisa de rigor que localiza al detenido? C: nada, a el encima no le conseguimos nada. Otra: ¿Cual es el interés de usted como oficial en el momento de la practica de la detención dirigirse a la bolsa? C: me llamo la atención porque el se acerca a la bolsa y luego se separa, y fue lo que me llamo la atención, es una bolsa de pañales y eso es lo que me inclina a enfocarnos en la bolsa, la actitud que el tomo. Otra: ¿En que momento cuando entra el acusado cual es el momento que le hace a usted auto determinarse para dirigirse exclusivamente a la bolsa? C: cuando me bajo de la vivienda el entra empuja la puerta la puerta se devuelve cunado logro entrar el se retira de la bolsa y siguió derecho. Otra: ¿Cuando usted abre la puerta cual es la ubicación del lugar de la vivienda al acusado? C: cuando yo entro empujo la puerta y del lado derecho esta el y se devuelve y yo sigo derecho es cuando lo restrinjo y me llamo la atención que venia de la bolsa. Otra: ¿En que distancia hay entre la ventana y el sitio donde estaba la bolsa? C: la bolsa estaba exactamente en la ventana lugar donde visualicé al acusado y el se mueve hasta el final.

  3. ) Con el testimonio del Funcionario A.A.A.L., portador de la Cédula de Identidad Nº V-10.407.209, fecha de nacimiento 11.04.72, Oficial de Polisur, adscrito al Departamento de Investigaciones Penales. Quien fue juramentado por la Juez Presidenta y rindió declaración en relación a su participación en los hechos que se ventilan en el presente Juicio Oral y Público. El Fiscal del Ministerio Público presenta el acta policial (fijaciones fotográficas). Y el experto expone: “El día ese estaba de servicio de inspecciones oculares cuando la secretaria me reporto que pasara a la polar en la calle 187 con Av. 48r, a la casa Nº 48r-06 donde habían capturado a un ciudadano presuntamente que había robado y había evidencias de interés criminalisticos, al llegar observe en la parte delantera una bicicleta arrojada en la arena de color blanco, posteriormente me introduje a la vivienda y observa una ventana a mano derecha donde estaba amarrada en la parte izquierda un bolsa plástica pamper de color anaranjado, observando dentro de ella en la parte de arriba varios billetes no recuerdo que denominaciones y en la parte de abajo observe 6 balas calibre 9mm y una calibre 25mm la cual colecte y la traslade a nuestra sede, es todo”. Seguidamente el Ministerio Público procede a interrogar al testigo. PRIMERA PREGUNTA: ¿Podría indicar a que organismo se encuentra adscrito? C: Departamento de Investigaciones de Polisur con 10 años de servicio. Otra: ¿Como sabe el sitio donde debe trasladarse? C: por medio de la central de comunicaciones. Otra: ¿Recibe instrucciones de una persona en particular para trasladarse? C: en una guardia de dos o tres turnos en distintos horarios, yo estaba en el turno 3. otra: ¿recibe la información y se traslade al lugar? C: si cuando se obtiene esa información de un hecho o crimen. Otra: ¿Que hora eran? C: la 1:25 PM. Otra: ¿dejo plasmada la hora en la inspección que practico? C: si. Otra: ¿Recuerda la fecha? C: 21.022006. Otra: ¿recuerda la dirección? C: calle 187 con av. 48r, casa n 48r-06, el numero de vivienda es 48r-06. Otra: ¿al llegar al lugar observo un objeto menciono una bicicleta en que lugar? C: había una cerca improvisada de palos y latas, de la casa y tenia una puerta, en la parte de adentro, entre la parte de la cerca de la casa y de la puerta, estaba arrojada en el suelo. Otra: ¿Usted refiere que fue a recabar objetos de interés criminalisticos que le hizo pensar que esa bicicleta era parte de eso? C: que cuando llegue a la casa pensé que la había arrojado cuando estaban persiguiendo al acusado. Otra: ¿Converso con algún funcionario el dia de la inspección? C: si con J.G.. Otra: ¿Describió que dentro de la vivienda observo una bolsa? C: si entre a la casa y había una puerta entrando a mano derecha esta la ventana y del lado izquierdo de esa ventana estaba una bolsa amarrada pampers de color naranja. Otra: ¿En esa actuaciones pudo de otra manera tener contacto con alguna persona que tuviera conocimiento de los hechos? C: con J.G. y el Sub inspector Gómez que me dijeron que estaba el armamento dentro de la bolsa. Otra: ¿Usted refiere haber fijado fotográficamente todos los hallazgos? C: si. Otra: ¿Al igual que la inspección, podría determinar si esa fotografía que tiene anexa al acta que se le puso de manifiesto fueron tomadas por usted? C: si, tome 8 fotografías. Otra: ¿Podría demostrar al tribunal los lugares fotografiados? C: se deja constancia que el funcionario procede a especificar con las fotografías los lugares inspeccionados, incluyendo el arma de fuego encontrada. Otra: ¿Ratifica usted si las firmas y el acta que se le manifestó esta suscrita por usted y realizada por usted? C: cierto. Seguidamente se le sede la palabra a la Defensa para interrogar al testigo. PRIMERA PREGUNTA: ¿puede decir que distancia hay entre la ventana y la puerta de acceso? C: una distancia como de dos metros y medios a tres. Otra: ¿Puede con su inspección técnica determinar a quien pertenecían los objetos que encontró ahí? C: no, como le digo eso. Otra: ¿Su inspección arroja alguna evidencia de interés criminalistico? C: mi trabajo es llegar al sitio y hacer una inspección de las evidencias dejadas por lo detenidos, con la información otorgada por los funcionarios actuantes. Otra: ¿en que fecha realizo la inspección? C: 29.02.2006. otra: ¿a que hora? C: después del medio día pero no recuerdo la hora exacta. Otra: ¿Donde esta situada? C: en la polar, calle 48r-06, alrededor hay viviendas de interés familiar. Seguidamente proceden los Jueces Escabinos a interrogar al testigo. PRIMERA PREGUNTA: ¿en el momento que llega al lugar donde estaba el oficial Jerry? C: estaba en la parte de afuera, creo, porque ya tenían el detenido en la patrulla, porque ellos llaman cuando observan que hay evidencias. Otra: ¿El le dice que se dirija hacia la bolsa? C: si porque dice que contenía objetos que son de interés criminalisticos. Seguidamente procede la Juez Presidenta a interrogar al experto. PRIMERA PREGUNTA: ¿cuando usted entra habína ocupantes en la vivienda? C: si mas no recuerdo había un familiar del detenido creo, pero no recuerdo muy bien. Otra: ¿Se pudo determinar en la inspección los propietarios de esa vivienda? C: en la inspección, pero no le se decir quien vive en esa casa. Otra: ¿No preguntaron a los vecinos? C: de eso se encargan los patrulleros. Otra: ¿En el momento de la inspección no llegaron inquilinos o propietarios? C: yo vi un ciudadano ahí, peri no se si era el propietario, creo que el funcionario que estaba ahí lo identifico con el sub inspector, pero eso no me corresponde a mi.

