Decisión de Juzgado Primero de Primera Instancia en función de Juicio con competencia de delitos de Violencia contra la Mujer de Caracas, de 13 de Agosto de 2010

Fecha de Resolución13 de Agosto de 2010
EmisorJuzgado Primero de Primera Instancia en función de Juicio con competencia de delitos de Violencia contra la Mujer
PonenteVilma Angulo Marquina
ProcedimientoCondenatoria

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE

CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS

TRIBUNAL DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER

EN FUNCIONES DE JUICIO Y NRO 1º

Caracas; 13 de agosto de 2010

200º y 151º

ASUNTO PENAL NRO AP01-S-2009-023960

ASUNTO NRO AP01-S-2009-023960

Nomenclatura Interna: 1-J-VCM-060-2010

Transcurrido cinco (5) días hábiles, a saber: viernes 30 de julio, lunes 2, jueves 5 y viernes 6 de agosto de 2010, se publica, el texto íntegro de la siguiente SENTENCIA DEFINITIVA, que contiene el dispositivo dictado en la culminación del debate oral y público, realizado el día viernes 06 de Agosto de 2010, reservado el lapso establecido en el artículo 107 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una V.L.d.V., en los siguientes términos:

SENTENCIA CONDENATORIA

TRIBUNAL UNIPERSONAL

IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES

Ministerio Público: Fiscalía Nonagésima Nro 90º del Ministerio Público del Área Metropolitana de Caracas: Dra. LIDIS S.D.H..

Representante de los Derechos de la Mujer: Dras. N.C., Jaivis Torres y M.E.P., Defensoras de los Derechos de la Mujer adscritas al Instituto Nacional de la Mujer del Ministerio del Poder Popular para Asuntos de la Mujer y la Igualdad de Género, ubicada en la Esquina de Jesuitas, Torre Bandragro, piso 2.

Víctima: (T.E.H.R) se omite su identificación plena de conformidad con el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del N.N. y adolescente.

Acusado: CEM (ACUSADO, MAYOR DE EDAD, SE OMITE IDENTIDAD), titular de la cédula de identidad Nro V.-12.832.833, profesión u oficio latonero, nacionalidad Venezolana, natural de Caracas, Distrito Capital, nacido en fecha 15-04-1974, de 36 años de edad, Titular de la Cédula de Identidad Nº V-12.832.833, I.R.M. y A.B., residenciado en Barrio Manicomio, Calle Coromoto, casa número 37.

Defensa Pública Penal con competencia especial en los delitos de Violencia Contra la Mujer y Nro 1º: DRA. E.D.L.C., con domicilio procesal en Palacio de Justicia, piso 2, Municipio Bolivariano LIbertador, Caracas.

CAPITULO I

DE LOS HECHOS Y CIRCUNSTANCIAS OBJETO

DEL PRESENTE JUICIO

La Fiscalía Nonagésima (90º) del Ministerio Público del Área Metropolitana de Caracas, representada por la Dra. LIDIS S.D.H. y M.T., presentó acto formal de acusación el 24 de octubre de 2009, en contra del ciudadano CEM (ACUSADO, MAYOR DE EDAD, SE OMITE IDENTIDAD), por la comisión del delito de ABUSO SEXUAL A ADOLESCENTE con penetración, previsto y sancionado en el artículo 260 en relación con lo establecido en el artículo 259 primer y segundo aparte de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescentes, acusación que fue admitida por el Tribunal de Violencia Contra la Mujer en Funciones de Control, Audiencia y Medidas y Nro 2º del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, a cargo de la Dra. R.M., en fecha 04 de mayo de 2010 y recibido el expediente en este Tribunal en fecha 19 de mayo del mismo año.

El hecho objeto del proceso y que en consideración del Ministerio Público, son los constitutivos por la infracción punible arriba referida, están representados por las circunstancias de tiempo, modo y lugar referidas en que:

…en fecha 24/10/2009, siendo aproximadamente las 08.00 horas de la noche; la adolescente víctima cuya identidad se omite de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño, Niña y Adolescentes, se encontraba en su residencia ubicada en la Parroquia La Pastora, sector Manicomio, calle Veracruz, callejón Coromoto, casa 7-B lugar donde convivía con su progenitor, toda vez que se encontraba separado de la progenitora de la víctima, momento en el cual el ciudadano imputado CEM (ACUSADO, MAYOR DE EDAD, SE OMITE IDENTIDAD), padre biológico de la victima la comenzó a tocar en sus partes íntimas, como de costumbre ya que desde que la víctima tenía la edad de 10 años, la obligaba a soportar los diversos abusos que consistieron en penetraciones por vía anal, vaginal y oral, así como tocamientos ejercidos en su contra, e inclusive le prohibía tener amistades y novios, sendo el caso que la víctima le manifestó que tenía que dejarse por que de lo contrario le iba a ocasionar un daño a su persona o a cualquier miembro de la familia, insistiendo dicha adolescente en la negativa toda vez que se sentía mal respondiéndole el mismo que fuera a tomarse una pastilla y que volviera, es por lo que la víctima fue a buscar su medicamento y al regresar a la habitación el mencionado imputado la obligó a quitarse la pijama que portaba para ese momento y procedió a penetrarla vía vaginal y luego satisfacer su apetito sexual se quedó dormido, siendo el caso que el día 26 de Noviembre de 2009, siendo las 10.00 horas de la noche, dicho ciudadano se encontraba enfurecido en virtud de que la misma no había fregado algunos objetos en la cocina y por cuanto no había cocinado, por lo que comenzó a proferir palabras obscenas en contra de la misma, ésta comenzó a gritar, lo cual fue escuchado por un tío de la victima, de nombre J.C.M., quien calmó la situación, haciéndole el imputado la advertencia a la víctima de que si llegaba a decir algo de la situación el al iba a matar, igualmente manifestándole que recogiera sus cosas por que ella se tenía que ir de la casa, al mismo tiempo que la amenazó de muerte, de propinarle un disparo a ella y después quitarse la vida el

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De conformidad con lo establecido en el artículo 344 del COPP, se le cedió el derecho de palabra a la ciudadana Fiscal del Ministerio Público, a los fines de que esgrimiera sus argumentos de inicio, quien refirió en forma sucinta la ratificación del escrito acusatorio admitido en la audiencia preliminar realizada en fecha 04 de mayo de 2010, refirió en forma sucinta que el Ministerio Público demostrará la participación y responsabilidad penal del ciudadano CEM (acusado, mayor de edad, se omite identidad) en la comisión del delito de ABUSO SEXUAL A ADOLESCENTE con penetración, previsto y sancionado en el artículo 260 en relación con lo establecido en el artículo 259 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, como punto previo solicito que sea admitida como prueba complementaria de conformidad con lo establecido en el artículo 343 del Código Orgánico Procesal Penal, el reconocimiento médico psiquiátrico que fue solicitado dentro de la fase de investigación, fue recabado en el expediente y promovido como prueba complementaria; no obstante fue negada su admisión en la audiencia preliminar, pero el artículo 343 señala que podrán promoverse nuevas pruebas de las que se haya tenido conocimiento después de la audiencia preliminar, si bien es cierto que la prueba estaba dentro del expediente, en el momento en que la fiscal realizo la exposición omitió señalarla y por tal motivo la Jueza la negó, pero en base al principio de la búsqueda de la verdad y ya que es una prueba conocida por todas las partes y considera esta representación fiscal que es de suma importancia la asistencia de la médico psiquiatra por haber evaluado a la adolescente y pueda ser debatido su testimonio por las partes es por lo que solicito dicha prueba sea admitida, basando mi solicitud en el artículo 78 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 8 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, y considero que no se estaría violando ningún tipo de derecho, así mismo consigno en este acto original de partida nacimiento de la niña que fue admitida como prueba documental en la audiencia preliminar pero el original no consta en el expediente solo copia simple, solicito sea exhibido a la representante de la defensa y al tribunal, así mismo ratifica el escrito de acusación presentado en la audiencia preliminar, y solicita sean admitidas las pruebas de conformidad con lo establecido en los artículos 197, 198, y 199 del Código Orgánico Procesal Penal, todo lo cual fundamentó en forma oral.

Seguidamente la defensora del acusado esgrimió sus argumentos de inicio, quien refirió encargarse de demostrar la no culpabilidad de mi defendido, el Ministerio Público no podrá demostrar con los medios de prueba que mi representado haya sido autor o partícipe o la culpabilidad de mi defendido, aunado a ello este defensa mantiene el principio procesal que lo ampara en todo estado y grado de la causa que no es otro que la presunción de inocencia, en todo caso quedará por parte del Ministerio Público demostrar que el hecho ocurrió y que mi defendido haya participado en él, toda vez que el Ministerio Público como titular de la acción Penal tiene la carga de la prueba y es quien debe demostrar la comisión efectiva del hecho punible por el cual ha acusado a mi representado, ya que no le compete a mi representado demostrar su inocencia; e este sentido en este debate oral depondrán los medios de prueba que fueron admitidos y allí se concluirá que mi defendido no cometió tal delito; así mismo como punto previo expongo que en relación a la prueba anticipada practicada a la presunta victima, si bien la Fiscal del Ministerio Público ofreció el testimonio de la presunta víctima por medio de la prueba anticipada observa este defensa que en el presente caso no se encuentran dados los supuestos previstos y exigidos en el artículo 307 del Código Orgánico Procesal Penal y en específico se debe recibir una declaración que por algún obstáculo difícil de superar se presuma que no pueda hacerse durante el juicio y señala igualmente esta norma que si el presunto obstáculo no existiere para la oportunidad en que se celebrara el debate oral la persona a la cual se le haya practicado la prueba anticipada concurrirá a prestar su declaración en el debate oral, y si partimos de tal punto considera esta defensa que la victima se encuentra en toda la capacidad de asistir a este debate oral y rendir su declaración, toda vez que en lo que en algún supuesto se debería garantizar es estar ella en la compañía de un psicólogo y en este caso podría comparecer la misma en compañía de la psicólogo del Equipo Multidisciplinario, a los fines de que este la pueda orientar en el momento que lo requiera la Fiscal del Ministerio Público fundamentó la práctica de la prueba anticipada señalando el resguardo del interés superior del niño, si observamos el artículo 8 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en su parágrafo primero literal c, y concatenado con el artículo 80 parágrafo 2, deberíamos colocar en una balanza el derecho que según la Fiscal del Ministerio Público debe garantizar que no es otro que el interés superior del niño, y que podrá ser garantizado con la comparecencia de esta niña en compañía de una psicólogo, por otro lado de la balanza debería colocarse el derecho que tiene esta adolescente de comparecer a este debate oral y realizar su respectiva declaración, ya que no tendrá contacto en ningún momento visual u oral con mi defendido, toda vez que se ordenará que el mismo se retire de la sala de audiencias en el momento que esta declare, por tal motivo solicito la incorporación del testimonio de la presunta victima de conformidad con lo establecido en el articulo 339 numeral 1 del Código Orgánico Procesal Penal, a los fines de esclarecer las circunstancias de tiempo modo y lugar como ocurrieron los hechos, la defensa considera necesario la declaración de la victima y solicita sea declarada con lugar, ya que considera la defensa que tiene contradicciones dicha prueba anticipada y surgen dudas, en cuanto a lo solicitado por el Ministerio Público en relación a la prueba complementaria no es una prueba nueva se tenia conocimiento de ella en la etapa de investigación y en la etapa intermedia, en la celebración de la audiencia preliminar la fiscal tuvo oportunidad de promover todas las pruebas y ofrecer los medios probatorios que habían sido señalados en su escrito acusatorio y entre ellos como prueba complementaria también había sido ofrecido el testimonio de la Médico Psiquiatra y la Jueza manifestó en la audiencia preliminar que la ciudadana Fiscal del Ministerio Público nada manifestó en relación al escrito interpuesto ante ese despacho, motivo por el cual la Juez consideró que en esa etapa procesal que era la pertinente ya que no era una nueva prueba entendió desistida tal promoción, por lo que solicito no se admita dicha promoción de pruebas. Así mismo de conformidad con el articulo 148 del Código Orgánico Procesal Penal solicito se permita el ingreso del experto J.D.J.B.C., en su carácter de Consultor Técnico, a los fines de que sirva de apoyo a esta defensa y presencie el debate oral, todo lo cual fundamentó en forma oral.

La Jueza informó al acusado mismo detalladamente cual es el hecho que se le atribuye con todas las circunstancias de tiempo, modo y lugar de comisión, incluyendo aquellas de son de importancia para la calificación jurídica, así como las disposiciones legales aplicables contenidas en la Ley, asimismo, impuso al ciudadano CEM (ACUSADO, MAYOR DE EDAD, SE OMITE IDENTIDAD), del precepto Constitucional establecido en el artículo 49, numeral 5 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y artículo 131 del Código Orgánico Procesal Penal, informándole que su declaración es un medio para su defensa por lo cual tiene derecho a explicar todo cuanto le sirva para ejercer su derecho, en tal sentido, el ciudadano, dijo ser de nacionalidad Venezolana, natural de Caracas, Distrito Capital, nacido en fecha 27-04-1968, de 42 años de edad, Titular de la Cédula de Identidad Nº V-12.832.833, hijo de I.R.M. y A.B., residenciado en Barrio Manicomio, Calle Coromoto, casa número 37. Quien expone: “No deseo declarar. Es todo”.

En este estado se le concede el derecho de palabra a la Fiscala del Ministerio Público quien manifestó: Solicitó se le informe al acusado sobre la admisión de hechos, de conformidad con lo establecido en el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal. La ciudadana Jueza impuso al acusado del procedimiento por admisión de hechos de conformidad con lo establecido en el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal, y posteriormente se le concedió el derecho de palabra manifestando el mismo: “No deseo admitir los hechos. Es todo”.

Posteriormente, se le concede el derecho de palabra al acusado, quien manifestó:

Yo no soy una persona aberrada sexual, no soy un enfermo, soy una persona con principios, hasta el momento he contado con venir a sala no me he negado, he asistido, nunca me negué ni siquiera a la experto, el delito es fuerte, delicado, todos los sabemos y lo entendemos aquí, hoy en día tengo 9 meses preso por razones que las he negado rotundamente ante este tribunal, he negado que yo sea partícipe de ese acto que mi hija menciona , he presumido mi inocencia, he llegado hasta acá y no he admitido ningún tipo de hecho porque no he sido eso que modero mi hija allí, que soy un monstruo, lo que ella dice de la amenaza eso no da lugar porque no la he amenazado ni le he pegado , l regañaba por ser su progenitor,. Tampoco le prohibía tener novio, solo le decía que esperara su momento que estudiara, hasta que me presentó a un muchacho llamado Miguel, una vez ella se quedó en casa de su mama y me dijo la mamá que necesitaban resolver un asunto conmigo, yo conocía los antecedentes del muchacho, no era bien visto en la zona, con un pequeño problema que había transcurrido unos días antes, se lo había llevado un Cuerpo Policial lo arrestaron porque cargaba droga encima, era consumidor lo supe por la mama unos días antes, cuando me presente a la casa le puse condiciones al muchacho, porque ellos me exponen que son novios, y yo le dije que el no era la mejor persona para mi hija pero no le negué la relación ella si ha tenido novio escondidos, por que no le acepte un novio de 12 o 13 años porque es mi única hija y las personas que buscaba no eran adecuadas para ella, sostuvo una relación un muchacho de Guarenas llamado Cristian, pero era casado con hijos, y en el aspecto personal no era un tipo para ella, era un tipo de 32 años como se va a acercar a una niña de 12 años, y una vez le dije que se alejara de mi hija porque tenía 12 años y que además vivía con su mujer, ellos mantuvieron una relación escondida, me lo informó Grecia que es actualmente mi pareja, me llegué a casa del muchacho me conseguí con la mamá, en esos días la pareja había amenazado por teléfono, según lo hace con intenciones de cortarle la cara y ella me lo hace saber a mí, una persona con 32 años ya es una persona consciente de los actos que está haciendo hablé con él y se lo hice saber, alejé la relación, en una oportunidad que yo sé que mi hija esta chateando con esa persona es porque mi hermano le quitaba los teléfonos a todo el mundo y a ver los mensajes y a informarse de lo que la persona hacía, y la estaban invitando para la parte de atrás de la casa, si nosotros estábamos de viaje no era lo más conveniente porque ella tenía los 11 años casi 12, en relación a lo que ella dice es mentira, mi hija me está visitando a mí desde los 7 años de edad hasta los 12, ella se fue a vivir conmigo porque ella dijo que iba a ser mas difícil verme, yo le dije que los fines de semana no iba a subir para Caracas, que me siguiera visitando, cuando yo vivía con Eucarys vivía en un apartamento en Manicomio, tenia dos habitaciones, una de esas habitaciones tenia unas herramientas, pinturas, como un depósito, la niña dormía con nosotros cuando nos visitaba porque yo se la llevaba a la amará temprano, la mamá dijo que la niña la visitaba constantemente, nunca hubo de mi parte la negatividad de que visitara a su mamá, ella tenía dos celulares y hasta el día que yo estuve detenido los tenía, no porque yo la sostuviese bajo amenaza yo lo hacía por su conducta, por su asistencia en el colegio, yo soy una persona con principios, he tenido bastantes mujeres, me siento en condiciones para enamorar una persona, y muchas veces he pensado esa mujer es mucho para mí y las he tenido como pareja, yo sólo veo a mi hija como mi hija, no la podría utilizar como una mujer, esto es injusto, en estos 9 meses he tenido humillaciones, he tenido que pasar por miles de problemas, para que mi hija me esté haciendo esto, no es justo, por celos, porque el problema de ella es que yo lleve a una pareja para mi casa, se llama Kasandra, yo solamente tengo una hija, y próximamente voy a tener otro hijo porque mi pareja está en estado y no creo que una persona quiera tener un hijo con un aberrado sexual, mi hija es mi hija y si yo tengo a mi hija desde los 12 años y su nivel académico se vino elevando gracias a mis consejos, ella conmigo tenía comunicación, diariamente nos montábamos en una cola para venirnos para Caracas y en eso teníamos comunicación, hablábamos,. conversábamos, yo el decía que si quería irse para casa de su mamá que fuera, ella decía que era muy aburrido, que allá le sacaban la piedra esas eran sus palabras, yo no hice eso, yo no soy ningún tipo así, en mi zona he tenido amistades, me respetan, En las comunidades que he vivido siempre me han respetado no ando con puntas, yo estoy desde los 12 años trabajando solo, si a mi no me dejaron estudiar, yo quiero que mi hija sea una persona universitaria, con una carrera, si le he negado el derecho a tener novio es por su corta edad, si usted le acepta un novio a una niña, puede haber un embarazo precoz y se acabó carrera, se acabó estudios, en eso yo he sido muy cauteloso con mi hija, hubo un problema con un muchacho y me cansé de los mensajes de texto amenazándome porque me dí cuenta por mi hermano de los mensajes, había un muchacho llamado Alejandro yo le mandé mensajes y lo que el ha hecho es amenazarme, y hasta me dijo que me iba a dar unos tiros, yo no manipulo armas, solo las pistolas para pintar porque soy pintor automotriz, actualmente me he comunicado con la niña, y esto fue el 27 del mes pasado recibí unas llamadas la cual no sabía de quien era el teléfono, y recibí llamadas de ese número hasta que llegó un momento que le dije voy a llamar, desde allí la niña empezó a comunicarme conmigo, y me dijo yo hice eso por malcriadez, no debí hacer eso, yo lo hice por celos, y me lo sigue manifestando, la niña en estos días me he preguntado que puede hacer si se iba por ciencias o por humanidades, yo no estoy molesto con mi hija, porque son cosas que se inventó y nada va a cambiar por lo que está sucediendo en este momento, he corrido con suerte que no me han matado, yo aconsejé a mi hija que se fuera por ciencias, porque no le gustan algunas materias, me dijo que quería estudiar aeromoza, psicología o veterinaria, yo sé que veterinaria es la carrera que siempre ha querido, mi papa me mandó un mensaje y yo le dije que si me permitieran verla yo la viera, le pregunte si estaba asistiendo a las citas psicológicas y me dijo que no asistía desde junio, mi hija puede meter en problemas a cualquier persona, porque mi ex esposa mencionó que la pareja de la mamá de mi niña él se asomaba a l baño a ver como ella se bañaba, y eso fue una de las cosas que la niña le manifestó a Eucarys, y que Alberto quería abusar de ella, y la niña en su facultad si necesita un psicólogo, y yo también debería asistir porque esto me ha traído consecuencias, yo estoy enfermo de los nervios, ella no me ha manifestado por mensajes que se quiere suicidar, me dice que me extraña, que le hago falta, que yo la consentía que daba todo por ella, por cuidarla, eso es lo que ella me manifiesta, si hubo una comunicación ella me confesó que su mamá le había roto los teléfonos cuando supo que se estaba comunicando conmigo, y que se comunicaba por otro teléfono, a ella le dijeron que yo había dicho que nos habíamos comunicado, luego vino al tribunal y dijo que ella se comunicaba conmigo porque le estaba pidiendo que quitara la denuncia, y otras cosas más que se inventa, pero a mi hija nunca la he maltratado mucho menos hacerle esta monstruosidad, no he admitido hechos porque no tengo nada que admitir, yo soy inocente, me gustaría que se supiera la verdad, no soy ningún aberrado sexual, no soy un enfermo. Es Todo.

Finalmente, de conformidad con lo establecido en el último aparte del artículo 360 del Código Orgánico Procesal Penal, previa imposición del precepto constitucional establecido en el ordinal 5° del artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, se le concede nuevamente el derecho de palabra al acusado CEM (ACUSADO, MAYOR DE EDAD, SE OMITE IDENTIDAD), quien expone:

El día del problema sucede que mi hermano bajó para mi casa pero no vio ningún tipo de violencia de mi persona hacia mi hija, yo trabajo de lunes a viernes, de vez en cuando un sábado, me dedicaba a hacer los quehaceres de mi casa, ese día le pregunté a mi hija si la llevaba a la casa, me dijo que si porque tenía que hacer unas tareas, observé que con sus llaves entró me fui para mi trabajo, salí a las cinco y media, compartí con Kasandra, me encontré con ella a las 6 de la tarde, compartí con ella hasta las 8 de la noche, cuando llegué a la casa mi hija estaba haciendo unas manualidades, yo le había comprado unos objetos y pinturas, ya había hecho la tarea con la hija de mi hermano, mi sobrina le dijo que en esos días yo había ido para allá, y les había presentado a mi pareja, cuando fui a saludar a mi hija la observé molesta, le pregunte que le pasaba, ella me dijo que nada, me dirigí a la cocina, porque le hacía su comida y nunca le exigí hacer ninguna comida en la casa, ella se dedicaba a sus estudios, no necesitara que ella me atendiera, porque ella es mi hija, le dije que por que no pudo fregar?, ella me dijo por que no le dijiste a Kasandra que venga a fregar?, yo le dije que por que la mencionaba si solo estábamos nosotros dos y ella me dijo que Kasandra era mi mujer, se puso en una actitud irónica, y hasta pegó uno de los objetos de cerámica contra la mesa, yo le dije que no me podía levantar la mano porque era su papá, mi hermano me dijo que la niña estaba muy alterada, que los vecinos se iban a enterar, y a nivel público nosotros somos personas respetuosas, en el transcurso del tiempo me dijo que no quería vivir conmigo que se quería ir a casa de su mamá, me dijo que no iba a comer ese día, en la mañana le dije que tenía que ir al colegio, me dijo papá llévame al colegio y la llevé, ella me dijo en el colegio yo no voy a dejar que tu hagas tu vida con nadie, eso me lo dijo mi hija ese día, eso es lo que sucede celos de mi hija. Es Todo

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El debate oral, se realizó a puerta cerrada, toda vez que es un delito de TRANSGRESIÓN DE NATURALEZA SEXUAL, en perjuicio de una ADOLESCENTE, de conformidad con lo establecido en los artículos 106 de la Ley Orgánica Sobre el Derechos de las Mujeres a una V.L.d.V., en relación con lo establecido en los artículos 8 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en concordancia con lo establecido en el artículo 78 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y artículo 333.2 del Código Orgánico Procesal Penal.

CAPÍTULO II

DE LOS HECHOS ACREDITADOS POR LA INSTANCIA

Recibida en la audiencia de juicio oral y público, como fuera dispuesto a tenor de lo previsto en el artículo 353 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con lo establecido en el artículo 106 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una V.L.d.V., se impone proceder al análisis del acervo probatorio evacuado en la aludida audiencia, conforme a las reglas de los artículos 80 de la mencionada ley, en relación con lo establecido en los artículos 197, 198 y 199, todos del Código Orgánico Procesal Penal, artículo 8, numeral 3º de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una V.L.d.V., haciendo la debida comparación y concordancia de la integridad de los medios aportados al proceso en la audiencia respectiva, conforme a las reglas de la lógica, los conocimientos científicos y las máximas de experiencia o experiencia común, en tal sentido tenemos que:

