Decisión de Juzgado Quinto Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de Caracas, de 12 de Mayo de 2008

Fecha de Resolución12 de Mayo de 2008
EmisorJuzgado Quinto Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito
PonenteAura Maribel Contreras
ProcedimientoApelacion

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE:

JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO

CIVIL, MERCANTIL Y DEL T.D.L.

CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA

METROPOLITANA DE CARACAS.-

Caracas, de M.d.D.M.o. (2.008).-

Años: 198º y 149º.-

SOLICITANTES: HELLIN KIRCHMAN FREDERIQUE GRAZIELLE y HELLIN KIRCHMAN E.M.N., venezolanas, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las Cédulas de Identidad Nros.: 3.180.794 y 4.087.658, respectivamente.-

ABOGADA ASISTENTE: CLOTILINDA G.D.S., venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº: 9.966.925, abogada en ejercicio e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 55.540.-

MOTIVO:

INSERCION DE ACTA DE DEFUNCIÓN.-

EXPEDIENTE: 07-4466.-

Comenzó el presente procedimiento mediante escrito presentado por ante el Juzgado Distribuidor de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del T.d.l. Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, presentada por las ciudadanas HELLIN KIRCHMAN FREDERIQUE GRAZIELLE y HELLIN KIRCHMAN E.M.N., debidamente asistida en este acto por la abogada CLOTILINDA G.D.S.. Asimismo, acompaño a la solicitud, copia simple de las cedulas de identidad y de las partidas de nacimiento de las solicitantes; copia simple de la cedula de identidad, copia simple del certificado de defunción y original del certificado de cremación de la causante ALBERTE KIRCHMAN DE HELLIN; original de la constancia de no presentación, expedido por ante la oficina del registro civil de la parroquia “L.M.”.-

Las Solicitantes alegaron en su escrito, que el acta de su madre causante ALBERTE KIRCHMAN DE HELLIN, levantada por ante la Oficina de Registro Civil de la Parroquia L.M., acta Nº: 048, tomo 1, del año 2005, fue anulada, en virtud de la no Comparecencia de los familiares, de la antes mencionada difunta en la fecha y hora acordada por dicha Jefatura.-

En fecha 08 de Noviembre de 2007, se admitió la presente la solicitud, en la cual se ordenó librar Boleta de Notificación al Representante del Ministerio Público, asimismo se libró Edicto a ser publicado en la prensa conforme a lo previsto en el artículo 770 del Código de Procedimiento Civil, igualmente se libró oficio al Registrador Principal del Estado Miranda y al jefe del servicio del ministerio de salud y desarrollo social, dirección general de epidemiología y análisis estratégico, dirección de información social y estadísticas de la republica bolivariana de Venezuela.

En fecha 14 de Noviembre de 2007, compareció el Ciudadano: R.P.S., Alguacil Accidental de este Despacho y consigno diligencia dejando constancia de haber practicado la notificación del Fiscal del Ministerio.

En fecha 15 de Noviembre de 2007, compareció la abogada IRDE CAPOTE MENDOZA, Fiscal Nonagésima Segunda y consigno diligencia, manifestando su conformidad a la presente solicitud.

En fecha 19 de Noviembre de 2007, se puede observar oficio Nº: 0424-2007, emanada por ante el Registro Principal del Estado Miranda, mediante la cual nos informa de que no reposan en su Archivo Civil, los libros del Municipio L.M.d. estado Miranda.

En fecha 23 de Noviembre de 2007, compareció la abogada asistente, ya identificada en auto, mediante la cual consigno en un folio útil Ejemplar del Diario Ultimas Noticias de fecha 16 de Noviembre de 2007, en el cual aparece publicado Edicto ordenado por este Juzgado en el auto de admisión.