  4. ) Con el testimonio de la ciudadana: C.R.L.C., Venezolana, titular de la Cédula de Identidad N° V-10.416.000, testigo presencial, quien fue juramentada por la Juez Presidenta y rindió declaración: “eso fue en la mañana eran como las 8 a 9 de la mañana, entonces llega el camión de refresco y llega para distribuir refresco y como mi marido no estaba le digo que vuelva mas tarde, después llego el camión de ruffles y me dijo jhonny que iba a almorzar y le digo que llega el camion de ruffles otra vez, el le estaba pidiendo al señor de las ruffles la mercancía, viene el y se devuelve, le pregunto al muchacho que estaba con una maquinita y un muchacho comprando, cuando vengo el señor de las ruffles me pela los ojos y veo que lo están apuntando y el muchacho que lo esta apuntando me dice no me miréis y yo salgo corriendo y llamo a la patrulla, y le digo que están atracando el camión de las ruffles y la policía me llama a la casa señora usted fue quien llamo y le digo si fui yo y me dicen que le diga al señor de las ruffles que no se mueva de ahí y yo digo que ya se movió, entonces al rato vuelve el señor de las ruffles y el quiere que yo diga del muchacho y me viene a ver a que yo diga quien es y yo le dije que no podía porque yo no lo vi el me dijo que no lo mirara. Anteriormente yo conversaba con el y yo le decía que tuviera mucho cuidado porque habían matado a su asistente, yo no se quien lo apunto quien le quito plata porque yo me fui yo no vi quien era, que si estaba en la bicicleta yo no se porque yo no vi nada, y se aparecen con unos muchachos como voy a atestiguar yo que si es si yo no lo conozco, yo no se quien es el muchacho, ni quien es ni nada, yo no puedo decir es blanco es moreno no lo pude ver porque me dio nervio de mirar, del que si me recuerdo yo es del señor de los ruffles que me pelaba los ojos y el que estaba al lado del señor de las ruffles si se quedo quieto ahí. Es todo. Seguidamente se le concede la palabra al Ministerio Publico, para que proceda a interrogar al testigo. PRIMERA PREGUNTA: ¿recuerda la fecha en que paso todo eso? C: En enero, febrero por ahí. Otra: ¿Recuerda que año? C: 2006 ya va para un año. Otra: ¿Dónde paso todo esto? C: barrio la polar, calle 188, Nº de casa 48k45, ahí mismo fue. Otra: ¿cuantas personas estaban presentes? C: cuatro. Otra: ¿Quiénes estaban? C: Jhonny, el de ruffles, el muchacho y yo ah y el que estaba apuntando, entonces eran cinco. Otra: ¿Cuándo menciona a Jhonny quien es? C: mi marido. Otra: ¿y cuando menciona al muchacho quien es? c: el que estaba comprando. Otra: ¿Como se llama? C: Le decimos piro. Otra: ¿Sabe su nombre dirección? C: No le sabría decir, es de la cañada, se la mantiene ahí en casa de una abuela, pero el muchacho tiene problemas mentales. Otra: ¿Cuando menciona al señor de las ruffles recuerda como es el? C: Claro es como del tamaño de usted pero es blanquito, es alto. Otra: ¿Color de piel? C: Es blanco. Otra: ¿Como andaba vestido? C: Siempre carga el uniforme como celeste con blue jeans, con el carnet y la tableta donde le pide una las chucherias. Otra: ¿Sabe como se llama este señor? C: No. Otra: ¿Acostumbraba a distribuir la bodega? C: Como hace unos meses. Otra: ¿Con que apuntaban al señor de los ruffles? C: Yo creo que es un revolver porque cuando lo vi y me dijo que no lo mirara salí corriendo. Otra: ¿Que recuerda del revolver? C: Era como de color hierro. Otra: ¿Era grande o pequeña? C: No se. Otra: ¿Que observo usted de la persona que apuntaba al señor de los ruffles? C: Nada porque cuando yo mire al señor de los ruffles que me pelaba los ojos yo salí corriendo. Otra: ¿Pero el lugar podría observarse si el señor de los ruffles estaba de pie? C: Si estaba parado. Otra: ¿De ese lugar donde estaba podía verse si la persona que lo apuntaba estaba de pie? C: Claro porque estaba al lado y le tenia el revolver en la cabeza y cuando lo veo es que salgo corriendo. Otra: ¿Podría determinarle al tribunal que alltura tenia cada uno? C: El de ruffles era más alto. Cuando yo llego veo al muchacho que acompaña al de las ruffles y esta lelo y el otro que lo apuntaba dijo no me miréis. Otra: ¿Quien informa que habían detenido a la persona? C: El mismo señor de las rufles, media hora después de lo sucedido, se presento con dos patrullas entonces me dicen que ahí estaba el oficial para que digáis que estos son, para que yo diga que cosa? No que estos son y yo le dije un momentito que usted sabe que el me dijo no me miréis y yo salí corriendo, yo llame a la patrulla y por eso me fui, así que no puedo decir que es este ni el otro. Otra: ¿Y a la persona que usted vio posteriormente en la patrulla las llego a ver? C: Eso era lo que el oficial con el señor de las rufles querían que yo dijera y yo dije un momentito el atraco si es verdad que fue aquí pero yo no vi a ese muchacho no puedo decir quien era. Otra: ¿Se percato que le quitaron al señor de los ruffles? C: La plata que Jhonny le iba a pagar no fue entregada porque no se la habían entregado, el a penas tenia ahí la maquinita, yo no se que le quitaron porque yo salí corriendo. Otra: ¿El señor de las ruffles pudo haber distribuido algo? C: Si porque dijo que iba a dar la vuelta a visitar mas clientes y regreso y yo le dije que fuera y viniera. Otra: ¿Que le dijo el señor de las ruffles? C: Me dijo estoy trabajando solo y yo le dije por que? Porque el sábado le pegaron un tiro al ayudante entonces yo le dije tene mucho cuidado porque esta zona es mala y por eso yo me quiero ir de aquí porque esta zona es muy mala, varias veces nos han atracado en la bodega. Otra: ¿Por que le pegaron ese tiro le dijeron? C: Para atracarlo, el ayudante se puso a forcejear con uno de los atracadores. Otra: ¿Mientras esto pasaba Jhonny su esposo donde estaba? C: El estaba comprando mercancía, entonces el llego y le dije que había llegado el camión de los ruffles entonces le pregunte si iba a comer y me dijo que si y yo fui a atender a una persona que estaba ahí en la bodega, llega nuevamente el señor de las ruffles y estoy mirando al muchacho que dije que tenia problemas porque lo veo todo mudo y veo que esta apuntando otro al señor de las ruffles y fue cuando me dijo no me miréis y entonces Jhonny venia de frente. Otra: ¿Jhonny se percato de quien estaba apuntando al señor de las ruffles? C: No porque yo lo empuje y me lo lleve y fui a agarrar el teléfono para llamar a la patrulla. Yo no puedo decir si es o no es como voy a señalar si no vi quien es. Otra: ¿le dijeron de dos muchachos y ahora se refiere solo a uno? C: Claro porque me supongo yo porque si desde que esta ahí lo están apuntando y me dice alguien no me miréis me supongo que es una sola persona no como el dia que me atracaron a mi que se me puso uno delante y otro atrás. Yo no vi quien es el muchacho. Seguidamente se le sede la palabra a la Defensa a los fines de interrogar a la testigo. PRIMERA PREGUNTA: ¿recuerda la fecha en que sucedieron los hechos? C: yo se que era por enero, febrero, pero la fecha exacta no se, mas de veinte si era. Otra: ¿donde se encontraba antes de llamar a Polisur? C: ahí mismo en la casa. Otra: ¿que le robaron al señor de los ruffles? C: no se. Otra: ¿se recuerda de la persona que estaba apuntando al vendedor de las ruffles? C: no no lo vi. Otra: ¿donde se encontraba su esposo? C: Llego y le dije Jhonny vino el señor de las ruffles yo le dije que viniera mas tarde, le serví el almuerzo y le digo Jhonny llego otra vez el señor de los ruffles Jhonny lo atiende y sale a buscar el dinero y yo estaba atendiendo y es cuando veo a piru ahí todo quieto y voy a ver y veo que estaban apuntando al de los ruffles y me dijo el que lo apuntaba no me miréis. Otra: ¿Que relación de parentesco tiene con el señor de las ruffles, son familia? C: No ese es un señor que viene a promocionarle a uno los productos, no tenia mucho tiempo de ofrecernos los productos. Otra: ¿Que le fue robado al señor de los ruffles? C: No el señor de los ruffles siempre tienen la maquina y después es que tienen para dar vuelto, tengo yo entendido eso, mas yo no vi, Jhonny a penas venia a cancelarle, yo no se si tenia plata en los bolsillos. Otra: ¿Recuerda las características del señor que estaba apuntando al de los ruffles? C: No yo no lo vi, yo no vi nada ni que se le hubieran llevado tanto, yo le dije que no se fuera que la patrulla ya venia para aca y el arranco y se fue y después llego con las patrullas cuando me traen los dos muchachos y el de ruffles me dice pa que digáis que esos son y yo le dije son que yo no vi a nadie usted vio que yo salí a llamar y usted se quedo ahí, y el me dijo que el siempre era el que lo estaba atracando y yo le dije que eso no sabia yo, y yo fui a declarar por la redoma y me preguntaron quien fue y yo no tengo la persona que fue en verdad no puedo acusar a quien fue.