1).-La ciudadana M.E.B.C., encontrándose bajo fe de juramento e impuesta del contenido de los artículos 242 del Código Penal y 345 del Código Orgánico Procesal Penal, aportó sus datos de identificación personal y dijo ser Venezolana, titular de la Cédula de Identidad Nº V-9.922.621, fecha de nacimiento 26-04-1972, de profesión u oficio Psiquiatra Forense, adscrita a la Medicatura Forense del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, y al Instituto Venezolano del Seguro Social Dr. J.M. de Gregorio, hija de A.M.C.d.B. y A.B., quien conforme al artículo 354 del Código Orgánico Procesal Penal, reconoce en su firma y contenido de Informe Psiquiátrico, que corre inserto al folio 191 de las actuaciones, declaró: “En este caso una adolescente femenina que para el momento de la evaluación, ella tenia 15 años de edad, estudiante para el momento de tercer año de bachillerato ella consulta o referir que su padre biológico abuso de ella desde los diez años de edad ella se va según de lo que ella comenta, unos días a estar con su papá pero después ella se queda allí queda viviéndose con el mismo durante cuatro años aproximadamente ella iba también los fines de semanas según también lo que comenta a visitar la madre y constantemente la presionaba para que expusiera que estaba tranquila y que todo estaba bien y que no comentara lo que sucedía entre ambos que era aparentemente la conducta sexual o la violación propiamente dicha que incluso ella comentaba que ocurría hasta tres veces por semanas ella no comentaba nada por pena y por las amenazas y claro cuando ella fue creciendo que se da cuenta de lo que es un novio, de lo que es un amigo o de lo que son las relaciones sexuales por las mismas charlas que le daban en el liceo es que ella ve que esta situación no es normal entre padres e hijas por que esto comenzó aproximadamente a los diez años de edad y ya a esa edad cuenta cuando esta en el liceo que tenia contactos con sus de mas compañeros hasta el día, hasta el año 2009, cuando ella refiere que la intento agredir apuñalear específicamente por que le dijo que ya no soportaba mas iba a contar todo lo que había sucedido y bueno pero eso ella refiere que decidió denunciar y bueno es una evaluada que presenta con todo lo sucedido sintomatología insomnio de recuerdos reiterativos del trauma que vivió de lo sucedió además esta reforzado por las supuestas amenazas que comenta del sitio del penal donde esta el padre recluido la llamaba por teléfono y le enviaba mensajes de que retirar la denuncia y a los familiares de la niña también de la evaluada aparece que la llamaban, es una adolescente que cursa tercer año fue producto de un parto normal aunque preclance durante el embarazo sin embargo no tuvo mayores inconvenientes otra cosa en cuanto a los antecedentes médicos que también se relaciona el caso ella refiere que a los trece años de edad, como yo le pregunte bueno y el embarazo no te cuidabas, ella refiere que a los trece años de edad el padre le dio una pastilla textualmente era para que abortara que le había faltado la regla un mes y después me dijo que esa pastilla era para abortar y ella dice que lo que recuerda es que sangro no vio específicamente un feto ni vio nada pero si sangro, en cuanto al examen mental la evaluada luce aparente regulares condiciones para el momento en que fue vista consciente siente orientada en los tres planos espacio persona y tiempo, muy colaboradora en la entrevista en el pensamiento, tenia su pensamiento normal bien estructurado no presentaba ideas delirantes de daños de grandeza, ni otras similitud además su lenguaje era bien fluido articulado la inteligencia expresión normal para su edad el afecto bueno triste en relación a todo lo sucedido la atención memoria y concentración si estaba levemente dispersa ella se le realiza un diagnostico de trastornos de estrés postraumático, que esta especificado en el F43 según CIE10, y se concluye que posterior a este diagnostico de estrés postraumático, ella debe recibir una ayuda psicoterapéutica incluyendo por supuesto el grupo familiar y esa ayuda o dicha psicoterapéutica debe mantenerse a largo plazo para evitar pues en ella alteraciones en el área psicoemocional por supuesto en la sexual en el área sexual específicamente. A PREGUNTAS FORMULADAS POR LA FISCAL DE MINISTERIO PÚBLICO LA CIUDADANA CONTESTO: ¿Reconoce usted todo el contenido y firma del informe que le fue expuesto? Respondió: si ¿podría señalar cual es su profesión? Respondió: médico psiquiatra ¿Cuánto tiempo tiene de graduada de médico psiquiatra? Respondió: de médico once años de psiquiatra cinco años y de forense tres años ¿podría señalarle al tribunal cuales fueron las pruebas que usted realizo al diagnosticar a la adolescente que hace referencia? Respondió: si aparte de los datos biográficos de la paciente se toma en cuenta el verbatum de la paciente que son las palabras textuales la narración la ilación de su discurso las preguntas pertinentes al caso además sus antecedentes y por supuesto del grupo familiar, los antecedentes personales como fue su nacimiento su desarrollo que fueron complementadas con la entrevista de la madre por que hubo algunas preguntas que se le escapen a la adolescente por que no sabe precisar sobre todo de los primeros años de vida, los antecedentes médicos la entrevista familiar el examen mental que consta de los relojes en relación a la actitud de la evaluada en este caso como entra la evaluada como es su comportamiento durante la entrevista como es el uso en sus condiciones generales si esta consciente como tiene el censor si esta oyente si esta bajo sedación es una persona que alucé normal si su lenguaje es espontáneo si es inducido el discurso su orientación la parte de la colaboración en la entrevista si es mas una paciente una evaluada que a la entrevista el interrogatorio es espontáneo o responde a todo lo que se le pregunta el pensamiento la estructura el pensamiento el contenido si tiene o no tiene ideas delirantes el lenguaje si esta bien articulado y pues el tono de volumen de voz también se toma en cuenta depende los casos y el diagnostico también al final se realiza se toma en cuenta para el diagnostico, la inteligencia es otro de los ítems que uno evalúa el afecto, la atención la memoria y la concentración y posteriormente el diagnostico ¿usted usa algunas pruebas para hacer esos diagnósticos? Respondió: bueno en este caso se usa la prueba de Hamilton también para lo que es la parte depresión ¿en que consiste esa prueba? Respondió: es una prueba que consiste en varios ítems en varias divisiones donde se pregunta a la evaluada o al paciente en este caso la evaluada sobre hechos ocurridos en su vida y como los cataloga ella o sea hechos ocurridos en la infancia hechos ocurridos recientemente y el grado de vamos a decirlo así de afecto o de en este caso de tristeza como lo tolera ella grado de tolerabilidad de esa situación al cual estuvo expuesta en este caso ella con la situaciones especificas que le sucedió que ella refiere ¿Qué concluyo allí con ese grado de tolerabilidad? Respondió: bueno en este caso ella le salió positivo para la parte depresiva pero estudiándose la parte de los otros síntomas por que tenemos que asociar otras sintomatología que es el trauma el recuerdo frecuente o los flash vas que son los pensamientos que vienen de manera automáticas sin que ella conscientemente los piense además de lo que es el grado de ansiedad agotamiento emocional el aislamiento afectivo que en ocasiones se presenta como tristeza, en ocasiones como agotamiento mas bien afectivo la ansiedad y por supuesto la depresión específicamente el Hamilton evalúa depresión pero se le suma otras serie de sintomatología y se le diagnostica a la final el trastornos de estrés postraumático, que es una mezcla de ansiedad depresión y de los recuerdos frecuentes que son traumas vividos por la evaluada ¿Qué consecuencia tiene este trastorno de estrés postraumático como se puede evidenciar eso? Respondió: bueno se evidencia en la parte de lo que es la actitud el afecto la conducta en este caso la adolescente en sus relaciones familiares en sus relaciones interpersonales, en sus relaciones en lo que es la parte escolar académica y esto tiene específicamente estos síntomas se pueden manifestar con ansiedad depresión en algunos momentos incluso se pueden evidenciar como episodio de ansiedad, irás, incluso inestabilidad son episodios generalmente reiterados donde ella puede recordar el trauma puede estar bien en alguna situación de repente se recuerda y en lugar de mantener atención en lo que esta realizando ella puede estar pensando en lo que le a sucedido eso puede suceder varias veces al día cualquier día de la semana o varias veces a la semana si esto no es tratado esto puede llegar a empeorar esta situación y ya a pasar a otras escalas de enfermedad mental ¿Qué indicadores pudo usted determinar para establecer que ese trastorno de estrés postraumático es por el hecho de abuso sexual? Respondió: bueno primero por que ella no reporto ningún otro antecedente de otra relación sexual inicia a los diez años de edad que apenas es una niña esta casi iniciando la pubertad o sea ni siquiera es la adolescencia no tenia ni siquiera la parte de lo que es el desarrollo aun es a muy temprana edad si vuelvo y le repito sin otro antecedente de relaciones ni de exploraciones sexuales por niños o por otras personas mas o menos de su sexo o por otro adulto negado en su totalidad sin experiencia previa y es el único indicador que ella tiene por que no tiene otros antecedentes de episodios depresivos por alguna situación ya sea familiar escolar o alguna o algún otro antecedente previos si no que esto inicia bajo esta situación y bueno posteriormente a que la adolescente se da cuenta de que esto ya no es normal, ya no es solamente la parte sexual si no ya es una serie de amenazas físicas intentos de amenazas físicas y bueno psicológicas todos estos son indicadores para determinar este estado de estrés postraumático ¿es normal que un niño pueda resistir cuatro años de abuso sexual? Respondió: si y eso a pasado muchas veces pero bueno vamos a dedicarnos específicamente al caso, en este caso concreto para no salirnos es una niña que estaba con su papá normalmente el padre e visto en este caso la figura masculina como una figura de protección igual que se ve a la madre por supuesto incluso a los hermanos si son mayores específicamente o algún otra figura pero en este caso el padre e visto como una figura protectora y es la que provee muchas cosas ella va creciendo en ese momento diez años de edad no tiene la capacidad ni juicio de ni discernimiento para saber o para diferenciar entre el bien y el mal y pues su padre ella ve esta conducta como algo entre comillas normal, entre comillas y bajo amenazas además de que no cuentes por que te puede pasar algo malo y fue creciendo con ese discurso que fue visto durante los primeros años como algo normal aparentemente ¿ella pudo haber tenido allí por lo que usted manifiesto alguna confusión de sentimiento de pensar que amaba su padre como hombre? Respondió: bueno es una edad pues claro muy corta a esa edad pero si puede también confundirse no estar clara allí la parte en lo que es ni siquiera a empezado el desarrollo en ella en lo que es la parte de la sexualidad esta la sexualidad de niño por supuesto que ya hay un desarrollo allí pero es un ciclo evolutivo y no esta claro allí de repente lo que es la parte de los sentimientos pues si es el papá pero que papel juega mi papá mi mamá vive aparte yo estoy aquí con mi papá esto se podrá, si existe muchísima confusión a esa edad y si no esta claro no tiene unos valores no hay una no hay alguien allí que ponga limites que establezca limites evidentemente esta niña va crecer viendo o pensando que esto puede ser una conducta normal, hasta que lo ve afuera, donde lo ve afuera en el liceo con sus mismos compañeros con las charlas que de repente un profesor o alguien que se le ocurrió decir bueno por supuesto ve quizás ve los medios de comunicación las novelas las películas, otros programas que de repente eso también despierta la curiosidad esto no es normal o no es bien visto es donde ella incluso bajo miedo o amenaza igual decide contar lo sucedido es lo que refiere ¿en sus pruebas o análisis usted puede determinar si la adolescente pudo haber estado mintiendo o haber estado manipulada por alguien? Respondió: bueno generalmente nosotros no tomamos en cuenta no podemos cambiar de nada a la parte textual eso se toma incluso entre comillas que es el verbatum de la evaluada, sin embargo, nosotros reinterrogamos a la evaluada vemos la consistencia y simulación en el discurso si lo preguntamos en varias oportunidades para ver si hay contradicción en el mismo si hay alguna evidencia o algún grado de ansiedad durante las mismas preguntas o reintervenciones allí en el interrogatorio que se realiza también se toma en cuenta también el discurso por su representante de la madre también para ver que relación hay allí, que aislación hay allí y que consistencia hay conviven, ¿puede tener la certeza por el estudio que realizo que esa adolescente fue abusada sexualmente por su padre? Respondió: bueno desde el punto de vista físico no por que eso ya le compete a la parte ginecológica que es la exploración ya vagino rectal o ginecológica le corresponde a otro experto ¿desde el punto de vista mental y emocional? Respondió: desde el punto de vista emocional se puede establecer según el verbatum de lo que ella expresa pues el grado emocional posterior a ese evento traumático a ese evento de violación que tuvo mantenido sostenido durante cuatro años ¿puede recordar cual era las expresiones de la adolescente en cuanto a las llamadas que el padre le hacia desde el centro que estaba detenido? Respondió: si ella generalmente refería que bueno por supuesto expresión de miedo, vamos a decirlo si de pánico de miedo sostenido de que el le realizaba llamada desde la cárcel que le enviaba mensajes acosándola que retirara la denuncia es lo que ella expresa y también los familiares de ella ¿este tipo de estrés postraumático es una enfermedad? Respondió: es un trastorno que esta clasificado dentro de las enfermedades mentales en el CIE10, el manual de las clasificaciones internacional de las enfermedades mentales, y si es catalogado como una enfermedad claro es un proceso que viene, si es llevado correctamente si la adolescente es evaluada y si se mantiene su psicoterapia tanto ella como la parte familiar que también la va a rodear y va a servir incluso de contención en los años, en estos años futuros ella puede tener un buen pronóstico pero si ella no mantiene este tipo de terapia y todo este tipo de consulta el pronóstico en ella no es bueno, además que es una adolescente los cuatro años que ella refiere que permitió toda esta situación son como que lo suficiente para generar a posteriores otras enfermedad mayor por supuesto, y los adolescente las enfermedades mentales cuando se instalan son enfermedades muy generalmente tienen mayor deterioro que cuando una enfermedad comienza en la etapa madura, en los jóvenes independientemente el tipo de enfermedad es mas grave la situación el deterioro es mayor ¿usted considera que entonces esta adolescente debe tener algún tipo de tratamiento y cual tratamiento? Respondió: si debe mantener un tratamiento si los síntomas persisten debe tener un tratamiento farmacológico si los síntomas persisten marcadamente y si ella con psicoterapia o puede ser corto dependiendo las manifestaciones que haya recordado en los últimos meses posterior a la evaluación por que ese seguimiento lamentablemente no lo podemos tener nosotros por que seria abarcar muchas cosas y ya somos escasos de allí dependiendo los síntomas por supuesto y si estos persisten en el tiempo hay personas que han llegado incluso a hospitalización este tipo de psicoterapia o intervención en ella que puede ser fuera de la hospitalización debe ser a largo plazo incluso semanal dos veces por semanas a largo plazo hasta que ya el terapeuta vea que esta mejor ¿usted hizo referencia de eso a la madre? Respondió: si a ellos se le hace referencia de que deben asistir a una consulta psicológica o psiquiátrica para llevar el seguimiento del caso, ellos dependiendo su zona donde ellos estén ubicados o dependiendo si la ubicación geográfica acudirá al centro hospitalario más cercano a su domicilio. A PREGUNTAS FORMULADAS POR LA DEFENSA DEL ACUSADO, CONTESTO: ¿Al momento de la evaluación que le practicaron a la niña fue a solas o se encontraba acompañada con otra persona? Respondió: no generalmente a todas las personas incluyendo a la menor en el caso de la evaluada se le hace la entrevista sola y posteriormente a un familiar pero siempre se le exige es un requisito sine quanon que sea sola para que no tenga interferencia de representantes o de un tercero ¿en el caso específico entrevisto algún familiar? Respondió: se entrevisto a la madre posteriormente señora LHR ¿Qué tipo de entrevista se le hace en este caso a la madre de la niña? Respondió: es una entrevista familiar específicamente donde se le pregunta nuevamente por el caso como fue que ocurrió, por supuesto ya la evaluada ella elabora su discurso, pero ella como madre como se entero y que fue lo que ele contó en este caso la evaluada eso es lo que se toma en cuenta también textualmente lo que dice la persona ¿usted considera que en este caso debería entrevistarse sobre los antecedentes familiar? Respondió: generalmente si se toma en cuenta los antecedentes del grupo familiar específicamente los médicos, este caso no hubo algo positivo allí en otro tipo de himen por ejemplo lo patológico el grupo familiar solamente positivos hay son los abuelos en cuanto a la parte medica que fallecidos por diabetes tanto el materno fallecido por diabetes y solo refiere abuelo paterno alérgico es lo que refiere no tiene otros antecedentes positivos para la parte psiquiátrica ¿en relación a esos antecedentes familiares se le pregunta a la persona entrevistada como era la interrelación de la familia con la persona evaluada? Respondió: el entrevistado dice usted ¿al entrevistado en este caso la mamá de la victima le llega a preguntar en algún momento como era la relación intrafamiliar? Respondió: si generalmente eso es lo que es la parte dinámica familiar o sea como se relacionan como es la relación como se las llevan entre ellos si es una relación si es una familia estable, si es una familia inestable como es el trato entre ellos si a habido generalmente el maltrato familiar físico psicológico entre ellos como a sido si es un hogar armónico si es inarmónico todo eso ¿en este caso se realizo? Respondió: en este caso ella refiere que es una familia estable que venia que provenía de una familia estable incluso esta en el resumen del caso ¿en el motivo de la experiencia usted señala que hay que explanar textualmente lo que refiere la victima? Respondió: si ¿usted considera que era importante precisar a que edad la niña comenzó a darse cuenta de lo que presuntamente le estaba sucediendo era mal? Respondió: bueno ella dice que ella empezó a darse cuenta de lo que le estaba sucediendo cuando ya ella llega al liceo específicamente a la edad de los doce años aproximadamente trece años de edad entonces cuando ella quería supuestamente contar pues ella era amenazada ¿es normal que una niña en el transcurso de la edad que refiere tenia para el momento que inicia el presunto abuso manifieste su voluntad de forma alegre de querer estar y convivir con el padre quien dice ser la persona que la abusaba de ella? Respondió: bueno generalmente vuelvo y repito que ya la figura paterna es vista como una figura protectora como ya lo dije en el inicio de la entrevista, como la persona que cuida o la que provee y bueno esto sucedió de esa manera y pues la niña paso aparentemente un proceso de adaptación a lo que ella no tenia criterio determinar si era o no era normal para el momento de su edad, que era una edad sumamente inmadura por que a los diez años de edad todavía no tiene conocimiento o poder determinar el bien o el mal sobre todo en la sexualidad ¿en conclusión para usted bajo sus conocimientos no es normal o si es normal? Respondió: para ese momento o sea no te puedo decir que se a normal que una niña lo tome así por que tampoco no lo voy a firmar es una pregunta muy amplia que puede traer muchas, ella sufrió un proceso de adaptación a un ambiente bajo presión, bajo amenazas y pues veía hay en su padre una figura protectora proveedora de sus necesidades y pues estaba el allí el era su figura a quien ella tenia allí de cuidado y la que aparentemente le inculcaba valores era su educador el le daba y esto era lo que ella recibía entonces ella no podía discriminar si eso era bueno o si eso era malo, por supuesto uno lo ve desde afuera, y desde afuera no es normal pero ella no podía discriminar si era normal que en tal caso tendría que discriminarlo la persona adulta. ¿Según su conocimiento científico a que edad se tiene la capacidad de discernir? Respondió: mira generalmente el adolescente y yo cundo hago mis estudios y mis compañeros lo puedo asegurar que la gran mayoría cuando es adolescente no le colocamos en el ítems de juicio de capacidad de juicio y discernimiento por el adolescente esta sufriendo todavía un proceso evolutivo donde los valores todavía tanto psicológico, físico, fisiológico, que hasta su cuerpo esta en desarrollo, así como su cuerpo sus hormonas están en desarrollo la parte cerebral y psíquica también esta en desarrollo incluso hasta la adolescencia que algunos doctores la tome que es desde los doces hasta los dieciocho años, hay doctores que lo toman desde los once, doce hasta los veinte y uno, ya hasta que finalice la adolescencia después de la adultez es que ya uno considera que una persona tiene capacidad de juicio y discernimiento hasta en algunos muchachos de repente son precoz en alguna es cuestiones que de repente el doctor diga si este es un muchacho bueno una muchacha así que pueda discriminar pero eso ya es finalizando la adolescencia y entrando para la parte adulta o la parte de adultez ¿en el momento de su evaluación en algún momento usted le llego a preguntar a la evaluada si había tenido relación sexual con otra persona? Respondió: nunca fue su primera experiencia sexual ¿si se lo pregunto? Respondió: si se lo pregunte incluso si fue tocada si fue abusada por alguien mayor, alguien cercano o lejano a la familia, en su sector por donde vive ella refiere que esa fue su primera experiencia que nunca antes lo había hecho ¿Qué edad tenia la niña cuando usted le practico la evaluación? Respondió: quince años de edad ¿en cuanto al examen mental desde el punto de vista clínico cuales son las características e una paciente con aparentes regulares y condiciones generales? Respondió: bueno eso es un ítems que esta escrito allí que esta tipificado dentro del examen mental generalmente una toma la actitud de la paciente como entra si entra sola si entra acompañada bueno igual se entrevista al principio sola, como luce vestida si esta bien presentable todo eso se toma en cuenta tanto la parte física de la paciente como la parte de lo que es su actitud, como es la actitud de ella ante la entrevista si es una actitud receptiva si es una actitud que mas bien se torne deprimida o que de repente tenga miedo tenga pánico al ser entrevistada muchas adolescentes niñas esas entrevistas hay de repente familiares que quieren cuando generalmente, esto te lo voy a poner como ejemplo no es en el caso de ella generalmente cuando en el caso la violación es reciente quieren que la evalúen ya pasa por el periodo de evaluación vagino rectal claro que hay que hacerlo lo mas pronto posible por que son las pruebas físicas que tienen pero cuando es la parte psiquiátrica psicológica, mas bien se recomienda después de ocho quince días y una vez me llego un caso con que me estaban presionando incluso me llamaron a mi y yo le dije no, por que eso le trae mas bien consecuencia mayores a la psiquis de la persona evaluada y tiene que tener un lapso prudencial de ocho a quince días para reinterrogar a la paciente después de lo sucedido ¿en el mismo examen mental refiere usted afecto triste atención memoria, concentración dispersa? Respondió: si generalmente respecto al afecto ella estaba triste para ese entonces llanto resonante acorde al discurso de lo que ella estaba refiriendo y la atención memoria y concentración lucia dispersa generalmente en este tipo de trastorno de estrés postraumático la persona vive inmersa en esos pensamientos en esos recuerdos en esos flash vas, es que vienen automáticamente o inconscientemente y pues ellos las preguntas de repente hay que hacérselas no todas pero en algunos momentos generalmente cuando vienen estos pensamientos frecuentes hay que hacérselas una dos veces o repreguntarle hacerle la pregunta de otra manera para que ¿En que puede influir estos aspectos que usted esta señalando? Respondió: no puede influir por que esto más bien es parte del mismo diagnostico de la evaluada ¿en las conclusiones del caso por que considera usted que la paciente manifestó una repuesta tardía o inferida de un hecho tan estresante y (usted coloca violación)? Respondió: bueno en este caso generalmente el estrés postraumático es una repuesta que pude ser tardía o inferida generalmente no se manifiesta en el momento si no en la repuesta a estos acontecimientos vienen sedado después por que la persona no es capaz de elaborar en el momento lo que le esta sucediendo es como una serie de cúmulos de síntomas que están recogidos allí y después es que la persona o sea como que explora esta serie de sintomatología que en este caso presenta la paciente y te coloco de naturaleza amenazante (violación) por que en la literatura cuando si ustedes pueden tener acceso al CIE10, habla que el trastorno de estrés postraumático puede ser debido a catástrofe, desastres naturales como terremotos etcétera, todas esas cosas y entre ellos también esta la violación por eso es que lo coloco allí ¿y en este caso usted coloca violación en base a lo de la niña? Respondió: y en base de verbatum de ella por supuesto es que hago referencia y pues habrá otras pruebas que complementen que ya no me compete a mi son de otra especialidad ¿Cómo era el comportamiento de la niña en el momento de ser entrevistada? Respondió: bueno ella se comportaba de manera su actitud era tranquila ella estaba si orientada y el comportamiento pues un comportamiento tranquilo en algunos momentos había que realizarle las preguntas como en dos o tres oportunidades no la misma pero si había que hacer interferencia durante la entrevista sobre todo cuando uno le pregunta lo que es la parte de inteligencia que se parece tal fruta a esta que se parece el carro a otro o sea para establecer semejanzas en esa parte sobre todo en algunos momentos lo que implicaba concentración ¿es decir que no estaba muy concentrada? Respondió: ella estaba concentrada en lo que se le preguntaba en cuanto se le preguntaba acerca a la situación o por lo sucedido que ella evocaba el trauma el trastorno de estrés postraumático es por problemas o por situaciones donde hay reiteradamente evocación del trauma del hecho sucedido específicamente lo que ella refiere como violación en esos momentos las personas se bloquean un poco lloran es interrumpidos generalmente por llanto por esta actitud triste, este afecto triste generalmente lo que se evidenciaba en ella pero la actitud no era una actitud de inestabilidad o de intranquilidad no ella estaba bien triste con llanto resonante a su verbatum o a su discurso ¿considera usted en este caso especifico el trauma lo causo únicamente de haber sido objeto de un presunto abuso sexual? Respondió: en este caso si por que no hubo otra serie de esa sintomatología estuvo viendo en la misma casa durante cuatro años, estuvo estudiando en el liceo no tenia según lo que elle refirió problemas escolares ni con los compañeros ni con las compañeras, no hubo problema ni con vecinos, o sea no hubo otra interferencia en eso en la parte emocional mas que esta la parte de relación que era generalmente como ella lo manifestó varias veces a las semanas y pues las amenazas que se iban incrementando ¿Cuál fue el test que utilizo para la evaluación? Respondió: el test de Hamilton para la parte de depresión ¿y ese test consiste en? Respondido: en las preguntas que se le realiza a los evaluados en este caso a la evaluada y eso da una serie de ítems que tiene que ver con la parte de la tristeza si presenta o no presenta llanto, si presenta insomnio todo eso fue positivo en la evaluada ¿100% certeza o de descarte? De certeza ¿Cien por ciento? Noventa y nueve punto nueve por ciento 99.9%, ¿en base a ese test que usted utilizo y que es de cien por ciento certeza y a preguntas que usted le estaba formulando usted como psiquiatra pudiera determinar si esa persona en algún momento le estaba mintiendo? No por que vuelvo y te repito nosotros tomamos en cuenta o en este caso tomo mucho en cuenta lo que es el discurso de la evaluada se le repregunta si hay una aislación en el contenido, si hay una contradicción durante el mismo y pues se acoteja con la evaluación del familiar en este caso la madre ¿de acuerdo a lo que usted refiere en el diagnostico como CIE10 y el DSM4, puede indicar cual es la sintomatología física de una persona con estrés postraumático? Bueno la sintomatología física la va a dar los síntomas psíquicos por que si una persona esta ansiosa, esta deprimida recuerda constantemente los síntomas evoca el trauma generalmente va a tener respuestas de ansiedad que se genera físicamente como palpitaciones como temblor como sudoración en manos, como sensación de miedo al recordar el hecho sucedido ¿y en este caso la victima sudaba? Si el llanto era evidente o sea se le evidenciaba temblor vital, son síntomas que presenta la persona y pues no necesariamente suceden allí puede manifestarse de forma agravada fuera, en su colegio, en una consulta o independientemente quizás se despierte en las noches sobresaltada todo esto puede estar generado en algún momento ¿considera usted que en este caso debería realizarse una evaluación en conjunto es decir psiquiatría y psicología? Bueno si también se puede hacer la prueba psicológica es necesaria que se haga ¿pero en este caso usted considera que era necesario practicar psiquiatría y psicología? Mira en vista de los síntomas y del discurso que presento la evaluada y de toda la coherencia que había allí y la evidencia de la patología para el momento no lo considero necesario ¿y una evaluación de trabajo social considera que era necesario? General este tipo de evaluaciones uno no son solicitadas pero se hace la entrevista familiar con la parte psiquiatría en este caso mi persona cuando es otra cosa mayor no vienen al caso por decirte drogas dependiendo por otras situaciones si solicitan la prueba psicosocial que ya es otra cosa mayor pero si la solicitan igualmente puede realizarse sin Ningún problema no hay ninguna objeción en eso ¿esos síntomas que usted dice que la evaluada presentaba que lloraba usted pudo precisar que ella pudiera presentar tendencia de suicida? Estos síntomas en el momento no lo precise ni lo presencie tampoco que tenia ideas suicida pero este tipo de trastornos genera si no son tratados, no son bien llevados puede generar ideas suicidas en la persona incluso generar el suicidio en algún momento desencadenar el suicidio en el paciente o en la evaluada ¿pero si es tratado psicológicamente? Claro por eso es que hago hincapié en que la persona deba recibir una terapia prolongada ¿en su verbatum usted refirió que pudiera existir una confusión en esta niña en cuanto a como ve ella el padre, en este caso usted pudo bajo su evaluación notar que existiera esa confusión en algún momento? En los actuales momentos no había ninguna confusión ella estaba c.e. ya había hablado de que quería incluso quiso denunciar por ya la situación que había vivido pero no tenia ninguna confusión para el momento que ella estaba evaluada, o sea yo hago referencia a la confusión desde los primeros años de vida como ella veía todo esto por que ella ve que esa conducta no es normal en los padres de ella en sus compañeros de escuela sus amigos quizás en la relaciones que veía ella entre padres e hijos de otros compañeritos de la escuela de otros amigos cercanos y familiares lo normal no era una conducta repetitiva y no la veía como normal pero para el momento que fue evaluada tal confusión no existía ¿un niño o una niña a la que se le causa un daño que le causa dolor pudiera eso confundirlo a el como normal o sea pudiera haberlo normal cuando le esta causando un dolor un daño? Si pudiese verlos en algunos momentos aunque no sean normal pudiese verlo normal por que ellos tienen una inmadurez emocional y todo lo que se le provee al niño sea de alimento valores, o valores propiamente dicho distorsionados ellos lo van absorber como esto es lo que me están enseñando esto debe ser así precisamente por que no tienen la capacidad para diferenciar esos momentos aunque les genere dolor muchas veces muchos niños incluso muchas mujeres sufren un proceso de adaptación al dolor ese termino existe es un proceso de adaptación al dolor o al sufrimiento ¿en el transcurso de este tiempo que la niña dice que era abusada por su progenitor como considera usted en base a su evaluación o específicamente la conducta de una niña que esta siendo abusada como lo refiere ella es normal que ella sea agresiva con las demás personas o por el contrario debería notarse deprimida triste alejada de la sociedad? Eso puede ser algo impredecible en ella primero por que es una niña y los niños en etapas de crecimiento tienen conductas y mas cuando van hacia la adolescencia conductas que son inesperadas como la ira la irritabilidad, la tristeza el retenimiento, o sea ellos están en una etapa de desarrollo no se puede precisar en que momento y cada niño tiene su personalidad por supuesto o sea si son niños sumisos dependiendo de cómo se han criados, como se a estructurado su personalidad es algo impredecible ¿con su evaluación usted podría llegara determinar que el verbatum de la niña estaba siendo coaccionada por otra persona para narrar esos hechos de la forma en que los narro? No aparentemente ella no estaba siento coaccionada ¿usted llego a evaluar a la persona que ella refiere como el que abusaba de ella sexualmente? No recuerdo. ¿En nivel escolar durante el tiempo es decir de los diez hasta la edad que ella refiere que era abusada por su padre se pudo haber visto afectada en virtud de ese supuesto abuso sexual? Respondió: si se pudo haber visto afectada sin embargo ella solamente refiere incluso la madre que fue solamente una nueva repitiente que fue en quinto grado que ella recibió pero lo demás aparentemente lo culmino como relativamente regular ¿le refirieron la edad para cuando estaba cursando quinto grado? Respondió: quinto grado no refirió específicamente ¿refirieron el motivo por el cual la niña repetía ese año escolar? Respondió: no. Es todo. A PREGUNTAS FORMULADAS POR LA JUEZA LA CIUDADANA M.E.B.C.C.: ¿Se le descarto cualquier otro evento que pudiera cuya sintomatología que pudiera asociarse a la evidenciada por la niña se retracto? Respondió: si ¿pudiera persistir ese tipo de relación por tanto tiempo debido a la confianza que existía o a la autoridad que ella veía en el padre? respondió: si eso pudiese persistir ¿pudo haber sido en ella durante esa relación o durante ese tiempo haber encontrado un escape en los estudios y que por eso ella iba bien o mal en los estudios? Respondió: claro por que hoy en día generalmente, ella a estado ausente a la figura femenina que era la figura materna que era la otra figura protectora y también en este cado también la figura masculina que seria su padre la otra parte de contención familiar que era allí donde generalmente ella tenia este tipo de cómo usted bien lo dijo de escape o de otro tipo de actividad otra alternativa como para ella allí tener otro tipo de relación que no pudiesen que ver con la familia uno puede tener familia puede ser religión, escuela, trabajo no necesariamente la familia de origen o lo que es la parte biológica la familia quizás ella la busco en la parte escolar, escolaridad en sus amigos, en los maestros quizás donde se refugio ¿recordara usted doctora si la niña o dejo constancia allí en el informe si la niña al momento de ser evaluada le manifestó tener mascotas ? Respondió: no de verdad que no, esa pregunta yo no se la hice tampoco fue manifestada ¿en este proceso se incauto un diario presuntamente ese diario era propiedad de la niña y en ese diario me permite leerlo un momento la experticia que le practicaron al diario, le voy a leer un extracto de un reconocimiento legal que se le realizo a un cuaderno que presuntamente era llevado por la niña en especie de diario? Respondió: hoy domingo mi papá me compro dos mascotas son dos conejillos de india la hembra y el macho la hembra es mí tocaya se llama T (se omite identidad) y el macho se llama Carlos, me fascinan los dos son tímidos y tienen miedo. Hoy lunes estoy al lado de mis dos mascotas por primera vez por fin los vi comer tomar agua y hacer sus necesidades se ven tan lindos y adorables y toda esta felicidad que siento al verlos se la debo a mi bello padre que aunque sea gruñón celoso y sobre protector me ama y por que me ama me cuida, me complace los caprichos te amo papá eres lo máximo y tus hijos y nietos Carlos y T (se omite identidad) también y te agradecen en haberlos sacado de esa tienda. ¿Que considera usted al respecto doctora? Respondió: una pregunta tiene fecha ese diario, 12 de octubre del año 2009, Respondió: en el 2009, fue que yo la evalúe si mas no recuerdo para el 11, entonces eso fue antes por supuesto, ella allí existe la similitud o la continuación pues las interpretaciones psiquiátricas tienen que tener un poco de cuidado por que primero hay que evaluar bien a las personas reinterrogarle, entrevistarle y esto se toma como precisamente una interpretación no es algo es como una asociación no es algo que sea una prueba que sea algo no se si me entiende, algo especifico es una interpretación que cualquier que un médico o un psiquiatra o un psicólogo puede darle también dependiendo su, vamos a decir la parte cognitivo conductual, o la parte dinámica la parte psicoterapéutica que lleve esa persona, o sea tiene muchos vertientes la psicoterapias muchas interpretaciones pero quizás ella relaciona la parte afectiva del padre y de ella y por eso allí habla de la timidez quizás esa es una parte que ella proyecta en los animalitos parte de si mismo ¿parte de si misma? Respondió: pudiese ser una proyección cuando habla de la timidez que eso forma parte de ella pues de la evaluada es una característica de ella en que quizás ella tenia en su diferente desarrollo en su vida lo que es las relaciones sociales, las relaciones con sus compañeros con su familia quizás pudo ser eso de repente lo que ella pensaba a lo mejor había un cierto temor o algo que ella manifestaba como tímida y lo proyectaba en los animalitos pero es algo que también puede traer a discrepancia ¿en especifico de unos de los manuscritos que incautaron la niña refiere sus hijos y nietos Carlos y T (se omite identidad) te agradecen también y haberlos sacado de esa tienda una niña que esta viviendo un abuso sexual presuntamente por su progenitor por que da términos a unos animales en este caso de hijos y nietos? O sea ella le da en este caso los conejitos nietos de quien ¿ella dice y tus hijos y nietos Carlos y T (se omite identidad) que fue los nombres que le dio a los conejillos también te agradecen haberlos sacado de la tienda por que ella se expresa de esos animalitos como hijo y nieto? Bueno esa es una interpretación que también que ella le da a esa figura de esos animales a lo mejor era una continuidad de lo que ella estaba viviendo para ese momento aun por que lo que estaba viviendo que decidió proyectarlo y no continuar esa situación que ella estaba atravesando que a estado viviendo desde los diez para acá por que ella ve a la persona como pareja no la ve como padre o sea es lo que ya últimamente a estado repitiendo o sea es una situación repetitiva que es ese grado de adaptación que ella por el cual estuvo sometida o a estado sometida todo este tiempo. Es todo.