En fecha 18 de Febrero de 2008, este Tribunal ordeno ratificar el oficio Nº: 2062, de fecha 08 de Noviembre de 2007, dirigido al Jefe del Servicio del Ministerio de Salud y Desarrollo Social, Dirección General de Epidemiología y Análisis Estratégico, Dirección de Información Social y Estadísticas de la República Bolivariana de Venezuela.-

En fecha 10 de Marzo de 2008, compareció la abogada de la parte solicitante y consigno copia certificada del Certificado de defunción de la causante KIRCHMAN DE HELLIN ALBERTE.-

En fecha 09 de Abril de 2008, mediante auto este Tribunal manifestó no emitir algún pronunciamiento hasta tanto no constara en autos las resultas solicitadas en fecha 18 de Febrero del presente año.-

En fecha 05 de Mayo de 2008, se recibieron resultas emanadas por ante el Jefe del Servicio del Ministerio de Salud y Desarrollo Social, Dirección General de Epidemiología y Análisis Estratégico, Dirección de Información Social y Estadísticas de la República Bolivariana de Venezuela, de fecha 20 de Febrero de 2008, oficio Nº: OFC2008011240, e igualmente anexaron al oficio Copia certificada del Certificado de defunción de la causante ALBERTE KIRCHMAN DE HELLIN.-

Estando dentro de la oportunidad legal para decidir, esta Juzgadora pasa hacerlo, previa las siguientes consideraciones:

En el presente caso se puede constatar ciertamente que la ciudadana ALBERTE KIRCHMAN DE HELLIN, falleció el día 04 de Octubre de 2005, en la Avenida Principal del Sebucán, Residencia Icalin, Apartamento PH-2, Urbanización El Sebucán, parroquia L.M., Municipio Sucre del Estado Miranda, a consecuencia de una Insuficiencia respiratoria aguda, según Certificación de Defunción emanada de la Dirección General de Epidemiología y Análisis Estratégico Dirección de Información Social y Estadística bajo el Nº 0815318, así como Certificación emanada del Cementerio Metropolitano Monumental, S.A., de fecha 04 de Octubre de 2005, en la cual se deja constancia que en esa misma fecha, previo el cumplimiento de las formalidades exigidas por las Leyes y Reglamentos exigentes sobre la materia, se verifico el Acto de Cremación de los restos mortales de KIRCHMAN DE HELLIN ALBERTE, conforme a la autorización expedida por la Alcaldía de el Hatillo, en el cementerio del Este situado en el lugar denominado la Guairita, Municipio el Hatillo del Estado Miranda, asimismo cursa a los autos sendas comunicaciones emanadas de la Primera Autoridad Civil de la Parroquia L.M.d.M.S.d.E.M. y de la Oficina Principal de Registro Público del Estado Miranda, en las cuales dejan constancia que en los libros de defunciones llevados en dichas dependencias no se encontró Acta de Defunción de quien en vida respondiera al nombre de KIRCHMAN DE HELLIN ALBERTE, por lo que esta instancia debe declarar con lugar la presente solicitud de inserción de partida de Defunción presentada por los ciudadanos HELLIN KIRCHMAN FREDERIQUE GRAZIELLE y HELLIN KIRCHMAN E.M.N., venezolanas, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las Cédulas de Identidad Nros.: 3.180.794 y 4.087.658, respectivamente.- Y ASI SE DECIDE.-

Por los razonamientos antes expuestos, este JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL T.D.L. CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, en Nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, Administrando Justicia y por Autoridad de la Ley Declara CON LUGAR la presente solicitud de INSERCCIÓN DE PARTIDA DE DEFUNCIÓN, de la causante KIRCHMAN DE HELLIN ALBERTE, presentada los ciudadanos HELLIN KIRCHMAN FREDERIQUE GRAZIELLE y HELLIN KIRCHMAN E.M.N., venezolanas, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las Cédulas de Identidad Nros.: 3.180.794 y 4.087.658, respectivamente. En consecuencia se ordena insertar en la Primera Autoridad Civil de la Parroquia L.M., del Municipio Sucre del Estado Miranda y el Registro Principal del Estado Miranda, la partida de DEFUNCIÓN de la ciudadana KIRCHMAN DE HELLIN ALBERTE. Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del T.d.l. Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.- Caracas a los (12) días del mes de M.d.D.M.O. (2008).- Años 198º y 149º.

LA JUEZ TITULAR,

DRA. A.M.C. de MOY

LA SECRETARIA ACCIDENTAL,

Y.R..-

En la misma fecha se publicó y registró la anterior sentencia, siendo las Diez y Treinta, minutos de la Mañana (10:30 a.m.).-

LA SECRETARIA,

EXP. Nº: 07-4466.-

AMCdeM/LV/Yenny.

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