Decisión de Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Administrativo de Caracas, de 21 de Enero de 2010

Fecha de Resolución21 de Enero de 2010
EmisorTribunal Superior Noveno de lo Contencioso Administrativo
PonenteMargarita Garcia
ProcedimientoRecurso Contencioso Administrativo Funcionarial

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPERIOR NOVENO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGIÓN CAPITAL CON SEDE EN CARACAS

Caracas, 21 de enero de 2010

199° y 150°

Revisadas las actas procesales que componen la presente causa, el Tribunal no constató la planilla de liquidación de las prestaciones sociales del querellante, necesaria a los fines de emitir pronunciamiento de fondo, motivo por el cual este Órgano Jurisdiccional dicta el presente auto para mejor proveer a tenor de lo previsto en el artículo 401 y 15 del Código de Procedimiento Civil, con el objeto de requerir al Organismo querellado, a saber, Policía Metropolitana de Caracas, dicho documento en original o copia certificada, así como el expediente administrativo que guarda relación con la presente causa, y cualquier otro documento que dicho ente considere pertinente a los fines de demostrar la fecha cierta en que se materializó el referido pago. En consecuencia se ordena oficiar a la Policía Metropolitana de Caracas y a la Procuraduría General de la República, notificándoles del contenido del presente auto y concediéndole un lapso de diez (10) días de despacho, computados a partir de la constancia en autos de haberse practicado su notificación, para que remita la información ut supra indicada. Líbrense Oficio. Cúmplase.

La Jueza Superior Titular,

Dra. M.G.S..

La Secretaria,

Abog. A.S.G..

En esta misma fecha se libró oficio de notificación.

La Secretaria,

Abog. A.S.G..

Expediente N° 2008-693

MGR/asg/jdcp

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