2).-El ciudadano J.L.M.A., encontrándose bajo fe de juramento e impuesto del contenido de los artículos 242 del CP y 345 del COPP, aportó sus datos de identificación personal y dijo ser Venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nº V-5.961.190, 49 años de edad, de profesión u oficio Médico adscrito a la Coordinación Nacional de Ciencias Forenses, hijo de H.M.M. y de O.A. de Marín, fecha de nacimiento 16-11-1960, quien asistió al debate oral en calidad de intérprete, y en sustitución de la ciudadana Anunziata Dambrosio por encontrarse de vacaciones y fuera del país, y designado por el Director de Ciencias Forenses en sustitución de la referida Médico Forense, se le exhibió de conformidad con lo establecido en el artículo 354 del Código Orgánico Procesal Penal, RECONOCIMIENTO MÉDICO LEGAL suscrito por la ciudadana Anunziata Dambrosio, de fecha 28 de Octubre de 2009, que corre inserto al folio 47 de las actuaciones, el cual le fue colocado de vista y manifiesto, declaró: “Bueno la presente experticia que vengo aclarar como interprete una experticia que realizo la doctora Anunziata Dambrosio, se refiere a un examen vagino rectal realizado el día 28 de octubre del año 2009, a una joven llamada T. (se omite identidad), en la cual la doctora describe los siguientes hallazgos Genitales externos de aspecto y configuración acorde a su edad, un himen anular de bordes festoneados, orificio himeneal ampliamente permeable al acto bidigital, papula en introito vaginal del lado izquierdo de 0,05mm, y en el examen anal describe pliegues anales parcialmente borrados, despulimiento a las cinco, seis, siete, once, doce y una según la esfera del reloj, cicatriz reciente a las seis, ella concluyo su experticia como no había desfloración un himen elástico, había una lesión vaginal de teología a precisar y describió unos signos de traumatismo ano rectal antiguo, es todo. A PREGUNTAS FORMULADAS POR LA FISCAL DEL MINISTERIO PÚBLICO EL EXPERTO CONTESTO: ¿Cuál es su especialidad? Ginecobstetra ¿Qué tiempo tiene como Ginecobstetra? Diecisiete años ¿Cómo médico forense cuanto? Seis ¿podría explicar que es un himen anular de bordes festoneados? El himen por lo que representaba los bordes con unas separaciones que valga la redundancia se llama festones por que si se logran si se intentan reconstruir el borde del himen se logra hacer perfectamente y de eso no denota traumatismos ni lesiones es decir no son de origen traumáticos ¿aquí se señala o se deja constancia que hay un orificio himeneal ampliamente permeable al tacto bidigital podría explicar detalladamente por que se deja constancia que es ampliamente permeable ese orificio himeneal y que es el orificio himeneal y el tacto bidigital? El orificio himeneal es un orificio textual que hay a nivel del himen y la doctora me imagino que lo describe ampliamente permeable por que para la edad de la examinada de catorce años, y haber encontrado el himen con los bordes festoneados permitía fácilmente el tacto con dos dedos sin que ocurriese lesión en los dedos ¿cual es la causa que este himen tenga esta característica ampliamente permeable a los dedos? En este caso en congénito ¿por que? Por que en el momento dentro de su desarrollo se origino así y nació la niña con el orificio himeneal así permeable y elástico es una condición natural e innata del individuo. ¿con un himen así clínicamente hablando médicamente hablando se puede precisar que hubo una relación sexual? Como lo describen aquí ampliamente permeable al paso de dos dedos no se podría no se puede precisar ¿pero tampoco se podría negar? Tampoco se podría negar por la condición de ser ampliamente permeable por lo elástico ¿Cuál es la característica entonces de un himen elástico en una relación sexual que pasa con ese himen elástico en una relación sexual? Que pudiese haber una penetración sin que ocurra desgarro o desfloración ¿el himen elástico permite la penetración sin desgarro? Puede ocurrir ¿y cuando se desgarra entonces? Cuando el himen o la elasticidad o la contextura del himen no permite el paso de algún objeto rígido sin que ocurra desgarro o desfloración o lesión o despulimiento o eco diadema o equimosis lesiones todas estas que son de origen traumática ¿una niña desde los diez años hasta esa edad pudo haber tenido una relación sexual y ese himen seria elástico podría existir esa característica? A los diez años no tanto por que a los diez años ya la vulva los labios menores y el himen de la niña son pequeños y entonces pudiera permitir de que ocurra lesiones ¿pero en el himen elástico? En el himen y también por supuesto depende por decirlo de otra manera el grosor o el diámetro del objeto que se intente penetrar a través del himen ¿pero de igual forma no existe la certeza como tal? No ¿no existe la certeza de que no se pueda romper? No debería, es decir no debería ser tan elástico a esa edad de diez años ¿pero usted me esta diciendo que es congénito pero que la persona de sexo femenino que nazca con las características de un himen elástico no las tiene desde que nace hasta que se rompe por algo mas haya de una simple penetración? Efectivamente lo que pasa es que la dimensión o del tamaño del himen de la vulva no va a ser el mismo ni va a permitir la misma penetración a la edad de nueve diez años que a los catorce dieciséis años, siendo como le dije que es algo innato algo congénito de la persona ¿pero a los diez años tiene la misma característica igual del himen elástico? La tiene ¿Qué es el introito vaginal? La entrada de la vulva donde se encuentra el himen ¿y que es una papula que se señala allí que esta en el introito vaginal? Una lesión en relieve que usualmente es redondeada de superficie lisa y que puede tener distintas dimensiones ¿y cual seria la causa de esa lesión de relieve? Podría ser una infección, pudiera ser usualmente pueden ser infecciones o respuestas a un traumatismo anterior quizás por infección por rasgado ¿las relaciones sexuales podrían generar infecciones? Claramente si ¿Qué tipo de infecciones? Infecciones de trasmisión sexual, infecciones secundarias sobre agregadas, cuando hay una infección una erupción o un desgarro que se contamine inmediatamente a parte de que en las mujeres donde esta la vulva de la parte anal que es una zona potencialmente contaminada ¿aquí se indica que esa papula que usted acaba de explicar lesión vaginal media 0,05mm según su conocimiento tenia una lesión grande? Primero que la dimensión yo no se si habría tenido un error de transcripción pero es 0,05mm, o sea la mitad de un milímetro era una cuestión casi muy mínima al menos que por error de transcripción sea 0,5mm, que aun así también es bastante mínima muy pequeña ¿Qué consecuencia traería este tipo de lesión? Dependiendo de la teología que sea así si es algo secundariamente a una infección la propagación de la infección o que aparezcan otras pápulas en la cercana zona ¿explique que son los pliegues anales? Son los pliegues que naturalmente existen en el amo por que una mucosa que tiene características de elasticidad característica de elasticidad propia de un orificio natural que debe ser permeable en cuando esta en reposo entonces tiene eso llamado pliegues anales y cuando esta en elasticidad por ejemplo evacuación el orificio se hace permeable y la mucosa desaparece dejan de verse momentáneamente ¿Qué puede producir para que esos pliegues anales parcialmente borrados? Puede producir eso primero que la persona sufra de estreñimiento y tenga presente evacuaciones aisladas y existencia dura, segundo por rasgados ficción otra causa penetración de algún objeto rígido a través del ano ¿la penetración de un pene también podría dejar esos pliegues parcialmente borrados? Si ¿el despulimiento va mas haya que este parcialmente de una borradura por que aquí esta señalando también otras características que hay un despulimiento puede ser mas haya de un borramiento? El despulimiento es mas leve y se refiere mas a un hecho antiguo de mayor y luego a posterior eso puede ocasionar o dar lugar posteriormente al borramiento parcial o rectal de los mismos que deben de existir en una determinación en el acto con la exposición o la manipulación o el traumatismo crónico o que se haya repetitivamente ¿entonces vendría primero un despulimiento y luego desfloramiento de los pliegues? Correcto ¿y habría la posibilidad de saber cuando hubo ese despulimiento? No habría solamente que debe ser por lo menos cuando se describe despulimiento de la mucosa anal por lo menos de mas de ocho diez días ocurrido la agresión ¿a quien este examen hace una referencia de que hay una cicatriz reciente a las seis podría indicar cicatriz reciente a las seis? Que haya ocurrido un traumatismo mas vigoroso o de mayor contundencia para que haya producido desgarro de la mucosa y entonces estaba el tejido en proceso aun de cicatrización ¿aun cuando una persona haya tenido varios actos sexuales o penetraciones anales los pliegues del ano o la zona del ano podría sangrar? Si ¿o sea no es como el himen que se desgarra y cicatriza y ya no desgarra mas? El himen cuando se desgarra sangra pero cicatriza ¿Cuál es la característica del ano? También sangra también puede ocurrir desgarro, el desgarro puede llegar a sangrar o no y luego finamente va a cicatrizar ¿pero eso puedo ocurrir cada vez que la persona tenga esta relación de tipo anal por que es el himen cuando se da la penetración que ocurre el desgarro viene la cicatrización y generalmente no hay mas desgarro o sangramiento al menos que sea de algún tipo de evento traumático pero por el acto sexual como tal el himen cicatriza y ya no sangra mas en el acto sexual normal, ahora en el acto sexual de penetración anal ese ano aun cuando haya habido penetraciones anales anteriores podría llegar a sangrar? En alguna nueva oportunidad si pudiera ocurrir ¿allí habla de los despulimiento en el ano a las cinco, seis siete once, doce en la esfera del reloj puede usted explicar en por que ustedes hacen ese señalamiento de las esferas del reloj o en la región anal aquí particularmente esta señalado en el ano donde se indica que esta los pliegues del ano parcialmente borrados que hay unos despulimiento y hay una cicatriz reciente a las seis? Eso se hace con la finalidad de poder orientar o ubicar a la persona que vaya a leer el informe donde exactamente están realizadas la lesiones entonces tanto en el ano como en la parte de la vulva himen uno lo refiere en el sentido de las agujas del reloj, no las agujas si no la orientación de los números en el reloj, entonces por que podría traer como conclusión que uno vaya a describir una lesión a la derecha o en la parte superior o en la parte inferior externa entonces uno lo ubica con mas precisión a las doce todo el mundo va a saber que a las doce es arriba, o que la lesión la tiene en el horario seis sabe que es abajo a las seis entonces de esa manera uno lo puede precisar mejor anatómicamente es solo con esa finalidad ¿con esa finalidad para saber señalar exactamente donde esta la esfera del reloj donde esta la lesión? Exacto ¿Por qué ustedes hacen y si usted lo hace algún tipo de referencia a la paciente a psiquiatría forense y ginecología que debe ocurrir en ese examen para que hagan ese tipo de referencia? Por lo siguiente por que cuando se va a examinar un lesionado haya primeramente debe habría ocurrido una denuncia o una notificación y es el hecho o la causa fundamental esta por la cual envían a la persona o al lesionado a ser examinado haya en la Medicatura forense y en el caso como se trata de una menor de edad de catorce años y se esta denunciando presumo yo se esta denunciando un acto a nivel de la esfera gineco ano rectal siempre se sugiere la evaluación por psiquiatría forense para que esta especialista maneje psico afectiva de la persona del examinado y en el caso de haber solicitado la evaluación por ginecología infante juvenil me imagino que la doctora lo habría hecho por la lesión esa que ella describe como papula y por la edad de la lesionada si es por que era una niña de catorce años. Es todo. A PREGUNTAS FORMULADAS POR LA DEFENSA DEL ACUSADO EL EXPERTO J.L.M.A.C.: ¿Puede usted describir la característica médico legal de la lesión que se señala en la experticia en especifico a nivel anal? Bueno según la experticia y lo que describió la doctora había signos de traumatismos en el área ano rectal antiguos ¿Qué significa una lesión antigua? Una lesión antigua que por lo general tiene mas de ocho diez días de haber ocurrido la misma ¿la única característica que puede presentar esa lesión que refiere el examen es de traumatismo? Si por que ella describe borramiento parcial de pliegues anales despulimiento de la mucosa ubicada en varias partes del área anal pero todas con las características común de ser lesiones antiguas ¿una lesión de dos o más de tres meses puede dejar la misma característica? Si ¿aquí la doctora señala lesión vaginal de teología a precisar podría explicarme? Bueno esa es la lesión o papula que ella describió a nivel del introito vaginal que ella lo pone como de teología a precisar por que debe ser estudiada y para ello me imagino que habrá solicitado la evaluación por ginecología infantil de infante juvenil para precisar con mas detalles la teología o la causa de esa lesión que ella describe ¿es decir que con este reconocimiento al que usted le da lectura e interpretación no se preciso la lesión que presentaba vaginalmente la evaluada? No ella solamente la doctora se limito a describir más no a precisar la teología, o causa o que la haya producido ¿una parte que refiere en el reconocimiento pudiera ser producto de una transmisión de un virus de VPH, es decir papiloma humano? Si ¿una persona que dice ser abusada sexualmente puede no dejar desfloración? Particularmente refiriéndome a este caso por la condición que describió la doctora de un himen ampliamente permeable y elástico si ¿puede dejar o no puede dejar? O sea que la condición de ampliamente de elasticidad y de ampliamente permeable no dejaría, no siempre dejaría muestras o rasgos o marcas de lesiones ¿Qué significa un himen elástico? El himen que podría permitir el paso de algún objeto a través de el hacia la vulva, hacia la vagina sin que ocurra o sin que deje rasgos o huellas o lesiones o desfloración ¿de la lectura que usted le hace al reconocimiento médico legal se puede determinar como era la tonicidad anal de la paciente cuando se estaba evaluando? La doctora no hace menciona en cuanto a la tonicidad anal en su experticia ¿en un caso como este esto va en base de su conocimiento no en base del reconocimiento usted considera que debería dejarse constancia en la tonicidad de ese ano que se esta evaluando? Si ¿podría aclarar que es un ano hipertónico? Bueno el ano hipertónico vendría a ser cuando esta el finte anal muy contraído y entonces su apertura se hace mas difícil o incluso puede ser dolorosa tanto para un acto natural como la defecación como para la penetración de un objeto rígido en caso de una penetración atravesando ¿y si es un ano muy cerrado? Muy cerrado ¿y que es un ano hipotónico? Es el caso contrario que posiblemente puede haber perdido la tonicidad o la elasticidad por distintos abusos cometidos a través de eso bien sea por naturales o en el caso de las evaluaciones o por repetir las penetraciones ¿nuevamente le formulo la pregunta en base de sus conocimientos científicos en el caso en especificó usted considera que la doctora al momento de practicar su evaluación y en vista de la lesión que señala que presenciaba el ano debió haber dejado constancia si estaba en presencia de un ano hipertónico o hipotónico? Es un elemento que usualmente debe describirse cuando se hace el examen ano rectal ¿a los fines de? A los fines de poder orientar la conclusión si ese fin a perdido tonicidad de la manera traumática o múltiples o repetidas penetraciones o múltiples de repetidas anales agresiones a través de esto siempre debe hacerse mención alguna ¿según las características descritas en este informe son compatibles a un ano que haya sido objeto de penetración constante y en especifico por ejemplo tres veces por semana las características que deja una relación sexual no consentida en el transcurso de tres veces por semanas deja esas características en el ano? Si se puede dejar ¿Usted respondió a preguntas formuladas por esta defensa en base de sus conocimientos específicos que se debió dejar constancia de un ano hipertónico o hipotónico a los fines si había sido objeto de contante penetración y que las características físicas que allí se describe puede ser objeto de penetraciones constantes como puede usted determinar que por penetraciones constantes si no se dejo constancia si estábamos en presencia de un ano hipertónico o hipotónico? Por que de acuerdo a los descrito de la doctora en su experticia ella no tiene la certeza de con que haya sido objeto el daño o las lesiones a nivel de la mucosa del ano ¿y eso le corresponde a la doctora precisar? No por que la doctora al momento del examen no hay manera alguna de poder determinar con que haya sido realizado entonces la agresión o el daño puedo haber sido por pene, por un objeto contundente rígido un palo un lápiz la misma persona por rascado cuando la persona sufre de estreñimiento pero no hay manera de determinar quien lo ocasiono ella describe las lesiones y las conclusiones pero no tiene manera para el momento determinar con que fue hecha ¿en la región vaginal se pudiera llegar a determinar un evento de aborto? Con las lesiones ¿al momento en que se evalúa la vía vaginal se puede determinar un evento de aborto? Dependiendo del tiempo transcurrido que haya ocurrido el aborto hasta el momento que se examinada ¿Cuánto tiempo tendría que haber transcurrido para que usted lo pudiera presenciar? Para poder determinar que haya sido sometida o que haya presentado un aborto tiene que ser antes de los quince veinte días hasta incluso hasta un mes pero ya después de treinta días ya la mucosa los tejidos la vulva la vagina han desinflamado han recuperado ya su textura y apariencia que tenia antes de ocurrir el aborto ¿si en la evaluación usted como experto si en el transcurso de una evaluación una paciente al momento del tacto refiere dolor debe el médico forense dejar constancia de ello en la experticia? Queda a criterio del médico no todos los describen primero por que el dolor es algo subjetivo en la persona lo que dependería del grado de dolor que tenga cada individuo particular lo que para una persona pueda que no sea doloroso para otro individuo puede tener un mayor tolerancia al dolor entonces a veces en ocasiones no se hace mención a eso ¿una relación sexual no consentida pudiera dejar lesiones en otras partes del cuerpo específicamente en los muslos en las partes de atrás de ella pierna? Al menos que si son lesiones por ejemplo una persona no consentida si es con el pene no va a dejar esas lesiones las podría dejar si son realizadas con por otras partes por ejemplo al tratar de meter las manos y entonces con las uñas produce lesiones de desgarro ¿desde el punto de vista médico forense que es mezo domina? La mezo domina es la según tengo entendido la relación ya va que estoy tratando de buscar el origen etiológico de la palabra, no recuerdo ¿una relación anal consentida puede dejar cicatriz reciente? Si ¿en el transcurso de una relación sexual no consentida en el transcurso de cuatro años puede destruirse ese himen elástico, en el transcurso de cuatro años por decir un tiempo y con ella continuidad por tres meses por semana llevándose a cabo las relaciones sexuales no consentida vía vaginal puede destruirse el himen elástico? Si ¿me podría explicar? Dependiendo primero la intensidad y el vigor que se ejerza al momento de la relación de la penetración el tamaño y el diámetro del órgano del pene al momento de la penetración y lo otro es que no haya en algún momento determinado no haya adecuada lubricación que facilite la penetración ¿usted evalúo a la niña que se señala en el reconocimiento médico forense? No. A PREGUNTAS FORMULAS POR LA JUEZA EL CIUDADANO EXPERTO J.L.M.A.C.: ¿Usted acude a esta sala en razón de que? Solicitud del doctor Villalobos el director de haya de la Medicatura de caracas, en vista de la ausencia por vacaciones de la doctora Anunziata que fue la que realizo la experticia ¿el sello doctor que aparece a su mano derecha como el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalística es sello de esa institución de servicio de Medicatura forense? Si Medicatura Forense del área capital adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalística ¿la doctora Anunziata Dambrosio, para el 28 de octubre del año 2009, se encontraba adscrita al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalística? Si.

3).-El ciudadano H.J.L.M., quien previo juramento de Ley, impuesto del contenido del artículo 242 del Código Penal, y artículo 345 del Código Orgánico Procesal Penal, dijo ser de nacionalidad venezolana, Titular de la Cédula de Identidad Nº V-6.445.431, 45 años de edad, Licenciado en Ciencias Policiales, 6 años de graduado; laborando actualmente en Sub Delegación Oeste del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, fecha de nacimiento 16-02-1965, declaró: “Bueno en relación a ese folio doce y trece según lo que dice el expediente una vez luego de haberse practicado la aprehensión del ciudadano se procedió a llegar al inmueble donde vivía la niña y adolescente y se procedió a realizar una inspección técnica, en esa inspección técnica se colectaron unas anticonceptivos si mas no me recuerdo un cuchillo se colecto en esa inspección técnica es todo lo que tengo que decir relacionado al folio doce y trece. Es todo. A PREGUNTAS FORMULADAS POR EL MINISTERIO PÚBLICO EL CIUDADANO FUNCIONARIO H.J.L.M.C.: ¿Usted habla de una aprehensión a quien aprehendieron allí en este procedimiento? Al ciudadano C.M. ¿y cual fue el motivo de esa aprehensión? Bueno nosotros nos encontrábamos en el despacho y se presento la mamá con la adolescente con un oficio de la Fiscalía donde ordenaban ubicar y aprehender al ciudadano nosotros yo como jefe de la brigada delegue funciones y fue ubicado en el trabajo el ciudadano antes mencionado lo trajimos al despacho se procedió a realizar los tramites pertinentes la comunicación con el Fiscal para que resuelva el mismo posterior a eso se realizo una inspección técnica se tomaron unas declaraciones se le toma una entrevista a la niña, se le tomo entrevista a la mamá posteriormente vino un hermano de esta persona trajo un diario que había conseguido en una habitación donde estaba la niña y ese diario también se consigno al expediente esta en resguardo en la sesión de objetos recuperados del CICPC ¿usted acudió al sitio donde ocurrió el hecho para hacer una inspección técnica? Si ¿podría explicar detalladamente como era el sitio? Bueno el sitio era es como un edificio pero de dos plantas hay varias piezas varios apartamentos pequeños en el apartamento donde vivía el ciudadano bueno es un apartamento que consta de dos habitaciones una pequeña cocina y un baño las dos habitaciones son separadas pero tienen puestas cada una la habitación donde dormía el señor el papá de la niña y la otra habitación donde dormía únicamente la niña eso fue lo que observamos en el momento de la inspección ¿ usted dice que allí incautaron colectaron un cuchillo por que colectan ese cuchillo? Bueno según lo que dice la niña el cuchillo se colecto por que supuestamente el ciudadano la amenazaba con ese cuchillo supuestamente ¿y en que lugar colectaron las pastillas anticonceptivos que usted a hecho mención? En la habitación de la niña en las partes donde estaban sus cosas por allí como en un estante donde tenía sus ropas dobladas y tenia sus cosas personales allí ¿Por qué colectan estas pastillas anticonceptivos? Bueno se esta tratando o la investigación se esta tratando de un abuso sexual de parte del ciudadano y en vista de la edad de la adolescente y el resultado de la Medicatura consignamos esa pastilla para dejar constancia de que ya la niña se esta tomando anticonceptivos, esta manteniendo relaciones sexuales con alguien ¿Quién encontró esas pastillas anticonceptivos? Bueno los funcionarios que estuvimos allí los tres en el cuarto de la habitación de ella ¿la niña manifestó algo a cerca de esas pastillas anticonceptivos? Ella dice que supuestamente el papá se la compraba ¿y señalo quien era el que le realizaba el abuso sexual? Si en un principio dijo que era el papá. Es todo. A PREGUNTAS FORMULADAS POR LA DEFENSA DEL ACUSADO EL CIUDADANO FUNCIONARIO H.J.L.M.C.: ¿En cuanto a la aprehensión que fue practicada al ciudadano donde se encontraba usted en el momento que acudió la ciudadana que usted refiere? En la sub. Delegación en la comisaría ¿usted acompaño al otro funcionario a practicar la aprehensión? No yo delegue funciones y ellos fueron a ubicarlo y espere que lo trajeran ¿es decir usted se quedo en su despacho? Si ¿logro usted ver el oficio que refiere que presento la ciudadana? Si era un oficio emanado de la Fiscalía donde ordenaban la ubicación del presente ciudadano ¿entendiendo usted que delego función en el otro funcionario es el que se traslada a practicar la aprehensión? Si en compañía de la niña ¿una vez que el regresa nuevamente que le refiere este funcionario a usted que parte le entrega a usted de la actuación policial que el realizo? No un acta policial mas nada ¿no le refirió que haya colectado una evidencia de interés criminalístico? No se colecto ninguna evidencia en el momento de la aprehensión por que el se ubico fue en su trabajo en su lugar de trabajo y del lugar de trabajo se traslado al despacho las evidencias que se mencionan allí es posterior a la aprehensión cuando se practico la inspección de objeto ¿le menciono a este funcionario a quien usted le delego la función que haya recabado alguna documentación que guardara relación con la aprehensión de este ciudadano? Únicamente su cedula de identidad mas nada ¿estando en la comisaría con este ciudadano compareció alguna persona familiar o la misma presunta victima? Si bueno estuvieron allí la representante de la niña y también llegaron unos familiares del imputado ¿hubo algún contacto visual oral entre la representante de la niña, y la niña y este ciudadano al momento en que se encontraban en la comisaría? No únicamente visual ellas vieron cuando nosotras lo trasladamos mas no verbal ¿tiene usted conocimiento si se levanto alguna acta de entrevista a la ciudadana y a la niña? Si una entrevista un acta de entrevista ¿y en esa entrevista se debe dejar constancia en el acta policial que se levante con ocasión a la aprehensión? No cumpliendo instrucciones de la Fiscalía ¿ahora en cuanto a la inspección técnica que se realizo en el sitio que ocurrieron presuntamente los hechos realizo usted esa inspección? Si ¿Qué evidencias de interés criminalístico recolectaron en esa inspección técnica? Un cuchillo y unas pastillas anticonceptivas ¿Dónde fue incautado o recolectado el cuchillo? El cuchillo fue incautado en la cocina que fue que la niña lo señalo mira con este cuchillo era que me amenazaba ¿visualizo usted si era el único cuchillo que se encontraba en la cocina de la casa? No allí había otros cuchillos ¿Qué otros instrumentos de cocina habían? Normal los utensilios los platos, ollas, cucharillas ¿dice usted que colecto el cuchillo de donde? De una mesa de una mesita que esta cerca de la cocina ¿en esa mesa no había otro objeto? Bueno otros utensilios de cocina pero como la niña señalo que con ese cuchillo el la amenazaba nosotros colectamos ese cuchillo ¿refiere usted en su exposición que consta de dos habitaciones y que se encuentran separadas por puertas? Si una aquí de este lado y la otra habitación esta del otro lado ¿refiere usted que en una habitación dormía el ciudadano y en otra dormía la victima como tiene usted conocimiento de que en una habitación dormía el papá y en la otra habitación dormía la hija? Bueno por que lo manifestó la misma adolescente que el papá dormía aquí en una cama matrimonial y había una cama individual en el otro cuarto que era la habitación de ella ¿específicamente al momento que usted entra a la habitación donde señala que duerme la niña refiere usted que allí consiguió las pastillas que dice en la experticia donde las encontró específicamente se podían visualizar inmediatamente al ver hacia al closet o estuvo usted que buscar entre las cosas que se encuentran allí? Entre las cosas que se encontraban allí era bisutería cosas que se ponen las muchachas y ropas dobladas allí conseguí las pastillas ¿Quién le permitió en acceso a esa vivienda? Ella tenía una llave la adolescente ¿a parte de usted que otras personas se encontraban haciendo la inspección y en el sitio donde ocurrieron los hechos? Bueno allí se encontraban aparte de los funcionarios que fuimos se encontraba el hermano de la victima y se encontraba la mamá y la adolescente ¿señala usted que recolecto la caja denominada con el nombre de Yasmin por que presume usted que guardaba relación por lo que la niña le había referido que había sido abusada sexualmente de su padre en la inspección se señala que tenia unos compartimientos vacíos cuales fueron los compartimientos de acuerdo a la nomenclatura de los días estaban vacíos? No recuerdo muy bien pero yo presumía que eran pocas que tenia ella por que según lo que dice la mamá, a la de los anticonceptivos si efectivamente allí la caja de anticonceptivos estaba empezada ¿disculpa mi ignorancia pero señala usted que a sido conteste en afirmar que son anticonceptivos como sabe usted cuando en la inspección técnica solamente se deja constancia que se consiguió una caja elaborada de cartón con descripción donde se l.Y.? Bueno mis conocimientos es que esas pastillas las venden en las farmacias y yo he tenido parejas que han tomado ese tipo de pastillas ¿Quién se encontraba presente para el momento en que la niña señala que el papá abusaba de ella? Quien se encontraba pero me esta indicando cuando ¿usted señala en su declaración que la niña refiere en algún momento que ella era abusada sexualmente por su padre? Bueno eso fue en el principio cuando llego con el oficio y en la entrevista que fue lo sucedido y ella refirió eso ¿una vez que están dentro de la vivienda que están en compañía de la niña que es la que le permite el acceso a la vivienda ella refirió algo a usted des de la casa de los cuartos? Bueno lo que ella refirió y lo que formulo en su entrevista era que cuando el señor llegaba tarde en la noche y ella se encontraba dormida el pasaba o la llamaba y ella se acostaba con el en la cama eso era lo que refería ella ¿Quién se encontraba presente para el momento que la niña refería eso? Estuvieron los funcionarios que estaban conmigo el inspector R.D., no recuerdo si estaba una funcionaria femenina K.V. si la detective estuvo presente allí ¿podría describir el tipo de cuchillo que usted incautó? Era un cuchillo de cortar carne pero grande un cuchillo grande de los comúnmente de mesa, como dice cuchillo de mesa, para uno cortar un cuchillo pero mas grande ¿con mango de madera? Con mango de madera. Es todo. A PREGUNSTAS FORMULADAS POR LA JUEZA EL CIUDADANO FUNCIONARIO CONTESTO: ¿Posterior a la incautación del cuchillo y de la caja de pastillas a donde fue remitida o que procedimiento se practico al respecto? Bueno a eso se le pidió un reconocimiento técnico tanto al cuchillo como a las pastillas un reconocimiento técnico y se reguardo en la sesión de objetos recuperados ¿ratifica y reconoce usted el contenido de la inspección técnica nº 52, 5288 que le fue exhibida? Si la ratifico ¿la firma que esta al final es tuya? Si ¿de la inspección técnica revise por favor? Bueno aquí no esta la firma pero si reconozco y ratifico que fui a ese sitio ¿disculpe el acta anterior que es el acta de investigación que hace referencia a la inspección técnica quien la firma? Esta firma no la reconozco yo, esta firma no es mía ratifico el contenido pero la firma no es mía ¿de cual del acta de investigación? Del acta donde se va al sitio donde se deja constancia que se va al sitio de la inspección técnica. A PREGUNSTAS FORMULADAS POR EL MINISTERIO PÚBLICO EL CIUDADANO FUNCIONARIO H.J.L.M.C.: ¿Esa acta quien la levantan quienes fueron a realizar la inspección técnica? Fue mi persona, fue el funcionario L.P. y el detective M.C. ¿Quién transcribió toda la actuación realizada al momento de hacer la inspección? Pudo haber sido otro funcionario ¿recuerda usted quinen transcribió ese contenido? No recuerdo bien pero la firma no es mía pero el contenido yo si recuerdo que es así ¿y que realizo esa inspección técnica? Si la realice y fui al sitio con la niña y con la mamá y tuvo el hermano del imputado ¿ustedes también fueron con el hermano del imputado? El hermano del imputado estaba allí ¿en el momento que llegaron el hermano estaba allí? Si ¿y quien les abre a usted la puerta? La niña por que la niña era la que tenia la llave mas nadie era la que vivía hay el hermano de el no tenia llave solamente que estaba esperando para ellos será observar la actuación nuestra lo que íbamos hacer allí en el momento de la inspección ¿permaneció el hermano del imputado en este caso presente en esta inspección? Si estuvo presente allí en la inspección ¿nuevamente esa acta de investigación tiene unas firmas quienes firman hay? Aquí firma la firma del jefe del despacho y la del jefe de investigación ¿y usted en ese momento cual era su función allí? Bueno a mi me debieron haber pasado el expediente para yo firmar el acta y de hecho aquí en el acta de inspección la mandaron sin la firma ¿Quiénes firman? Aquí firman L.P. y M.C. ¿y fueron funcionarios actuantes? Si fueron funcionarios actuantes aquí en la inspección técnica. Es todo. A PREGUNTAS FORMULADAS POR LA DEFENSA DEL ACUSADO EL CIUDADANO FUNCIONARIO CONTESTO: ¿Cómo puede usted ratificar el contenido de un acta de inspección técnica específico que usted no suscribe? Bueno pero estoy ratificando que fui al sitio ¿Cómo le consta al tribunal que efectivamente usted acudió si no suscribe el acta? Bueno la verdad que no sabia que esto lo habían recibido en la fiscalía sin la firma del acta de la inspección no tenia conocimiento de esto ¿a preguntas formuladas anteriormente esta defensa en especifico a que persona se encontraba con usted y con los otros funcionarios en el momento de realizar la inspección usted refirió que la niña por que fue la que le permitió el ingreso ahora señala que también se encontraba el hermano de mi defendido? Si lo señale en un principio también cuando usted me pregunto le también le dije que estaba el hermano de el ¿encontrándose usted en presencia como usted refiere de lo manifestado por la presunta victima de que presuntamente había sido abusada sexualmente de su progenitor estando usted en el lugar donde ocurrieron los hechos practicando la inspección a las habitaciones bueno y a todo el cuarto solicitaron la practica ustedes de un barrido para buscar y colectar apéndices pilosos y activar presencia similar en la cama? No se solicito eso. Es todo

4).-El ciudadano L.A.P.C., encontrándose bajo fe juramento de Ley, impuesto del contenido del artículo 242 del Código Penal, y artículo 345 del Código Orgánico Procesal Penal, dijo ser de nacionalidad venezolana, Titular de la Cédula de Identidad Nº V-14.130.364, 30 años, Licenciado en Criminalística, profesión u oficio Funcionario Público, laborando actualmente en la Sub Delegación Oeste del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas como Sub Inspector, fecha de nacimiento 12-01-1980, se le exhibió: INSPECCIÓN TECNICA Nro. 5288 y RECONOCIMIENTO LEGAL, practicado a un cuaderno, inserto a los folios 13 y 170 de la primera pieza de las actuaciones, declaró: “Reconozco son mis firmas, en relación a la inspección técnica es un sitio de suceso cerrado, realizado en esta fecha, el 28 de octubre de 2009, a las 7:15 horas de la noche, se realizó la inspección técnica al lugar donde se colectó un cuchillo de cocina. Asimismo una caja contentiva de blíster de una marca YASMIN comúnmente conocida como anticonceptivo. Asimismo respecto al reconocimiento legal, se dejo constancia de la descripción de las escrituras que tenía en los diferentes folios, donde el mismo fue remitido posteriormente a la división de documentologia a fin de presentar la experticia técnica. Es todo. LA FISCAL DEL MINISTERIO PÚBLICO INTERROGÓ: Licenciado en Criminalísticas graduado en el IUPOL Bello Monte, tiempo de estudio seis años. Actualmente ocupa el cargo de subinspector, labora en el CICPC hace 10 años. En cuanto a la Inspección Técnica 28-10-2009, la practique con el Inspector Linares y el detective M.C. a fin de dejar constancia de la fijación fotográfica del sitio del suceso y se dejo constancia de las evidencias incautadas. La inspección no tiene las fotografías porque generalmente carecemos del sistema para copiarlas por eso no se consignaron, porque carecemos del material para costear la foto como tal. Ese sitio CALLE VERACRUZ CON CALLE COROMOTO, CASA NRO 7B MANICOMIO, para ese momento no había nadie. ¿Quién se encontraba en ese sitio cuando ustedes llegaron? Al momento no había nadie. De dejar constancia se deja pero es en el acta policial no lo puedo especificar directamente en la inspección técnica. ¿Usted entro al sitio? Si. ¿Cómo entro al sitio? con una llave. ¿Cómo llego y como entro al sitio? Por la puerta pero específicamente constancia de las personas que estaban allí y como se hizo la inspección eso se deja constancia en el acta policial. ¿Quién le abrió? No recuerdo, pero se que teníamos unas llaves. ¿Quién le dio esas llaves? No recuerdo. ¿Además de la comisión con que personas se trasladaron hasta el sitio? Bueno para el momento me recuerdo que fue con la víctima, pero eso tienen que dejar constancia en el acta policial, yo solo dejo constancia de las características de la vivienda, y del estado como se encontraba para el momento. ¿la víctima los acompañaba? Si. ¿Describa como era las condiciones de la vivienda? Sitio de suceso cerrado, de iluminación artificial, tenía dos cuartos, la cocina, las ventanas estaban tenían unas cortinas, tenían poca visibilidad hacia el interior y en el closet de unas de las habitaciones y la víctima manifestó que era ella, se encontró un blíster de pastillas anticonceptivas y asimismo nos manifestó en la cocina el cuchillo que se dejo constancia se colectó, para realizar la experticia correspondiente. ¿Qué dijo la víctima en relación a ese cuchillo? Específicamente mencionó que era parte del hecho como tal. ¿En que parte colectaron el cuchillo? En la cocina en una mesa. ¿Recuerda usted si al momento en que estaban haciendo la inspección se apersonó alguien más? No me recuerdo. ¿Qué llego a manifestar la víctima durante la inspección? Ella estaba con los funcionarios aprehensores y yo me dirigí nada más en torno a hacer la inspección. ¿Explique cual es su responsabilidad o sus funciones en esa inspección? Dejar constancia del estado de la vivienda, uso, conservación, que evidencias se encontraron en el momento, ya lo que respecta a la parte de investigación la parte procesal ya le corresponde a los funcionarios aprehensores. ¿Usted llegó a hacer algún tipo de barrido en búsqueda de alguna evidencia de interés criminalístico? Lo único que se pudo incautar allí fue la caja de pastillas anticonceptivas y no se ubico otra evidencia. ¿Qué método de búsqueda utilizó usted? Los métodos comunes correspondientes que se utilizan. ¿Qué otro método de búsqueda utilizó? Los métodos comunes que se utilizan. ¿Explique usted que método utilizó? Barrido por cuadrante en la vivienda y se hizo un rastreo para verificar las evidencias que se encontraron. ¿Qué otro funcionario lo apoyo a usted en la búsqueda de la evidencia? M.C. que es funcionario técnico. ¿Cuánto tiempo aproximadamente duro esa inspección? Como cuatro, cinco minutos prácticamente. En cuanto al reconocimiento legal que usted practicó, diga que es ese reconocimiento como tal? Se deja constancia del artículo 239 del Código Orgánico Procesal Penal, es que en esta experticia se deja constancia del cuaderno y las condiciones en que este así como de las escrituras que tenía para el momento, y la remisión a documentologia para su experticia correspondiente. ¿Diga usted, el contenido de las escrituras que usted vacío? Las escrituras están aquí en el reconocimiento legal, en la página uno decía: “hoy como cosa rara estoy brava con mi padre de todas formas lo amo, y lo entiendo porque´´ todo lo que el hace lo hace por mi y porque me quiere y no quiere que me pase nada. Así como el me quiere a mi yo lo amo a el y tampoco quiero que le pase nada. Y nunca me quise separar de el por q´´ el lo es todo para mi, el me quiere y hasta donde el me a dicho yo soy la única mujer en su vida. Por ser su única hija…. PAGINA DOS (2) 06-08-2009. Hoy como muchos otros días espero arreglar la cosas con mi papá que aparte de ser mi padre es la persona mas importante que hay en mi vida y lo amo y no me gusta que este molesto conmigo porque todo esto que he hecho lo hago porque lo amo. Papá te amo 20/08/09. El mejor día de mi vida. Página seis (6): Hoy domingo mi papá me compro dos mascotas son dos conejillos de india, la hembra y el macho, la hembra es mí tocaya se llama T. (omite identidad) y el macho se llama Carlos me fascinan, los dos son tímidos, y tienen miedo. En la página siete (7): Hoy lunes estoy al lado de mis dos mascotas por primera vez por fin los vi comer, tomar agua, y hacer sus necesidades se ven tan lindos y adorables y toda esta felicidad que siento al verlos se la debo a mi bello padre que aunque sea gruñón, celoso y sobre protector me ama y porque me ama, me cuida y me complace los caprichos, te amo papi eres lo máximo y tus hijos y nietos CARLOS y T. (omite identidad) también te lo agradecen el haberlos sacado de esa tienda. Asimismo una hoja de color blanco, de papel bond de forma rectangular con las medidas 28 centímetros de longitud por 22,8 centímetros de ancho, exhibiendo unas inscripciones manuscritas en tinta de color negro donde se lee: papito te amo perdóname por ser tan necia y celosa. ¿Reconoce en contenido y firma del reconocimiento legal? Si. LA DEFENSA REALIZÓ PREGUNTAS: ¿en compañía de que funcionarios usted practicó la inspección técnica? H.L., M.C. y la Inspección Técnica se realizó calle VERACRUZ, callejón Coromoto, casa 7B manicomio. ¿Que hora era al momento en que se practico esta inspección? A las 7:15 horas de la noche. ¿una vez que se traslada usted al sitio quien se encontraba para el momento en que ustedes llegan a la vivienda? Al momento no lo recuerdo. ¿en compañía de quienes se encontraban ustedes antes de ingresar a la vivienda? Con la víctima. ¿Cómo ingresan ustedes a la vivienda? Por la puerta. ¿Quién les da el acceso a la vivienda? No me recuerdo al momento. ¿Una vez que están dentro de la vivienda quien se encontraba dentro de la vivienda? Nosotros los funcionarios y la vivienda. ¿No se encontraba otra persona? No. ¿Una vez que están dentro de la vivienda y se da inicio a la inspección técnica que visualizó usted? Bueno una vivienda normalmente con sus dos cuartos, su cocina, su baño, un cuarto era para la víctima y un cuarto para su padre separado, cama televisor, closet. ¿Cómo determina que una habitación era para la niña y otra para el padre? Porque eso lo indico la víctima al momento. ¿Se le pregunto cual era el cuarto de ella y lo menciono dijo es este. Empezamos a hacer la inspección y cuando ubicamos la caja de pastillas y le preguntamos que era eso y dijo que si era de ella. ¿Le formulaban preguntas a la víctima al momento en que iban colectando? No preguntas como tal del caso si no referencial. ¿Específicamente que refirió ella sobre la caja que encuentran en la vivienda? supuestamente era de ella, de todas maneras se colectó y se mando a hacer su experticia correspondiente. ¿En práctica o en teoría? En teoría. ¿Dónde encontraron esa caja? En el closet de la habitación que ella dijo era de ella. ¿Tuvieron ustedes que hurgar entre las cosas donde estaba la caja o a simple vista se podía visualizar? estaba a simple vista. ¿Qué otra cosa incautaron en esa inspección técnica? Un cuchillo de cocina. ¿Dónde fue incautado ese cuchillo? en la mesa de la cocina. ¿Esa mesa esta dentro o fuera de la cocina? Esta en el área de la cocina. ¿Esta en una sala? No esta en el área de la cocina, porque en la cocina tenía su mesa. Sobre ella estaba ese cuchillo. ¿Cómo era el cuchillo que incautaron? No lo recuerdo pero esta en el reconocimiento técnico donde se deja constancia de las características del cuchillo. ¿Era un cuchillo de metal, de cocina normal, de mango de madera. El reconocimiento lo hizo M.C., era un cuchillo de color negro, con mango de color negro. ¿Una vez se incautan objetos de interés criminalístico que se hace con ellos? Se fijan fotográficamente, se embalan, se identifican y posterior a que se le hace el reconocimiento se envían a los despachos correspondientes. ¿Cómo visualizó usted esa caja que encontraron dentro de la habitación de la niña, estaba llena o vacía? Tenía un blíster con una serie de pastillas y otras que no se encontraban. ¿Fijó usted cuales eran los compartimientos de los días de la semana que estaban vacíos? Se fijó fotográficamente. ¿Considera usted que la inspección técnica debe hacerse con una perspectiva de conocimiento objetivo o subjetivo, según sus conocimientos científicos? No entiendo. ¿Considera usted que en base a los conocimientos científicos que usted tiene, como le refirió a la fiscal del ministerio público, que transcurrió seis años en el estudio científico, ante el Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalísticas y en base a esos conocimientos que usted debe tener como experto en la materia que en la inspección técnica debe realizarse con una perspectiva de conocimiento objetivo o subjetivo? O ¿Cómo considera usted que debe realizarse una inspección técnica? Se deja constancia del estado, conservación de la vivienda así como los objetos. ¿En base a lo que alguna persona le refiere que sucedió allí o simplemente ingresan a la vivienda y lo que encuentren es lo que dejo constancia? La referencia que de una persona al momento y otra cuestión es el estado como se encuentre las evidencias. ¿Porqué como técnico hace la inspección técnica hace la búsqueda de evidencias físicas basada en lo dicho por la víctima? Específicamente hacemos unas descripciones de como esta el sitio del suceso. ¿Pudo usted visualizar que tipo de inmueble se encontraba frente a la vivienda donde practico la inspección técnica. O que tipo de viviendas, locales comerciales se encontraba afuera o frente a la vivienda donde se practicó la inspección? Si se encontraban viviendas, eso es una calle. ¿En base a la inspección que usted práctica pudo determinar por las evidencias criminalísticas incautadas cual era la habitación de la adolescente? Colectar es una cosa e incautar es otra, colectar es una cuestión muy diferente a incautar y específicamente la persona manifestó que su vivienda, su habitación era una. ¿Señala usted que el cuchillo fue incautado en una mesa en la cocina? fue colectado. ¿Habían otros objetos en esa mesa? Si había utensilios de cocina. ¿En la habitación de la adolescente localizó alguna prenda de vestir de uso masculino? No lo recuerdo. ¿Señala usted que se realizaron fijaciones fotografías eran generales, particulares, de detalle y mínimos detalles del sitio inspeccionado? Bueno las tres características, mínimos detalles no porque ese es otro tipo de fotografía general, particular y a manera de detalle. ¿Cómo seria una fotografía de término general? Es específicamente una fotografía donde se deja constancia de todas estas características. ¿De detalles? Un objeto especifico, puede ser la caja de los anticonceptivos o el cuchillo. ¿Tomaron fijaciones fotográficas a la caja, al cuchillo? A todo se tomó fijaciones fotográficas. ¿Diga usted, donde se encuentran esas fijaciones fotográficas? En un archivo de nosotros. ¿Por qué no fueron remitidas a la fiscalía? No teníamos para el momento es una cuestión de si no contamos, todavía no contamos con los equipos los mecanismos el material para poderla imprimir. ¿Al momento en que incautan la caja en la habitación de la niña solicitaron ustedes como técnicos que practican la inspección al sitio donde presuntamente ocurrieron los hechos una activación especial de rastros dactilares en la superficie de la caja de pastillas? Con que fin vamos a hacer una activación especial en esa. ¿Se ordeno? No. ¿Era necesario ordenarla? No necesariamente no era. ¿Al momento en que incautan esa caja de pastillas que refiere la víctima? Que es de ella. ¿Únicamente? Si ¿una vez que el detenido fue trasladado al despacho le realizaron su reseña en vez de donde le toman las impresiones dactilares? Si se le hace su reseña normalmente. ¿En este caso se realizó? Claro. ¿Usted la realizó? No. ¿Es de su competencia realizarla? Si es necesario si. ¿En relación a la inspección técnica solicitaron un barrido para buscar apéndices pilosos y activación de presencia seminal? El barrido se hizo en el momento, se hizo en el cuarto de la víctima. ¿Nada más? Generalmente se hizo a todo el lugar. ¿Si se hace el barrido que se hace en eso? No se ubicó nada para el momento. ¿Cómo visualizó usted esa habitación, ordenada, desordenada o si la cama estaba sin sabanas? Estaba desordenada. ¿Tenía sabanas la cama? No me recuerdo. ¿Qué instrumento utilizó usted para realizar el barrido? Depende del área de estudio, es una aspiradora, un cepillo, una pala, depende del sitio. ¿en este caso cual utilizó? Una aspiradora que esta en el equipo de nosotros que tiene un envase donde queda todo. ¿Si el tribunal dispusiera de visualizar las fotografías estaría disponible en este momento? Si. ¿Dónde se encuentra esa muestra de barrido que se hizo? Se desechó. Porque no tenía nada de interés criminalístico. ¿De ese barrido se hace un análisis microscópico o macroscópico? Si no se observó nada de interés criminalístico y no quedo nada en el depósito no se hace ninguna experticia. ¿Si usted refiere que no se hace nada como sabe que es macroscópico o microscópico? Si en el aspirador en el depósito no hay nada que se va a mandar si no hay nada. ¿Cómo sabe usted que no había nada? Porque yo mismo lo hice. ¿Usted obtiene el resultado de inmediato? Si, en la aspiradora tiene un deposito cuando haces un barrido por cuadrante te queda un residuo, que vas a enviar si no te queda nada. ¿Respecto a la inspección del cuaderno identificado como PLANIFICADOR 2009 TOMA EL CONTROL, como encuentran o quien les entrega a ustedes este cuaderno? El cuaderno lo entrego al inspector H.L.. ¿En su despacho? Si la víctima supuestamente se lo había entregado a él. ¿Cómo observó usted el estado de ese cuaderno? Estaba en buen estado en que condiciones? Estaba en buenas condiciones. ¿Observó si tenía hojas desprendidas, rotas? Aquí no se dejo constancia. ¿Es decir? Que no se visualizó. ¿De cuantas páginas se conformaba este cuaderno? No me recuerdo. ¿Puede describirlo, si es un cuaderno grande? no me recuerdo ahorita. ¿Eran las únicas páginas las que se encontraban en la experticia? Si. ¿Las demás estaban en que estado? Estaban en blanco. ¿Solicitó alguna experticia de documentologia a los fines de individualizar el manuscrito del diario y determinar que la escritura pertenecía al manuscrito de la adolescente? Si lo remití a la división de documentologia. ¿Sabe usted que sucedió con ello? Si se practicó o no se practicó? Eso debe estar en el expediente. ¿De ello se deja constancia en esta inspección? No se deja constancia en este reconocimiento. EL TRIBUNAL EFECTÚO PREGUNTAS: ¿Tiempo de graduado? Como técnico superior universitario 10 años y como licenciado 6 años. ¿Diga usted, el estado de uso y conservación y los cortes que presentaba la hoja de papel bond de 28 cm de longitud por 22,8 cm de ancho? dicha pieza se haya en mal estado de uso y conservación y asimismo presenta un corte especifico. ¿Diga usted que es cortes a ex profeso? Arrancado y después queda sujeto con cinta adhesiva para que la hoja quede en el mismo lugar a donde estaba. ¿Diga usted de donde recibió este cuaderno y diga si se garantizó la cadena de custodia? Después que me lo entregaron si, y si se garantizó la cadena de custodia.

