Decisión nº 1465 de Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Central de Carabobo, de 11 de Agosto de 2008

Fecha de Resolución11 de Agosto de 2008
EmisorTribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Central
PonenteJose Alberto Yanes Garcia
ProcedimientoPerencion De La Instancia

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPERIOR DE LO

CONTENCIOSO TRIBUTARIO DE LA REGION CENTRAL

Valencia, 11 de agosto de 2008

198° y 149º

SENTENCIA INTERLOCUTORIA N° 1465

El ciudadano J.B.L.H., venezolano, titular de la cédula de identidad número V-13.285.766, inscrito en el Registro de Información Fiscal, bajo el N° V-13285766-7, actuando en su carácter de representante del Expendio de Licores de índole al por mayor y menor 058-MY-72, con domicilio en la Avenida Bolívar, vía Vallecito, Tinaquillo, Municipio Falcón, estado Cojedes, interpuso recurso contencioso tributario subsidiariamente al recurso jerárquico el 29 de abril de 2003, contra el acto administrativo contenido en la Resolución Nº RCE-DJT-ARA-2004-90, del 08 de diciembre de 2004, emanada de la Gerencia Regional del Servicio Nacional Integrado de la Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT).

El 12 de julio de 2007, se le dio entrada en el archivo de este tribunal bajo el N° 1318, se acordó las notificaciones de ley.

Para resolver, este tribunal observa:

PRIMERO

Que de conformidad con lo establecido en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, toda instancia se extingue por el transcurso de un año, sin haber ejecutado en ella ningún acto de procedimiento por las partes.

SEGUNDO

Que de acuerdo a lo previsto en el Artículo 269 ejusdem, la perención se verifica de pleno derecho, no es renunciable por las partes y puede ser declarada de oficio por el tribunal.

TERCERO

Que en la causa que nos ocupa, el último acto de procedimiento se efectuó el 12 de julio de 2007.

CUARTO

Que por lo antes expresado, en la presente causa ocurrió la perención de la instancia y así se declara por este tribunal.

En fuerza de las anteriores consideraciones, este Tribunal Superior Contencioso Tributario, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara PERIMIDA LA INSTANCIA, en la demanda intentada por el ciudadano J.B.L.H., en su carácter de representante del Expendio de Licores de índole al por mayor y menor 058-MY-72, plenamente identificado. Notifíquese de la presente decisión al Procurador General de la República con copia certificada. Asimismo notifíquese a los ciudadanos Fiscal y Contralor General de la República, líbrese boleta al representante legal y/o apoderado judicial de la contribuyente y al Gerente Regional de Tributos Internos de la Región Central del SENIAT. Publíquese y déjese copia certificada. Dado, firmado y sellado, en la sala de Despacho de este Juzgado Superior Contencioso Tributario de la Región Central, en la ciudad de Valencia, a los once (11) días del mes de agosto de dos mil ocho (2008). Años 198° de la Independencia y 149° de la Federación.

El Juez titular,

Abg. J.A.Y.G.L.S. titular,

Abg. M.S.

En la misma fecha se publicó la anterior sentencia.

La Secretaria titular,

Abg. M.S.

Exp. N° 1318

JAYG/ms/mg

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