  5. ) Con el testimonio de testigo A.E.H.G., portador de la cedula de identidad N° V-18.919.597, fecha de nacimiento 25.02.1981, Venezolano, domiciliado en S.C.d.M., en su condición de victima, quien fue juramentado por la Juez presidenta y rindió declaración en relación a los hechos que se ventilan en el presente juicio, Quien expuso: “yo venia hacia mi hogar a la hora del almuerzo y venia con mi bicicleta y tres personas se me atravesaron por el medio y me dijeron que le diera la bicicleta y yo se las entregue y me fui a mi casa fui a buscarla y la encontré y unos oficiales se la iban a llevar y les dije que me las entregara y me dijeron que tenían que hacerle pruebas porque la habían utilizado para atracar un señor de las ruffles algo así, yo se la entregue porque no quería que me fueran a joder por una bicicleta y me fui para mi casa caminando, es todo. Seguidamente se le sede la palabra al Ministerio Público para interrogar a la victima. PRIMERA PREGUNTA: ¿esta información que dio al Tribunal cuando paso? C: en febrero, como el 21 el 22 por ahí no recuerdo casi, fue en el 2006. Otra: ¿a que hora? C: como a las 12:10 del mediodía porque yo iba a almorzar. Otra: ¿Como fue la circunstancia de ese hecho como lo despojan de la bicicleta? C: Yo venia en la bicicleta en el momento que llego en una esquina y se me atraviesan tres personas de frente y yo me quedo quieto y me dicen dame la bicicleta y yo sin decir palabra me baje y se la di, como yo me metí las manos por el pantalón y me seguían apuntando cuando vengo y sigo caminado y me dicen seguí caminando camina camina y yo seguí caminando y cuando me voltee ya se habían ido en la bicicleta. Otra: ¿Donde le quitaron la bicicleta? C: Por el 28 de diciembre se llama el barrio, por la tubería. Otra: ¿Hay algún punto de referencia donde le quitaron la bicicleta? C: Antes del murito del barrio como a dos cuadras. Otra: ¿Observo si estas personas portaban arma de fuego? C: Uno solo nada más. Otra: ¿Recuerda como eran? C: Nada mas recuerdo al que me estaba apuntando. Otra: ¿Podría describirlo? C: Era un muchacho flaco, como de mi porte del tamaño mío pues y era moreno, de pelo corto como el mío. Otra: ¿Esa era la persona que portaba el arma? C: si. Otra: ¿observo como era el arma? C: Era como tipo revolver pero no se que seria porque me estaban apuntando yo no me iba a fijar como era el arma. Otra: ¿Que característica tenia el arma? C: Nada mas vi que me apuntaron de lejos estaba como a veinte metros no se si era un 38, si era un arma, ni si seria una escopeta. Otra: ¿El que lo apuntaba estaba como a veinte metros? C: Si estaba retirao. Otra: ¿Y a cual de los tres le entrega la bicicleta? A un flaco, el más alto. Otra: ¿y el tercero que nombro que hacia? C: acompañando al otro. Otra: ¿Como era el tercero? C: Era bajito con mi porte mas o menos. Otra: ¿Quienes estaban presentes cuando le pasaba esto? C: Nadie, nadie se dio cuenta que me quitaron la bicicleta. Otra: ¿En que se desplazaban esas personas? C: Andaban a pie. Otra: ¿Cuando lo despojan de la bicicleta como se movilizan de ese lugar? C: Se montaron en la bicicleta, yo les di la espalda y me dio miedo que me metieran un tiro y no mire y cuando voltee se fueron en la bicicleta se la robaron. Otra: ¿Usted observo cuando se montan en la bicicleta? C: No no la vi, unos amigos me dijeron que habían visto pasar la bicicleta con tres chamos. Otra: ¿llego usted a conversar con el señor de los ruffles? C: si yo le empecé a decir de la bicicleta que era mía y que me la quería llevar y el me dijo que creía que no podía llevármela porque le iban a hacer unas pruebas porque con esa bicicleta lo habían atracado a el, y al rato nos montaron en la patrulla y nos llevaron a declarar. Otra: ¿le dijo el señor de las ruffles que le quitaron? C: si una plata y una mercancía. Otra: ¿como los movilizan a ustedes? C: en la patrulla. Otra: ¿y al detenido? C: también junto a mi en una patrulla. Otra: ¿sabe si el día de la aprehensión se recuperó algo? C: no se. Otra: ¿se recuperó algún arma de fuego? C: no. Otra: ¿cuando llego ya habían realizado el procedimiento? C: si ya habían detenido a la persona. Otra: ¿si volviera a ver el arma de fuego con que lo sometieron podría decir si es o no? C: no porque fue hace mucho tiempo como un año y no la vi bien. Otra: ¿si vuelve a ver a la persona que detuvieron podría identificarlo? C: si, pero el que detuvieron no era. Otra: ¿antes usted manifestó que la persona que resultó detenida fue la misma persona que lo apuntó con el arma de fuego? C: si porque yo vi quien me apuntó y ese no es el que ahí sentado no es, no es el mismo que vi en la patrulla, yo estaba atrás y el hacia delante, pero el que me apuntó si lo veo yo se quien es, porque lo estoy viendo y el no es. Otra: ¿le dijo a los funcionarios que esa no era la persona? C: no ellos no me preguntaron, el que detuvieron converso conmigo y el que me apunto a mi era mas relleno que el. Otra: ¿cuantas personas lo despojaron? C: tres uno más alto que yo y el que me apuntó que me quitó la bicicleta es relleno como yo, pero más delgado de cara. Otra: ¿especifique al tribunal las características de las personas que lo sometieron? C: uno alto, uno bajito como el tamaño mío y el tercero no se acerco estaba lejos. Otra: ¿quién es el que estaba armado flaco, moreno que dijo usted antes? C: el si estaba armado, lo encontraron en su casa creo yo, en una casa con algo, y tenía la bicicleta y un nicle. Otra: ¿pero usted dijo que no sabia que habían recuperado? C: pero yo escuche a los funcionarios, el estaba armado. Otra: ¿armado donde? C: cuando me quitan la bicicleta el me apunto pero el no fue quien me quito la bicicleta. Otra: ¿el que esta aquí que fue lo que hizo? C: me apuntó, mientras el otro me quitó la bicicleta, el me tenía apuntado y me dijo que me bajara de la bicicleta, no mire casi ni nada, a el si porque me tenía apuntado. Otra: ¿eso que escucho de los funcionarios usted lo observó? C: no ellos estaban comentando entre ellos mismos. Seguidamente se le sede la palabra a la Defensa a los fines de interrogar al testigo. PRIMERA PREGUNTA: ¿en que fecha ocurrió lo que usted narro? C: el 21.02.2006 hace casi un año. Otra: ¿por donde estaba? C: venia del trabajo iba a almorzar. Otra: ¿cuantas personas le interceptaron? Tres. Otra ¿Cómo eran? C: uno flaco, otro como yo y el tercero relleno. Otra: ¿que amenazas le hicieron? C: solo el que me estaba apuntando. Otra: ¿como era el que lo apunto? C: como de mi tamaño y flaco. Otra: ¿se encuentra en este lugar el que lo apunto? C: si ahí esta. Otra: ¿Qué le quitaron? C: la bicicleta. Otra: ¿Qué hizo después de eso? C: me fui a mi casa. Otra: ¿recupero la bicicleta? C: después cuando pase con mi compañero de trabajo que vi a los funcionarios y le dije que pasara por ahí, pero no me la dejaron llevar porque la tenia ahí para hacerle unas pruebas porque la habían utilizado para robar al señor de las ruffles. Otra: ¿Quién estaba con usted cuando le quitaron la bicicleta? C: nadie. Otra: ¿a que hora le quitaron la bicicleta? C: a las doce del mediodía. Otra: ¿Cuándo el Ministerio Público lo estaba interrogando usted dijo que quien le había quitado la bicicleta no fue el mismo que lo apuntó? C: claro porque uno me apuntaba y el otro me la quito. Otra: ¿Cuánto tiempo paso en llegar a su casa luego que le quitaron la bicicleta? C: como veinte minutos. Otra: ¿donde lo despojaron de la bicicleta a donde recuperó la misma cuanta distancia existe? C: estaba retirado como a mil metros porque donde estaba la bicicleta era el barrio 28 de Diciembre y donde me la quitaron fu en la polar. Otra: ¿con que arma lo apuntaron? C: no se. Seguidamente los Jueces Escabinos proceden a interrogar al testigo. PRIMERA PREGUNTA: ¿Por qué dices antes que si fue y después que el no fue? C: porque el me apunto y otro me quito la bicicleta, no puedo decir que es el que me la quito porque el me apuntaba y el otro me la quito. Otra: ¿Cuándo te quitan la bicicleta te vas a tu casa y sigues posteriormente buscando a bicicleta y la encontraste por casualidad? C: si porque vi a los funcionarios y yo iba en una bicicleta con un compañero de trabajo y le dije que nos acercáramos a ver y cuando vi estaba la bicicleta tirada en el piso. Otra: ¿cuando agarraron al muchacho estaban los tres? C: no uno solo. Otra: ¿y esta aquí en la sala? C: si. Otra: ¿lo reconoces? C: si fue el que me apunto.

  6. ) Con la testimonial con la ciudadana: C.E.C.D.G., Venezolana, titular de la Cédula de Identidad N° V-7.723.541, oficios del hogar, testigo promovida por la Defensa, quien fue juramentada por la Juez Presidenta y rindió declaración: “cuando se llevaron al muchacho yo estaba en mi casa haciendo almuerzo yo vi la gente que pasaba y salí a ver que pasaba vi la patrulla parada en frente de la casa de la mama de el y cuando lo sacaron de la casa lo vi., eso fue todo lo que vi cuando lo montaron en la patrulla, Es todo”. Seguidamente se le concede la palabra a la defensa, para que proceda a interrogar al testigo. PRIMERA PREGUNTA: ¿en que fecha sucedió eso? C: en febrero del año pasado. Otra:¿recuerda la hora? C: En el medio día como de doce a doce y media. Otra: ¿Que distancia hay de donde usted estaba a donde lo sacaron? C: Yo estoy en la otra esquina, no somos vecinas de vivir una al lado de la otra, si no que yo le sigo a otra vecina a una casa. Otra: ¿Cuando vio las patrullas llegaron a donde? C: Al frente de la casa de la mama de el. Otra: ¿Cuantos funcionarios estaban? C: dos. Otra: ¿Como estaba el cuando lo sacaron? C: Andaba con una bermuda azul y una franela negra. Otra: ¿Vio cuando lo sacaron algún objeto? C: No nada. Otra: ¿Que estaba haciendo en el momento que sacan al muchacho? C: Preparando la comida. Otra: ¿Que otras personas habían? C: Mucha gente averiguando. Otra: ¿Recuerda a alguna de esa gente? C: No. Otra: ¿No observo que lo hayan maltratado a el? C: No. Otra: ¿De donde esta la casa de la señora a donde usted estaba cuanta distancia hay? C: Yo estoy al lado de la casa que esta en la esquina nos divide la calle a una casa de otra. Otra: ¿Guarda algún parentesco con el? C: Somos vecinos porque su mama vivía cerca de mi. Otra: ¿Como estaban los funcionarios vestidos? C: Con uniforme. Otra: ¿Y aparte de los funcionarios vio personas? C: No. Otra: ¿Observa nada mas cuando lo sacan y se lo llevan? C: Si pero como yo veía la gente que pasaba llegue hasta la esquina y me puse a ver cuando lo sacaron. Seguidamente se le sede la palabra al Ministerio Publico para interrogar al testigo: PRIMERA PREGUNTA: ¿los hechos que observo a que hora ocurrieron? C: En el medio dia de doce a doce y treinta. Otra: ¿se refirió usted a un muchacho a que muchacho se refiere? Contesto: A L.M.. Otra: ¿exactamente en que vivienda fue sacado este ciudadano? Contesto: De la casa de su mama, barrio la polar, calle 186. Otra: ¿tiene conocimiento de que cuando esto esta pasando habían mas personas dentro de la casa? Contesto: No le se decir. Otra: ¿Cuanto tiempo tiene viviendo por ese sector? C: Como 35 años. Otra: ¿Cuanto tiempo tiene conociendo a L.M.? Contesto: Unos cuantos años porque su mama vivía allá, al muchacho lo conozco desde pequeño. Otra: ¿Cuando esto pasaba tiene conocimiento quienes vivían en esa casa? Contesto: El hermano y la cuñada porque le estaban arreglando la casita al hermano entonces el estaba en la casita de su mama y el estaba viviendo con su hermano ahí. Otra: ¿Quienes vivían ahí cuando eso pasaba? C: El hermano de el y la cuñada. Otra: ¿Sabe si este hermano se encontraban presentes ese dia? Contesto: No se. Otra: ¿Usted menciona que observo como lo sacaron observo como ingreso a esa vivienda? Contesto: No yo no vi nada de eso. Otra: ¿Sabe si su vecino había estado detenido en otra oportunidad a parte de esto? Contesto: Si. Otra: ¿Tiene conocimiento por que? Contesto: No le sabría decir. Otra: ¿Sabe cuantas veces había estado detenido? Contesto: No se. Otra: ¿Ese dia que usted dice que se lo llevan detenido sabe por que se lo llevaban detenido? Contesto: No. Otra: ¿Posterior a eso pudo conversar con familiares vecinos para saber por que se lo llevaron? Contesto: No se eso. Otra: ¿Y hasta la fecha que ha pasado tanto tiempo no ha conversado con nadie para saber por que se lo llevaron detenido? Contesto: No yo no pregunto nada de eso. Otra: ¿Sabe si ese dia en que se llevan detenido a L.M. fue recuperado algún objeto? Contesto: No. Otra: ¿A que distancia se encontraba cuando se lo llevaron detenido? Contesto: Yo estaba en la esquina y eso esta ahí mismo el portoncito de la casa esta ahí mismito y por eso vi cuando lo estaba sacando. Otra: ¿Cuando los funcionarios están llevando al señor detenido había algún pariente cercano? Contesto: No se si había alguien ahí no le se decir. Otra: ¿Que observo entonces usted? Contesto: nada más vi cuando lo sacaron de la casa. Otra: ¿Se dedico solo a ver como se lo llevaban? Contesto: Esposado dentro de la patrulla dos policías. Seguidamente los Jueces Escabinos proceden a interrogar a la testigo. PRIMERA PREGUNTA: ¿el joven L.M. vive en esa casa? Contesto: Vivía. Otra: ¿Pero en el momento del hecho vivía ahí? Contesto: Si. Otra: ¿Y habían otras personas en esa casa a parte de los policías en ese momento? Contesto: No le se decir. Seguidamente la Juez Presidenta interroga a la testigo. PRIMERA PREGUNTA: ¿además de observar que se lo llevaba que otra cosa observo usted? Contesto: Nada. Otra: ¿Que distancia había desde donde estaba viendo hasta donde estaba la casa donde se llevaban al joven? Contesto: De la pared a donde yo estoy. Otra: ¿En esa distancia no pudo observar mas nada? Contesto: No. Otra: ¿Usted no vio si los funcionarios policiales le quitaron algo a Lenin? Contesto: No yo no vi nada. Otra: ¿No tuvo conocimiento a posteriori si una vez que los funcionarios se llevan al detenido hayan incautado algo donde vivía Lenin? Contesto: No.