5).-El ciudadano D.L.B.A., encontrándose sin juramento aportó sus datos de identificación personal, dijo ser de nacionalidad venezolana, estado civil concubinato, de 27 años de edad, grado de instrucción Primer año de bachillerato, de profesión u oficio Mecánico, laborando actualmente en Maturín, Titular de la Cédula de Identidad Nº V- 15.632.753, fecha de nacimiento 30-08-1982, nombre de padres Numidia Astudillo y A.B., declaró: “Hasta donde yo vi, por parte de mi hermano todo era normal, yo los vi conviviendo en mi casa, todo fue muy normal, de padre e hijo normal, nunca vimos nada fuera de lo común, en mi casa por lo menos ella dormía con mi esposa y mi hija, y mi hermano y yo juntos, igual cuando ella estaba aquí en Caracas, porque siempre hemos sido bastante unidos y el bochinche por delante, en la cama él, y yo prefería dormir con él. Es Todo. A PREGUNTAS FORMULADAS POR LA CIUDADANA FISCAL DEL MINISTERIO PÚBLICO RESPONDIÓ: ¿Usted tiene conocimiento por qué está detenido su hermano? Sí, ¿por qué está detenido él? Porque su hija supuestamente lo está acusando de violación, ¿cómo se llama la hija del señor C.M.? T. (omite identidad) ¿dónde se encontraba usted el día que la adolescente acusó a su papá de violación? Aquí, ¿usted llegó a ir a la casa donde vivía el señor C.M. y su hija T. (omite identidad)? SÍ, ¿Qué día fue usted? Específicamente no puedo decir que día fui exactamente, ¿después de la denuncia usted llegó a ir? Sí, como el segundo día que yo entré a la casa de mi hermano, ¿y qué encontró usted allí? Estaba normal, sus cosas personales, ¿usted llegó a encontrar algo en la papelera? No, habían unas cosas de ella, unas cartas rotas, ¿qué más había? Yo conseguí en la casa, en el closet de mi hermano un diario, yo mismo se lo entregué a los PTJ, ¿diga usted específicamente dónde encontró ese diario? en el clóset que estaba en la casa de mi hermano ¿en qué parte del closet estaba, en la habitación de su hermano? En una de las puertas, encima de unas películas de DVD, ¿llegó a leer usted ese diario? La gran parte, ¿recuerda usted qué decía? Cosas dirigidas hacia su papá, que se sentía muy bien, papito te quiero, papito tú eres lo mejor del mundo, que le había comprado unos hámster, que estaba tranquila porque le había puesto por cierto el nombre de el papá, tenían los nombres de los dos, y tenían los hámster allí, cuando nosotros llegamos todavía estaban vivos, ¿allí había algo relacionado con otra persona? Eran las notas de ella hacia su papá, pero nada fuera de lo común. ¿A ese diario le faltaban páginas o a ese cuaderno que usted llego a encontrar. Contestó: estaba intacto. ¿Cada cuanto iba su hermano o su sobrina T. (omite nombre) a su casa? Contestó: En las vacaciones de ella, en diciembre y yo que pasaba bastante tiempo aquí, tres y cuatro meses, cuando venía llegaba a casa de mi hermano. ¿Usted tiene hijos? Contestó: Si. ¿Cómo se llaman? Contestó: Leonella. ¿Ella vino a declarar en esta sala? No. ¿Porque? Por que es una niña ¿Qué edad tienen? dos años. ¿Cómo era la forma de ser de T. (identidad omitida) o como puede describir usted a su sobrina T. (identidad omitida) Ella era una niña bastante problemática en la parte del carácter, muy malcriada con mi hermano mi hermano la regañaba por cosas que hacia por cosas que hacia, mi hermano le prohibía algunas cosas y ella no respetaba lo que uno le decía. ¿Qué le prohibía su hermano? Por lo menos, las pinturas cosas de una mujer adulta y ella se molestaba y de que ella, por decir algo estaba en el liceo y llegaba al taller y ni siquiera saludaba, buenas como esta, si no que decía papi me voy para donde mi mamá, sin descansar ni nada y eso a mi hermano no le gustaba, ella ni siquiera reposaba, a esa hora que ella llegaba del liceo nosotros salíamos a almorzar y ella llegaba con las mismas “buenas como están me voy”. ¿Cómo ella era con usted? Normal. A veces se molestaba porque yo le decía a mi hermano que el la consentía en cosas así pues que ella le pedía algo, y él sí T. (omite identidad) yo te lo compro, papá yo me quiero quedar donde mi mamá tantos días, y ella se quedaba y yo le decía Carlos la niña te va venir ocasionando un problema porque ella quería hacer lo que ella quería. ¿Su hermano era celoso con ella? celoso en la parte como padre como uno quiere lo mejor para su hija, ¿podría usted mas o menos describir si llego a presenciar alguna conducta de su hermano hacia T (omite identidad)? No ¿Usted sabe que T. (omite identidad) tiene medidas de protección de no acercamiento? Me lo dijo una vez una abogada que el tenía primero. ¿Usted se ha acercado a T. o algún familiar de T.? Cuando el papá cayó en este problema fui y le pregunte que era lo que estaba pasando. ¿Cuándo fue eso? Como al segundo día en que él cayó preso. ¿Qué le dijo T. en ese momento? No ella no quiso hablar con nosotros. ¿Cómo era la relación de su hermano C.M. con la mamá de T.? Todo normal, ella llego al taller y mi hermano le estaba explicando la forma en que T. (omite identidad) se estaba portando y ella no ni pendiente, bueno esa es su hija hasta llego la chamita ese día a levantarle la mano a la mamá y ella ni pendiente. ¿La señora L. (omite identidad) llegó ese día al taller a hablar con mi hermano, acerca de que? Por el comportamiento de T. (omite identidad), mi hermano la llamo porque ella se estaba portando mal. ¿Mal en que sentido? De que estaba muy cachorra. Mi hermano le decía algo y ella hacia lo que ella quería. ¿Qué es eso de cachorra? Se molestaba porque mi hermano les prohibía las cosas. ¿Qué le prohibía su hermano? De que no saliera, de que viviera su vida normal, como una niña y ella querían hacer cosas de adultos. ¿Qué cosas? Irse para la calle con sus amigas. Salir no decir voy a estar en tal parte. Llegaba del liceo voy a donde mi mamá, no sabíamos de ella por dos días. ¿Usted le conoció algún novio a T. (omite identidad)? En Maturín si, con mi cuñado que iban a tener algo. Mi hermano y yo le dijimos a mi cuñado lo que estaba pasando y bueno hasta allí y un muchacho que tuvimos un problema con mi hermano en Guarenas, un muchacho que vivía abajo del apartamento que ella estaba saliendo a pasear el perro y era con toda la intención de irse con el muchacho. ¿En Maturín que paso? Ella coqueteaba con un cuñado mío. Es hermano de mi esposa. Es J.d.J.. Tienen 23 o 24 años. ¿Cómo supieron ustedes que coqueteaban? Porque ellos se mandaban mensajes. ¿Que decían esos mensajes? Cosas de que te iba a dar un beso, ella le dijo de que porque no se lo dio. ¿Ella llego a salir en algún momento con ese muchacho? No. ¿En cuantas oportunidades paso eso? Como dos veces. ¿de mensajes? Claro yo hable con mi cuñado y el me dijo que iba a dejar eso así, porque el no quería tener problemas con mi hermano, porque esa es la hija de mi hermano. ¿Qué le dijo a usted su hermano cuando se entero de esos mensajes? Me dijo que hablara con mi cuñado. ¿De que manera se lo dijo? Que era solo una niña y el era un hombrecito. ¿En Guarenas que vio usted? De que mi hermano tenía un perro y ella bajaba cuando nosotros no estábamos, nosotros subíamos al taller a trabajar cuando llegábamos no la conseguíamos, y ella estaba paseando el perro, nos enteramos de que ella estaba saliendo con un muchacho del piso de abajo, mi hermano tuvo unas palabras con él, que si no se daba cuenta que era una niña porque era un tipo bastante adulto, y tuvieron esa discusión, por esa parte mi hermano boto el perro para que ella no saliera del apartamento, porque mi hermano estaba aquí en caracas, solo subían en el día y ella se quedaba con la esposa o a veces se quedaba sola cuando tenía que hacer algo en el apartamento. ¿Ustedes también vivieron con su hermano aquí en Guarenas? Si, vivimos como tres meses, que tuve problemas en Maturín y me vine por problemas económicos. ¿Quién mas vivía en ese apartamento? Mi hermano con la niña, mi esposa y yo. ¿Su hermano no tenía pareja para ese entonces? Cuando me vine se habían dado una tregua porque tenían problemas por lo de la niña. ¿Por qué tenían problemas por lo de la niña? por que por la parte de la niña a ella no le gustaba que mi hermano rehiciera su vida, cuando mi hermano se busco una pareja ella se ponía molesta, no quería que asistiera a cosas del liceo y mi hermano tratando de llevar para que ella hiciera otra. ¿Qué pareja era? Grecia. ¿Usted la conoció? Si. ¿Por qué su hermano dejó a Grecia? Ellos empezaron a tener problemas por la parte de la niña y se dieron una tregua pero ellos están ahorita juntos. ¿Qué era lo que sucedía por la niña, que por la niña se dejaron? Ellos empezaron a tener problemas por la niña, como por ejemplo mi hermano quería salir con Grecia y ella se molestaba porque querían que la llevaran a ella si mi hermano y Grecia se iban juntos, entonces empezaron a tener problemas Grecia y la niña en la casa y entonces se dieron un chance mientras que el arreglaba sus cosas. ¿Usted llego a presenciar esas escenas? No. ¿Quién le contó? Nosotros nos tratábamos, nosotros nos tenemos bastante confianza, he tenido yo también problemas con mi esposa y también lo llamaba a él. ¿Cuántas parejas le ha conocido usted a su hermano? Dos. LA DEFENSA REALIZÓ PREGUNTAS: ¿A dónde encontró usted el diario o el cuaderno? Lo encontré en el closet del cuarto del mi hermano. ¿Usted le dio lectura? Si. ¿Observó usted algo más en ese diario, además de las palabras “papá te amo”? No solo era papito tu eres lo mejor, tu eres el mejor padre del mundo, cosas así de los hámster que él le regalo. ¿Había hojas rotas o despegadas? Solo la que conseguimos en la basura. Pero no era del diario era una hoja que creo que estaba fijada en la pared. ¿Qué decía esa hoja? “Papi te quiero”, “papi tu eres lo mejor”. ¿A quien le hizo entrega de ese diario? A la petejota. ¿Recuerda el nombre del funcionario? No. ¿en el tiempo que usted pudo compartir con la niña y su padre como era la relación de ellos? Era bien, todo normal. ¿Usted llego a notar alguna vez a la niña angustiada, deprimida, y en especifico como se comportaba ella? todo normal, era normal. Ella no tenía problemas así, solo cuando llegaba del liceo que se iba, tenía le problema que se iba para donde su mamá, llegaba y ni siquiera comía. ¿Refiere usted, que ingreso a la vivienda donde residía su hermano, dos días después al que la niña coloca la denuncia? Si con ella misma que fuimos también a recoger algunas cosas de ella con la petejota. ¿Qué cosas recogió ella? libros, cuadernos, nos reclamo a nosotros por unos zapatos que el papá le había regalado hace dos días, unos pantalones y todo se lo llevo. ¿usted llegó a manipular algún objeto en otra localidad de la casa? No. ¿Usted refirió que el señor Carlos tuvo problemas con la señora Grecia en virtud de la niña, porqué los problemas, que hacia la niña que generaba problemas entre Carlos y la señora Grecia? Ella, para ella no le gustaba que mi hermano compartiera. ¿Qué hacia ella? se molestaba y hubo una vez hasta que llamo “papá me duele la cabeza tráeme unas pastillas” mi hermano tenía que dejar a la persona con quien estaba para ir a llevarle la pastilla, cuando regresaba ya, solo era para que el él llegara. ¿Usted llegó a presenciar en algún momento alguna discusión entre el señor Carlos y la adolescente? Cuando discutieron que ella se estaba hiendo a donde la mamá tampoco le estaba haciendo caso a la mamá que ella se acercó hasta el taller hablo con mi hermano para ver que era lo que estaba pasando. ¿Tiene conocimiento de que la adolescente estando ya viviendo con el señor Carlos se pudiera quedar en la casa de su mamá en algunas oportunidades? Casi todo el tiempo ella se quedaba en la casa de su mamá. A veces yo llegaba con mi hermano al taller y me decía: no, nos vamos solo y yo le decía y la niña y me decía no se va a quedar en casa de su mamá. ¿Eso era cuando se iban de viaje? Contestó: no estando aquí trabajando con mi hermano. ¿Con que frecuencia más o menos la niña se quedaba o visitaba a la mamá? Bastante. ¿La Niña tenía amigos, compartía con otras personas? si allí en la cámara de mi hermano estaban en la casa con un poco de amigas de ella, amigas y compañeros de clase. LA FISCAL PREGUNTÓ: ¿Cuándo la niña vivía con su papá quien hacia las labores de la casa? Mi hermano. ¿Había problemas porque la niña no cocinaba? Ella nunca a ayudado a mi hermano a hacer nada. El TRIBUNAL REALIZÓ PREGUNTAS: ¿Cómo sabe usted que las notas que estaban en el diario o en el cuaderno las escribía la niña hacia su papá? Porque eso era lo que se veía que era para su papá y su papá es él y lo que decía era “papito te quiero”, “eres el mejor padre del mundo”. ¿Diga usted, si la hoja que usted señaló agarro de la papelera y que a su vez refirió ? Si eran como unos grafitos que ella había hecho reflejándose hacia su papá. ¿En que momentos se le entregó a los funcionarios? A medida que iban pasando los días y mi hermano estaba preso ellos fueron a la casa, ellos lo vieron y me dijeron bueno tienes que ir a hacer la entrega en la comisaría. ¿Diga usted, a que se trasladaron los funcionarios policiales a ese lugar de habitación? Bueno a recoger las cosas de la niña. ¿Qué recogieron? Ropas, libros, cuadernos de la niña, todo lo que ella tenía allí, nosotros mismos la ayudamos a llevar eso a donde su mamá. ¿Diga usted la fecha, que usted indicó estuvo viviendo por espacio de tres meses con el señor Carlos y T. (omite identidad)? Eso fue el año pasado. ¿Diga usted, en que meses? Creo que era para finales. El año antes pasado para finales de mes. ¿Diga usted, que año indica? Año 2008, estaba mi hija de meses, a finales de mes, como en noviembre. A finales del año.

6).-La ciudadana G.N.G.R., encontrándose sin juramento aportó sus datos de identificación personal, dijo ser y llamarse como quedó escrito, dijo ser de nacionalidad venezolana, estado civil soltera, de 30 años de edad, grado de instrucción Técnico Medio mención Contabilidad, Titular de la Cédula de Identidad Nº V- 19.203.621, fecha de nacimiento 28-04-1989, nombre de padres Marielbis de Rodríguez y R.G., declaró: “Conocí al señor Mújica hace dos años aproximadamente, vivimos juntos un año y ocho meses, actualmente somos parejas igualmente, viví con la niña en ese tiempo dos años y ocho meses, vivíamos en Guarenas. El se mudo a Caracas hace como unos diez meses aquí en caracas, y nuestra relación era mas cercana y nos veíamos mas cerca. La relación entre padre e hija era normal, el siempre quiso lo mejor para su hija, siempre estuvo pendiente de que estudiara, en cuanto al afecto era una persona muy atenta, respetuosa, responsable, y la niña, bueno en cuanto a la niña ella siempre mostró una actitud muy agradable hacia su padre, siempre decía que su papá era lo mejor del mundo, que era lo máximo, que lo quería muchísimo, la niña visitaba constantemente a su madre la niña compartía mayor tiempo con nosotros, en este caso mayormente conmigo porque vivíamos en Guarenas, el señor trabajaba hasta los sábados y el único día que disponía para nosotras dos era el día domingo. Es Todo. LA FISCAL INTERROGÓ: ¿diga usted, podría recordar exactamente la fecha en que empezó a vivir con el señor C.M.? En mayo 2007 a principios de febrero 2009. ¿En que parte vivieron? En Guarenas, la Villa Panamericana, únicamente allí ese año y ocho meses. ¿Cuándo el se mudo de Guarenas a caracas? hace como once meses. ¿Cuando se mudo a caracas se mudo con el? No pero seguíamos igual de pareja, pero ya no seguíamos juntos. ¿Por qué dejaron de vivir juntos? Porque ya nosotros vivíamos en Guarenas duramos tiempo, como le digo ya no teníamos tiempo para nosotros, de hecho ya sabemos que el vivir tan lejos de caracas incluye hacer largas colas tanto para ir como para venir y no teníamos tiempo para nosotros, y el único día que tenía para nosotras era los domingos o sea de salir al cine, comer helados, actividades para compartir. ¿Usted llegó a tener algún problema con el señor C.M. en relación a la hija de él? No. ¿Cómo se llama la hija del señor Mújica? T. (omite identidad). ¿Cómo se le llevaba usted con ella? muy bien yo me puedo dar el lujo de decir que éramos amigas, ella me contaba sus cosas del liceo, como iba en alguna materia, con algún profesor, yo igualmente le contaba como le contaba como me sentía con su papá, como yo estaba en la universidad, siempre compartíamos mucho, teníamos mucha comunicación. ¿Cómo iba en el liceo? Muy bien de hecho yo estaba pendiente con su papá de ir al liceo, de ver las notas, de cómo iba, siempre nos felicitaban de cómo iba ella en el liceo, como era su rendimiento académico. ¿A T. (omite identidad) le gustaba que usted viviera con el señor C.M.? Bueno al principio cuando nosotros éramos novios si se sintió algo, como no molesta, si no como incomoda, de compartir a su papá. ¿Cuándo vivían juntos? No ella ya se había adaptado. ¿En algún momento T. (omite identidad) se quedó dormido en la cama del señor C.M.? No. ¿Presenció que T. (omite identidad) tuviera algún problema y en que consistía? Su papá siempre estaba muy pendiente de que ella estudiara y cuando ella tuviera algún inconveniente de algún profesor de alguna materia, pero de problemas no. ¿Usted llego a enterarse que T. (omite identidad) tuviera algún diario? Si. ¿Qué decía ese diario? Bueno dedicatorias de afecto y de cariño hacia su padre. ¿Escribió ella alguna otra persona? No, bueno y de cosas que compartía con su papá. ¿Cómo era la rutina de T. (omite identidad) y el día, día de ella o describa un día de T. (omite identidad)? Todos los tres nos levantamos a las seis de la mañana, salíamos a las cuatro y media, llegábamos al trabajo del señor, allí esperábamos hasta las ocho que el tenía que llevar a la niña al liceo y me llevaba a mi al trabajo luego el se iba a su trabajo, y regresando era igual, me buscaba a mi, la niña siempre estaba en casa de su mamá, alas cinco de la tarde pasábamos recogiendo a la niña por la entrada del callejón de donde vive la mamá y de allí bajábamos a Guarenas y los fines de semana me paraba a hacer desayuno, ella se quedaba durmiendo en oportunidades que fueron muchas desayunábamos en la mesa o a veces le llevaba su desayuno a su cuarto ella desayunaba en su cuarto y nosotros en la mesa, al levantarnos era la bendición a su padre saludos para mi y si teníamos que hacer alguna actividad en la casa de limpieza ella siempre colaboraba, ella siempre colaboraba, siempre le gustaba estar ocupada. ¿le gustaba cocinar? No en una oportunidad si porque a su papá le encanta el quesillo y como yo le hacia mucho quesillo al papá ella quería aprender y si nos pusimos hacerlo, pero era porque ella me decía al igual que todos los días ella me decía hay como se hace esto, enséñame e a esto, y yo ah bueno y a su edad no lo veía mal. ¿Cómo era la relación de T. (omite identidad) con la mamá? Era bueno, la mamá si cuando la niña se quedaba en casa de su mamá, la mamá siempre llamaba a Carlos y le decía mira que la niña no me quiere hacer caso, la niña se quedó en la calle, que por favor ven a buscar a la niña, ven a hablar con T. (omite identidad), cosas así. En oportunidades yo fui con el papá a hablar con la mamá y mira muchos consejos le dimos, mira tienes que ponerle carácter a T. (omite identidad) el único carácter que ella pueda tener es el de su padre y si tu eres su madre tienes que apoyar y tienes que saber llevarla eso era los únicos inconvenientes que tenía con la mamá eran esos y que no le obedecía. ¿T. (omite identidad) obedecía a su papá? Si. LA DEFENSA REALIZÓ PREGUNTAS: ¿Qué edad tenía la niña cuando convivió con Carlos? 12 años. ¿Cómo era el comportamiento de la niña? Bueno. ¿Cómo era el trato del señor Carlos con su hija? Bueno normal ¿Cómo era el trato de la niña con usted? Muy bien. ¿Entre ese muy bien que usted refiere percibió alguna oportunidad que la niña se tornara celosa entre el acercamiento de usted hacia el señor Carlos? Si en algunas oportunidades. ¿Cómo era ese comportamiento? Bueno no decía nada lo único era que cambiaba de actitud, se alejaba tendía a encerrarse en su cuarto, no salía, no quería hablar con nadie yo le preguntaba que le pasaba y mira no quería hablar. ¿Esa actitud de ella le trajo en alguna oportunidad problemas con el señor Carlos? No. ¿La niña en ese tiempo tiene usted conocimiento se relacionaba con otras personas, amigos, vecinos? Si. ¿El señor Carlos presentaba alguna objeción al relacionarse ella con amigos, vecinos? No en una oportunidad ella estuvo saliendo con una persona que vivía en Guarenas, su papá si se interpuso a esa amistad, porque primero el señor era súper mayor, tendría en ese entonces algunos treinta y dos años, era casado y tenía hijos y no era una persona que se le veía un buen aspecto estaba todo lleno de tatuajes, mira de verdad que el papá siempre mostró de que no quería que ella se acercara e incluso el papá en una oportunidad hablo con una persona y le dijo mira mi hija es una niña apenas tiene 12 años por favor agradezco que no mantengas una relación con ella. En unas oportunidades él igual siguió con esa relación y en una oportunidad ella envió unos mensajes de mi teléfono y en una oportunidad me encontraba en mi trabajo atiendo una llamada y era una mujer casualmente era la esposa de ese señor, amenazándome me decía mira que tu estas con mi marido que te voy a cortar la cara si me llegó a enterar que vives allí, y es allí cuando yo le digo al papá mira de verdad que la cosa ya esta, si alguien te dice a ti que estas saliendo con esa persona que no se sigue viendo con el, que no se sigue comunicando y la mujer de esa persona ha llamado amenazando que me iba a cortar la cara, entonces allí es cuando el papá conversa con este señor delante de T. (omite identidad) delante de la mamá y la hermana del señor y le dice que por favor como persona adulta mayor que es mantenga la distancia de la niña debido a una llamada amenazando con cortar la cara. ¿Qué edad tenía la niña cuando usted se separa del señor Carlos? Estaba en los trece, catorce años. ¿De esa relación de la niña tiene conocimiento que ella llevara un diario o un cuaderno donde hacia anotaciones? Si. ¿Tiene conocimiento de eso porque ella se lo comenta o usted se lo encuentra? No, como le digo, nosotros siempre, mucho era la que me encargaba de realizar la limpieza de la casa, siempre estaba pendiente e incluso yo la ayudaba a ordenar su cuarto veo el cuaderno y me dice yo le digo ¿lo puedo ver? y me dice si, entonces lo que puedo ver es eso dedicatorias de afecto y cariño. ¿Leyó usted las páginas que estaban escritas o había páginas en blanco? No al final del cuaderno si estaban en blanco, estaba nuevo el cuaderno. ¿Pudo usted constatar en ese momento que tuvo el diario en sus manos si habían hojas desprendidas o pegadas? No. ¿no pudo constatar ? no habían hojas desprendidas ¿ese diario estaba a plena vista o la niña lo tenía escondido? A plena vista. ¿en el tiempo que usted compartió con Carlos y con la niña llegó usted a tener conocimiento de que la niña tuviese algún novio? Si. ¿Cómo se llamaba? Jorge. ¿Cómo supo usted de que la niña tenía un novio llamado Jorge? Por su mamá. ¿Cómo fue eso, puede decirnos? Bueno una oportunidad la niña se encontraba en casa de su mamá, la mamá llama a Carlos nuevamente y le dice que la niña ya era tarde no había venido a la casa y es allí cuando Carlos al día siguiente decide hablar con T. (omite identidad) y le dice mira papá yo tengo un novio lo llevaron incluso a la casa de la mamá y estaba el novio, estaba el papá, estaba T. (omite identidad) y estaba su mamá hablaron y el muchacho se presentó que si podrían otorgarle un permiso. ¿Qué edad tenía ella cuando tenía novio? Era reciente estábamos nosotros iniciando la relación a los doce. ¿Dentro de la confianza que usted dice le tenía a la niña que eran como amigas que usted dice ella le contaba sus cosas y usted les contaba las suyas le dijo que tenía relaciones sexuales con ese novio? Si. ¿Le llegó a decir cuantas veces lo hizo? No. Lo único que yo le decía era que se cuidara. ¿Ustedes vivieron en Guarenas? Si. ¿Esa casa esta compuestas por cuantas habitaciones? Tres. ¿Cómo se determinan? Cuarto principal que era donde dormíamos Carlos y yo que tenía su baño no había necesidad de ir a otro baño, luego era el pasillo, un comedor y estaban las otras dos habitaciones, estaba la de ella y en la otra era la que teníamos como especie de una biblioteca donde tenía una computadora. ¿En esa relación usted llegó a dormir fuera de su vivienda? No. ¿En las noches el señor Carlos dormía con la niña? No. ¿Cómo dormía la niña? La niña dormía en su cuarto. ¿Y usted? También. ¿En algún momento de esas noches llegó usted a despertar y verlo salir de la habitación de la niña? no. ¿Sabe usted con que frecuencia la niña visitaba a su madre? Si bueno en vacaciones era todos los días iba a donde nosotros se venía los viernes y se iba los lunes o sea pasaba nada más, era los fines de semana. ¿Los fines de semana los pasaba con ustedes? Con nosotros en vacaciones. Y ya cuando iniciaba su liceo era de lunes a viernes con nosotros ¿visitaba a la mamá? De viernes a lunes. EL TRIBUNAL NO EFECTÚO PREGUNTAS.-

