Decisión de Juzgado de los Municipios Campo Elias y Aricagua de Merida, de 28 de Enero de 2008

Fecha de Resolución28 de Enero de 2008
EmisorJuzgado de los Municipios Campo Elias y Aricagua
PonenteMaría M Uzcategui
ProcedimientoCobro De Bolivares Intimacion

JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS CAMPO ELIAS Y ARICAGUA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA.- Ejido, veintiocho (28) de Enero de dos mil ocho (2.008).-

196º y 147º

Visto el desistimiento de fecha veinticuatro de Enero del año en curso, y que corre inserto al folio dieciséis (16) perteneciente al Expediente signado bajo el Nº 2.484, suscrito por el ciudadano Abogado en Ejercicio L.J.A.L., plenamente identificado en autos, este Juzgado de los Municipios Campo Elías y Aricagua de la Circunscripción Judicial del Estado M.A.J. en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley, de conformidad con el articulo 265 del Código de Procedimiento Civil, acuerda la HOMOLOGACION del mismo, dándole el carácter de Sentencia Pasada en Autoridad de Cosa Juzgada, se da por terminado el presente juicio y se ordena el Archivo definitivo del presente expediente. Así mismo, se ordena la entrega de la letra de cambio que se encuentra bajo resguardo del Tribunal, en la caja fuerte del mismo, al ciudadano Abogado en Ejercicio L.J.A.L., cuya copia corre inserta al folio dos (02), del Expediente signado bajo el Nº 2.484, nomenclatura interna de este Tribunal.- DEMANDANTE: ABG. L.J.A.L. ENDOSATARIO EN PROCURACION DE UNA (01) LETRA DE CAMBIO.- DEMANDADO: V.J. UZCATEGUI.- MOTIVO: COBRO DE BOLÍVARES VIA INTIMATORIA.- FECHA DE ENTRADA: 08 DE DICIEMBRE DE 2.006.- CUMPLASE.-------------------------------------------------------------------------------------------

LA JUEZA TEMPORAL,

ABG. M.M.U.R.

EL SECRETARIO,

ABG. J.L.S.M.

En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior.-

RECIBI CONFORME

________________________________ S.M.S..

ABG. L.J.A.L. MMUR/jlsm/jm

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