  7. ) Con el testimonio del ciudadano: E.E.A.L., venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº V-11.284.380, Víctima en la presente causa, quien fue juramentado por la Juez del Tribunal y quien expuso: “cuando me dedicaba a ser comerciante fui a atender un abasto en el barrio la polar, cuando estoy conversando con la persona que le vendía llego otra con un arma de fuego y mela pone en la cabeza y me dice que me quede quieto que no me mueva y que le diera todo lo que tenia y le dije que no me habían pagado que lo poco que tenia estaba en el camión y fuimos al camión y me quito la plata y el estaba con otras personas y se fueron en una bicicleta la señora del abasto y los vecinos llamaron a las autoridades, luego hable con la señora que me habían atracado y me monte en el camión y me fui y me encuentro a la patrulla y me intercepta y me pregunta que si a mi me había atracado y yo le digo que si y nos montamos en la unidad e iniciamos el recorrido y vimos en una bicicleta a un muchacho y le digo al policía que ese fue el que me robo en la misma bicicleta entonces cuando nos vio emprendió veloz huida y tiro la bicicleta y se metió en una casa, el policía se estaciona y entra a la casa luego llego otro policía y arrestaron a la persona y me la mostraron y le preguntaron que si ese era el que me había robado y yo le dije que si, luego cuando estábamos en el sitio del hecho llego un muchacho indígena alterado y cuando ve al muchacho le soltó una vulgaridad y le dijo que también le habían atracado a el y le quitaron la bicicleta con dos mas, una bicicleta blanca, y luego nos dirigimos a la ofician del destacamento de polisur y formalizamos el señor y yo nuestra denuncia, es todo”. Seguidamente se le sede la palabra al Ministerio Publico a los fines de interrogar al testigo. PRIMERA PREGUNTA: ¿Toda esa información que manifestó cuando sucedió? Contesto: para los días de febrero pero la fecha exacta de verdad no recuerdo, me recuerdo que hable con mi jefe para manifestarle lo que me estaba sucediendo ya que amigos del muchacho se me acercaron y me dijeron que tenia que retirar la denuncia y me tuvieron que cambiar de sitio por la inseguridad hasta que desistí del trabajo por tantos robos. Otra: ¿Recuerda el año en que fue? Contesto: En el año 2006. otra: ¿la hora? Contesto: Aproximadamente a las doce a doce y treinta del mediodía, estando en presencia de la señora del abasto. Otra: ¿Cuantas personas se presentaron a someterlo? Contesto: Dos personas, la que inicialmente me apunta con el arma de fuego que es la misma que me acompaña al camión a buscar el dinero y tentó contra mi vida, me impresiono mucho porque me amenazo con un arma en la cabeza y me puse muy nervioso, luego huyo con la otra persona. Otra: ¿Y esa otra persona mientras el otro lo sometía que hacia? Contesto: Estaba en la bicicleta y estaba mas o menos retirado del hecho no lo pude identificar porque estaba de espalda, estaba como a doscientos trescientos metros, como me doy cuenta de que estaba con el porque el se fue hasta donde el estaba y se monto en la bicicleta y se fue, luego cuando hago el recorrido con le oficial y le indico que por ahí se había metido logrando identificarlo el estaba solo. Otra: ¿A cual de los dos es que logra ver en la segunda oportunidad con el funcionario? Contesto: Al que tenia el arma de fuego que fue con el que dialogue para que no me hiciera daño y le decía que yo le iba a dar lo que tenia, nosotros cuando salíamos de la compañía el jefe nos decía que no saliéramos con nada de valor, nada llamativo y teníamos lockers donde guardábamos nuestras pertenencias en la compañía, nos decían que guardáramos un poquito de dinero por si acaso nos robaban para que no nos hicieran daño. Otra: ¿De esas dos personas que características físicas tenían estas personas? Contesto: las características del que cargaba el arma era morena, de apariencia como indígena tenia como características así, y como converse con el pude apreciar eso, otra es que vestía una bermuda azul y una franela negra, porque en verdad yo fui sorprendido cuando siento es el arma y que me dice que me quede tranquilo que era un atraco. Otra: ¿Recuerda la vivienda donde refiere se introdujo esta persona cuando huía? Contesto: Era de aspecto rural, no era frisada se veía los lotes, tenia una puerta, cuando huía de la presencia policial. Otra: ¿Se encontraba alguna persona en particular? Contesto: No había nadie porque cuando estábamos en la patrulla el oficial ingresa y no encuentra a más nadie que el señor. Otra: ¿Sabe si en esa oportunidad se recupero un arma de fuego? Contesto: Cuando lo aprehendieron le encontraron un arma de fuego como artesanal de fabricación casera no era un revolver o pistola era de fabricación casera y el oficial me preguntó si con esa me avía apuntado y yo le dije que si que con esa fue. Otra: ¿Que cantidad de dinero había? Contesto: La que yo tenia que me quito eran como noventa y cinco mil bolívares que tenia en billetes de baja denominación y monedas. Otra: ¿Podría mencionar las características del arma? Contesto: Dentro de mi familia hay funcionarios y yo he visto ese tipo de armas de fabricación casero, como un metal que esta corroído como oxidado y una cacha de madera que no es la que uno ve de fabricación industrial, cuando el oficial me la muestra veo que son las características del arma con la que fui apuntado. Otra: ¿La misma arma de fuego con la que lo apunta es la misma que le mostró el oficial? Contesto: Si era la misma. Seguidamente el Fiscal del Ministerio Público solicita permiso para mostrarle a la victima el arma de fuego. Otra: ¿Puede apreciar si las características del arma que menciono a parecen reflejadas en esta evidencia? Contesto: Si es la misma arma y se porque la vi muy extraña y me llamo la atención no como las normales que he visto. Otra: ¿Tuvo alguna comunicación con la segunda persona que se presento al lugar? Contesto: Si porque cuando hacemos el recorrido el oficial y yo divisamos a la persona cuando el oficial se baja del vehiculo y va a la casa del otro oficial también entra y varios vecinos del sector se acercaron a averiguar y esta persona agraviada hizo varios recorridos por el sector me contó y que le había dicho a un amigo que lo llevara a ver si veían a la persona y cuando estábamos ahí en el sitio de la captura el se acerco a las autoridades para decir que le habían robado la bicicleta y cuando la ve va a buscarla y el oficial le dijo que no la podía agarrar porque era una evidencia de un hecho y el oficial le pregunto quien se la quito y lo llevaron a la patrulla donde estaba el detenido y dijo que el había sido quien lo había robado y le había quitado la bicicleta y fuimos a polisur y formalizamos la denuncia. Seguidamente se le sede la palabra a la Defensa a los fines de interrogar al testigo. PRIMERA PREGUNTA: ¿Qué tiempo llevaba laborando en esa zona? Contesto: Aproximadamente un año como ocho meses a nueve meses. Otra: ¿Que fecha ocurrió? Contesto: Del mes me recuerdo porque cuando yo recibí esa ruta me la otorgaron reestructurada y como no tenia los límites de la misma me iniciaron un mapa y pude desarrollar las calle y avenidas ya que los sectores del barrio al polar tiene las nomenclaturas bastante completas. Otra: ¿De que fue despojado? Contesto: De dinero en efectivo. Otra: ¿Recuerda las características de las personas que lo despojaron? Contesto: De la persona que me despojó solo una se acerco y me apuntó con el arma de fuego y me pidió lo que tenia y fui con el al camión y el viene detrás de mi apuntándome con el arma le entregue la bolsa con las monedas y el se va y me dice que me quede tranquilo porque si no va a arremeter contra mi. Yo camine hasta el abasto y me conseguí a las personas asombradas y me manifestaron que habían llamado a polisur y yo le dije a la señora que me tenia que ir a la compañía porque me iban a hacer un inventario y salí y me consigo a la patrulla. Otra: ¿Que distancia había del lugar donde fue despojado hasta donde lo encontraron? Contesto: No le sabría decir exactamente porque cuando yo salgo el oficial me intercepta y me pregunta si me habían atracado y estacione el camión y me fui con el oficial damos una vuelta y nos metimos en una calle y es cuando visualizo a la persona que me robo. Otra: ¿Cuales eran las características de la bicicleta? Contesto: Era blanca, tamaño regular el iba de bermuda azul y franela negra y se introdujo en la casa. Otra: ¿Que otras personas se percataron en el momento de que usted fue despojado? Contesto: La señora del abasto pero a mi no me dio chance de nada. Otra: ¿Recupero el dinero sustraído? Contesto: No le consiguieron una cantidad al muchacho y un arma de fuego peor no se que cantidad de dinero, lo que si se es que yo tenia en mi poder noventa y cinco mil bolívares. Recuerda las características de quien lo despojó? Era un muchacho moreno, flaco. Cuantas personas eran? Eran dos pero solo a una la identifique porque la otra estaba de espalda. Que otras personas se acercaron?¡ ninguna otra persona porque los vecinos del frente del abasto también se percatan y llaman a la policía. A que hora fue eso? Entre las doce y doce y treinta. Jueces Escabinos--- la persona que lo despojo del dinero se encuentra en esta sala lo reconoce? Si el señor que esta ahí. Cuando llego con los agentes policiales a la casa donde estaba el señor usted se quedo dentro de la patrulla? Si porque cuando divisamos a la persona el soltó la bicicleta y corrió hacia dentro cuando el oficial se estaciona y se baja yo estaba prácticamente a la casa entonces el otro oficial llega y se baja inmediatamente y acompaña al otro oficial. Cuando le mostraron el arma que otra cosa llevaba el policía en las manos? Cuando lo esposaron le sacaron todo lo que consiguieron le sacaron como una bolsa de pañales naranja y blanca marca pamper donde estaba dentro el arma y parte del dinero en efectivo que me habían quitado a mi. De seguida se solicita al alguacil de sala hacer comparecer al