7).-El ciudadano LJHR (OMITE IDENTIDAD), encontrándose bajo fe de juramento de Ley, e impuesta del contenido del artículo 242 del Código Penal, y artículo 345 del Código Orgánico Procesal Penal, dijo ser de nacionalidad venezolana, estado civil concubinato, de 33 años de edad, grado de instrucción tercer año de bachillerato, Titular de la Cédula de Identidad Nº V- 14.318.731, fecha de nacimiento 24-12-1976, nombre de padres MH (omite) y ER (omite identidad) , declaró: “Esto me agarró de sorpresa, porque la niña llegó a la casa, me llamó y me dijo que necesitaba hablar urgente conmigo, que no saliera, porque yo estaba haciendo diligencias para una rehabilitación, porque me iban a operar, y me mandaron fue una rehabilitación para no operarme, supuestamente no me iban a operar, resulta que cuando ella me llama me dice que no salga, que la espere, que ella estaba en el Liceo, me quedé esperándola, ella llega con una compañera de clases, y no hallaba como decirme, me decía mamá no sé si tu me vayas a creer, pero te lo voy a decir, yo le digo a ella que qué pasó, entonces me dice que mi papá está abusando de mí, yo realmente lo que hice fue verla, llamé a mi esposo porque eso me dejó mal, me puse a llorar porque realmente jamás en la vida yo pensé eso de él, es más yo pensaba que los celos de él eran celos de papá, que no la trataran los muchachos, que no le hablaran los muchachos, o por los números telefónicos, eso me dejó en shock, lo que hice fue llamar a mi pareja, para que me alertara de que íbamos a hacer o cómo yo iba a hacer con la situación, entonces él enseguida se informó que era lo que se iba a hacer, y fue cuando se hicieron todas las diligencias, yo me quedé impactada, nunca me imaginé eso, eso me dejó a mi loca, porque yo se la entregué a él con una confianza muy grande, yo en ningún momento pensé nada malo, será que como a uno nunca lo han criado con esa cuestión de que un padre le haga daño a un hijo, ella se quiso ir con él, y yo la dejé porque ella decía que con él iba a tener una casa más grande, iba a tener comodidades, pero llegó un momento que cuando ella peleaba con él, yo le decía vente para acá, yo a ti nunca te he corrido de tu casa, esta es tu casa, vengase para acá, pero entonces cuando él la llamaba, llegaba un momento que ella decía yo me tengo que ir, yo me voy con mi papá, no me puedo quedar aquí, yo me voy con mi papá, yo aquí no puedo vivir, yo así no puedo vivir, yo me voy con mi papá, inclusive yo le decía que ella no le tenía respeto sino miedo, ¿por qué ella le tenía miedo a su papá? Ella me decía no, no esas son cosas tuyas, eso no es así, a veces ellos tenían diferencias, discutían y eso y a veces yo buscaba de no meterme porque como yo siempre veía que si yo decía algo, ella siempre se iba, yo le decía vente con tus cosas para acá, vemos como resolvemos, porque realmente yo no tengo un sueldo grande pero uno puede buscar como sobrevivir, y vivir tranquilo, pero me imagino que ya llegó el momento, ella fue creciendo más y pasó lo que pasó el día que ella cuenta que el día anterior él la amenazó con un cuchillo, siempre le decía que si ella hablaba me podía matar a mí o a mis hijos, a sus hermanos, porque él sabía dónde estudiaban, ella dice que ella vivía con ese miedo de que él le fuera a hacer algo, entonces fue cuando ella habla con esta compañera de clases, y le dice ella vamos para donde tu mamá, vamos a hablar esto, porque si tu sigues así, va a llegar un momento que a lo mejor de una misma rabia te mate y después no se sepa el por qué están pasando las cosas, fue cuando ella me comentó todo esto, fue cuando empezamos a hacer el proceso, y aquí estamos, la tengo asistiendo a psicólogo, a ella esto la tiene mal, ha llegado un momento que ella dice que se quiere morir, que nadie sabe lo que ella vivió, que lo sabe es ella sola, que hay gente que ella ve en la calle, gente que la señala, poniéndola a ella como la mala de esto, ella dice porque hablé soy mala, y si no hablo la perjudicada soy yo, y la que se estaba tragando eso era yo, porque hasta yo misma, a veces cuando ella llegaba a la casa, que él le decía algo, que él la regañaba yo le decía a ella pero es tu papá, él no quiere nada malo para ti, el quiere bien para ti, el nunca ha querido mal para ti, yo misma, pero sin saber en realidad lo que ella estaba viviendo, la situación en que ella estaba, porque está bien él el daba todo, porque con él nunca le faltó nada, pero qué iba a hacer con darle todo si estaba abusando de ella, y yo en realidad sin saber lo que estaba pasando, y en estos momentos ella es una niña que a veces se siente intranquila, a veces está callada, uno no haya como hablarle, ella dice que se quiere morir, que ella no quiere saber más nada de esto, que ella no haya que hacer, o que la gente la señala, o que la gente le dice que él está preso y si lo matan es culpa de ella, ha habido momento en que ella me dice que se quiere morir, que lo que quiere es lanzarse en el metro, para que se acabe esto y ella dice mamá yo no estoy hablando con la mentira, es la verdad, y mi mayor apoyo es usted mamá, yo no hablé antes porque cuando él le llamaba la atención yo le decía ese es tu papá, uno tiene que comportarse bien, me decía mamá pero es que no me deja hablar por teléfono, llama a mis amigos, inclusive si la veía en la puerta de la casa con los muchachos eso no le gustaba, se molestaba, yo soy una persona que no es que se alcahueta, pero a mí me gusta que si ellas tienen sus amistades las lleven a la casa, que compartan en la casa, que uno vea quienes son las personas con que ella se está relacionando, porque si uno se pone a negarle las amistades, y que vayan los muchachos haberla y todo eso entonces hacen las cosas escondidas, y entonces es peor porque como uno sabe en qué está el niño o la niña, yo tengo 3 hembras, tengo un varón y siempre les he dicho, ustedes tienen sus amistades hembras o varones, tráiganlos aquí, que yo los conozca, que uno comparta con ellos, que uno sepa quienes son, dónde viven, ya ultimadamente si me había comentado que tenía un noviecito y que no hallaba que hace porque su papá no se lo quería aceptar, que cómo hacía ella, que yo la apoyara en ese sentido, inclusive nosotros estuvimos hablando de eso, porque él me dijo que no, que ella no tenía edad para novio, que él no aceptaba eso, y yo le dije pero es que es mejor que uno se lo acepte en la casa, que uno sepa con quién está saliendo, quién es y no de la noche a la mañana que ella haga las cosas escondidas de uno, eso sí los celos eran demasiado, era más de lo que yo me imagino que un papá cela, esto tanto a ella como a mí nos tiene mal, porque ya yo desconfío hasta de la sombra, porque yo digo era su papá, y en ningún momento, nunca pensé nada malo, nunca tuve ninguna desconfianza de él hacia la niña, nunca he pensado que un padre le haga daño a un hijo. A PREGUNTAS FORMULADAS POR LA FISCAL DEL MINISTERIO PÚBLICO RESPONDIÓ: ¿nombre completo de su hija? T. (omite identidad) ¿Qué edad tiene actualmente su hija? 15, ¿fecha de nacimiento? 19 de noviembre de 1994, ¿desde que edad vivió su hija T. (omite identidad) con el señor C.M.? Desde los 10 años, ¿en qué lugares vivió? En la Pastora, aquí en Caracas y Guarenas, ¿cada cuanto veía usted a su hija? Siempre la veía porque el trabajo de ella era cerca y el Liceo también, y era relativamente cerca de mi casa no era tan lejos, ella siempre iba a la casa, ¿la llegó a visitar usted a los sitios donde ella vivía con su papá? Una vez fui a Guarenas, y a La Pastora si fui como 3 o 4 veces cuando ¿usted le llegó a conocer parejas al señor Mujica? Sí, ¿podría decir los nombres? La señora Eucarys y la señora Grecia, ¿qué tiempo vivió él con la señora Eucarys? No sé, ¿llegó a vivir con la señora Eucarys? Sí, ¿en dónde? En La Pastora, ¿y con la señora Grecia? En Guarenas, ¿Cuánto tiempo aproximadamente estuvo su hija viviendo con el señor C.M.? Desde que tenía los 10 años, hasta que se descubrió todo esto, ¿en ese tiempo cómo era la relación de su hija con el señor C.M.? Aparentemente ellos estaban bien, como lo dije anteriormente yo nunca vi nada malo, si tenían diferencias por lo que le estoy diciendo que él le atendía el teléfono, se lo revisaba, veía los números, llamaba haber con quién era que estaba hablando, por qué ella estaba hablando con esas personas, que ella no tenía que estar hablando con esas personas, si le tocaba hacer trabajos con los muchachos ella decía no puedo hacer trabajos con varones porque mi papá no me va a dejar, siempre buscaba de hacer trabajos con las muchachas, ella decía que con varones no la pusieran a trabajar porque su papá no la iba a dejar, de hecho en el liceo ella no tenía casi amistad de hombres, por la casa tampoco, los poco que tenía él se los corría, porque como venían muchachos y la enamoraban eso era horrible, ¿usted nunca llegó a hablar con él al respecto? Sí, yo le decía a él que la dejara tranquila, que la dejara que ella tuviera sus amistades, yo soy una persona que piensa que el teléfono es algo privado, si yo veo cualquier cosa yo le reviso el teléfono o hablo con ella, y le digo esto es así o no es así, porque uno como padre tiene que aconsejarlos, entonces él no, él agarraba el teléfono, llamaba a los muchachos, le decía cosas, déjala tranquila, no la molestes más, tu no tienes que tener amistad con ella, ella se molestaba, llegaba llorando, me decía mamá cómo hago, yo el decía vente para acá, entonces a veces tomaba la decisión y decía sí, yo me voy a venir, pero de repente empezaba otra vez, chateaba con él, o por teléfono y de repente decía no yo me voy, o si yo estaba trabajando me llamaba, y me decía mamá yo me voy con mi papá, y yo le decía pero por qué tu te vas a ir, quédate conmigo, no yo me tengo que ir con mi papá, yo me voy con mi papá, y era lo que ella decía, no me decía más nada, y yo no sabía lo que estaba pasando, yo lo que decía era si me meto en los líos de él salgo perdiendo yo porque salgo molesta hasta con él y con ella, porque hasta durábamos molestos días, por ella, por la cuestión de que yo le decía a ella que no se fuera y entonces a la final yo le decía pero por que te asustas, quédate aquí, no te vayas, si él te quiere seguir ayudando, que te siga ayudando aquí, o es que yo le vaya a dar libertad, pero tampoco me la puede privar de tener amistades, de tener una vida social normal, de que trate con la gente, ¿cómo era la relación de usted con el señor C.M.? En realidad nosotros nunca nos tratamos mal, inclusive lo que le estoy diciendo, nosotros conversábamos, cuando nos molestábamos era porque yo por lo menos le llevaba la contraria, le decía la niña no se va a ir, o se va a quedar aquí, o que yo viera algo que en realidad no me gustara que él hacía, yo decía pero por qué el va a hacer esto así, esto no es así, él me decía que no la alcahuetees que tu sabes que los muchachos, yo no los tengo que alcahuetear, pero yo prefiero conocer con quienes andan, de ver quien es quien, porque a la hora de algo uno no se lleva sorpresas, entonces yo le prohíbo a ella las amistades, le prohíbo que comparta o le prohíbo un novio, entonces de allí es donde se va a pegar ella y ahí es dónde yo no sé que va a hacer, porque mientras más uno le prohíbe más van a hacer las cosas, ¿intente evocar las oportunidades en qué su hija le ha dicho que su papá abusó de ella y de qué manera? A ella casi no le gusta hablar de eso porque a ella eso la pone mal, la deprime que llega un momento que ella dice que lo que quiere es morirse, pero cuando habla así que se acuesta, que se siente mal, hay veces que me dice mamá, yo no vivo con los lujos que vivía antes pero vivo más tranquila, porque no me están agarrando, no me están tocando, duermo mi noche, pero a la vez me quisiera morir, porque nadie sabe lo que yo estoy pasando, todo lo que yo pasé, cuando tenía que desvestirme, cuando tenía que hacer todo lo que él quería que yo hiciera, cuando yo no quería estar con él, me amenazaba, si yo le decía que te iba a contar todo, me decía que te iba a matar a ti o a los muchachos, viví bajo amenazas, por eso cómo iba a hablar, cómo les iba a decir algo a ustedes, si vivía bajo esa amenaza, vivía bajo un miedo, de que si yo llegaba a hablar, yo llegaba a decir algo te iba a matar a ti, iba a matar a mis hermanas, porque él sabe donde estudian las hermanas, donde estudia ella también, ella dice que tuvo sexo con él por todos lados, por todas partes, y me dice mami yo me siento tranquila de estar aquí, de no vivir esa zozobra donde yo vivía, ahora me acuesto tranquila, si tiene una amistad me dice que van para la casa, que van a hacer un trabajo, van más compañeras que compañeros pero sí tiene sus compañeras, sus compañeros, pero ella está mal, yo la estoy llevando a psicólogos, pero hay días que ella se siente que hasta dice que lo que quisiera es agarrar un veneno, me quisiera morir mamá, ya estoy cansada de que la gente me mire feo, de todo esto, realmente ya yo no sé que hacer me dice ella, yo no quiero saber más nada de esto, inclusive cuando me llamaron que me tocaba venir para acá, ella decía Dios mío cuando se va a acabar esto, nadie sabe lo que yo viví, porque ni hasta uno mismo porque yo nunca me enteré de nada, me dice nadie sabe sólo Dios es testigo de lo que yo viví, y yo no podía soportar más porque iba a llegar un momento que me iba a matar o me iba a malograr, o que se yo que me iba a hacer, que se iba a atrever a hacerme, y que la compañera tuvo la iniciativa de decirle vamos para que le digas a tu mamá, y ella decía es que a lo mejor mi mamá no me va a creer, porque mi mamá seguramente le va a creer a mi papá, entonces la compañera le dijo que esto era algo muy delicado, yo no creo que tu vayas a calumniar a tu papá, a decir eso de tu papá, inclusive cuando ella a mi me lo contó le dije mami es verdad, y ella llorando me suplicaba que la ayudara, decía ayúdame mamá ayúdame, ya yo no aguanto más, le dije T. (omite identidad) acuérdate que esto es un proceso, hay que ir a la policía, a él lo van a meter preso, porque en un momento de eso uno piensa de todo y uno no haya que hacer, ella me dice mamá si voy a ir, hable con Alberto, dígale a Alberto que necesito que me ayude, porque ya yo no puedo más mamá, va a llegar un momento que me va a matar porque yo no me quiero acostar más con él, ¿dónde estaba recibiendo ayuda su hija? En AVESA, ¿su hija le llegó a decir que el señor C.M. la había penetrado? Claramente no, porque a ella le da pena, pero ella dice que sí tuvo relaciones sexuales normalmente con él, por delante, por detrás, orales, ¿desde que edad empezaba a existir ese tipo de relaciones sexuales que ella le dijo? Ella no me dijo desde que edad, me dijo que desde pequeña él la agarraba, la tocaba y le decía que eso era algo normal pero que no dijera nada, ¿le llegó a decir su hija cuando había sido su último acto sexual? En esa misma semana como que fue, el día sábado, cuando ella fue y habló conmigo, ¿su hija le llegó a contar en alguna oportunidad si había abortado? No, cuando empezó esto que fui y puse la denuncia fue que yo me enteré de eso, ¿en dónde ese enteró usted de eso? En la PTJ, ¿De qué se enteró usted exactamente? Que ella había tenido una pérdida, entonces fue cuando ella contó que había sido por unas pastillas que le habían dado para abortar pero que ella no sabía que estaba abortando, ¿quién le dio esas pastillas? Ella me dijo que su papá, ¿le llegó a decir de quién había estado embarazada? De su papá, ¿y por qué ella pensaba que había estado embarazada? Porque tuvo un retraso, ¿y qué pasó después? Ella dice que él le dio la pastilla para abortar y que ella empezó a sangrar pero pensó que era el período, que ella realmente no sabía y no quiso hablar, no quiso decir nada, ¿y el señor le dijo a ella que esas pastillas eran para abortar? No sé, ella no me dijo, ¿su hija ha tenido algún contacto con una prima por parte de papá llamada María? Que yo sepa no, ella habló una vez con ella y estaba al lado mío me acuerdo porque el hermano de él fue a la casa a decirme, a pedirme el favor de que la niña dejara de asistir, que no viniera más, que él ya había pagado lo había hecho, y estando él en mi casa, entró la llamada de la niña, y le dijo María quiere hablar contigo, entonces la niña al lado mío, estaba hablando con ella, no sé que le estaba diciendo la niña y T. (omite identidad) le dijo yo fui la que viví mi calvario más nadie lo vivió, y fue cuando ella le entregó el teléfono al tío, después le pregunté qué pasó, qué te dijo, entonces ella me dijo que la niña le había preguntado qué era lo que estaba pasando, que todo el mundo se había quedado loco con eso, y la niñita lo que le dijo a ella fue con razón cuando venían para acá, porque ellos se iban los 31 de Diciembre, cuando te veía hablando con algún muchacho se molestaba, eso fue lo que la niñita le dijo a T. (omite identidad). ¿Tiene conocimiento si su hija la ha vuelto a llamar o han tenido alguna llamada? El tío le dio el número de teléfono, y después que el tío salió de la casa ella lo rompió, y me dijo mamá yo no quiero saber nada de ellos, porque todos los que vienen es a abogar a favor de él, claro es su familia y todo pero ellos no deberían decirme nada porque no saben lo que yo pasé, ¿cómo se llama la persona que fue hasta su casa, que usted dice que es hermano del señor C.M.? J.C., ¿y él ha vuelto a ir? No, ¿usted ha tenido algún tipo de amenaza, de llamada? Yo no, pero mi esposo sí, a mi esposo lo llamaron y lo amenazaron, pero yo, inclusive nosotros tuvimos que cambiar todos los números telefónicos, porque él nos llamaba, mandaba mensajes, la niña partió el teléfono, ahorita actualmente no tiene teléfono, a raíz de que su movilnet ella lo partió, ¿por qué lo partió? Porque la llamaban, entonces ella no quería saber más nada, ella decía yo no quiero sabes más nada de mi papá, ya basta, porque los primeros días del proceso le mandaban mensajes, ¿quién le mandaba mensajes? Su papá, ¿y qué le decía? Le decía las cosas que le estaban pasando allá en la cárcel, ¿qué le decía exactamente? Que lo habían cambiado de donde lo tenían, y que lo querían quemar, y eso a ella la puso malísima, ella decía Dios mío yo quiero que se haga justicia pero tampoco que vayan a decir que lo mataron por mi culpa, ¿ustedes llegaron a denunciar algún tipo de amenazas? No, nosotros si fuimos y hablamos en la PTJ, para que hablaran con J.C. para que no fuera más, yo no quiero más problemas, yo no quiero más nada realmente, yo lo que quiero es que sea lo que Dios quiera y que se haga justicia, porque ella es una niña que ahora es que yo la veo un poco más tranquila, no voy a decir que está bien porque es mentira, ella no está bien, pero por lo menos en la casa recibe sus amistades, y como ella misma lo dice, mamá no tengo esa zozobra, que tengo que esperar que se van a acostar conmigo, no mamá no, el día que yo quiera estar con alguien lo estoy de mi propia voluntad y que yo lo quiera, y que no sea mi papá que sea otra persona, porque tampoco voy a decir que yo no voy a tener un novio, pero eso es un proceso, porque lo que yo viví no fue fácil, ¿Cuánto tiempo tiene asistiendo ella al psicólogo? Desde enero. A PREGUNTAS FORMULADAS POR LA DEFENSA DEL ACUSADO RESPONDIÓ: ¿Específicamente a qué edad la niña se va a vivir con el papá? A los 10 años, ¿en virtud de qué la niña se va a vivir con el papá? Porque ella veía que donde yo vivo es pequeño relativamente, somos bastantes, son ellos 4, mi esposo y yo, la casa tiene dos habitaciones, pero él se la llevaba los fines de semana, y ella veía que donde estaba era más grande, que iba a tener un cuarto aparte, el decía vas a tener tu cuarto aparte, vas a tener todas las comodidades, entonces ya ella venía y decía yo no quiero estar en esta casa, esta casa no tiene las ventanas, yo me quiero ir con mi papá, mami yo me quiero mudar con mi papá, déjame irme los fines de semana, ella se iba los fines de semana, después de la noche a la mañana ella me dice que se quería ir, que ella quería vivir con su papá, ¿la primera vez que ella se va a casa de su papá se va definitivamente o se va y vuelve a regresar a su vivienda? Ella se iba los fines de semana, iba los fines semana, venía y así, hasta que un día me dijo que quería vivir definitivamente con él, él fue a la casa y me dijo L. (omite identidad) déjamela, a ella no le va a faltar nada, inclusive yo nunca la he dejado de atender porque yo soy la representante en los Liceos, en los colegios, y en todo, yo la llevo al colegio, ella no va a dejar de venir, porque ellos vivían allí en La Pastora, y ella siempre iba a la casa, ¿la primera o la segunda vez que ella va y regresa cómo era la actitud de ella? Ella siempre ha sido una niña callada, pequeña echaba broma, pero después que se fue con él a veces estaba en la casa y estaba callada, no decía nada, yo le decía mami qué pasó, ¿peleaste con tu papá? ¿te regañaron, hiciste algo malo? Ella me decía no mami, nada, pero realmente nunca noté nada, ¿quién decidió que la niña debía ir a vivir con el papá? Hablamos los dos, eso fue algo que nosotros dos hablamos, ¿y eso fue en virtud de que la niña quería? Ella quería irse, pero ella dice que no era que ella quería irse sino que como se iba los fines de semana había empezado a pasar esto, entonces yo le dije mami pero s que tu quisiste irte, y ella me dijo no mamá, yo me fui porque tenía que irme, porque él me obligó a que yo tenía que irme a vivir con él, ¿usted refiere que en el segundo fin de semana ultimadamente ella iba y venía, a la vivienda del papá y a su vivienda? Ella tuvo tiempo que casi todos los fines de semana él se la llevaba ¿por cuanto tiempo fue eso de fines de semana? No recuerdo, de decir con exactitud no puedo, pero empezó yéndose fines de semana, ¿Cuánto tiempo aproximadamente transcurrió para que tomara la decisión conjuntamente de que ella se iba a ir a vivir con el papá? Como un mes, algo así, ella me decía mami yo me quiero ir para allá, yo tengo mi cuarto, él me va a comprar el televisor, y como yo ví que él le iba a dar mejor vida que yo, ¿Cuándo la niña le dice mamá yo quiero ir para allá, en qué tono se lo hacía, con ansias, con felicidad? No sabría decir porque los fines de semana cuando se empezó a ir, chévere, ella iba y venía, pero ya después, me decía no mami yo me voy con mi papá, mi papá me tiene mi cuarto sola, me tiene todo, tengo mejor comodidad, pero de decir exactamente tono de voz y eso no puedo, ¿la niña en algún momento o hasta en la actualidad le ha llegado a referir cómo era el abuso de su padre o la cantidad de veces que sucedió? Ella conmigo se tranca mucho para hablar de eso, todavía le da pena hablar de eso y cuando a ella se le presenta la oportunidad que se sienta, habla conmigo, como me lo expresó que me dijo que ella se cansó de eso, y que era por todos lados, ¿pero no le dijo la frecuencia? me dice ya no me digas nada de eso, porque dice que está cansada, de todos lados que la han llamado, ha tenido que declarar, dice mamá ya tengo hasta pena, me da pena, lo que quiero es morirme, yo no quiero saber más nada de esto, ¿una vez que ustedes llegan a la definitiva de la niña se va a ir a vivir con el papá que edad tenía la niña para ese momento? Ya iba a cumplir los 11 añitos, ¿una vez que la niña ya vive con el papá, con qué frecuencia ella la visitaba a usted? Ella siempre iba a la casa, porque no vivían tan lejos tampoco, ¿iba sola? Él la llevaba hasta abajo, hasta el callejón y ella subía a la casa, cómo era el comportamiento de la niña ya después que ella vive definitivamente con el papá? Ella se comportaba un poco más agresiva, a veces no le gustaba que le dijeran nada, si cambió, su humor de niña que tenía ya no era lo mismo, ¿en ese tiempo en que la niña vive con el papá usted tiene conversación con ella según lo que entiendo, en algún momento la niña le llegó a referir que llevaba un libro diario para anotar sus cosas? No, ¿cómo se llama la compañera de clases con la que ella fue hacia la vivienda? Se llama J.G., ¿la adolescente J.G. le llegó a comentar a usted lo que la niña le había referido a ella? Ella lo que hizo fue acompañarla a la casa y me dijo señora L. (omite identidad), yo vengo con T. (omite identidad), porque ella tiene algo muy delicado que decirle, y yo no veo lógica de que siga callando, fue lo único que me dijo la niña, que fue la que la tomó por un brazo y le dijo vamos, y ella le decía no porque si yo hablo mi papá me va a matar, si yo digo algo mi papá me va a matar, entonces la niña le dijo vamos para que hables con tu mamá, ¿sabe usted con qué otras personas el señor compartía vida? Bueno el compartía con la señora Eucarys, y con la señora Grecia, ¿la niña le llegó a referir en algún momento como era la actitud de ella con las parejas de sus padres? Ella se llevó muy bien, ella nunca me habló mal de Eucarys, nunca me dijo anda malo, de hechos está cuando ellos se separaron, que él empieza a convivir con la señora Grecia, que T. (omite identidad) buscaba a Eucarys para que la ayudara en cualquier actividad, él se molestaba, a él no le gustaba porque él decía que si la otra muchacha se enteraba se iba a molestar, y a veces Eucarys la ayudaba escondida, ¿dónde quedaba la residencia cuando la niña se va a vivir con el papá? Ellos vivían en Manicomio, ¿posterior de allí? Ellos vivían primero cerca de mi casa, por ahí por Lídice, después se mudaron a Manicomio, ¿se llegaron ellos a mudar en alguna oportunidad de allí? A Guarenas, ¿se llevaron a la niña? Sí, pero ya cuando él se fue para Guarenas, el convivía era con Grecia, ¿y después? Después de Guarenas se regresaron para acá, para Manicomio, ¿en las oportunidades que usted veía que al papá con la niña cómo era el trato de él con la niña? Normal, delante de mí nunca se mostró nada ¿en alguna oportunidad en ese tiempo usted llegó a notar que su hija tenía una actitud depresiva, de insomnio? Ella casi no se quedaba en la casa, ¿pero para el momento que usted logra compartir con ella? Ella a veces lo que tenía era como rabia, y me sentaba a preguntarle ¿por qué estás así? ¿Qué te pasó? Cuéntame, niña cuéntame por qué estás así? Ella me decía por nada, por nada, déjame tranquila, yo no te voy a decir nada, ¿hasta qué edad la niña vivió con el papá? Hasta los 14 años, ¿en los cumpleaños de la niña, reuniones familiares, que tuviesen que ver con la niña dónde se celebraban? Una vez él se lo hizo creo que fue en Guarenas, pero la mayoría de las veces yo le hacía la reunión en mi casa, ¿y el señor Carlos podía entrar a su vivienda? Sí, es que yo no tenía desconfianza, él compartía con nosotros, nosotros con él, ¿y en esas fiestas en algún momento la niña no quería acercarse al papá o por el contrario? No, era normal porque como ella en las reuniones estaba ayudándome no veía nada, ¿sabe usted si ellos actualmente tienen algún tipo de contacto? No sé, ¿por qué cree usted que la niña nunca comentó nada de lo que estaba pasando? Ella dice que pensaba que nadie le iba a creer, ¿llegó en alguna oportunidad usted a ingresar a la vivienda de Manicomio? Una vez fui, ¿cómo era? Hay dos habitaciones, tiene su sala comedor, cocina, baño, ¿sabe usted si alguna de esas habitaciones se encontraba amueblada para su hija? Sí, ¿ella le llegó a referir que allí era donde ella dormía? Sí, porque supuestamente era su habitación, ¿ahora vámonos al momento en que denuncia usted comparece con la niña, qué sucede en ese momento? Fuimos, pusimos la denuncia, ¡después que pusieron la denuncia para dónde se trasladaron? Fuimos a Bello Monte, ¿ustedes dos solas? No, estaba mi esposo, ¿ustedes tres solos? Sí, ¿qué fueron a hacer a Bello Monte? Nos mandaron para hacerle todos sus análisis, y buscar la cita psicológica y psiquiátrica, en Psiquiatría, ¿practicó usted la denuncia en compañía de la niña y allí los Funcionarios le dicen que se trasladaran a Medicatura Forense y usted se traslada en compañía de su esposo y la niña ustedes tres solos? Sí, ¿llegan a Medicatura Forense y toman la cita? allí llegamos, nos atendieron, ya nos habían dado para que fuéramos a la PTJ, porque nos tocaba ir también a la PTJ, entonces hicimos todo lo que nos mandaron a hacer, fuimos a Bello Monte, allá le hicieron sus exámenes, allá le dieron la cita para Psiquiatría y el psicólogo, y fuimos a la PTJ, ¿el día que ella le refiere lo que aconteció usted se trasladó a dónde, dónde colocó usted la denuncia? En la Fiscalía, ¿e la Fiscalía le entregaron algo, algún documento? Sí, los documentos para que los lleváramos a hacer los trámites donde nos tocaba, ¿y a aparte de Medicatura a cuál otro sitio debían comparecer? A la PTJ, ¿luego de Medicatura Posterior fueron a la PTJ? Sí, fuimos a la PTJ, ¿Qué sucedió cuando fueron a la PTJ? Llevamos los papeles de la denuncia, y fue cuando lo buscaron a él, ¿una vez que van a la PTJ y que hacen entrega del documento que le entrega la fiscal se trasladaron inmediatamente a buscarlo a él? Sí, ¿no fueron a otro sitio? No, ¿fueron en compañía de quién? No, nosotros tres, ¿pero cuando van a la PTJ ustedes van con la PTJ a buscarlo a él? Mi esposo fue con los Funcionarios. ¿Su esposo sabía donde se podía encontrar el ciudadano? Sí, porque él ya había llamado, para saber donde estaba la niña, o habíamos dicho nada, entonces ella le preguntó qué donde estaba y él le dijo ¿y dónde se quedaron ustedes al momento que se va su concubino con los Funcionarios? Allí, ¿dice usted que fueron a Medicatura Forense ese día la evaluaron a ella? nosotros pusimos la denuncia en Fiscalía, d ahí nos mandaron para arriba, y nos dijeron que teníamos que ir al día siguiente, para que la evaluaran, al día siguiente la llevamos, ¿al día siguiente es que usted la lleva? Sí, ¿es decir al día después que a él lo habían aprehendido? No, pongo la denuncia en la Fiscalía, de allí me voy para Bello Monte, porque me mandaron que me fuera para allá, allá me dijeron que tenía que ir al día siguiente porque era en la mañana que estaba la Forense que la podía ver, fue cuando la vieron allá, la atendieron, y de ahí me dijeron que tenía que esperar cita psicológica, la revisaron y de ahí me fui a la PTJ, ¿el día de la evaluación? Sí, entonces nosotros fuimos, nos devolvimos a la Fiscalía para anunciar que ya habíamos ido allá y lo que nos habían dicho, entonces de allí fuimos a la PTJ, y en la PTJ pusimos la denuncia, y fue cuando lo buscaron a él, y de ahí cuando le tocó a la niña presentarse acá, ¿cuando usted compareció a hacerle la evaluación a la niña, aproximadamente qué hora era y si recuerda la fecha? El día 28 del año pasado, ¿al momento que la niña va a ser evaluada usted ingresó? Sí, yo estaba con ella, ¿quién la evaluó? Una doctora, ¿la Doctora se identificó? No me acuerdo el nombre, ¿la doctora llegó a mantener algún tipo de conversación con su hija? Ellas hablaron, pero como yo no entiendo esos términos ¿pero usted estaba en el momento en que estaban evaluando a la niña? Sí, yo estaba ahí con ella, ¿la doctora le llegó a preguntar a la niña por qué acudían a la Medicatura Forense o a usted? Sí, nosotros llevamos el oficio, todo lo hemos llevado con todos los papeles que nos han dado, ¿y la niña le llegó a referir a la doctora el por qué estaban allí? Sí le dijo, ¿la doctora al momento que la está evaluando le llega a emitir algún comentario a usted al finalizar la evaluación de cómo veía a la niña? Lo que hizo fue hacer su oficio o las anotaciones, ¿sabe usted si su hija en algún momento tuvo una relación de noviazgo? Sí, ¿qué edad tenía? 14 años, ¿sabe usted el nombre de ese novio? Los muchachos por allá le decían era Agu, pero el se llama como que es Jorge, algo así, ¿sabe usted si su hija ha llegado a mantener o mantuvo relaciones sexuales con ese novio en algún momento? No, ella si me hizo el comentario pero eso fue ya en ese mismo tiempito, que ella estaba de novia con él, ¿estando ella viviendo con el papá tenía ese muchacho de novio? Ella lo conoció, él empezó a enamorarla, que fue cuando yo estuve hablando con él porque el muchacho quería visitarla, para no verse a escondidas con él, ¿es decir que le noviazgo se mantuvo dentro del tiempo o en lo últimos meses que ella vivía con el papá? Meses no creo, pero a la vez no se mantuvo porque él nunca dejó, el muchacho empezó a pretenderla, me decía mamá él es mi novio, pero resulta que él no aceptó eso, y ella quiso evitarse problemas, ¿pero no le llegó a especificar cuando tuvo relaciones sexuales con el novio? No, y eso fue algo como decir que no había pasado ni un mes, ¿sabe usted si su hija tomaba métodos anticonceptivos? Me entere ese día que ya estaba usando anticonceptivos, ¿una vez que la niña vive definitivamente con el señor Carlos en alguna oportunidad él le quiso devolver a la niña? Cuando se molestaba, él decía yo te la voy a entregar, porque estoy molesto con ella, me decía que me la iba a entregar y a la final no porque ella llegaba a la casa y de repente decía no yo me voy con mi papá mamá, yo no puedo vivir aquí, yo me tengo que ir con mi papá, ¿pero llegó el día en que ella se devolvió a su casa porque él se la devolvió a usted? No, decir que me la devolvió no, porque siempre la llamaba y le decía que le hacía falta, que no lo dejara solo, que él iba a cambiar, porque él es de carácter fuerte, pero de repente hablaban por teléfono y ella me decía a mí no mamá yo me tengo que ir, yo me voy con mi papá, ¿cómo se expresa actualmente la niña de su padre? Ella muy poco lo nombra, ni bien ni mal, ella lo que dice es que quiere que se haga justicia porque ella fue la que vivió su trauma, ella es la que tiene sus problemas, es una niña que casi no duerme, a veces está bien, a veces no, dice que quiere salir de todo esto, que va a llegar un momento que lo que el provoca es tirarse en el metro, ¿actualmente cuántas horas comparte usted con su hija? Todo el día, casi todo el día, claro las horas de su colegio, de su liceo no, pero como ha llegado de reposo, no ha estado trabajando, estoy más con ella, voy al liceo, llego al liceo, si va para casa de una compañera me avisa, ¿cuál es el horario de su estudio? A veces le toca en la mañana, a veces le toca en la tarde, ¿y los fines de semana? Sí comparte conmigo, ¿todo el día? Ahorita actualmente está trabajando, pero es únicamente los fines de semana como para salir de la rutina y entretenerse, ¿refirió usted en su declaración que habían cambiado los números de teléfono? Sí, ¿y ella actualmente no tiene teléfono? Sí tiene un teléfono que no es de ella, ¿qué tipo de amenazas ha recibido su concubino actual? Una vez lo llamaron y le dijeron que si sabían donde trabajaba o dónde vivía él algo así, porque hay cosas que el a uno no se las comenta para evitar que nosotros estemos peor de lo que estamos, porque nosotras salimos y no estamos bien, ¿el número telefónico al que usted señala que el papá le mandaba mensajes al comienzo del proceso existe actualmente? No. A PREGUNTAS FORMULADAS POR LA JUEZA RESPONDIÓ: ¿Le llegó a comentar en alguna oportunidad la niña T. (omite identidad) que el papá le había comprado unos conejos? Sí, ¿Le suministró algún tipo de nombre que les haya puesto a los conejos? Carlos y T. (omite identidad), ¿A usted le llamó la atención eso? Yo le pregunté mami y por qué no le pusiste otros nombres, ¿quién les puso los nombres a los conejos? No sé, ¿le llamó la atención? Me pareció gracioso, le pregunté mami por qué tú le pusiste esos nombre y no otros nombres, ella me dijo no mami le quise poner esos nombres, pero no me dijo más ¿eso fue lo único que le refirió? Sí, ¿y que a usted le pareció gracioso? Me pareció raro, no gracioso, raro, ¿por qué le pareció raro? Porque como uno nunca le pone nombres a un animal de uno, sino otras clases de nombres, lo que sí le dije fue mami que raro y esos nombres, en vez de ponerle otro nombre, entonces me dice no mami yo le puse ese nombre, ¿usted me podría decir su nombre? LJHR. (omite identidad), ¿el padre de T. (omite identidad) es el señor C.M.? Sí, ¿quién presentó a la niña cuando nació? Yo, ¿usted suministró el nombre del padre al momento de la presentación? No, porque varias veces le dije para que fuéramos a presentarla y él nunca se presentó, siempre yo le decía hay que ir a presentar la niña, y él nunca se presentó, entonces yo tomé la decisión de presentarla sola, ¿por qué el nunca se presentó? Me imagino que no quiso, lo cierto del caso es que yo le decía que la fuera a presentar y como dos veces me pasó y no fue entonces a la final dije no, si el no la quiere presentar no importa, yo necesito tenerle su partida de nacimiento y fui y la presenté yo, vivió usted en conjunto con el señor C.M.? Nosotros no vivimos juntos, nosotros tuvimos una relación, yo salí embarazada, él por su lado y yo por el mío, salí embarazada y yo me hice cargo de mi hija ¿hasta que edad se hizo usted cargo de la niña? cuando ella estaba bebé fue una vez y después no fue más, después iba cuando a él le parecía, iba la buscaba, le llevaba regalos, compartía con ella en la casa, ¿llegó usted a observar en alguna oportunidad que el señor CEM (acusado, mayor de edad, se omite identidad) portara armas de fuego? No, ¿qué las tuviera en su casa? No, ella fue la que dijo que él tenía un arma, esos comentarios, pero yo no le sabría decir, yo no la vi, ¿la oportunidad que usted fue a visitar a T. (omite identidad), a preguntas que le hicieron las partes usted indicó que había ido sólo una vez allí en el sector de Manicomio? Sí, ahorita actualmente la última vez que ellos estuvieron acá, cuando se mudaron, porque cuando paso esto ellos no tenían mucho tiempo que se habían mudado, ¿el mes y el año de esa mudanza usted lo recuerda? No, eso fue el año pasado, ¿después de navidad, antes de navidad, si lo recuerda? No, no recuerdo, yo lo único que sé es que yo si fui una vez, estuve allá con ella, me estuvo enseñando la casa, los cuartos, estuve un rato ahí con ella, y después me dijo mami vas a bajar, y yo le dije sí, por qué no bajas y te quedas en la casa, me dijo no, porque tengo que hacer un trabajo del liceo, ¿esa oportunidad que usted fue llegó haberle en el closet, en el escaparate, en algún lugar de la cocina algún método anticonceptivo? No, ¿Cuándo fue el hermano de CEM (acusado, mayor de edad, se omite identidad) a hablar con ella, el señor J.C.? El fue como en febrero de este año, el fue a hablar con ella, para que no viniera más, si la llamaban para que no se presentara más, él le dijo tu papá ya pagó por esto, perdónalo, ella lo único que le decía era déjame pensarlo, yo después te digo si voy o no voy, después volvió a ir haber que había pensado ella, entonces ella salió y le dijo que no que ella se iba a seguir presentando, que la dejara tranquila, ¿ustedes fueron a raíz de eso a la Sub Delegación Oeste? SÍ, Nosotros fuimos, realmente no quise poner una denuncia, ¿cuál es la identificación de la niña en la cédula? T. (omite identidad) ¿la actitud que tomaba la niña cuando estaba en su casa y recibía la llamada del papá, ella lloraba, entristecía, temblaba? Ella tomaba la decisión, y decía yo no voy a volver con mi papá, yo me voy a quedar aquí contigo, pero después que ellos hablaban por teléfono, ya ella cambiaba, y decía me voy, yo le decía ¿por qué te vas a ir? quédate, para que no estés peleando con tu papá quédate aquí y me decía no me tengo que ir mamá, me voy , entonces se ponía nerviosa, a veces hasta me decía acompáñame para el carro, no vaya a ser que me vaya a pegar, ¿usted o la niña T. (omite identidad) entregó algún tipo de evidencia entiéndase ropa, teléfonos, que señalara algún cuchillo, a los Funcionarios del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas? Cuando nosotros fuimos allá que se puso la denuncia, ellos fueron con ella al apartamento y consiguieron todo como ella les había indicado a ellos, les había enseñado cuál era el cuchillo con que el la había amenazado, ¿algún cuaderno, algún libro diario que llevara la niña? Yo de eso no sabía nada, del diario no, ahora digo yo me imagino que eso era un método para desahogarse ella, ¿qué edad tiene J.G.? 15 años, creo que cumplió ahorita 16, ¿recuerda el mes y el año en el que vivió el señor CEM (acusado, mayor de edad, se omite identidad) con Grecia y con Eucarys? Yo sé que él estuvo casado y estuvo viviendo bastante tiempo con Eucarys, ¿primero fue Eucarys o Grecia? No, primero fue Eucarys, ¿y vivieron mucho tiempo juntos, meses, años, días? No se cuantos años, pero no fueron meses, ¿tuvieron hijos? No, ¿dónde convivió él con Eucarys? Aquí en Caracas, ¿recordará usted dónde? Ellos estuvieron viviendo en Los Hornitos un tiempo y después en Manicomio, ¿ T. (omite identidad) llegó a vivir con Eucarys y el señor CEM (acusado, mayor de edad, se omite identidad)? Sí, ¿con la señora Grecia? Ahí no sé de verdad cuanto tiempo ¿se casaron? No, ellos convivieron, ¿tuvieron hijos? No, tampoco, ¿le conoce usted algún otro niño o niña al señor CEM (acusado, mayor de edad, se omite identidad)? No, sólo la niña mía, ¿dónde vivieron el señor C.E. y la señora Grecia? En Guarenas, ¿qué tiempo duró esa relación? No le sabría decir, no sé si un año o menos de un año, no sé, ¿y T. (omite identidad) también vivió con ellos dos? Sí, ¿al momento en que usted acompañó a la niña a Medicatura Forense a Bello Monte observó que le tomaran muestras? No me di cuenta de verdad, ¿le llegó a manifestar la doctora que la hayan tomado muestras a la niña? No recuerdo, yo esos días estaba demasiado mal, esto nos tiene mal, ¿llegó a obtener usted la edad de la persona que llaman Agu o que edad le calcula usted? En ese tiempo él tenía como que eran 17 años, inclusive él llegó a ir a mi casa, y me dijo que él quería tener algo con ella pero si su papá se iba a oponer no, porque él no quería meterla a ella en problemas, ¿la niña en algún momento le ha manifestado la fecha o el tiempo que duró la relación con la persona llamada Agu o que usted llama Agu? Poco tiempo, como ella vio que el papá no la dejaba, que tuvieron esas diferencias, ella me dijo no mamá yo no quiero meter en problemas a creo que se llama Jorge, para evitar problemas, que después mi papá lo vaya a buscar, le vaya a lanzar el carro o algo, porque por allá había un muchacho que iba mucho a la casa, lo conozco desde pequeñito, hizo amistad con ella y ella dice que le daba cosa porque donde él lo veía le lanzaba el carro, ¿por qué usted dice que el señor CEM (acusado, mayor de edad, se omite identidad) tiene carácter fuerte? Lo digo porque no es fácil, por la manera que se expresaba cuando el muchacho tenía cierta amistad con ella, que no le gustaba, el se enfurecía, a él no le gustaba que ella tuviera amigos, esa era mi mayor pelea con él, mi mayor diferencia con él era esa, ¿qué le decía el señor, por lo menos mencióneme alguno? Él decía que ella no tenía que tener novio, que yo no tenía que estar aceptándole eso, que no alcahueteara, yo lo que le decía era yo prefiero tenerla en mi casa viendo lo que está haciendo y no que ella vaya a hacer alguna cosa escondida, porque uno sabe lo que tiene en la casa adentro, pero afuera no lo sabe, de qué son capaces los muchachos y si tienen una presión tan grande, entonces yo no voy a tenerla a ella presionada, yo prefiero hablar con ella, que ella hable conmigo, que no me vea como una mamá sino como una amiga, y que traiga sus amistades a mi casa, pero a él no le gustaba, ¿pero qué le decía, llegó a decirle no me gusta fulano porque es malandro, no me gusta perencejo por tal cosa? Que no le gustaba, decía a mí no me gusta ese muchacho, no es un muchacho bueno para ella, o yo no quiero que ella trate a ese muchacho, y a mí no me gusta, cuando ella tenga su edad, cuando ella tenga 18 años y ya sea mayor de edad, cuando ella sea una profesional, que tenga su novio pero ahorita no, a esta edad no, yo no le acepto eso, y cuando ella tenía teléfono, ella me dice que llamaba a los muchachos y la hacía pasar pena porque ya la gente la dejaba de tratar, tenía muy pocas amistades a r.d.q.é.n. la dejaba tratar con los muchachos, no le gustaba verla ni con los primitos, y los primitos eran más pequeños que ella, ¿llegó usted a acompañar a la niña a Medicatura Forense específicamente a la entrevista psiquiátrica? Sí, yo fui con ella, recuerda que hizo usted allí o que datos le pidieron? No, entró ella, la entrevistaron a ella y después entré yo y me entrevistaron a mí, ¿dio usted una versión de los hechos a la Médico Psiquiatra? Lo mismo que estoy diciendo aquí, lo mismo le dije a ella, cuando la niña llegó, lo que me dijo la niña, ¿antes de la denuncia T. (omite identidad) llegó a quedarse alguna noche a dormir en su casa? Ella me llamó a la casa, y me avisó que no saliera, se quedó ella esa noche conmigo, porque empezamos a hacer el procedimiento y todo eso, lo que había que hacer, él la llamó ¿pero antes de que se interpusiera la denuncia y de que se iniciara el proceso como usted lo indica, muchísimo antes? Ella a veces se quedaba en la casa, no todo el tiempo, ¿en esas oportunidades que se quedó T. (omite identidad) en su casa dormía bien, o se paraba mucho de madrugada, tomaba mucha agua? De verdad no me dí cuenta, ¿y actualmente cómo es el comportamiento de T. (omite identidad) en la noche de madrugada, se para mucho? A veces no duerme, tiene pesadillas, y a veces se para y se acuesta al lado mío, ¿qué le dice cuando se acuesta al lado suyo, y si le dice algo? Ella se acuesta y me dice mami me quiero morir, porque ya estoy cansada de que la gente me señale, la gente no sabe lo que yo viví, me miran mal, yo no hallo que hacer, ella dice que a veces se siente como desesperada, ella siempre me ha dicho mamá estoy desesperada, no sé que hacer, yo me quiero morir, yo no sé para qué tu me pariste mamá, me pariste y mira todo lo que me tocó vivir con él, porque parece que ahora, no sé, a lo mejor ella se ha conseguido personas que le dicen que si a él le pasa algo es culpa de ella, me dice que ella se siente mal, que ella lo que quiere es morirse, que ella habló porque no podía aguantarse, dice yo no quería que me mataran, pero lo que yo viví y lo que estoy viviendo no se lo deseo a nadie, y me abraza fuerte y me dice mamá yo quiero que se haga justicia porque nadie sabe lo que yo viví, y aparte de eso aquí me siento tranquila porque nadie me agarra, nadie me toca, nadie me hace nada que yo no quiera, me siento tranquila, a veces se acuesta en las noches tranquila, a veces si la veo que se para al baño, se sienta en mi cama, me dice mamá abrázame, mamá no me dejes sola, no encuentro que hacer, y expresa que se quisiera morir, que un día de estos se va a ir al metro y se va a tirar al metro porque ella está cansada de esto, cuando ella se enteró que me tocaba venir para acá, ella me dijo mamá yo lo que quiero es morirme, yo no aguanto más, yo no quiero saber más nada de eso, lo que me provoca es irme al metro y tirarme, o tirármele a un carro y morirme para terminar con esta pesadilla, porque yo estoy viviendo esta pesadilla y nadie sabe lo que yo siento por dentro, todos los años que tuve que disimular, porque tuve que disimular, tanto así que nadie se había dado cuenta, porque realmente andaban para arriba y para abajo juntos, y nunca se vio nada sospechoso, porque siempre estaban juntos, mamá yo tuve que disimular muchos años, él me enseñó a disimular, porque él decía que esto era algo normal.

