Decisión de Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Norte de Carabobo, de 7 de Mayo de 2010

Fecha de Resolución 7 de Mayo de 2010
EmisorJuzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Norte
PonenteOscar León Uzcategui
ProcedimientoAcción De Amparo Constitucional

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE

EL JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DE LA REGION CENTRO NORTE.-

Valencia, 07 mayo 2010

Años: 200º y 151º

Expediente Nº 13.310

Vista la diligencia presentada el 04 mayo 2010 por la abogada F.C.M.L., cédula de identidad V-17.030.424, Inpreabogado Nº 128.226, con carácter de apoderada judicial de la UNIVERSIDAD DE CARABOBO, mediante el cual expone “En el día de ayer 27 de abril 2010, las personas que impedían el acceso a las instalaciones de la Dirección de Recursos Humanos de la Universidad de Carabobo desde el 18 de marzo del año en curso, procediendo a desalojar voluntariamente las mismas, permitiendo de tal forma la regularización de las actividades administrativas de dicha dependencia. En tal virtud, respetuosamente desisto de la solicitud de amparo constitucional” interpuesta contra los ciudadanos H.B., L.N., Z.R., D.S., H.C., J.H., A.D.N.; este Juzgador observa que el desistimiento no es contrario al orden público, a la moral, buenas costumbres ni disposición expresa de la ley que impida su homologación, en razón de lo cual este Juzgado impartiendo justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley declara Homologado el desistimiento realizado por la parte querellante.

Archívese el expediente.

El Juez Provisorio,

O.J. LEÓN UZCÁTEGUI

El Secretario,

Abog. G.B.R.

Exp. Nº 13.310

OLU/Yasneidymc

Diarizado Nº_____

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