  8. ) Con el testimonio del ciudadano: R.O.G.A., venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº V-11.661.966, Sub. Inspector de Polisur, quien fue juramentado por la Juez del Tribunal, le fue expuesta por el Ministerio Publico el acta policial suscrita por el mismo a los fines de ser verificada y ratificada lo cual hizo y quien expuso: “el día 21 de febrero del año 2006, como a las doce y media del mediodía la central de comunicación reporto que en el barrio al polar en la calle 188 con Av. 48p se estaba suscitando un robo a un proveedor en un abasto, en ese momento se reporto el oficial j.G. después fui ubicando desde la 183 hasta el sitio cuando llegue ya el oficial j.G. había reportado a la central que había ubicado al denunciante y lo embarco en la unidad policial comenzamos a hacer un recorrido por el lugar a ver si ubicábamos a una de las presuntas personas que habían actuado ene. Robo en la calle 187 el oficial González iba delante de mi en la unidad y reporto por radio que el denunciante había avistado a un ciudadano con una franela negra y una bermuda azul y era uno de los que había participado en el robo este emprendió veloz huida dejo la bicicleta y se introdujo en una casa cuando llego a la casa ya el oficial González lo tenia restringido me manifestó que este ciudadano había colocado en una bolsa plástica de pañales desechable unos objetos se le hizo una inspección corporal al ciudadano no tenia ningún objeto y luego revisada la bolsa vimos un arma de fuego de fabricación artesanal y unos dediles con un dinero reporte al oficial albornoz paso al sitio para la fijación de este y la recolección de los objetos una vez que salimos de la casa con el ciudadano ya detenido se apersono otra persona que señalo al ciudadano que teníamos detenido que lo había despojado de una bicicleta con un arma de fuego que la misma que estaba ahí se traslado al denunciante al comando y las victima para su declaración, es todo”. Ministerio publico. PRIMERA PREGUNTA: ¿indique al tribunal q ue organismo se encuentra adscrito? Instituto Auntomo de la policial municipal de de San Francisco. Que tiempo tiene? 9 años con 5 meses. Que rango tiene? Sub. Inspector en la actualidad sección la curva. Y en la fecha del procedimiento a que sección se encontraba adscrito? A la división de patrullaje en el turno de la mañana. Cuanto tiempo transcurre desde los momentos que recibe el reporte de lo que estaba ocurriendo y el momento en que se traslada hasta el sitio? Como cinco minutos aproximadamente porque me encontraba en la calle 183 y el suceso fue en la calle 188. Cuantos funcionarios practicaron el procedimiento? El oficial j.G. y mi persona de momento pero luego llego el funcionario albornoz serian tres. Tiene conocimiento si victima o denunciante presente en el sitio hizo algún tipo de señalamiento? Al momento de sacarlo de la vivienda el denunciante que teníamos en la unidad lo señalo como uno de los que lo habían robado. Que objetos fueron incautados? Ahí fueron incuatados 7 proyectiles, un dinero como veinticinco mil bolívares y un arma de fuego de fabricación artesanal bastante oxidada. Recuerda las características del arma? Era pequeña, estaba oxidada y la empuñadura es de madera. El fiscal solicita permiso para mostrar el arma al sub. inspector. Observe el arma de fuego presentada ahorita informe al tribunal si es la misma evidencia que fue recuperada? Si es la misma. Recuerda las características físicas de esa persona detenida? Si era delgado, de tez morena, rasgos indígenas, pelo corto de poca estatura. De la vivienda en que menciona fue aprehendido el referido ciudadano se encontraba alguna otra persona? No cuando yo entre no. Y al momento de retirarse? Si llego una persona y dijo que era familiar del detenido. Y en que oportunidad llega esta persona? Después de haberlo detenido ya cuando nos íbamos a retirar del sitio. Fue recabada alguna otra evidencia en el lugar? La bicicleta que un denunciante que llego al sitio dijo que era de su propiedad. No emncionos una persona en la unidad es la misma persona? No es otro que fue victima de un robo hacia como en media hora antes que se cometiera el segundo robo. Tuvo alguna comunicación con ese ciudadano? Observe cuando el estaba conversando con el oficial j.G.. LA DEFENSA--- PRIMERA PREGUNTA: ¿Qué tiempo lleva laborado en la institución? 9 años con 5 meses. Recuerda la fecha del procedimiento? El 21.02.2006. como eran las características del lugar donde se efectuó el procedimiento? Una casa la calle no esta totalmente asfaltada, una casa de frente un poco deteriorada. Cuando llega al lugar que hace? Entrara a la vivienda porque el oficial había informado que tenia restringido al ciudadano y observe cuando el oficial le hizo la inspección corporal y verifique la bolsa. Usted revisa al detenido? No. Y el funcionario estaba revisando al detenido que le incauto? Cuando yo llegue el oficial no estaba revisándolo lo tenia restringido en le piso hasta que llegara otro apoyo cuando yo llegue fue que le hizo la revisión corporal. Y el oficial tenia una orden para detenerlo? Porque en el momento cuando el ciudadano vio la unidad policial emprendió veloz huida y se introdujo a la vivienda y ya había sido denunciado por la victima y señalado. Recuerda las características del denunciante? El primero era un señor como de 1.77 de estatura, un poco doble, blanco de cabello negro y el otro mas o menos de 1.73 de estatura, doble con rasgo indígenas pero blanco. Cuando llega al procedimiento llego en moto o en la unidad? En la unida policial. que observo como era la vivienda? Cuando entre observa la bicicleta que estaba en toda la entrada de la vivienda, cuando me introduje observa la sala un televisor, habían como tres habitaciones, o sea una sala el cuarto y la cocina, tres cuartos.