8).-El ciudadano A.J.V.G., encontrándose bajo fe de juramento e impuesto del contenido del artículo 242 del Código Penal, y artículo 345 del Código Orgánico Procesal Penal, dijo ser de nacionalidad venezolana, estado civil concubinato, de 41 años de edad, grado de instrucción Quinto año de bachillerato, Titular de la Cédula de Identidad Nº V- 6.338.656, fecha de nacimiento 28-07-1969 nombre de padres A.V (omite identidad) y M.G., declaró: “El 27 de Octubre como a las 8:30 a 9:00 me llamó mi señora, yo iba llegando a mi trabajo, yo trabajo en la Escuela Latinoamericana de Medicina, en Mariches, yo iba llegando cuando ella me llamó, y me comenta que el papá de T. (omite identidad) había abusado de ella, que ya tenía tiempo abusando de ella, que ¿qué hacia? Ella me llamó en ese momento llorando, le digo cálmate , que no entiendo lo que me estás diciendo, cálmate para que puedas hablar conmigo, yo llegué al recinto donde trabajo y pedí asesoría sobre que era lo que podíamos hacer con ella, de allí me trasladé de Mariches hacia Caracas, a todo lo pertinente, vinimos a la Fiscalía, de la Fiscalía nos mandaron a Medicatura Forense y de Medicatura Forense la misma Fiscalía nos mandó a CICPC, en todos estos meses he oído al señor CEM (acusado, mayor de edad, se omite identidad), me ha llamado en varias y reiteradas oportunidades a mi teléfono de un 04168 y de un 0412, dice que el quiere hablar conmigo, que es capricho de la niña, que la niña tiene un capricho hacia él, que ella no quiere que él tenga ninguna pareja, hasta llegó un momento que llegó a decirme que me cuidara porque que yo viera en la situación en la que él estaba, que de repente la niña me podía utilizar y me podía poner en la misma situación, algo que no creo que sea cierto porque si la niña estuviera diciendo alguna mentira, ¿por qué la niña no duerme? ¿Por qué la niña dice que se quiere morir? ¿Por qué la niña dice que se quiere tirar al metro? ¿ por qué a la niña hasta salir sola a la calle le da miedo? En el lado de La Pastora no pero para salir hacia otra parte de la ciudad no, me dice que la acompañe o se lleva a sus hermanos, o le dice a su mamá, porque a ella le da miedo porque le puede pasar algo, yo me pongo haber porque tampoco fue la educación que mis padres me dieron a mí, cómo un padre puede atentar tan monstruosamente hacia un hijo, y quererla poner como si ella fuera y me disculpan la mala expresión como una prostituta, una puta de la calle, o una loca, cuando esa niña actualmente tiene todos sus sentidos cuerdos, y de más, porque ella estuvo estudiando en el primer lapso y por tantos problemas le quedaron 8 materias, en el segundo y en el tercero se vino con dos materias, se fue con su año liso, porque ella dijo que quería estudiar, que quería salir adelante, entonces ¿por qué la quieren hacer ver como una loca? ¿O como una cualquiera? Yo como padre y lo digo por experiencia porque tengo hijos, yo como padre eso sería lo último que yo le desearía a un hijo mío, y no estoy de acuerdo con todo lo que está pasando, ni estoy de acuerdo tampoco con los familiares de él, que viven hostigándolo a uno, de que retiraran la denuncia, también llegó una muchacha llamada Grecia, en reiteradas oportunidades para que retirara la denuncia, hasta el día que yo me molesté y se lo dije o tú dejas de molestar a mi familia, o yo me voy haber en le penoso deber de irte a denunciar también, porque cada vez que ella iba la niña empezaba que ella se quería morir, que iba a dejar eso, con todo y eso y todo lo que el señor le hizo todavía ella dice que el señor es su papá, también el hermano de él en reiteradas oportunidades buscando de que uno desista de las cosas, dije que yo no me quería meter en nada de esto porque lo he hablado con mi señora, no me quiero meter en nada de esto, pero también en reiteradas oportunidades que retiren la denuncia que el señor ya había pagado, fue allá una tía, sólo me dio tiempo de abrirle la puerta a esa señora, y entró a mi casa, entonces digo yo ¿qué está pasando con todo esto?, ya nosotros estamos cansados, son 9 meses, y tengo la confianza suficiente para decir esto, porque en estos 9 meses yo sí he sabido lo que es ver a esa niña por el suelo, ver a mi esposa llorando todo el tiempo, por todo lo que pasó, entonces con todas estas cosas, él me llama con la cara muy lavada, que eso es capricho, eso no es ningún capricho, porque no creo que la niña tenga una mente tan criminal, o tan sucia para hacer lo que está haciendo, si eso no fuera verdad, también me han llamado de ese 0416 en noviembre, entre el 15 y el 18 de noviembre y me amenazaron, me dijeron yo sé quien eres tú, cuídate porque te vamos a escoñetar, yo sé que con todo esto nosotros corremos peligro pero bueno no importa, yo quiero que esto se vea y que aquí se vea la verdad, porque aquí ya vamos a dejarnos de mentira, y vamos a quitarnos la máscara que tenemos, porque no estoy de acuerdo en nada de esto, y nosotros hemos estado viviendo todo esto desde que comenzó, y hemos estado apoyando a la niña, porque tampoco la vamos a dejar sola, y no como el señor nos la quiere hacer ver que ella es el peor monstruo que hay, que después que salga de esta entonces va a venir conmigo, y eso que es su hija, que quedará para los demás. Es todo. A PREGUNTAS FORMULADAS POR LA FISCALA DEL MIISTERIO PÚBLICO RESPONDIÓ: ¿Qué tiempo tiene usted viviendo con su pareja la señora LJHR. (omite identidad)? Aproximadamente ahorita en Octubre cumplo 11 años con ella, ¿cuántos hijos tiene con la señora L. (omite identidad)? Una niña y un niño, ¿la niña T. (omite identidad) vivió con ustedes? Sí, ¿cuánto tiempo vivió? Aproximadamente, yo la agarré casi de 4 o 5 años, ¿qué edad tenía la niña cuando se fue a vivir con el padre? Aproximadamente 10 años, ¿por qué se fue a vivir con el padre? Él se la llevaba los fines de semana, de repente empezó la niña que yo me quiero ir con mi papá que yo no me siento bien aquí, que esto es muy pequeño, que aquí no me pueden dar lo que mi papá me puede dar, y todo aquello, ¿usted recuerda cómo llegaron al consenso de que ella se fuera a vivir con su papá? Yo en esas circunstancias no opiné, porque esa era una cuestión entre ella y él, ¿la niña T. (omite identidad) antes de vivir con su papá también lo veía como su papá? ¿Tenía bastante contacto con él? Sí, ¿en el momento en que la niña se muda con su papá a dónde se muda? Ellos primero estaban viviendo en Caracas, ¿en qué parte de Caracas? Si no me equivoco en Manicomio, ¿Cuando vivían allí la niña regresaba a la casa? ¿Los visitaba a ustedes? Sí, porque generalmente como estaba trabajando, ella iba a la casa de nosotros, y estaba allí, ¿qué días iba ella a la casa? De lunes a viernes, porque ella iba en la mañana a la escuela y en la tarde bajaba, a menos que tuviera que hacer algo con él papá o él no la dejara bajar, ¿después dónde vivió? Ellos duraron un tiempo en Caracas, después se fueron a Guarenas, ¿Cuánto tiempo duró la niña en Guarenas? No le sabría decir, ¿vivía alguien más con la niña y el señor C.M.? En el primer instante con la esposa que el tenía, la muchacha se llama Eucarys, ellos estuvieron viviendo con ella en Caracas un tiempo, ¿Cuándo la niña se fue a vivir con el señor C.M., el señor vivía con otra persona? La primera vez sí vivía con Eucarys, cuando se fue a Guarenas vivía con otra muchacha llamada Grecia, después se separó de Grecia y se quedaron ellos dos solos, ¿usted llegó a notar algún cambio de conducta de T. (omite identidad) desde que empezó a vivir con su papá, con el señor C.M.? Lo que sí se notó fue bastante la forma agresiva, la forma grosera, pero no nos percatamos que era que le estaba pasando nada de esto, pero sí era una forma agresiva, una forma irritable, no se le podía hablar, porque por todo ella estaba molesta, ¿ustedes no se llegaron a preguntar por que ella estaba así, agresiva, irritable, molesta? Su mamá bastante habló con ella y ella siempre decía que no era nada, que no tenía nada, ¿en el tiempo que estuvo T. (omite identidad) viviendo con su papá usted le llegó a conocer novio? no, porque toda persona que a ella se le acercaba él papá siempre se la corría o con violencia o con pelea y soy testigo de ello porque a bastantes personas él los corrió y hubo un muchacho que hasta intentó tirarle el carro y demás, por eso, y a otro lo amenazó que le iba a dar un tiro, todo aquel que se le acercaba a ella de una vez se le apartaba, prácticamente ella andaba sola ¿en el tiempo en que ellos vivieron en Guarenas dónde estudiaba T. (omite identidad)? En La Pastora, un poquito más debajo de donde está el taller donde trabaja el señor C.M., ¿T. (omite identidad) siempre ha estudiado por La Pastora? Sí, ¿cerca también de donde ustedes viven? Sí, ¿Cuándo ella vivía en Guarenas y estudiaba en La Pastora también iba a su casa? Sí, ¿con qué frecuencia? A la semana iba 3 o 4 veces, y llegó un momento que bajaba una o dos veces, y cuando la llamaban se sentía mal, o el señor no la dejaba bajar, ¿Cuándo bajaba de dónde? Cuando bajaba que venía del Liceo, ¿ y a dónde se iba ella después del Liceo? Iba a la casa y a donde una compañera llamada Jean ¿pero ustedes tenían cierta vigilancia de dónde estaba ella a pesar de que no vivían con ustedes? Su mamá siempre estaba pendiente de ella, aunque su mamá estaba trabajando, pero siempre estaba pendiente de ella, ¿a qué hora más o menos iba T. (omite identidad) a su casa? Cuando estaba en la escuela de mediodía para arriba, y cuando estaba en el Liceo como era compartido a veces estaba en la mañana como a veces estaba en la tarde, ¿quién la buscaba en su casa? El señor Carlos, ¿usted llegó a notar que T. (omite identidad) le tuviera miedo a su papá? Sí, ¿podría ser más explícito? Porque él estaba hablando y ella estaba nerviosa y a veces hasta le decía a los mismos primos que por favor se fueran porque no tardaba en llegar y si él la llamaba ella se ponía toda nerviosa, y se iba para adentro a esperar que él llegara, porque él no la podía conseguir hablando con nadie porque más de una vez se ponía a pelear con los muchachos, y son menores que ella, esos son sus primos, de toda la vida criados por allá, ¿ustedes no llegaron a otra que eso era como sospechoso, extraño? No, en realidad no, ¿su esposa no llegó a hablar con él al respecto? Tuvieron conversaciones, ella me comentó que tuvieron varias conversaciones respecto a eso, ¿usted llegó a conversar eso? No, con ella no, eso lo llegué a conversar expresamente con mi esposa, ¿el día que su esposa lo llamó que usted contestó esa llamada que fue exactamente lo que ella le dijo a usted? Ella me llamó y estaba llorando, en ese primer momento ella esta estaba llorando y yo no le entendí absolutamente nada de lo que me dijo, yo lo único que le dije a ella fue cálmate y dime qué pasó, ella me dice que Carlos está abusando de la niña y no desde ahorita desde que ella tiene los 10 años, yo le dije quédate tranquila, que yo voy llegando a la Universidad déjame hablar con mi jefe que es la Directora de la escuela y que ella me oriente, entonces a mí me orientó fue el Departamento Jurídico de la Universidad ¿ su esposa le llegó a decir de qué manera estaba abusando el señor C.d.T. (omite identidad)? No, me enteré de qué manera estaba abusando en la prueba anticipada que se hizo acá porque yo estuve presente, ¿de qué se enteró en ese momento? De que los actos sexuales fueron tanto anales, rectales y orales, ¿cómo se enteró usted de eso? En la prueba anticipada que se le realizó a ella, porque su mamá no pudo asistir porque estaba recién operada y yo vine a representarla a ella, ¿y ella lo declaró? Sí, porque la Juez le preguntó a ella que si quería que yo entrara a esa prueba o me quedara, si ella permitía que yo escuchara lo que estaba ahí, la niña lo único que le dijo fue él está conmigo desde el principio déjelo, ¿ese día de la denuncia que usted llega a su casa habló con T. (omite identidad)? Sí, por petición del Dr. Brown, uno de los abogados de la universidad, él me dijo antes de que tu vayas a hacer cualquier cosa entra al cuarto donde ella esté sola y habla con ella, que no esté nadie, pregúntale porque esto es algo delicado, van a denunciar algo delicado, dile a ella que si lo dice porque está molesta con él o porque le haya pasado algo y que ella quiera de esa forma desquitarse hacia él, yo hablé con ella y ella lo que hizo fue abrazarme, y me lo dijo nadie ha vivido lo que yo he vivido, porque mi papá me tiene amenazada, porque él va a matar tanto a mi mamá como a mis hermanas, y a mi hermanito porque él sabe donde estudian, si yo decía algo, entonces fue cuando yo le dije a ella vístete y vamos a hacer las diligencias legales y haber que es lo que vamos a hacer con todo esto, ¿pero usted le llegó a preguntar si su papá había abusado sexualmente de ella? Sí, sí le pregunté, ¿y qué le dijo ella? Ella me dijo que sí, que nadie había vivido lo que ella había vivido, que ella no quería comentar o decir nada de eso porque estaba amenazada, que él la iba a matar a ella, o a su mamá o a sus hermanos, ¿usted manifestó que ha recibido llamadas del señor C.M., en cuántas oportunidades lo ha llamado el señor C.M. y qué le ha dicho? A él le contesté un aproximado de 3 o 4 llamadas, las demás las desvié, y la ultima llamada fue en enero, que fue de un 0412, si mal no recuerdo, y él me dice que la pusiera al teléfono que él quería hablar con ella, que él quería hablar con L. (omite identidad), que le diera el número a la niña, que hablara con la niña y se lo diera, que en cualquier momento lo que ella le había hecho a él me lo iba a hacer a mí, que se me iba a insinuar, entonces después yo iba a pagar al igual que él, que abriera los ojos, y ese momento que estuvo hablando conmigo, estaba hasta llorando porque por el teléfono se sentía, ¿usted que hizo cuando recibió estas llamadas? Hablar con él normalmente, ¿usted llegó a ir a algún Cuerpo de seguridad a exponer que lo estaban llamando? Sí, a la fiscalía, yo hablé con la Dra. Mildred, yo se lo expuse a ella, y hasta le enseñé mensajes y todo que él me había mandado, ¿quién ha ido hasta su casa? Primero fue Leonardo, un hermano de él, ellos iban en los primeros días fueron bastantes veces a la casa, después fue J.C., y después fue una tía de él, no recuerdo en realidad como se llama la tía, ¿por qué ustedes le permitieron el acceso si había esa prohibición de acercamiento? Su mamá aceptó, porque como era los tíos, pero llegó un momento que tanta confrontación entre ella y la niña, ya la niña no dormía, lo que hacía era llorar, ella se quería matar, Grecia era la que más iba, con una insistencia, hasta que me molesté y se lo dije, que fue el momento cuando la niña dijo yo desearía estar muerta para no estar viviendo esto, estoy cansada de esto, ¿usted llegó a ir al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas? Sí, ¿a dónde fue? Al CICPC del Oeste, ¿qué le dijeron allá? Que ellos iban a hablar con J.C., porque la niña quería poner la denuncia, la niña le dijo al Comisario que ella iba a poner la denuncia, y mi esposa le dijo que ella no quería ya más problemas así, que era mejor si podían hablar con él, y que eso se solucionaba con que el no estuviera por allá, y que él no la estuviera molestando ni a ella ni a la niña, ni al resto de mi familia, ¿la adolescente T. (omite identidad) ha recibido alguna llamada de alguna prima de nombre María? No, la única vez que yo la vi hablando con María fue la vez que estuvo J.C. , le cayó la llamada y él se la pasó, después automáticamente en más de 10 a 11 oportunidades esa niña llamó a mi teléfono, yo le dije que primero estaba trabajando, siempre le busqué una excusa para no pasarle la llamada, hasta el momento que se lo dije deja de estarme molestando, le pregunté quién le había dado mi número, si mi número es privado, ¿por qué lo tiene ella si ella no me conoce a mí? ¿Cómo está actualmente T. (omite identidad)? En la actualidad hay momentos que está triste, hay momentos que está contenta, hay momentos que no quiere hablar con nadie, como hay momentos que ella dice que quisiera estar muerta, porque en estos días ella me lo dijo a mí, yo quisiera morirme porque ya no quiero saber más nada de esto, y a su mamá le dijo que ella desea a veces irse al metro y tirarse, porque ella no quiere seguir viviendo esto. A PREGUNTAS FORMULADAS POR LA DEFENSA DEL ACUSADO RESPONDIÓ: ¿Qué edad tenía la niña al momento que usted inicia la relación con la ciudadana L. (omite identidad)? Entre 4 y 5 años, casi llegando a los 5, ¿sabe usted que edad tenía la niña cuando se fue a vivir con el papá? 10, ¿sabe usted el motivo por el cual la niña se fue a vivir con el papá? Mi casa es pequeña, y ellos son 4, es la incomodidad, él siempre que la buscaba los fines de semana la traía con cosas que le compraba, ¿cómo se fue ella a casa de el papá? Primero él se la llevaba los fines de semana después llegó un momento que ella dijo que no quería seguir viviendo con la mamá y se lo dijo, porque nosotros no tenemos para darle nada, y que sus papá le estaba ofreciendo todo, ¿aproximadamente cuantos fines de semana pasaban en que ella iba y venía? O sabría decir exactamente porque hace casi diez años, ¿la primera pareja que usted señala del ciudadano era la ciudadana Eucarys? Sí, ¿cómo era la relación de ellos tres? Aparentemente como se veían todos, ellos se veían bien, siempre habían sus ciertas cosas pero entre pareja debe ser normal, ¿una vez que la niña en el consenso de padre y madre decide que se va a ir a vivir con el papá ella se quedó en alguna oportunidad en su vivienda? Muy pocas veces, porque él no la dejaba, ¿cómo sabe usted que él no la dejaba? él no la dejaba porque en más de una oportunidad yo había llegado de mi trabajo y el fue a las 8, 9 o 10 de la noche a buscarla, ¿usted en alguna oportunidad llegó a visitar la vivienda donde mi defendido residía con la niña, específicamente en Manicomio? No, ¿y en Guarenas? Tampoco, ¿las celebraciones o cumpleaños de la niña dónde se acostumbraban a hacer? Cuando la teníamos nosotros generalmente en la casa de su abuela, ya después que ella se fue a vivir con él a veces su mamá le cantaba cumpleaños, como muchas veces él se la llevaba, que le iba a celebrar, hasta ahí no llego yo, ¿el tenía ingreso a la vivienda a esos cumpleaños que se hacían en casa de su concubina? Sí, ¿cómo era la relación entre ellos dos ahí dentro de la vivienda, entre la niña y el padre? Aparentemente todo era bien, lo único que a nosotros siempre nos extrañó es que a ella nunca se le pudo acercar nadie porque toda persona que a ella se le acercaba a él le daba rabia, y por ahí empezaba a discutir, no lo demostraba con nosotros pero sí se demostraba cuando a una persona algo le disgusta o algo le molesta, ¿cómo era su relación con la niña antes de irse de la vivienda a la casa de el papá? Nosotros en general con ella si he sido equilibrado, porque lo de ella lo tiene que ver su mamá, y yo únicamente cuando algo no me está funcionando en mi hogar hablo con su mamá, le digo pasa esto y vamos haber cómo lo corregimos, ¿Cuánto tiempo duró la niña viviendo con su papá? Ella está desde los 10 hasta la denuncia que tenía 14 ahorita va a cumplir 16, ¿con qué frecuencia la niña los visitaba a ustedes? Cuando estaba en la escuela era todas las tardes, e.s.d. la escuela y bajaba a mi casa y a la casa de su abuela, hasta que él la viniera a buscar en las tardes, ya cuando fue al Liceo a veces estaba en la mañana, a veces estaba en la tarde, como a veces duraba hasta una o dos semanas sin ir, y su mamá la llamaba y le preguntaba qué le pasaba, y ella decía que se sentía mal, y que el papá la dejaba sola, ¿cómo era la actitud de la niña en esas oportunidades cuando estaba de visita en la casa, cómo se comportaba? Tenía cambios frecuentes, la niña a veces estaba bien como a veces estaba irritable, como a veces estaba molesta, ¿señala usted que el papá era quien la buscaba cuando ella estaba en su casa en las noches, cómo era la actitud de la niña cuando él iba a buscarla? Si no estaba hablando con nadie tranquila lo esperaba, pero si estaba hablando con alguien, con sus primos, o con cualquier amiguito que tuviera ella andaba nerviosa, ella lo que hacía era ver hacia la escalera, y cuando él la llamaba que iba bajando ya la niña de una vez se metía y no quería hablar con nadie hasta que el llegara, y de eso sí soy testigo porque lo vi en varias oportunidades, ¿qué tanta confianza existía entre usted y la niña? Generalmente la que tenemos ahora, ¿le contaba o le cuenta la niña las cosas que hacía? No, no exactamente, porque más que todo eso lo habla ella es con su mamá, le tiene más confianza a su mamá, ya esas son cuestiones personales de ella, ¿sabe usted el número telefónico de donde el señor Carlos lo llamaba? No tengo el número telefónico, lo que pasa es que el teléfono donde yo tengo todo eso guardado se dañó, y yo lo tengo es en la memoria de mi teléfono, allí está todo, están los mensajes y demás, si usted lo quiere yo se lo permito, ¿en su declaración usted afirmó que el ciudadano Carlos abusaba sexualmente de la niña cómo usted puede afirmar que eso sucedió? Yo no lo estoy afirmando, únicamente m estoy llevando por lo que la niña está diciendo, me estoy llevando por los hechos que hemos estado viviendo durante estos últimos 9 meses, en ningún momento lo he afirmado, porque si yo lo afirmo, entonces yo sería encubridor de lo que el señor estaba haciendo, ¿usted refirió también en su declaración que lo habían llamado y que le habían dicho yo sé quien eres tú, cuídate? Sí, pero no era la voz de él, porque lo puedo asegurar, no era la voz de él, y me llamaron y me dijeron yo sé quien eres tú, yo sé dónde andas tú, cuídate porque te vamos a escoñetar, y sale de ese mismo 0416,que es el que tengo yo aquí guardado, que es de donde él me llama, de donde se han recibido los mensajes, ¿ qué tan cerca quedaba la casa de ustedes a la casa donde vivía la niña en Manicomio? Como a unos 10 minutos caminando, ¿la niña le llegó a referir en algún momento a usted cómo era el abuso sexual que presuntamente el papá le hacía? No, eso lo escuché en la prueba anticipada, que se le hizo a ella, ella se lo dijo a la fiscal, que el abuso era tanto anal, oral y vaginal, ¿en el tiempo en que la niña estuvo viviendo con el papá y que señala usted que algunas veces se quedaba en su casa cómo era la actitud de la niña? Era variante, porque habían momentos que ella estaba bien, a menos que estuviera peleada con él, o que hubiera tenido alguna discusión en el día, para estar molesta, pero era variante no podría decir si era una actitud regular o una actitud irritable, no sabría explicarlo, ¿sabe usted si actualmente ellos tienen algún tipo de contacto? Que yo sepa no, porque él le ha mandado en varias oportunidades el número de teléfono, porque se lo mandó con Grecia, se lo mandó con su tío, se lo mandó con su tía, porque todos ellos le estaban dando el número a ella para que ella lo llamara a él, y soy testigo de eso porque yo lo vi cuando se lo estaban dando, ¿por qué cree usted que la niña no le comentó nada sobre esto? Si nos ponemos haber yo fui niño y usted fue niña, si aun niño de 10 años se le amenaza con que le vas a matar a su mamá, que es lo que más quiere, o a sus hermanos, que son prácticamente la sangre de ella, me pondría yo a pensar como niño, yo me quedaría callado, ¿pero ella nunca le llegó a referir por qué callaba? Cuando yo hablé con ella lo único que me dijo en esa oportunidad fue yo no he hablado, yo no he dicho nada porque mi papá me tenía amenazada, que iba a matar a mi mamá y a mis hermanos, y si yo hablaba me iba a matar a mí, eso me lo dijo ella con sus propias palabras, ¿por referencia de la niña o por referencia de la mamá de la niña tuvo usted conocimiento cómo dormían en la vivienda? No expresamente, no podría afirmarlo porque no sé, ¿Cuándo usted tiene conocimiento del hecho se traslada de su trabajo a su casa? Sí, yo iba llegando a mi trabajo cuando me llamó mi señora, ¿posteriormente? Hablé con la Directora e la universidad y a la Dra me puso a la orden el departamento Jurídico, y hablé con el Dr. Brown que fue el que me asesoró legalmente, y me dijo que era lo que íbamos a hacer ¿seguidamente que hizo? Seguidamente me vine a Caracas y empezamos a hacer todo, ¿a cuál fue el órgano que acudieron primeramente? A la Fiscalía, y allí hablamos con el Dr. Johnny y fue el que le tomó la denuncia tanto a ella como a mi esposa, y la Dra. Mildred que nos dijo los pasos que teníamos que seguir, que era ir a Medicatura Forense, Psiquiatría Forense, y de ahí hacia el CICPC, ¿una vez que ustedes salen de la fiscalía del Ministerio Público hacia dónde se dirigen? Ese día cuando salimos de la Fiscalía era de noche, al día siguiente en la mañana, en horas tempranas de la mañana, a eso de las 6, fuimos a Medicatura Forense, salimos de Medicatura Forense, volvimos a la Fiscalía, y de la Fiscalía fuimos al CICPC, ¿qué pasó cuando fueron a Medicatura Forense? A ella la evaluó un Médico Forense, le hizo un examen, y por lo que yo escuché a los Agentes Policiales había traumatismos anal, vaginales habían pocos, eso fue lo que yo le oí a ellos, ¿dónde se encontraba usted al momento que escuchaba a los Funcionarios hablar de eso? Estábamos allí, ellos estaban hablando, yo estaba con mi esposa y ellos estaban hablando ¿y dónde estaba la niña en ese momento? La niña había ido con el Comisario a la casa donde estaba viviendo ellos, ¿estando en la Medicatura Forense que sucede cuando están allí? Nosotros entramos y hablamos con los Funcionarios que estaban en la puerta, nos dijeron que la iba haber el Médico Forense, el Médico Forense la vio y redactó su documento, a nosotros no se nos entregó nada, únicamente que fuéramos a los órganos competentes que tenían que ver con eso, ¿ese médico forense era un hombre o una mujer? Una doctora, ¿la niña ingresó sola? Ingresó con su mamá, ¿y estando la niña adentro con su mamá los Funcionarios afuera decían algo? Yo oí el comentario de lo que decían, del examen forense fue en el CICPC del Oeste, cuando ese examen les llegó a ellos a las manos, ¿posterior de que la niña es evaluada y que sale del consultorio con la mamá ella le llegó a decir si la Doctora le comentó algo sobre lo que la niña tenía, cómo la había visto en la evaluación? No recuerdo, porque eran tantas cosas juntas, que no recuerdo, ¿posteriormente de allí para dónde se fueron ustedes? De Medicatura Forense a la Fiscalía, y después de la Fiscalía al CICPC del Oeste, ¿qué pasó allí? Allí se puso la denuncia, y llevamos un oficio que nos había dado la Fiscal, que fue le que entregamos allá, ¿y qué sucedió? A ella le tomaron la denuncia, y lo mandaron a buscar a él, ¿quién fue a buscarlo a él? Los agentes policiales, yo fui con los agentes policiales, ¿usted solo? Sí, ¿mientras tanto su concubina y la niña dónde se quedaron? Se quedaron en el CICPC, mi esposa porque estaba demasiado nerviosa, y el Comisario me dijo o vas tú o va ella, pero mira en el estado en que ella está, la niña de aquí no sale hasta que él esté aquí adentro, ¿cómo fue la actitud de él al momento de que lo aprehendieron? Algo desconcierto porque él no estaba esperando nada de eso, ¿de allí se trasladaron nuevamente a la Fiscalía? Sí, yo también, ¿una vez que están en la Comisaría hubo algún tipo de contacto entre ustedes y el señor Carlos? Que yo sepa no, ¿recuerda usted en la oportunidad que fueron a la Medicatura Forense cuanto tiempo le dieron para la próxima cita? No.

9).-La ciudadana EUCARYS ELIXA NUÑEZ MEDINA, encontrándose bajo fe de juramento e impuesta del contenido del artículo 242 del Código Penal, y artículo 345 del Código Orgánico Procesal Penal, dijo ser de nacionalidad venezolana, estado civil soltera, de 29 años de edad, grado de instrucción bachiller, Titular de la Cédula de Identidad Nº V- 15.805.835, fecha de nacimiento 14-06-1981 nombre de padres C.S. y L.M., laborando actualmente en Escuela República de Bolivia, declaró: “En el tiempo que yo estuve casada con el señor CEM (acusado, mayor de edad, se omite identidad), yo no vi ninguna otra actitud con la niña, una falta de respeto o algo así, yo nunca vi nada de eso sino el amor de padre hacia una hija, y ella nunca estuvo viviendo así juntos con nosotros permanentemente, sino que pasaba el fin de semana, tres días y ya se iba para su casa. Es Todo.” A PREGUNTAS FORMULADAS POR LA DEFENSA DEL ACUSADO RESPONDIÓ: ¿Qué dad tenía la niña cuando usted vivía con el señor Carlos? Cuando nosotros nos casamos, ella tenía 7 años, ahí fue donde yo la conocí, y como no vivía permanente con nosotros, ella duraba 3 días, o el fin de semana en la casa, ¿Cuándo ella empezó a compartir con ustedes qué edad tenía? 7 años, fue cuando la mamá nos la empezó a dejar, porque ella no le daba el derecho de que él asumiera la responsabilidad con ella, entonces él se la fue soltando poco a poco porque yo la conocía a ella y yo hablando con ella le decía bueno deja que comparta él con ella también, y así él asume su responsabilidad también, ¿Tiene usted conocimiento del por qué la niña va a compartir con ustedes a la vivienda, por qué ella deja de estar con la mamá para estar con el papá? Yo vivía en La Pastora antes, cuando ella también compartía con nosotros, y ella tuvo una vez una discusión con la mamá, le pegó a la mamá, la mamá llegó llorando a mi casa, tocándonos la puerta, ya nosotros estábamos acostados y ella llegó tocando la puerta desesperada diciendo que la niña le había pegado, entonces nosotros al abrir la puerta la niña tenía un bolsito encima de ropa, ella venía así como molesta y el papá le pregunta qué pasó, y ella dice bueno me quiero venir a vivir para acá porque no quiero estar más en la casa de mi mamá, entonces yo le pregunto a la mamá, como estaba llorando, le digo que cómo ella se va a dejar pegar por la niña, dijo mil cosas, a todas estas después que la mamá se va la niña se quedó en la casa, y yo me puse a hablar con ella, y ella decía que el padrastro cada vez que ella se bañaba y por eso era que se quería ir a vivir con nosotros definitivamente, porque cada vez que ella se bañaba el padrastro le alzaba la cortina y la veía desnuda, y eso yo nunca se lo había dicho a Carlos porque él es un hombre tranquilo, tiene su carácter pero no me imaginaba cómo fuera a reaccionar él, ¿usted le llegó a comentar eso a la mamá de ella? no, porque pensaba que iba a ocasionar algún problema, ¿la niña le llegó a referir en ese momento que lo hizo en una oportunidad o lo hizo varias veces? Varias veces el papá la veía a ella desnuda ¿el papá o el padrastro? El padrastro, donde ella vive con la mamá, y yo le dije si quieres vamos a hablar con tu papá, ella me dijo no, no le digas porque Alberto es el padrastro y le decía que se callara siempre, que no dijera nada, porque él estaba era viendo como ella se bañaba, ¿cómo era el comportamiento de la niña cuando se quedó a vivir con ustedes? Era muy celosa, ella se ponía celosa cuando el papá me agarraba, cuando me besaba, yo lo veía como celos de hija a padre, como siempre se ve, lo normal que la hija cele al papá, pero la veía así como muy celosa, yo le decía a él habla con ella, que yo soy tu pareja, y nos sentamos los 3 a hablar, pero a veces se le pasaba como a veces también actuaba así, ¿cómo era le trato del señor Carlos con su hija? Un padre excelente, para mí fue un padre excelente, si la niña decía papá quiero tal cosa él iba y se lo compraba, papá vamos a salir y salíamos los tres, era una relación de padre e hija, yo no vi en ningún momento nada extraño, ¿cómo era el trato de la niña con usted? En ese tiempo fue cariñosa conmigo y todavía, ella a veces me ve por ahí, y me saluda, lo normal, y yo la saludo normal, fue muy cariñosa, tenía eso que me celaba con el papá, pero me imaginaba que eran celos de hija a padre, que su papá era suyo y ya, de más nadie, ¿la niña se relacionaba con otras personas, con primos, vecinos, amigos? Más que todo con unas primas de ella, pero por donde ella vive, unas morochas, y se la pasaba con ellas para arriba y para abajo, y con mi hermanito que cuando yo iba para donde mi mamá me la llevaba, porque el trabajaba, y yo me la llevaba, tenía esa responsabilidad encima y yo me la llevaba para mi casa, para donde mi mamá, de ahí pasábamos todo el día hasta que el salía del trabajo, yo lo pasaba buscando y nos íbamos ya para la casa, ¿sabe usted o llegó a tener conocimiento de que la niña llevara algún diario, un cuaderno de anotaciones? No, de eso no sé nada, nunca le llegué haber ningún diario ni a saber de ningún diario, ¿qué edad tenía la niña cuando usted se separó del señor Carlos? Como unos 11 años, 11 o 12 años, ¿tuvo usted conocimiento si la niña llegó a tener algún novio? No, sí me decía que le gustaba alguno, cosas de niños, como está bonito aquel, pero de enterarme de algún novio no, y ella me confesaba alguna que otra cosa como lo que dije del papá y el padrastro, ¿podría dar la dirección donde usted vivía con el ciudadano Carlos? Yo viví primero en La Pastora, Esquina S.I., a Puente, después de ahí nos fuimos más atrás, a una parte que le dicen El Hueco, pero esa parte es también de La Pastora, de la Esquina S.I., y después de ahí fue que nos mudamos a Manicomio, que ella todavía compartía con nosotros, y se quedaba dos días, tres días, fin de semana, ¿cómo estaba dividida esa casa de El Manicomio? Tenía dos cuartos, su sala, la sala la dividía un muro para la cocina, ¿la niña dormía con el señor Carlos a solas? No, jamás, ella dormía era con nosotros, y delante de mí siempre, ¿y había un cuarto en esa casa que pudiera estar amueblado o con condiciones aptas para que la niña durmiera allí? No, porque como él es pintor, él tenía los cauchos de su carro, tenía todos esos materiales guardados allí, en ese cuartico, ¿tiene usted conocimiento si la niña visitaba a su mamá? Cuando la llevábamos, cuando pasaba los días luego la llevábamos para su casa, que pasaba 3 o 2 días con nosotros, y después las llevábamos a su casa, pero ella nunca quería estar allí en su casa, ¿por qué? Yo le preguntaba y ella me decía que era por Alberto, ella le decía Alberto, a veces se me olvidaba el nombre del señor, y ella me decía Alberto, y yo le preguntaba cuál Alberto, ella me decía mi padrastro, yo le decía Alberto te sigue viendo desnuda, ella me decía sí, todavía, tampoco le gustaba porque la mamá la ponía a hacer muchos oficios y yo le decía, bueno pero tienes que ayudar a tu mamá, ella quería estar más que todo con nosotros, porque como yo la consentía también, él la consentía, si quería ir para allá, íbamos, yo le compraba, ¿le llegó a referir la niña en algún momento que el padrastro o el señor Alberto como usted refiere la llegara a maltratar físicamente? Ella decía que él le pegaba, ella llegó a decirme que sí le pegó varias veces y la mamá no le decía nada, pero a mí lo que más preocupó fue eso que él la veía desnuda y ella es una niña grande, por la edad que tenía era una niña grande ya, ¿en algún momento usted llegó a notar que la niña cuando estaba presente el padre o cuando el padre se le acercaba ella se tornaba angustiada, con rabia? Para nada, era un cariño demasiado, se le lanzaba encima, lo abrazaba, le decía papi te quiero, papi te adoro, nunca vi ninguna timidez de ella hacia él nunca, nosotros la consentíamos demasiado, ¿y él era celoso con ella, no la dejaba compartir con amigos? Ella tenía sus amiguitos, más que todo amiguitas, a veces la íbamos a buscar a su casa y ella decía papá tengo que hacer una tarea mañana para entregarla y yo le decía cualquier cosa yo te ayudo porque yo soy maestra de preescolar, ¿usted dice que la niña dormía con ustedes en la cama, en alguna oportunidad notó algo sospechoso entre el señor Carlos y la niña? No, y él iba al baño y ella se quedaba allí conmigo igualito tranquila, ella dormía delante de mí, si buscaba la manera de siempre dormir en el medio con el papá pero yo le decía que no e igualito se quedaba dormida delante de mí, siempre al frente, delante de mí, ¿en el medio de los dos? No, delante de mí, yo en el medio y ella delante de mí, siempre delante de mí porque para mí no es conveniente. A PREGUNTAS FORMULADAS POR LA FISCAL DEL MINISTERIO PÚBLICO RESPONDIÓ: ¿Cuánto tiempo vivió usted con el señor C.M. y la niña T. (omite identidad)? Yo tuve 6 años de relación casada con él, y de vivir ella con nosotros dos, pasaba los días que pasaba con nosotros pero definitivamente vivir ella con nosotros nunca, porque no se llegó a dar esa situación de que viviera con nosotros, ella duraba los fines de semana y después se llevaba para su casa, ¿pero en la oportunidad que refiere que la señora la llevó hasta la casa y ella se quedó a vivir con ustedes no dijo usted que se quedó a vivir allí? No, a vivir no, ella se quedó ahí el día que tuvo la discusión con la mamá, que le pegó a la mamá, se quedó esa noche, al otro día esa misma noche hablamos nosotros con ella, bueno yo hablé con ella, después el papá habló con ella y al otro día se llevó a su casa tranquila, yo le dije tienes que hablar con tu mamá, no vas a estar así peleada con tu mamá, y le dije bastante pídale disculpas, esa es su mamá, ¿usted actualmente ha vuelto haber a la niña? Casi todos los días la veo pero no de trato, ella a veces me saluda a veces no y yo igual, ¿en el tiempo que usted vivió con el señor C.M. él se llegó a quedar a solas con la niña? Jamás, porque él trabajaba y yo era la que me la llevaba, y la llevaba para mi casa, para casa de mi mamá y pasábamos todo el día allá, mientras él trabajaba y nos pasaba buscando. A PREGUNTAS FORMULADAS POR LA JUEZA, RESPONDIÓ: ¿Cómo usted puede aseverar o decir que él nunca se quedó a solas con la niña? Porque él siempre estaba trabajando, ¿siempre, nunca se escapó? Siempre estaba trabajando, hasta el tocaba los sábados trabajar también, y yo me la llevaba a ella para la casa, para donde mi mamá, y no fue siempre porque hubo un momento que en la semana no se buscaba, habían momentos que sí la íbamos a buscar, habían momentos que no la íbamos a buscar, ¿usted dice que vivió 6 años con el señor Carlos? Sí ¿y siempre durmieron los 3 juntos, la niña, usted y Carlos? En la cama sí, ¿siempre los 6 años? Sí, siempre, el tiempo que él pudo compartir con ella siempre dormíamos así, ¿y siempre cuidó que ella durmiera delante de usted? Delante de mí siempre, ¿tiene usted algún interés en este proceso? No, simplemente que se sepa la verdad, porque yo vine aquí a decir la verdad, no a culpar a uno ni a defender al otro, sino a decir la verdad. Y.M.A.R., DECLARÓ: “Conozco a Carlos y a la niña T. (omite identidad) desde hace algunos años, lo conocí cuando él todavía estaba viviendo con Eucarys, después se separaron, y tuve algún tiempo sin verlos porque yo no viajaba mucho, generalmente el que viajaba era mi esposo a visitarlos, y que yo sepa ellos también han viajado a Maturín de visita, y se la llevaban muy bien, a T. (omite identidad) yo la veía una niña normal, grandecita, crecidita para la edad que tiene, nos la llevábamos muy bien, yo veía que se trataban normal como padre e hija, con mucho cariño, con respeto, a veces un poquito malcriada pero bueno, cosas de niño, él es padrino de mi hija, y T. (omite identidad) también, es madrina de puerta de Iglesia, la niña tiene dos años, yo me la llevaba muy bien con ella, porque ella siempre fue simpática con todos, siempre le brindé una amistad, la aconsejaba, él siempre estaba pendiente que ella llevara la cosas por buen camino, se preocupaba por la escuela, visitaba a su mamá siempre, si tenía algún problema lo que me contaba ella era que no le gustaba estar con la mamá, que la regañaba, que la ponía a hacer muchos oficios, atender a los otros niños, cosas así que no le correspondían a una niña de su edad, pero con su papá siempre la vi que se llevaba bien. Es Todo. A PREGUNTAS FORMULADAS POR LA DEFENSA DEL ACUSADO RESPONDIÓ: ¿Cómo era el comportamiento de la niña los días que usted compartió con ella, días, o semanas y si usted compartía con el señor Carlos y con la niña cómo era el comportamiento de ella para con el papá? Normal, como toda hija con su padre, se la llevaban bien, ¿y cómo era el trato de él para con la niña? También normal, como su papá que era se preocupaba por T. (omite identidad), le decía no hagas esto, eso es malo, las cosas no son así, la aconsejaba mucho, ¿Cuándo ella viajaba donde usted vive ella compartía con otras personas, con otros niños, con amigos, primos, vecinos? No con mucha gente, como no conocíamos muchas personas, y más que todo viajaban con mi otro cuñado y la otra niña, y si jugaba era más que todo con ella y dos primitas que yo tengo que viven acá, y tengo dos hermanitos también que de vez en cuando, no mucho, pero si salíamos iba ella, con mi esposo y ellos dos que iban de visita, ¿cuando se quedaban ellos dos de visita en su casa dónde dormían ellos? T. (omite identidad) siempre dormía conmigo, en el mismo cuarto, en la cama dormíamos nosotras, y buscábamos un colchón porque como no es mi casa propia sino la casa de mi mamá, y mi esposo dormía con Carlos, ¿en ese tiempo que la niña los visitaba llegó usted a tener conocimiento de que la niña haya tenido algún tipo de relación con un familiar suyo? Relación no sé, sé que se mandaba mensajes con alguien ¿quién es ese alguien? Con uno de mis hermanos, ¿qué se llama? J.J., ¿quién supo eso? Ella me decía que se mandaban mensajes, sabía que se mandaban mensajes pero no sé si había algo así, ¿llegó usted a saber por qué la niña vivía con el papá o si la niña vivía con el papá? Cuando yo la conocí ella vivía con la mamá, y después al cierto tiempo supe que estaba viviendo con el papá porque a ella no le gustaba vivir con la mamá por lo que ya dije, que tenía muchos problemas con ella, que su mamá tenía dos niños y la mandaba a hacer cosas, oficio de la casa y atender los niños y no eran acordes para la edad de ella, ella era más bien una niña que necesitaba atención, ¿qué edad tenía la niña cuando los visitaba? Cuando nos visitó la primera vez no sé si ya había cumplido los 12 pero yo la conocí cuando tenía como 11, y después que él se separó de Eucarys fue que nos visitaron por primera vez que viajaron todos mis cuñados y la esposa de mi cuñado, ¿estando allá usted llegó haber que el señor Carlos tomara una actitud represiva con la hija si la veía hablando con alguien? Represiva no porque mientras estaban en mi casa, ella siempre estaba conmigo, con mi mamá, o estábamos todos, pero no se portaba mal, y si se portaba mal su papá le decía que por qué lo hizo, ¿cómo se llama su concubino? D.L.B.A., ¿su concubino llegó a compartir con el señor Carlos aquí en Caracas, tiene conocimiento de eso? Sí, él tuvo algunos meses porque estuvo medio trabajando con él y otras veces porque venía para que le pintara o le arreglara el carro, ¿es decir que su hermano en alguna oportunidad convivió aquí en Caracas con su hermano Carlos? Sí.

10).- La niña M.J.M.A., sin juramento, declaró: “El señor es mi primo se llama C.M.. Edad 12: grado: 2 año. Hija de Soraida y de J.M.. ¿Cuéntanos de T. (omite identidad) y de tu primo? Mi primo es muy especial conmigo, siempre me la lleve bien con el y con ella también. Éramos muy amigas ella me contaba sus cosas, igualmente no vi nada extraño, esta situación me tiene no se porque nunca vi nada extraño, siempre fue una relación normal de padre e hija. ¿Dónde vives? En Maturín. ¿Ellos iban para allá a visitarte? Si. ¿Cómo se comportaban ellos cuando te visitaban, él la regañaba mucho? No, ella siempre andaba conmigo para arriba y para abajo, en mi casa en mi computadora, viendo televisión siempre andábamos juntas. ¿Cuándo se quedaban en tu casa donde dormían? En mi cuarto. ¿los tres? no, el dormía con mi hermano y mi primo y yo dormía con T. (omite identidad) y una sobrinita mía. ¿Ella te contaba sus cosas y que te contaba? Bueno sus cosas en el liceo. Que su papá era un papá especial, que era único con ella que la quería mucho. ¿Te llego a comentar si tenía novio? Si dijo que tenía novio, que el novio creo que era un p.d.e., ¿y cuántos años tenía ella cuando te contó eso? 14, ¿y te dijo como se llamaba el novio? Sí, pero de verdad que no me acuerdo, ¿y te contó más detalles sobre su noviazgo, qué hacía con el novio, si iba al parque, si iba al cine? Sí, me decía que a veces iba al liceo y salía con él, al centro comercial, al parque, a comer helados, por ahí pues, ¿ese primo vendría siendo familia de la mamá de ella o familia de ustedes? De la mamá de ella, ¿y no te dijo si lo llevaba a la casa o lo tenía escondido? Lo tenía escondido, ¿para que no la regañaran? Sí, ¿dijiste que estabas en qué grado? Segundo año de bachillerato, ¿dentro de las cosas que has visto en el liceo te han enseñado educación sexual? Sí, ¿en base a eso que has aprendido en el colegio tu prima te llegó a comentar si había tenido relaciones sexuales con ese novio? Sí, ¿qué te dijo? Que había tenido relaciones, ¿te dio detalles? No. ¿Eso te lo dijo aproximadamente, en qué fecha, en qué año, donde fue eso? Fue en diciembre cuando estábamos en casa de mi abuela, que estábamos durmiendo juntas y ella me estaba contando sus cosas, ¿eso fue en Maturín? Eso fue en temblador que estábamos allí pasando el 31 de diciembre, ¿del año 2009 o del 2008? 2009, ¿te llegó a referir que había tenido otros novios? Sí, tenía muchos novios, ¿y te llegó a decir si con esos varios novios también había tenido relaciones sexuales? Eso no me lo dijo pero yo sé que estaba con un profesor del colegio, ¿ustedes han tenido contacto actualmente? La ultima vez la llamé fue como en febrero por ahí, ¿y qué te contó? Hablamos sobre esto y me dijo que a ella la tenían obligada, ¿no te dijo quien la había obligado? No, no hablamos mucho porque ella tenía como miedo porque tenía a la mamá allí, ¿y lo poquito que te dijo? me dijo que ella quería decir la verdad, que ella ya no quería seguir con esto, pero que la tenían obligada y que no podía hablar, que ella quería mucho a su papá pero la tenían obligada, ¿por casualidad tu prima te llegó a comentar entre las cosas que te decía cuando estaban acostadas en la cama si ella se cuidaba con algún método anticonceptivo? No, ¿tú sabes lo que es un método anticonceptivo? Sí, ¿dime uno? Pastillas, ¿no te llegó a referir nada sobre eso? No, ¿cuando tu hablabas con ella cómo era ella, era triste, era feliz? Conmigo siempre andaba echando broma, andaba feliz conmigo, ¿y desde que edad ella viajaba con tu primo para allá? Como desde los 13, ¿cómo se sentía ella cuando él se le acercaba? Bien, normal. FISCAL DEL MINISTERIO PÚBLICO: ¿cada cuantas veces al año veías a tu prima? Como cinco, cada vez que e.s.d. vacaciones, cada vez que tenía tiempo libre iba para mi casa, ¿Cuándo conociste a tu prima? Como hace 3 o 4 años, ¿de más niñitas no se conocieron? No, ¿por qué? Porque no teníamos contacto ni mi papá con él, y ahora fue hace como 4 años que nos vimos, ¿y anteriormente por qué no tenían contacto? No los conocía, ellos iban a Maturín pero a casa de su hermano, ¿Cuándo conociste a tu p.C.? hace como 4 años, ¿y por qué ellos antes no iban a tu casa? No sé, ¿cómo era el trato de tu prima con tu p.C.? Siempre fue una relación normal de padre e hija, ¿pero ella en algún momento te refirió que era celoso, que le pegaba o que la amenazaba? No, ella me decía que su papá era único y especial con ella, que la quería mucho, ¿y de qué manera era único y especial? Que la cuidaba bastante, que estaba pendiente de ella, ¿y qué tiempo permanecía T. (omite identidad) en tu casa? Una o dos semanas, ¿dónde dormía ella cuando estaba allí en tú casa? En mi cuarto, ¿cómo era la relación de tu papá con T. (omite identidad)? Normal, siempre salíamos a comer, ¿y cuando salían a comer cómo se comportaba ella con tu p.C.? Bien, siempre salíamos y ella andaba normal conmigo y con mi papá o con mis hermanos, ¿ella te llegó a referir en algún momento que era triste, que quería vivir con la mamá? No, si más bien me decía que no quería vivir con su mamá, ¿por qué? Porque en su casa habían muchos hermanos, y la mamá no estaba pendiente de ella, ¿y quién estaba pendiente de ella? su papá estaba pendiente de ella, yo hablaba con ella todos los días, mi papá, mi hermano, ¿pero cuando no estaban de viaje, porque tu me dices que no vives en Caracas? No, pero hablaba por teléfono con ella, todos los días ¿ella decía que su protector era su papá? Sí ¿y quién más la cuidaba aquí en Caracas que te decía ella? ella decía que estaba con su mamá siempre, yo conocí a la mamá cuando vine a Caracas, ¿cuando viniste a Caracas? El año antepasado, como en noviembre, ¿a dónde llegaste cuando viniste a Caracas? A Guarenas, al apartamento de ellos, ¿en Guarenas, ellos tienen un apartamento en Guarenas? Creo que se llama así, no conozco mucho aquí, ¿pero dónde queda ese apartamento, cómo se hace para llegar allá? No sé porque yo no conozco aquí casi nada, cada vez que vengo ¿Cómo tu dices que venías a visitarla aquí, cuantas veces has venido a Caracas? He venido como 5 o 6 veces, ¿en esa oportunidad no sabes como se llaman las cuadras? No ¿tu dices que conociste a un novio de T. (omite identidad) dónde se conocieron? Cuando yo fui a casa de la mamá, ¿y dónde vive la mamá de ella? en La Pastora, ¿y a dónde fueron cuando se conocieron? No, yo estaba en la casa y él vive como al lado, cerquita ¿y cómo se llama? Creo que se llama Juan algo así, ¿y fueron a algún sitio? No, solamente me dio la mano y después enseguida nos fuimos a la casa de ella porque estaba la mamá, ¿y cómo es la mamá de T. (omite identidad) con T. (omite identidad)? Yo fui una sola vez y fue ese día nada más, ¿y te quedaste a dormir allí? No, porque estaba esperando a mi papá y mi primo y me fueron a buscar, ¿y tú le has conocido parejas a tú primo? Sí, ¿quiénes, me puedes decir el nombre? Una se llama Eucarys y la otra Grecia, ¿te acuerdas cómo era él con esas parejas, hace cuanto tiempo estuvo con Eucarys? Hace como 6 o 7 años, ¿pero tú dices que no se conocían, tú antes dijiste que no conocías ni a tu primo ni a tu prima, sino hace como 4 años y ahora estás diciendo que lo conociste hace 6 años? Yo estaba pequeña tenía esa edad, si estaba pequeña pero ahorita fue otra vez que vengo a hablarle a ellos porque tenía tiempo que no tenía contacto, y él se dejó de ella ahora está con Grecia, ¿pero tu manifestaste que hace 6 años conociste a Eucarys pero habías dicho que no conocías a tus primos? No, que yo estaba pequeña, y que tenía como 6 años, ¿entonces desde hace cuanto tiempo conoces a Eucarys y a tu primo y a tu prima? Yo los conozco desde pequeña lo que pasa es que por un tiempo nos alejamos un poco, porque él estaba ocupado aquí en Caracas, y yo vivía en Maturín, ¿y cómo era tu prima con Eucarys? Todo bien, yo no conviví con ellos, ¿pero cada cuanto los veías? Yo no venia casi aquí, ellos iban, ¿tu dijiste que habías venido a Guarenas, quién vivía en Guarenas? Carlos y su hija, ¿y vivía allí Eucarys? No, ¿alguna vez llegaste a saber que el viviera con Eucarys? Sí y mucho antes que T. (omite identidad) ¿pero T. (omite identidad) con quién vivía? Con su papá ¿y su papá tenía alguna pareja? No ¿y con Grecia llegó a vivir? No sé ¿y cómo conociste tú a Grecia? A ella la conocí yo ahora, ¿actualmente la pareja de él? Sí, ¿pero tú llegaste a saber si ellos vivían juntos? No sé, ¿cuando tú los visitabas en Caracas él tenía alguna pareja en su casa o solamente estaba tu prima y él? Solamente mi prima y él, ¿a dónde llegabas tú? Al apartamento de él ¿dónde queda ese apartamento? En Guarenas, ¿cómo es ese apartamento? Tenía el cuarto de T. (omite identidad), el cuarto de mi primo, un cuarto donde estaba, la sala, la cocina y el baño ¿con quién ibas tu a ese apartamento? Con mi papá, ¿y dónde se quedaban aquí? En el cuarto de la visita, ¿llegaste a dormir allí con T. (omite identidad)? Sí, ¿Cuánto tiempo permanecían allí? Como una semana ¿y en ese compartir de una semana como era tu p.C. con T. (omite identidad)? Normal, nunca vi nada extraño ahí, siempre fue una relación normal entre padre e hijo como es mi papá conmigo, ¿eran cariñosos? Sí, ¿T. (omite identidad) lo quería mucho? Sí. ¿Tú sabes por qué tu p.C. está detenido? Porque y que abusaba de T. (omite identidad) ¿qué opinas tu de eso? Para mí es totalmente falso porque yo nunca vi nada extraño en ellos, todo fue normal ¿ella te dijo que ayudaras de alguna forma a tu p.C.? No, ¿o que mintieras aquí a favor de él? No, me dijeron que dijera la verdad y lo que yo sabía. ¿T. (omite identidad) te llegó a comentar en alguna oportunidad que su papá le pegaba o la celaba mucho? No, no me contó nada de eso. ¿Y el papá llegó a conocer que ella tuviera novio? No creo, ¿pero qué te contó T. (omite identidad) que ella le había dicho a su papá que tenía novio? No, que ella lo tenía escondido ¿y el papá se llegó a enterar alguna vez? No sé, ¿Por qué T. (omite identidad) dejó de vivir con su papá si él la quería tanto? Porque ella nunca vivió con la mamá ¿Pero por qué crees tu entonces que si él la quería tanto ocurrió esto? Me imagino que por celos de ella ¿de quién? De T. (omite identidad) hacia su papá ¿y por qué crees tú que ella tenga celos hacia su papá? Por cosas que comentó, porque ella me dijo que no quería que le quitaran a su papá, porque la iba a descuidar, ¿y quién le estaba quitando el papá? Me imagino que la novia que tiene ahora, Grecia, ¿qué te dijo ella además de eso? No, porque esa fue la única vez que hablamos, la ultima vez de este problema que pasó la única vez. ¿Cuándo fue que hablaron? Vía telefónica ¿Cuándo fue eso? Como en febrero o marzo, ¿y ella qué te preguntó? Que la tenían obligada a todo esto y que ella no quería que a su papá lo mataran, ¿tu llegaste haber a la mamá de T. (omite identidad) pelear con tu p.C., que tuvieran buenas relaciones? La ultima vez que yo estuve presente que ellos hablaron fue en una fiesta de 15 años, ¿Es decir que también habían buenas relaciones entre ellos? Sí, ¿y cuando cumple años T. (omite identidad)? En Diciembre, ¿tú has estado en sus cumpleaños? No. LA JUEZA: ¿En alguna oportunidad T. (omite identidad) te llegó a hablar de algún diario? No, ¿de embarazo? No, ¿cuál es el nombre del novio de T. (omite identidad)? No me acuerdo muy bien, ¿y el novio que tú conociste recuerdas el nombre? No, ese día fue todo rápido, el me dio la mano rapidito y yo subí otra vez ¿y la edad? Sé que era mayor de edad, pero no sé, ¿por qué dices que crees que era mayor de edad? Porque ella me dijo que era mayor de edad, ¿desde cuando tú no veías a tu tío? Desde hace 9 meses, ¿y no habían conversado vía telefónica? Sí, ¿Cuándo fue la última vez que conversaron vía telefónica? Ayer, ¿que hablaron ustedes ayer? Él me preguntó como estaba, yo le dije que estaba preocupada por todo este problema que ojala que todo se resolviera, ¿qué más te dijo? Más nada, ¿alguien te dijo respecto a lo que debías decir aquí? No, ¿si yo te pregunto si tienes algún interés aquí en esta audiencia que me responderías, tú tienes algún interés acá? No, lo que quiero es que salga la verdad, y todo se solucione, ¿tú tienes novio? No, ¿a preguntas que te hicieron tu mencionaste que T. (omite identidad) en alguna oportunidad te dijo que había tenido relaciones sexuales tu sabes lo que es tener relaciones sexuales? Sí, ¿qué te contó T. (omite identidad)? Bueno la verdad que yo no le pedí detalles, ¿o cómo se inició la conversación? yo le dije cómo eres con tu novio y me dijo que tenía relaciones con él, ¿dime las palabras de ella si lo recuerdas, cómo te dijo T. (omite identidad)? Yo sí tengo mi novio, porque ella sabe que yo no tengo, y yo le dije pero cómo eres con tu novio? Y ella me dijo bueno yo he tenido relaciones, hice algo con él, ¿pero te dijo relaciones o relaciones sexuales? Me dijo relaciones, tenemos relaciones ¿y el haberte dicho ella tenemos relaciones implica para ti relación sexual o entiendes tu que pueda ser una relación sexual, o una relación de amistad, una relación de compañeros de trabajo, de compañeritos del colegio? Bueno, todo.