Ademas con la recepción de las pruebas documentales, como son: 1.- Acta policial de fecha 21.02.2006, suscrita por el funcionario J.G., funcionario adscrito al Instituto Autónomo de Policía del Municipio San F.d.E.Z., en la cual consta la detención del hoy acusado, el la cual consta el modo, tiempo y lugar en la cual sucedieron los hechos y la aprehensión del acusado; 2.- Acta de Inspección de fecha 21.02.2006, en la cual se deja constancia de la inspección realizada por el oficial A.A. del lugar donde fue aprehendido el acusado de autos “un sitio de suceso cerrado, de iluminación natural clara y temperatura ambiental fresca, … con una puerta principal desprovista de puerta de seguridad, al entrar al lado de la entrada con sentido el Este, se observa una bicicleta Rin 20 de color blanca, tirada en la superficie arenosa del frente de la casa, la entrada de acceso a una casa de interés familiar…, en la entrada de la casa se observa una ventana orientada hacia el Oeste, de material de metal con vidrio, de tipo romanilla en la cual se observa en el pasador que cierra dicha ventana, una bolsa colgada de pañales Pampers, de color anaranjada, la cual estaba ubicada a 2.70 metros de la pared del frente y a 84 centímetros del piso, donde al realizarle la inspección en su parte interna se observo un arma de fuego de fabricación artesanal, veinticinco mil bolívares en billetes de curso legal en el país, seis balas calibre 9 milímetro, y una calibre 25 en su estado original… , acompañadas de las fijaciones fotográficas realizadas por el experto. 3.- Acta de Inspección Técnica del sitio de fecha 07.03.2006 suscrita por los funcionarios Sub Inspector E.C. y Detective G.R., 4.- Avalúo Real de una bicicleta, de Rin 20 pulgada, de color blanca, desprovista de serial y marca; presentando un volante de color niquelado sin manillas, así mismo presenta su cojin de color negro, su sistema de pedales, sus dos neumáticos en regular estado de uso y conservación, presentando inscripción identificativa de color blanco donde se lee “NYLON”, exhibe su cadena de rodamiento en regular estado de uso y conservación, la misma valorada por la cantidad de CIENTO CINCUENTA MIL BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (Bs. 150.000,00); 5.-. Experticia de reconocimiento legal al arma de fuego incautada conjuntamente con los 6 proyectiles incautados en esa oportunidad suscrita por el funcionario adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas sub. Delegación San francisco registrada con el N° 160; 6.-. Acta de experticia de reconocimiento de autenticidad o falsedad practicada al dinero recuperado pero se renuncia a la incorporación de esa documental por no contar con la misma para la presente oportunidad. Así mismo se deja constancia de la recepción de la Evidencia Material: 1.-. Arma de fuego de fabricación artesanal; de las comúnmente denominadas Chopo, constituido en su superficie por su cañón de metal de 11 cm. de longitud; presentando su disparador, aguja percusora con su resorte y martillo: cacha de metal con dos (02) tapas de maderas unidas entre si por dos (02) tornillos; así mismo exhibe en su superficie cuatro (04) tornillos con sus respectivas arandelas; presentando el arma signos físicos de oxidación y encontrándose en regular estado de uso y conservación, a los fines de ser verificada por el tribunal y se deja constancia que la misma es devuelta al Ministerio Publico a los fines de que sea custodiada por el cuerpo de seguridad que mantenía custodiándola.

IV

DE LOS FUNDAMENTOS DE HECHO Y DE DERECHO

Determinadas, establecidas, acreditadas y comprobadas anteriormente las diversas circunstancias de modo, tiempo y lugar sobre la ocurrencia de los hechos donde se estableció el corpus delicti conforme al análisis de comparación y adminiculación entre sí de los diversos medios de pruebas que fueron recepcionados durante el debate, atendiendo a lo previsto en los Artículos 22 y 199 ambos del Código Orgánico Procesal penal, donde también quedó determinado y comprobado durante el debate la participación en el hecho de los hoy acusados, quienes fueron señalados por la mencionadas victimas: E.E.A.L. Y A.E.H., en la audiencia oral y publica, donde señaló a al acusado L.W.M.C., por el delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal, por cuanto de el debate y del contradictorio quedo demostrado la PARTICIPACIÓN DEL ACUSADO EN EL DELITO DE ROBO AGRAVADO, por todos los fundamentos que se mencionaron anteriormente.

Quedando demostrado durante el debate probatorio, la participación del acusado de auto, en el delito de ROBO AGRAVADO, EL cual cometió el con armas de fuego de fabricación artesanal, la cual fue presentada como evidencia material del cometimiento del delito. De igual manera, la experticia de reconocimiento practicada por los funcionarios adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalistica al arma de fuego d e fabricación artesanal de las comúnmente denominadas chopo constituido en su superficie por su caño de metal de 11cmde longitud presentando su disparador, ajuga percusora con su resorte y martillo cancha de metal con dos tapa de maderas unidas entre sí, por dos (2) tornillo. Según la prueba documental N°9700-135-SSFCO-ATP-160 DE FECHA 09-0306.- De igual manera, quedo evidenciado y comprobada la existencia de arma de fuego.

No obstante, Este Tribunal Mixto Consideró que del cúmulo probatorios debatido y contradecidos en el debate oral y público nos llevo a determinar con certeza la Culpabilidad del acusado L.W.M.C. y su correspondiente responsabilidad penal en termino de Declarar Sentencia Condenatoria para el acusado de auto. La Sala de Casación Penal, del Tribunal Supremo de Justicia en el caso de (Miriam Morandy Mijares) de fecha 29-06-06., en el Exp. C02-498. Sent. Nº 303. …Al analizar las deposiciones efectuadas por los precipitados ciudadanos, estima este Juzgador que de las mismas se desprende una prefecta contesticidad en cuanto a la proporción de detalles minuciosos, de una situación ocurrida hace más de dos (02) años. Como en el caso que nos ocupa la s referidas Victimas indicaron y señalaron de forma precisar con detalles lo acontecido el día de los hechos.

En este orden de ideas, Nuestro M.T.d.J. ha sostenido en Sala Penal, con el debido proceso y la actividad probatoria, lo siguiente: “… La prueba es el eje en torno al cual se desarrolla todo proceso y su producción, evacuación y valoración debe ser la razón de ser del mismo. En materia penal la prueba esta dirigida esencialmente a corroborar la inocencia o establecer la culpabilidad del procesado. Por consiguiente, todo lo atinente al debido proceso esta estrictamente relacionado con la actividad probatoria y los jueces deben acatar todas las pruebas pertinentes y eficaces para lograr tal fin…” (Sentencia Nº 311, del 12 de agosto de 2003, ponencia del Magistrado Doctor A.A.F.). /La negrita y Subrayado es del Tribunal).

Así mismo, en la sentencia numero 401, del 2 de noviembre de 2004, con ponencia del Magistrado Doctor A.A.F., se estableció: “… Cuando el Juez aprecia los elementos probatorios esta obligado a verificar que estos deben ser lo suficientemente contundentes como para desvirtuar la presunción de inocencia que acompaña por derecho constitucional y legal a todo acusado, es decir, no puede quedar ninguna duda en tal apreciación que contrae dicho principio constitucional; y simultáneamente ha de tomar en cuenta que el cúmulo probatorio debe llevar a la absoluta subsunciòn de los hechos en la disposición típica, de manera que el Juicio de reproche, al ser sobrepuesto en la misma, se ajuste con tal perfección que la conducta efectivamente puede ser atribuida al autor configurando el injusto típico y por ende culpable…”

Por lo que del debate oral y publico, se logró determinar con el testimonios d e los testigos: G.R.B., Venezolano, de 26 años de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-14.527.327, funcionario adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalistica, Sub- Delegación San Francisco, específicamente en el área Técnica: “Trata de cuando se tuvo conocimiento del delito que se había cometido que fue cuando se tuvo la orden del Ministerio Publico …/…nos trasladamos hasta el sitio indicado, la fecha era posterior al hecho, nos trasladamos al sitio …/… y se realizo la inspecciona técnica, posteriormente me asignan que le haga reconocimiento y avaluó real a una bicicleta que se encontraba en la policía de san francisco y a un arma que se encontraba en la policía Municipal de san francisco, dichos objetos fueron recolectados el día que se hizo la detención del indiciado y el respectivo procedimiento. Seguidamente se le sede la palabra al Ministerio Público, a los fines de que realice las respectivas preguntas al Experto; PRIMERA PREGUNTA: ¿para conocer un poco su actividad laboral podría identificar el lugar exacto donde usted labora? Contesto: “en el área técnica de la policía San Francisco, hago avalúos reales, fijaciones fotográficas cuando hay homicidios, recolección de evidencias. ….Contesto: “mediante un acta suscrita que remite polisur donde especifica el lugar especifico donde despojaron a la victima de sus bienes, por eso nos trasladamos al sitio.” Otra: ¿usted de igualmente refirió que esa actuación en particular la practica con algún funcionario en especifico? Contesto: “cuando yo me traslado al sitio me traslado con el funcionario E.C. para practicar la inspección” Otra: ¿Recuerda la fecha en que practico la inspección? Contesto: “07.03.2006.” …./…Contesto: “la experticia que se realizo fue un avalúo real de una bicicleta de 20, color blanca, presentado un volante niquelado, su cojin, dos neumáticos presentados en regular estado y se le leen unas letras que dicen nylon”. Otra: ¿solo posee esa experticia esos datos que refiere? Contesto: “solo esos”. Otra: ¿otro documento posee su firma y quisiera que le dijera al tribunal si es su firma? Contesto: “si es mi firma”. Otra: ¿explique en que consistió el N° 160 el cual le: “es el reconocimiento legal de un arma de fabricación artesanal conocida como chopo, al igual que seis balas calibre 9mm en la misma se deja plasmada las características, las condiciones en que se encuentran, las marcas y las especificaciones de las mismas no se encuentran percutidas están en su estado original, dejan plasmado las características del arma, el estado en que se encuentra.”

Quedo demostrado la comisión del hecho punible del robo asi como del arma de fuego con este testimonio. El Funcionario A.A.A.L., señala que “El día ese estaba de servicio de inspecciones oculares cuando la secretaria me reporto que pasara a la polar en la calle 187 con Av. 48r, a la casa Nº 48r-06 donde habían capturado a un ciudadano presuntamente que había robado y había evidencias de interés criminalisticos, al llegar observe en la parte delantera una bicicleta arrojada en la arena de color blanco, posteriormente me introduje a la vivienda y observa una ventana a mano derecha donde estaba amarrada en la parte izquierda un bolsa plástica pamper de color anaranjado, observando dentro de ella en la parte de arriba varios billetes no recuerdo que denominaciones y en la parte de abajo observe 6 balas calibre 9mm y una calibre 25mm la cual colecte y la traslade a nuestra sede, A la s preguntas respondió Otra: ¿dejo plasmada la hora en la inspección que practico? C: si. Otra: ¿Recuerda la fecha? C: 21.022006. Otra: ¿recuerda la dirección? C: calle 187 con Av. 48r, casa n 48r-06, el numero de vivienda es 48r-06. Otra:…/… Otra: ¿Usted refiere que fue a recabar objetos de interés criminalisticos que le hizo pensar que esa bicicleta era parte de eso? C: que cuando llegue a la casa pensé que la había arrojado cuando estaban persiguiendo al acusado. Otra: ¿Converso con algún funcionario el dia de la inspección? C: si con J.G.. Otra: ¿Describió que dentro de la vivienda observo una bolsa? C: si entre a la casa y había una puerta entrando a mano derecha esta la ventana y del lado izquierdo de esa ventana estaba una bolsa amarrada pampers de color naranja. Otra: ¿En esa actuaciones pudo de otra manera tener contacto con alguna persona que tuviera conocimiento de los hechos? C: con J.G. y el Sub inspector Gómez que me dijeron que estaba el armamento dentro de la bolsa. Otra: ¿Usted refiere haber fijado fotográficamente todos los hallazgos? C: si. Otra: ¿Al igual que la inspección, podría determinar si esa fotografía que tiene anexa al acta que se le puso de manifiesto fueron tomadas por usted? C: si, tome 8 fotografías.

Asimismo el testimonio de la ciudadana: C.R.L.C.,: que a la s preguntas respondió “eso fue en la mañana eran como las 8 a 9 de la mañana, entonces llega el camión de refresco y llega para distribuir refresco y como mi marido no estaba le digo que vuelva mas tarde, después llego el camión de ruffles y me dijo jhonny que iba a almorzar y le digo que llega el camión de ruffles otra vez, el le estaba pidiendo al señor de las ruffles la mercancía, viene el y se devuelve, le pregunto al muchacho que estaba con una maquinita y un muchacho comprando, cuando vengo el señor de las ruffles me pela los ojos y veo que lo están apuntando y el muchacho que lo esta apuntando me dice no me miréis y yo salgo corriendo y llamo a la patrulla, y le digo que están atracando el camión de las ruffles y la policía me llama a la casa señora usted fue quien llamo y le digo si fui yo y me dicen que le diga al señor de las ruffles que no se mueva de ahí y yo digo que ya se movió, entonces al rato vuelve el señor de las ruffles y el quiere que yo diga del muchacho y me viene a ver a que yo diga quien es y yo le dije que no podía porque yo no lo vi el me dijo que no lo mirara. Anteriormente yo conversaba con el y yo le decía que tuviera mucho cuidado porque habían matado a su asistente, yo no se quien lo apunto quien le quito plata porque yo me fui yo no vi quien era, que si estaba en la bicicleta yo no se porque yo no vi nada, y se aparecen con unos muchachos como voy a atestiguar yo que si es si yo no lo conozco, yo no se quien es el muchacho, ni quien es ni nada, yo no puedo decir es blanco es moreno no lo pude ver porque me dio nervio de mirar, del que si me recuerdo yo es del señor de los ruffles que me pelaba los ojos y el que estaba al lado del señor de las ruffles si se quedo quieto ahí. Otra: ¿Quiénes estaban? C: Jhonny, el de ruffles, el muchacho y yo ah y el que estaba apuntando, entonces eran cinco. Otra: ¿Cuándo menciona a Jhonny quien es? C: mi marido. Otra: ¿y cuando menciona al muchacho quien es? c: el que estaba comprando. Otra: ¿Como se llama? C: Le decimos piro. Otra: ¿Sabe su nombre dirección? C: No le sabría decir, es de la cañada, se la mantiene ahí en casa de una abuela, pero el muchacho tiene problemas mentales. Otra: ¿Cuando menciona al señor de las ruffles recuerda como es el? C: Claro es como del tamaño de usted pero es blanquito, es alto. Otra: ¿Sabe como se llama este señor? C: No. Otra: ¿Acostumbraba a distribuir la bodega? C: Como hace unos meses. Otra: ¿Con que apuntaban al señor de los ruffles? C: Yo creo que es un revolver porque cuando lo vi y me dijo que no lo mirara salí corriendo. Otra: ¿Que recuerda del revolver? C: Era como de color hierro. Otra: ¿Era grande o pequeña? C: No se. Otra: ¿Que observo usted de la persona que apuntaba al señor de los ruffles? C: Nada porque cuando yo mire al señor de los ruffles que me pelaba los ojos yo salí corriendo. Otra: ¿Pero el lugar podría observarse si el señor de los ruffles estaba de pie? C: Si estaba parado. Otra: ¿De ese lugar donde estaba podía verse si la persona que lo apuntaba estaba de pie? C: Claro porque estaba al lado y le tenia el revolver en la cabeza y cuando lo veo es que salgo corriendo.

Con la declaración de la víctima A.E.H.G., “yo venia hacia mi hogar a la hora del almuerzo y venia con mi bicicleta y tres personas se me atravesaron por el medio y me dijeron que le diera la bicicleta y yo se las entregue y me fui a mi casa fui a buscarla y la encontré y unos oficiales se la iban a llevar y les dije que me las entregara y me dijeron que tenían que hacerle pruebas porque la habían utilizado para atracar un señor de las ruffles algo así, yo se la entregue porque no quería que me fueran a joder por una bicicleta y me fui para mi casa caminando. A las preguntas respondio, C: como a las 12:10 del mediodía porque yo iba a almorzar. Otra: ¿Como fue la circunstancia de ese hecho como lo despojan de la bicicleta? C: Yo venia en la bicicleta en el momento que llego en una esquina y se me atraviesan tres personas de frente y yo me quedo quieto y me dicen dame la bicicleta y yo sin decir palabra me baje y se la di, …/…Otra: ¿Donde le quitaron la bicicleta? C: Por el 28 de diciembre se llama el barrio, por la tubería. A la pregunta Otra: ¿Observo si estas personas portaban arma de fuego? C: Uno solo nada más. Otra: ¿Podría describirlo? C: Era un muchacho flaco, como de mi porte del tamaño mío pues y era moreno, de pelo corto como el mío. Otra: ¿Esa era la persona que portaba el arma? C: si. Otra: ¿observo como era el arma? C: Era como tipo revolver pero no se que seria porque me estaban apuntando yo no me iba a fijar como era el arma. Otra: ¿Que característica tenia el arma? C: Nada mas vi que me apuntaron de lejos estaba como a veinte metros no se si era un 38, si era un arma, ni si seria una escopeta. Otra: ¿El que lo apuntaba estaba como a veinte metros? C: Si estaba retirao. Otra: ¿Y a cual de los tres le entrega la bicicleta? A un flaco, el más alto. Otra: ¿y el tercero que nombro que hacia? C: acompañando al otro. Otra: ¿Como era el tercero? C: Era bajito con mi porte mas o menos. Otra: ¿Quienes estaban presentes cuando le pasaba esto? …/.. Otra: ¿llego usted a conversar con el señor de los ruffles? C: si yo le empecé a decir de la bicicleta que era mía y que me la quería llevar y el me dijo que creía que no podía llevármela porque le iban a hacer unas pruebas porque con esa bicicleta lo habían atracado a el, y al rato nos montaron en la patrulla y nos llevaron a declarar. Otra: ¿le dijo el señor de las ruffles que le quitaron? C: si una plata y una mercancía. Otra: ¿como los movilizan a ustedes? C: en la patrulla. Otra: …/… Otra: ¿cuantas personas lo despojaron? C: tres uno más alto que yo y el que me apuntó que me quitó la bicicleta es relleno como yo, pero más delgado de cara. Otra: ¿especifique al tribunal las características de las personas que lo sometieron? …/.. Otra: ¿quién es el que estaba armado flaco, moreno que dijo usted antes? C: el si estaba armado, lo encontraron en su casa creo yo, en una casa con algo, y tenía la bicicleta y un nicle. Otra: Otra: ¿el que esta aquí que fue lo que hizo? C: me apuntó, mientras el otro me quitó la bicicleta, el me tenía apuntado y me dijo que me bajara de la bicicleta, no mire casi ni nada, a el si porque me tenía apuntado. Otra: ¿que amenazas le hicieron? C: solo el que me estaba apuntando. Otra: ¿como era el que lo apunto? …/…

Se evidencia y se valora d e acuerdo a las maximas d e experiencias, y la logica con el testimonio de la ciudadano Victima E.E.A.L. “cuando me dedicaba a ser comerciante fui a atender un abasto en el barrio la polar, cuando estoy conversando con la persona que le vendía llego otra con un arma de fuego y mela pone en la cabeza y me dice que me quede quieto que no me mueva y que le diera todo lo que tenia y le dije que no me habían pagado que lo poco que tenia estaba en el camión y fuimos al camión y me quito la plata y el estaba con otras personas y se fueron en una bicicleta la señora del abasto y los vecinos llamaron a las autoridades, luego hable con la señora que me habían atracado y me monte en el camión y me fui y me encuentro a la patrulla y me intercepta y me pregunta que si a mi me había atracado y yo le digo que si y nos montamos en la unidad e iniciamos el recorrido y vimos en una bicicleta a un muchacho y le digo al policía que ese fue el que me robo en la misma bicicleta entonces cuando nos vio emprendió veloz huida y tiro la bicicleta y se metió en una casa, el policía se estaciona y entra a la casa luego llego otro policía y arrestaron a la persona y me la mostraron y le preguntaron que si ese era el que me había robado y yo le dije que si, luego cuando estábamos en el sitio del hecho llego un muchacho indígena alterado y cuando ve al muchacho le soltó una vulgaridad y le dijo que también le habían atracado a el y le quitaron la bicicleta con dos mas, una bicicleta blanca, y luego nos dirigimos a la ofician del destacamento de polisur y formalizamos el señor y yo nuestra denuncia, A la s preguntas Contesto: Aproximadamente a las doce a doce y treinta del mediodía, estando en presencia de la señora del abasto. Otra: ¿Cuantas personas se presentaron a someterlo? Contesto: Dos personas, la que inicialmente me apunta con el arma de fuego que es la misma que me acompaña al camión a buscar el dinero y tentó contra mi vida, me impresiono mucho porque me amenazo con un arma en la cabeza y me puse muy nervioso, luego huyo con la otra persona. Otra: ¿Y esa otra persona mientras el otro lo sometía que hacia? Contesto: Estaba en la bicicleta y estaba mas o menos retirado del hecho no lo pude identificar porque estaba de espalda, estaba como a doscientos trescientos metros, como me doy cuenta de que estaba con el porque el se fue hasta donde el estaba y se monto en la bicicleta y se fue, luego cuando hago el recorrido con le oficial y le indico que por ahí se había metido logrando identificarlo el estaba solo.

S e evidencia la participación del acusado d e auto cuando la victima señala que Contesto: Al que tenia el arma de fuego que fue con el que dialogue para que no me hiciera daño y le decía que yo le iba a dar lo que tenia, nosotros cuando salíamos de la compañía el jefe nos decía que no saliéramos con nada de valor, nada llamativo y teníamos lockers donde guardábamos nuestras pertenencias en la compañía, nos decían que guardáramos un poquito de dinero por si acaso nos robaban para que no nos hicieran daño. Otra: ¿De esas dos personas que características físicas tenían estas personas? Contesto: las características del que cargaba el arma era morena, de apariencia como indígena tenia como características así, y como converse con el pude apreciar eso, otra es que vestía una bermuda azul y una franela negra, porque en verdad yo fui sorprendido cuando siento es el arma y que me dice que me quede tranquilo que era un atraco. …/… se evidencia además con las preguntas que le fueron formulada y que contesto: Contesto: Cuando lo aprehendieron le encontraron un arma de fuego como artesanal de fabricación casera no era un revolver o pistola era de fabricación casera y el oficial me preguntó si con esa me avía apuntado y yo le dije que si que con esa fue. Otra: ¿Que cantidad de dinero había? Contesto: La que yo tenia que me quito eran como noventa y cinco mil bolívares que tenia en billetes de baja denominación y monedas. Otra: ¿Podría mencionar las características del arma? Contesto: Dentro de mi familia hay funcionarios y yo he visto ese tipo de armas de fabricación casero, como un metal que esta corroído como oxidado y una cacha de madera que no es la que uno ve de fabricación industrial, cuando el oficial me la muestra veo que son las características del arma con la que fui apuntado. Otra: ¿La misma arma de fuego con la que lo apunta es la misma que le mostró el oficial? Otra: ¿Puede apreciar si las características del arma que menciono a parecen reflejadas en esta evidencia? Contesto: Si es la misma arma y se porque la vi muy extraña y me llamo la atención no como las normales que he visto. Otra: ¿De que fue despojado? Contesto: De dinero en efectivo. Otra: ¿Recuerda las características de las personas que lo despojaron? Contesto: De la persona que me despojó solo una se acerco y me apuntó con el arma de fuego y me pidió lo que tenia y fui con el al camión y el viene detrás de mi apuntándome con el arma le entregue la bolsa con las monedas y el se va y me dice que me quede tranquilo porque si no va a arremeter contra mi. Yo camine hasta el abasto y me conseguí a las personas asombradas y me manifestaron que habían llamado a polisur y yo le dije a la señora que me tenia que ir a la compañía porque me iban a hacer un inventario y salí y me consigo a la patrulla. Otra: ¿Que distancia había del lugar donde fue despojado hasta donde lo encontraron?

Se evidencia de las declaraciones de ambas victimas de E.A. y Á.H., que se adecua la conducta del acusado de auto a la norma imputada por el Ministerio Público. Y en tal sentido el Tribunal Supremo de Justicia ha sostenido en sala de Casación Penal, ponencia del Magistrado Héctor Coronado Flores, al señala que la “Victima es un testigo hábil y tiene plena fuerza.” En el caso que nos ocupa, de toda s pruebas testimoniales analizadas se llegó a determinar la absoluta subsución de los hechos en la imputación fiscal. Se aprecian los elementos probatorios los cuales se verificaron suficientemente con los testimonio de las dos (2) víctimas E.L. y Á.H., y de los testimonio de los funcionarios que practicaron la detención Oficial J.G., y R.G.. “el día 21 de febrero del año 2006, como a las doce y media del mediodía la central de comunicación reporto que en el barrio al polar en la calle 188 con Av. 48p se estaba suscitando un robo a un proveedor en un abasto, en ese momento se reporto el oficial j.G. después fui ubicando desde la 183 hasta el sitio cuando llegue ya el oficial j.G. había reportado a la central que había ubicado al denunciante y lo embarco en la unidad policial comenzamos a hacer un recorrido por el lugar a ver si ubicábamos a una de las presuntas personas que habían actuado en el Robo en la calle 187 el oficial González iba delante de mi en la unidad y reporto por radio que el denunciante había avistado a un ciudadano con una franela negra y una bermuda azul y era uno de los que había participado en el robo este emprendió veloz huída dejo la bicicleta y se introdujo en una casa cuando llego a la casa ya el oficial González lo tenia restringido me manifestó que este ciudadano había colocado en una bolsa plástica de pañales desechable unos objetos se le hizo una inspección corporal al ciudadano no tenia ningún objeto y luego revisada la bolsa vimos un arma de fuego de fabricación artesanal y unos dediles con un dinero reporte al oficial albornoz paso al sitio para la fijación de este y la recolección de los objetos una vez que salimos de la casa con el ciudadano ya detenido se apersonaron otra persona que señalo al ciudadano que teníamos detenido que lo había despojado de una bicicleta con un arma de fuego que era la misma que estaba ahí se traslado al denunciante al comando y las victima para su declaración, Al momento de sacarlo de la vivienda el denunciante que teníamos en la unidad lo señalo como uno de los que lo habían robado. Que objetos fueron incautados? Ahí fueron incuatados 7 proyectiles, un dinero como veinticinco mil bolívares si un arma de fuego de fabricación artesanal bastante oxidada. Recuerda las características del arma? Era pequeña, estaba oxidada y la empuñadura es de madera. El fiscal solicita permiso para mostrar el arma al sub. inspector. Observe el arma de fuego presentada ahorita informe al tribunal si es la misma evidencia que fue recuperada? Si es la misma. Recuerda las características físicas de esa persona detenida? Si era delgado, de tez morena, rasgos indígenas, pelo corto de poca estatura. Fue recabada alguna otra evidencia en el lugar? La bicicleta que un denunciante que llego al sitio dijo que era de su propiedad.

Razón por la cual El Tribunal Mixto, DECLARA que la participación del acusado de auto es de autor del delito de ROBO AGRAVADO y su correspondiente responsabilidad Penal. Conclusión esta a la cual llegó este Tribunal previa deliberación hecha y votación realizada de forma UNÁNIME, determinando la CULPABILIDAD del acusado como responsable penalmente de los hechos atribuidos de acuerdo a todo lo antes expuesto, conforme a la dogmática penal vigente. En consecuencia lo ajustado a derecho es dictar SENTENCIA CONDENATORIA en su contra, imponiéndoles la pena correspondiente por la comisión de dicho hecho punible consumado, conforme a lo previsto en el Artículo 367 del Código Orgánico Procesal Penal, por decisión UNÁNIME de este Tribunal constituido en forma MIXTA.; asimismo, como consecuencia de lo anterior lo procedente en derecho es declarar CON LUGAR la acusación Fiscal interpuesta en contra de los ya mencionado acusado. Y ASÍ SE DECLARA.- De igual manera, la pena aplicable en el caso que nos ocupa, en virtud de habiendo sido determinado culpable al acusado, y siendo lo procedente en derecho dictar una SENTENCIA CONDENATORIA, según lo previsto en el artículo 367 del Código Orgánico Procesal Penal, nos corresponde establecer la penalidad correspondiente al ACUSADO L.W.M.C.. Como quiera que, la pena establecida por la comisión de dicho delito de ROBO AGRAVADO, previsto en el Artículo 458 del Código Penal vigente para la fecha, señala una de pena como limite inferior DIEZ (10) AÑOS ) a DIESCISIETE (17) AÑOS DE PRISIÓN, que sumados nos da un total de VEINTISIETE (27). Considerando lo dispuesto en el artículo 37 del Código Penal, la mixta de la pena es de TRECE (13) AÑOS DE PRISIÓN MAS SEIS (6) MESES; como termino medio, pero como quiera que, el acusado, poseen antecedentes penales, demostraron en juicio a través de su propia declaración cuando señala que tenia seis meses de haber cumplido la pena por un delito de la misma entidad, razón por la cual esta juzgadora no se le puede rebajar por ninguna atenuante ya que es mayor de veintiún año, y además posee antecedentes penales, por cumplimiento de pena anterior por lo que no se rebaja nada del termino medio, y lo que procede es aplicar la pena definitiva de TRECE (13) AÑOS Y SEIS (6) MESES DE PRISIÓN, mas las penas accesorias establecidas en los articulo 16 y 34 del Código Penal, que al respectivo hecho punible asigne la ley , por lo que se CONDENA a los acusado L.W.M.C. a sufrir o cumplir la pena de TRECE (13) AÑOS Y SEIS (6) MESES DE PRISIÓN por considerarlos AUTOR, de la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 en concordancia con lo establecido en el articulo 83 del Código Penal vigente más las penas accesoria de conformidad con lo previsto en los articulo 16 y 34 del Código Penal, cometido en perjuicio de los ciudadanos L.W.M.C.. Dicha pena deberán cumplirla el mencionado penado en el establecimiento penitenciario que determine el Juez de Ejecución que le corresponderá conocer sobre la presente Sentencia Condenatoria

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