11).-El ciudadano J.C.M., encontrándose sin juramento aportó sus datos de identificación personal dijo ser y llamarse como queda escrito, nacionalidad venezolana, estado civil soltero, de 35 años de edad, grado de instrucción Pintor Automotriz, laborando actualmente en La Pastora, Titular de la Cédula de Identidad Nº V- 12.835.620, fecha de nacimiento 17-05-1975, nombre de padres I.M. y A.B., quien depuso todo cuanto a bien tuvo conocimiento en relación a los hechos objeto del presente proceso, declaró: “Yo lo que sé es que mi hermano es inocente, en todo caso yo me he parado frente a mi hermano y le he preguntado si él le ha hecho eso a su hija, y el me dice no, cómo yo le voy a hacer eso a mi hija, mi hermano tuvo comunicación con la niña, exactamente el día 22, el jueves de este mes que pasó, y tiene una serie de mensajes, y el me pidió que hablara con su hija, y yo el martes 27 fui a hablar con ella, y ella me dice que está dispuesta a declarar la verdad, yo le dije cuál es la verdad? Que yo inventé todo eso, ¿por qué tu te ensañaste así con tu papá? Por celos y por rabia, yo pensé que me querían quitar a mi papá, ¿por qué tú te seguías ensañando con tu papá? Ella me dice porque la gente me decía que me iba a matar, yo le dije tu no sabes que tu papá no es capaz de matar ni a una mosca, ¿cómo tu vas a decir eso si tu sabes que tu papá es inocente?, ella me dijo que está dispuesta a declarar nuevamente ante el tribunal, son tantas cosas que hemos vivido mi hermano y yo, y el conjunto familiar de verdad está muy afectado con esto, con esta situación, nunca había estado en una situación como esta, somos gente trabajadora, sana, honestas, y mi hermano no es capaz de hacer un acto así tan feo como ese, de verdad no sé que más decir, yo considero que mi hermano es inocente, y nos hemos parado frente a frente, como dos caballeros que somos, y él me ha dicho, sí viejo, yo soy inocente, yo no soy capaz de hacerle eso a mi hija, y creo en la inocencia de mi hermano. A PREGUNTAS FORMULADAS POR LA DEFENSA DEL ACUSADO RESPONDIÓ: ¿Tiene usted conocimiento de cómo era el trato del señor Carlos con su hija? Era muy bonito, él quería mucho a su hija, siempre ha querido lo mejor para su hija, de verdad la trataba como una reina, ¿y cómo era el trato de ella para con su padre? Era bien, todo perfecto, exactamente no tenían problemas, ¿usted llegó a visitarlos en algunas oportunidades a su casa? Sí, hemos ido para su casa un poco de veces, hemos estado allí, hemos compartido, hemos echado broma, nunca vi nada extraño, ¿tiene usted conocimiento del por qué la niña convivía con el papá? Supuestamente creo que tenía problemas con la mamá, y con el padrastro, ¿qué tipo de problemas tenía con el padrastro? Exactamente no sé, me llegaron comentando que el padrastro quiso abusar de ella, no sé si ese es un tipo de problema, eso me lo dijo Eucarys, y la niña decidió irse para la casa de mi hermano y ahí se quedó, parece que ella tuvo un problema con la mamá, parece que la niña le pegó a la mamá, y le llegó llorando a mi hermano por esa situación, y mi hermano le dijo cómo te vas a dejar pegar de tú hija ¿logró usted en alguna oportunidad observar si la niña compartía con los vecinos, con amiguitos, con primos? Ella tenía sus visitas en su casa, recién antes del problema estaba con unas compañeras de estudio, y andaba con mi hija que también compartían juntas, ¿usted como tío de la adolescente llegó a tener conocimiento en algún momento que la niña tuviese algún novio? Sí he escuchado bastantes comentarios que la niña era tremenda, ¿podría ser un poco más explícito en eso? A mí me decían que la niña pasaba por el callejón con una minifalda que se le notaban las nalgas y andaba pendiente de muchachos, y llegué a escuchar que en el liceo hacía cosas, como haciéndole juegos pornográficos a los carajitos, tantas cosas que yo estoy decepcionado de mi sobrina, ¿sabe usted cómo era el trato de la niña con la concubina del señor Carlos, en específico la ciudadana Eucarys? Se celaban mucho, ella celaba mucho a su padre, y a veces también que si mi hermano le regalaba cualquier cosita a Grecia entonces se celaban por gafedades, ¿alguna oportunidad usted llegó a presenciar problemas entre el señor Carlos y su hija, alguna discusión? El día anterior antes del problema, si tuvieron un problema, y yo bajé a calmar la situación, ¿y ese problema era por qué? Porque yo le dije a mi hermano ¿qué pasó? Él me dijo que estoy cansado de decirle a la niña que me ayude a fregar, mi hermano estaba cocinando, y allí empezó la discusión, luego se calmó la cosa, y yo subí, y me quedé por ahí y escuchaba los problemas, y ella le dijo me voy a vestir para que me lleves para la casa de mi mamá, a la final se calmó la situación y yo subí para la casa, ¿qué edad aproximadamente tenía la niña cuando empezó a convivir con el papá? Exactamente no sé la edad, creo que de 10 a 11 años, algo así, no sé exactamente la edad ¿y en ese tiempo usted no vio ninguna actitud sospechosa? No, de verdad que no, una relación de padre e hijo muy bonita, de verdad que no sé por qué mi sobrina se comporta así con su padre, ¿usted actualmente o después de la denuncia en que su hermano fue aprehendido ha amenazado a familiares de la niña? No, para nada, ¿los ha acosado? En ciertas oportunidades si fui para su casa, y ellos me abrían la puerta de su casa, estaba la mamá, el padrastro y la niña, sí hablé con ellos, converse porque a nosotros nos cayó la cosa así como de sorpresa, y yo quería saber qué pasaba, porque esto fue así de la noche a la mañana, mi hermano está preso por esto, por esto y por aquello, yo le dije a mi sobrina ¿por qué tu no habías hablado conmigo? ¿Por qué no habías dicho nada? Porque el caso es grave, mi hermano está preso, mi hermano está arriesgando su vida, ¿a ti no te importa si a tu papá lo matan? ¿Pero usted la llegó a ella a obligar o a la mamá de ella o al padrastro de ella los llegó a obligar a que retiraran la denuncia, y que no vinieran más a las instancias judiciales? No los llegué a obligar. A PREGUNTAS FORMULADAS POR LA FISCAL DEL MINISTERIO PÚBLICO RESPONDIÓ: ¿Dónde vivía usted cuando ocurrieron los hechos específico que usted señala en relación a la discusión que tuvo T. (omite identidad) con su papá? En mi casa en El Manicomio, ¿y ellos? Ellos estaban recién mudados, tenían como mes y medio mudados ahí, ¿al Manicomio? Sí, ¿qué escuchó usted específicamente? Lo que escuché fue que mi hermano le decía quiero que me ayudes a fregar, y esas cosas, yo le toqué la puerta a mi hermano y le pregunté qué tipos de problemas tienes? Él me dijo que la niña no me quiere ayudar, todos los días estoy llegando a cocinar, y fregar, ese era el problema que tenían, ¿dónde estaba usted cuando escuchó la discusión? En mi casa, ¿escuchó gritos? Sí, porque vivimos prácticamente al lado, ¿usted en ese momento, ese día habló con T. (omite identidad)? No, en ese momento no, ¿dónde estaba T. (omite identidad) cuando usted habló con su hermano o tocó la puerta? Le toqué la puerta y hablé en toda la entrada con mi hermano, ¿y usted vio a T. (omite identidad)? Sí, ¿dónde estaba T. (omite identidad) cuando usted la vio? Ella estaba sentada en la mesa, estaba pintando unas cerámicas que mi hermano le había comprado, unos adornos, ¿por qué usted no pasó? No quise pasar porque mi hermano me dijo, tranquilo que no va a pasar nada, y me quedé por ahí para ver si no pasaba nada y de verdad no pasó nada, ¿usted saludó a T. (omite identidad) en ese momento? No, en realidad no la vi, la vi exactamente como por la ventana, no la saludé, no llegué a rozar con ella, yo sí vi que ella estaba allí pintando la cerámica, ¿quiénes vivían en esa casa? Viven unos vecinos, ¿en la casa, vivía alguien además de T. (omite identidad) y su papá? No, ¿el señor C.M. tenía pareja en ese momento? En ese momento él tenía una novia por ahí, ¿quién era la novia? Exactamente no me acuerdo, creo que se llama Kasandra, ¿usted la llegó a conocer? Sí, un día anteriormente, antes del problema, que él la llevó para la casa, para mi casa, para que nos conociera, ¿Cuánto tiempo tenía él saliendo con esta persona? Como mes y medio, algo así, ¿y con Grecia, la conoció usted a Grecia? Sí, ¿el también estaba con Grecia? No, en ese momento la relación estaba terminada, pero ellos siempre se veían, siempre tenían comunicación, sabe usted por qué terminó la relación de el señor C.M. con Grecia? Lo que pasó con ellos era que la niña los celaba mucho a ellos, ¿por qué usted dice eso? Porque Grecia me lo decía, yo llegué a hablar con ella y me dijo es que su hija es muy celosa, que yo no puedo abrazar a Carlos, porque enseguida le pone la cara de cañón, entonces por eso tenían problemas, y por eso fue que decidieron como darse un chance, ¿quién le dijo a usted eso? Grecia misma me dijo que no habían en sí roto la relación, yo he tenido mucha comunicación con Grecia y la aprecio mucho como cuñada, ¿pero ella le manifestó que la niña era muy celosa y por eso habían terminado? Sí, ella es como muy dominante hacia el padre, ¿y el padre hacia la hija era dominante? No, él la dejaba salir ¿con quién s.T. (omite identidad)? Bueno ella iba para casa de su mamá todo el tiempo, sí tenía mucha libertad la niña, claro mi hermano le decía a tal hora tienes que estar aquí porque mi hermano lo único que quería era lo mejor para ella, y él no es rumbero, ni amanece en la calle, ni fuma droga, ni un carajo, mi hermano es una persona muy sana, ¿cómo era la relación suya con T. (omite identidad)? Nos la llevábamos muy bien, pero ella era muy cerrada, ella en sí nunca me decía nada, ¿y cómo puede usted definir la personalidad de T. (omite identidad)? Para mí ella tiene como dos caras, ¿por qué usted dice eso, podría explicar? Porque a nosotros nos aparentaba una cosa y ya vivimos la situación que es otra cosa, ¿desde la denuncia cuantas veces ha visto usted a T. (omite identidad)? Los primeros días la vi como 3 o 4 veces, ¿y después? No, más nunca la volví haber así, hasta este martes, ¿usted la ha llamado? No, ¿y por qué se han visto? Porque mi hermano tuvo comunicación con ella y este martes le dijo quiero hablar con tu hermano para ver si podemos hablar la situación, yo inclusive fui para la fiscalía, e hice una serie de preguntas porque yo quiero aclarar la situación, la ruptura familiar nos ha perjudicado a todos, ¿usted le ha dicho a ella que retire la denuncia? Yo lo único que le he dicho a ella es que diga la verdad, ¿y le ha dicho que su padre puede morir? Sí, yo sí le dije eso, tu papá puede morir por el tipo de caso es muy delicado, bueno aunque la gente también me dice que en un problema de estos apenas llegando lo pueden matar en un penal o que se yo, ¿usted le ha comentado eso a ella? yo sí se lo comenté a ella, yo le dije tu sabes que a tu papá lo pueden matar, y ella me dijo no, no lo voy a matar yo lo van a matar son los presos allá adentro, ¿usted le ha preguntado a su sobrina directamente si su papá abusó de ella, le hizo esa pregunta directa en confianza a su sobrina T. (omite identidad)? Exactamente no. ¿Usted dijo que el padrasto según lo que le informa EUKARIS había intentado abusar de la niña, eso para usted constituye algún problema? Si es un problema pero yo me vine enterando fue ahorita con este problema. ¿se puede buscar allí alguna otra alternativa de solución? De solución para ese problema, si, yo lo único que quiero es que se sepa la verdad. ¿Qué comentarios ha escuchado usted cuando usted refiere: , que decían de la niña? oye a mi me han dicho que la niña es muy tremenda se las pasa con un poco de carajitos y un poco de. ¿Y que hace con todos estos carajitos como usted mismo lo indica? Buscándoles fiesta a los niños del liceo que ella ha pasado con mini faldas y bromas que se le ve que la niña por eso es que es tremenda pues. ¿Tiene usted como demostrar que la niña hacia juegos pornográficos con los niños del liceo? Oye no supuestamente ella tenía videos grabados por allí, pero nunca los llegue a conseguir. ¿Usted fue a declarar a la fiscalía en este caso? De verdad que no porque no se que hacer con este problema. ¿Cuándo se inicio este proceso usted fue a declarar a la fiscalía? No, nunca me llamaron, nunca fui. ¿Por qué usted dice que esta decepcionado de su sobrina? Bueno por que como le hace eso a su padre, ella sabia que su padre es lo mejor para ella, de verdad que mi hermano la tenía como una princesa, mi hermano le daba gustos, le daba cualquier cosa que ella pedía y él quiere mucho a su hija porque él con todo este problema él esta dispuesto a perdonar. ¿a perdonar que? Lo que le hizo ¿Qué le hizo? Meterlo en este problema. ¿ese día que usted presenció o escuchó la discusión entre el señor C.M. y T. (omite identidad), cuando usted dice que bajó, esa fue la única discusión que escuchó entre su hermano y la niña T. (omite identidad)? Si la única discusión que yo he escuchado. Todo por malcriadez porque no quería fregar porque mi hermano le decía oye antes de yo llegar del trabajo haber si me ayudas a fregar y yo cocino y él en ese momento estaba cocinando y estaba fregando. ¿La noche de la discusión que usted indica que bajo, usted vio como estaba vestida T. (omite identidad)? Si ella estaba vestida con su ropa de casa, su short y una franelilla. ¿Por qué usted dice que se quedó allí esperando haber si pasaba algo más? Oye porque no quería que ellos tuvieran problemas o sea porque yo baje fue a calmar la situación y me quede por allí para ver si seguía el problema, pero en un lapso de tiempo vi que se calmó todo y subí para mi casa. ¿Usted esperaba que pasara algo allí? No, porque yo sabía que se iba a calmar la situación. ¿Usted sabía que la niña T. (omite identidad) tenía medidas de protección? Si. ¿se le ha acercado a la niña a sabiendas de que tiene medidas de protección? Si porque ella misma le comunico a mi hermano para citarme con, con y le dije sabes que eso no lo puedo estar haciendo yo, pero me dijo oye viejo, yo quiero que se resuelva esto para salir de esto, y ella me escribió a mi celular y yo no tenía el número celular de ella, ella quiere venir al juicio ¿según lo que usted indica? Si que ella había hablado con la mamá, que le había hecho varios comentarios de la situación. Que es lo que estaba pasando. Que ella iba a retirar los cargos y broma porque sabe que su papá es inocente. Y la mamá supuestamente y que le dijo y que lo dijo tu estas loca, si hable un rato con la niña, yo le dije y porque tu te ensañaste con tu papá y broma, porque a mi me decían que si él salía el me iba a matar y yo le dije tu sabes muy bien que tu papá no es ni capaz de matar a una mosca, si pero me guíe por los comentarios, eso fue lo que me dijo, de verdad lo que queremos es que se aclare toda la situación, porque nosotros estamos pasando por un problema que nunca en nuestras vidas pensamos que estaba pasando. Es que éramos una familia perfecta, nosotros éramos dos personas trabajadoras, el conjunto familiar ha sufrido mucho por este tipo de problemas y ya quisiéramos que se aclare esta situación ¿usted vivía cerca del lugar de habitación de T. (omite identidad) y el señor Carlos? Si, es un apartamento, con seis. ¿Tiene ventanas en su lugar de habitación? Bueno si tengo una ventanita pequeña y la puerta que siempre la dejo abierta. ¿Pudo ver usted alguna oportunidad que T. (omite identidad) permitiera el acceso a su lugar de habitación de alguna otra persona o algún caballero distinto al señor C.E.M.? No de verdad que no. ¿Qué se haya enterado usted por comentarios? No. Yo se por comentarios si escuche que ella tenía un novio por allí, que el señor era un tipo casado, un tipo mayor y broma. LA FISCAL DEL MINISTERIO PÚBLICO INSTO AL TESTIGO EL NO ACERCAMIENTO NI A TRAVÉS DE INTERMEDIARIOS A LA VÍCTIMA HACIENDOLE LA ADVERTENCIA QUE PUDIERA CONSTITUIR DELITO. NI POR MENSAJES DE TEXTOS, NI LLAMADAS TELEFONICAS O SEA NI BAJO NINGUNA CIRCUNSTANCIA, NI DE ACERCAMIENTO AL LUGAR DE RESIDENCIA DE LA NIÑA. El ciudadano J.C.M., agregó: “Oye lo que pasa es que los primeros días, yo quería saber que era lo que estaba pasando porque lo que yo me entere fue que mi hermano cayo preso por esto, por esto, yo quería preguntarle a mi sobrina, que paso, que porque nunca había hecho ningún comentario de este tipo de problema. Es Todo”.

12).-El ciudadano R.D.G., quien previo juramento de Ley, impuesto del contenido de los artículos 242 y 245 del Código Penal, y artículo 345 del Código Orgánico Procesal Penal, aportó sus datos de identificación personal, Venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nº V -9.625.373, nacido en fecha 29-12-1969, de profesión u oficio Licenciado en Ciencias Policiales, laborando actualmente en Sub Delegación Oeste del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, 40 años de edad, declaró: “Si efectivamente en esa fecha de octubre cuando se presenta la ciudadana en compañía de la menor ya venia referida de la Fiscalía (104º) del Ministerio Publico, donde otras cosas ordenaba que le diera la primor y la celeridad del caso que ameritaba en virtud de la ciudadana también manifestado que había ido para la Medicatura forense consideramos pertinente y necesario primeramente a retirar el resultado médico legal cuando tuvimos el resultado médico legal enseguida con la misma ciudadana nos trasladamos hacia la residencia donde el ciudadano laboraba allí se le explico al ciudadano nos identificamos y le explicamos al ciudadano el motivo de nuestra comparecencia y le explicamos que debía acompañarnos al despacho una vez allí se le notifico que quedaba detenido y se le notifico al Fiscal del Ministerio Publico, que se encontraba de guardia. Es Todo. A PREGUNSTAS FORMULADAS POR EL MINISTERIO PÚBLICO EL CIUDADANO FUNCIONARIO R.D.J.L.C.: ¿Recuerda usted la fecha de la aprehensión? Si mas no recuerdo el 09 de octubre del año 2009 ¿usted o en cual departamento labora en la sub. Delegación oeste? En la brigada de tazoles ¿para ese momento laboraba allí? Si ¿reconoce usted el contenido y acta de la firma del arresto de aprehensión que se le puso en vista y manifiesto? Si yo personalmente la suscribí ¿podría explicar quien llego a la sub. delegación oeste? La representante conjuntamente con la niña ¿usted se entrevisto con ambas? Si ¿recuerda que le expusieron tanto la representante como la niña? A la menor la entreviste yo personalmente ¿Qué le dijo la adolescente? Me manifestó que a raíz de la separación del padre y la madre habían tomado la decisión que la menor se quedaba con el padre y que desde aproximadamente los doce años el estaba manteniendo relaciones sexuales con ella ¿le llego a decir la menor de que manera mantenían relaciones llego a explicarle como fueron los hechos que fue victima? Si en la entrevista ella misma manifiesta que el cada vez que discutía con la esposa se iba para el dormitorio de ella, la primera vez le había dicho que si sentía algún dolor que no fuera a decir nada que se iba a pasar y todas esas cosas por el estilo a raíz de eso comenzó a repetirse con mas frecuencia ¿recuerda usted cuando le dijo la victima que había sido la ultima agresión? Prácticamente tendría que ver la declaración de ella pero si de hecho por lo que se practica la detención fue por que desde que tenia los doce años a estado ocurriendo casi todos los días esa fue su respuesta contundente que aun estaba ocurriendo no fue que ocurrió una vez dos veces no que estaba ocurriendo lo manifiesta la menor de su detenido ¿recuerda usted como era las condiciones de esa adolescente en el momento que fue hacia su despacho? Ella era una menor bastante tímida si se quiere decir no obstante era muy contundente en sus respuestas no vacilaba en contestar no tomaba una conducta omisa o relativa a la hora que se le entrevistaba ¿luego de ellos usted dice que compareció a la Medicatura forense podría explicar cual fue su actuación allí? Retirar el resultado médico legal ¿se entrevisto con alguien allí que le informara algo? No el funcionario A.V. que es el encargado de la recepción de atender las comisiones cuando vienen a retirar los resultados el es quien los busca y uno firma y el autoriza que uno se lo retire ¿recuerda usted el contenido de ese resultado? Si más no recuerdo lo más importante que decía era de himen elástico, si ese tipo de himen que no se desflora hasta tanto la mujer no hace relaciones hasta lo que tengo entendido ¿recuerda algo mas que haya leído de ese informe? No lo recuerdo en este momento ¿A dónde se dirigió luego de ir a la Medicatura forense? De allí fuimos directamente con la menor al lugar de trabajo del ciudadano para ubicarlo e identificarlo plenamente trasladarlo al despacho comunicarnos con el fiscal para coordinar lo que se iba hacer ¿una vez llegado aquí al lugar del trabajo del ciudadano como es que se realiza la aprehensión recuerda? Uno se identifica plenamente yo soy funcionario el despacho donde uno esta laborando y el motivo de nuestra presencia obviamente le decimos de la averiguación necesitamos que vaya al despacho una vez allí en virtud de la detención que toman los jefes y el Ministerio Publico, si se considera o no se considera que este allí en las condiciones ¿y cual fue la actitud que tomo el señor CEM (acusado, mayor de edad, se omite identidad) cuando vio a su hija con la comisión? No el no tomo ninguna actitud únicamente llegamos nos identificamos no puso ninguna objeción en acompañarnos ¿recuerda con quien usted se traslado allí? Con el jefe de la brigada el inspector jefe H.L. no recuerdo si el técnico por que uno acostumbra que en este tipo de casos y a veces un experto criminalístico no se sabe lo que se va a recabar lo que se haya que hacer una inspección ¿usted ese día participo en alguna inspección? En la inspección de la casa no, a la casa fueron el inspector Linares el jefe de la brigada y el inspector L.P. que es el experto en criminalística yo me quede en el despacho haciendo las actas la participación de todo lo pertinente armando el expediente. Es todo. A PREGUNSTAS FORMULADAS POR LA DEFENSA DEL ACUSADO EL CIUDADANO FUNCIONARIO R.D.J.L.C.: ¿Dónde se encontraba usted al momento en que acude esta ciudadana que usted señala como representante de la menor? En el despacho ¿en que lugar específicamente se practico la aprehensión del ciudadano? En su lugar de trabajo en la pastora esquina la trinidad ¿eso era? Un taller de latonería y pintura ¿Qué personas se encontraban presentes para el momento de la aprehensión? Creo que el jefe del el hay estaba un señor creo que era el jefe o compañero de el ¿dice usted que la señora compareció a la sub. Delegación y se hacia acompañar de un oficio? Si fue referida por la Fiscalía (104º) del Ministerio Publico ¿usted le dio lectura a ese oficio? Si ¿Qué refería? Refería específicamente tomar la denuncia con la celeridad y prontitud que amerita el caso de conformidad con el articulo si mas no me equivoco octavo de la LOPNA, por que siempre uno consulta con el asesor jurídico y eso es el interés superior del niño por sobre todas las cosas algo así me explico el asesor jurídico o sea que es urgente y necesario o sea que no se le puede tomar una denuncia y venga el lunes y venga el miércoles no cuando hay menores cuando hay este tipo de denuncias el inspector H.L. y mi persona que somos los mas antiguos automáticamente tomamos la batuta y practicamos toda la diligencia para evitar que haya errores ¿comparece esta ciudadana y le pone de manifiesto el oficio que le refiere? Como manifesté en el oficio la ciudadana me dice mira esta pasando esto nosotros nos separamos y mi hija se fue con el mi hija le manifestó a la fiscal que desde los doce años el esta abusando sexualmente de ella ¿una vez en el sitio que señala usted que fue practicada la aprehensión se logro incautar algún objeto de interés criminalístico que se pudiera relacionar con lo que había referido la señora? No, solamente se identifico y se traslado al ciudadano al despacho ¿Cuánto tiempo transcurrió desde el momento que sale de la Medicatura forense a practicar la aprehensión? Menos de una hora, cincuenta minutos por que eso fue directamente allí a la pastora no fuimos al despacho directamente nos fuimos haya ¿Qué realizo posterior a que realizo la aprehensión del ciudadano? En compañía de la misma menor se hizo la inspección ocular, se hizo la inspección técnica de donde la residencia donde vivía se le tomo entrevista a la menor por supuesto ¿una vez que esta usted en el sitio indicado por esta ciudadana como lugar que laboraba el ciudadano quien le indico que era la persona que sucedió ese momento que usted llega al sitio? Bueno cuando nosotros nos trasladamos a buscarlo a el directamente cuando llegamos allá buenos días habla el inspector R.D.J.d.C., de la sub. delegación oeste estamos solicitando al ciudadano fulano de tal y el dijo ese soy yo ¿no fue señalado por ninguna persona? Claro ya la menor había dicho el trabaja aquí ¿con que otro funcionario realizo usted la aprehensión? El inspector H.L. ¿Qué otro documento fue presentado por parte de la ciudadana a parte del oficio? No el oficio de la Fiscalía no se si en la Fiscalía presento otra documentación, haya nos presento el oficio mediante el cual la Fiscalía la refería ¿Qué realizo usted con ese documento? Lo consigne en el expediente ¿señala usted en su declaración que acudió ante en Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalística específicamente a Medicatura forense a ubicar el reconocimiento médico legal dentro de la facultad que usted tiene esta autorizado para retirar ese resultado reconocimiento médico legal? Si por que lo ordeno la Fiscalía y me esta ordenando practicar todas las diligencias que considere pertinentes y necesario para llegar a total esclarecimiento del hecho y es pertinente recabar el reconocimiento médico legal ¿al momento que usted llega a Medicatura forense sostuvo entrevista con alguna persona? Con el funcionario A.V. y me identifique le explique le explique el motivo de mi presencia el procedió a buscar me tomo nota firme como la persona que estaba retirando eso ¿y el si esta autorizado para hacer entrega? Si el es la persona encargada de entregar eso ¿una vez que lo aprenden en el momento de la aprehensión cual fue la actitud de el? Buena conducta y colaboración con la comisión en ningún momento hizo objeción ¿una vez aprehendido que hacen con el? Lo trasladamos al despacho ¿a ese despacho compareció alguna otra persona al momento en que se trasladan con el? A el se le permitió una llamada creo que fue con el hermano yo deje constancia inclusive del numero que llama posteriormente llega allí no se si el hermano la cuñada otra hermana a ellos se le permite que le den comida que le explique las situaciones ¿en especifico la ciudadana que acude a la comisaría y la adolescente la menor en ese momento estaban allí? No ya para ese momento creo que se habían retirado por que ya cuando llegan los familiares son seis siete de la noche es pendiente de que le entreguen su comida que le entreguen las propia desde el y se le notifica será trasladado a la división de captura que es el deposito de detenido del CICPC ¿refiere usted que toma acta de entrevista a la menor específicamente la realizo usted de ello se debe dejar constancia en esta acta que se levanta? No posteriormente esta en la entrevista de la menor, en el expediente esta la entrevista de la menor. Es todo.

13).-La ciudadana Y.M.A.R., encontrándose sin juramento, aportó sus datos de identificación personal, dijo ser de nacionalidad venezolana, estado civil soltera, de 25 años de edad, grado de instrucción 9 semestre de Ingeniería Civil, Titular de la Cédula de Identidad Nº V- 16.516.280, fecha de nacimiento 03-04-1985, laborando actualmente como distribuidora de la Compañía Ilusión, hija de C.R. y J.A., declaró: “Conozco a Carlos y a la niña T. (omite identidad) desde hace algunos años, lo conocí cuando él todavía estaba viviendo con Eucarys, después se separaron, y tuve algún tiempo sin verlos porque yo no viajaba mucho, generalmente el que viajaba era mi esposo a visitarlos, y que yo sepa ellos también han viajado a Maturín de visita, y se la llevaban muy bien, a T. (omite identidad) yo la veía una niña normal, grandecita, crecidita para la edad que tiene, nos la llevábamos muy bien, yo veía que se trataban normal como padre e hija, con mucho cariño, con respeto, a veces un poquito malcriada pero bueno, cosas de niño, él es padrino de mi hija, y T. (omite identidad) también, es madrina de puerta de Iglesia, la niña tiene dos años, yo me la llevaba muy bien con ella, porque ella siempre fue simpática con todos, siempre le brindé una amistad, la aconsejaba, él siempre estaba pendiente que ella llevara la cosas por buen camino, se preocupaba por la escuela, visitaba a su mamá siempre, si tenía algún problema lo que me contaba ella era que no le gustaba estar con la mamá, que la regañaba, que la ponía a hacer muchos oficios, atender a los otros niños, cosas así que no le correspondían a una niña de su edad, pero con su papá siempre la vi que se llevaba bien. Es Todo. A PREGUNTAS FORMULADAS POR LA DEFENSA DEL ACUSADO RESPONDIÓ: ¿Cómo era el comportamiento de la niña los días que usted compartió con ella, días, o semanas y si usted compartía con el señor Carlos y con la niña cómo era el comportamiento de ella para con el papá? Normal, como toda hija con su padre, se la llevaban bien, ¿y cómo era el trato de él para con la niña? También normal, como su papá que era se preocupaba por T. (omite identidad), le decía no hagas esto, eso es malo, las cosas no son así, la aconsejaba mucho, ¿Cuándo ella viajaba donde usted vive ella compartía con otras personas, con otros niños, con amigos, primos, vecinos? No con mucha gente, como no conocíamos muchas personas, y más que todo viajaban con mi otro cuñado y la otra niña, y si jugaba era más que todo con ella y dos primitas que yo tengo que viven acá, y tengo dos hermanitos también que de vez en cuando, no mucho, pero si salíamos iba ella, con mi esposo y ellos dos que iban de visita, ¿cuando se quedaban ellos dos de visita en su casa dónde dormían ellos? T. (omite identidad) siempre dormía conmigo, en el mismo cuarto, en la cama dormíamos nosotras, y buscábamos un colchón porque como no es mi casa propia sino la casa de mi mamá, y mi esposo dormía con Carlos, ¿en ese tiempo que la niña los visitaba llegó usted a tener conocimiento de que la niña haya tenido algún tipo de relación con un familiar suyo? Relación no sé, sé que se mandaba mensajes con alguien ¿quién es ese alguien? Con uno de mis hermanos, ¿qué se llama? J.J., ¿quién supo eso? Ella me decía que se mandaban mensajes, sabía que se mandaban mensajes pero no sé si había algo así, ¿llegó usted a saber por qué la niña vivía con el papá o si la niña vivía con el papá? Cuando yo la conocí ella vivía con la mamá, y después al cierto tiempo supe que estaba viviendo con el papá porque a ella no le gustaba vivir con la mamá por lo que ya dije, que tenía muchos problemas con ella, que su mamá tenía dos niños y la mandaba a hacer cosas, oficio de la casa y atender los niños y no eran acordes para la edad de ella, ella era más bien una niña que necesitaba atención, ¿qué edad tenía la niña cuando los visitaba? Cuando nos visitó la primera vez no sé si ya había cumplido los 12 pero yo la conocí cuando tenía como 11, y después que él se separó de Eucarys fue que nos visitaron por primera vez que viajaron todos mis cuñados y la esposa de mi cuñado, ¿estando allá usted llegó haber que el señor Carlos tomara una actitud represiva con la hija si la veía hablando con alguien? Represiva no porque mientras estaban en mi casa, ella siempre estaba conmigo, con mi mamá, o estábamos todos, pero no se portaba mal, y si se portaba mal su papá le decía que por qué lo hizo, ¿cómo se llama su concubino? D.L.B.A., ¿su concubino llegó a compartir con el señor Carlos aquí en Caracas, tiene conocimiento de eso? Sí, él tuvo algunos meses porque estuvo medio trabajando con él y otras veces porque venía para que le pintara o le arreglara el carro, ¿es decir que su hermano en alguna oportunidad convivió aquí en Caracas con su hermano Carlos? Sí.

14).-El ciudadano M.J.C.A., debidamente juramentado e impuesto del contenido de los artículos 242 del Código Penal y 345 del Código Orgánico Procesal Penal, aportó sus datos de identificación personal y dijo ser Venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nº V-15.394.664, fecha de nacimiento 03-01-1983, de profesión u oficio Detective, Técnico Superior en Criminalística adscrito a la Sub Delegación Oeste del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, hijo de E.A. y M.E.C., quien conforme al artículo 354 del Código Orgánico Procesal Penal, reconoce en su firma y contenido el Inspección Técnica de fecha 28 de octubre de 2009 y Reconocimiento Médico Legal, de fecha 28 de octubre de 2010 que corre inserto a los folios 13 y 14 de las actuaciones, declaró: “Visto y leído lo que tengo lo que me antecede aquí hice una inspección técnico donde dice calle Veracruz, casa, manicomio, y así mismo hago reconocimiento de un cuchillo esa fue mi actuación. Es Todo. A PREGUNTAS FORMULADAS POR LA FISCAL EL CIUDADANO M.J.C.A.C.: ¿Explique detalladamente en que consistió la inspección técnica que usted realizo cual fue su función? Esta inspección al igual que todo verdad cuando se comete un delito es observar, específicamente este es hacer una descripción del sitio del sucedo donde ocurrió el hecho valga la redundancia y dejar plasmado todo lo que uno observa así mismo colectar las posibles evidencias que pudieron ayudar al esclarecimiento de un hecho y en este caso lo que pasa es que no puedo viéndolo bien ya que trato de recordar bastante si me acuerdo pero no mucho ¿Qué hizo usted allí? Hice una inspección técnica ocular ¿Qué en específico realizo en esa inspección técnica? Se colecto un cuchillo y una caja de cartón con la descripción donde se l.Y. la cual presenta en su interior un blíster, con un blíster ¿Cómo eran las condiciones del lugar? Lo que observo aquí era una vivienda familiar y con enseres acordes al mismo ¿Cuántas habitaciones había? No lo recuero bien ¿en particular por que se trasladan a ese sitio hacer la inspección técnica? Por que se da inicio a una averiguación donde se comete un hecho delictivo y como la norma no lo exige una vez que se comete un hecho delictivo uno tiene que acudir al sitio del suceso ¿Qué hecho delictivo fue denunciado allí? Desconozco la parte técnica va junto con el investigador el tiene el conocimiento del caso claro en ese momento obviamente tuvo que haber tenido conocimiento que es lo que estaba ocurriendo aquí pero ya pasado un año desconozco que delito como tal se estaba cometiendo ¿usted allí fungió como que? Como inspección técnica, acompañe al funcionario investigador así como el inspector L.P. ¿Quién es L.P.? Inspector trabaja en la inspección técnica y es el que tiene la mayor jerarquía ¿Quién es la persona que tiene el rol dejar constancia de cómo estaba las condiciones del sitio? Mi persona y el inspector L.P. pero como le explique anteriormente el es el que lleva la mayor jerarquía es el que supervisa lo que el me va dictando coloca esto coloca aquello ¿en que consiste una inspección técnica? Consiste en dejar plasmado el lugar como se encuentre y la condición física o una evidencia de interés criminalístico ¿usted reconoce la firma que aparece aquí en esta inspección técnica es tuya? Si por supuesto ¿entonces puede dar fe que estuvo allí en ese sitio? Si ¿y lo que dice en esa inspección técnica lo realizo conjuntamente con L.P.? Si ¿Qué se colecto allí? Un cuchillo y una caja cartón con la descripción donde se l.Y., la cual presenta en su interior un blíster con catorce (14) de sus veintiún (21) compartimientos vacíos ¿recuerda quien colecto el cuchillo? Mi persona ¿Por qué lo colecto? Por que según recuerdo se estaba manejando un hecho delictivo donde se veía involucrado esta arma o un arma con ciertas características y por ordenes expresas de la superioridad me dijo bueno vamos hacerle objetivo en la inspección como tal y acorde al delito en ese momento se colecto ese cuchillo ¿usted reconoce todo el contenido y la firma del peritaje que se le realizo al cuchillo? Si la firma es mía ¿en que consiste ese peritaje? Es un reconocimiento digamos que mas descriptivo a la pieza tratando de visualizar si quiere algún detalle en este elemento, si por casualidad estuviese sangre uno hace mención de que en ese elemento se encontraba pegado sangre de ser así en este caso por lo que se vio aquí dicha evidencia se halla en regular estado de conservación exteriorizando estrías de fricción y adherencias de suciedad, ¿no lo escucho repita? Usted me indica que es lo que yo hice aquí esto es un reconocimiento técnico de un cuchillo que es lo que se le hace una descripción a un arma en este caso a un cuchillo se le hizo una evidencia no es mas minucioso en respecto de encontrar un detalle una característica que lo pudiera individualizar y si así es el caso y si se quiere como por ejemplo si tuviese sangre como hace mención a la inspección en el reconocimiento que el mismo presenta evidencia de una sustancia climática por que nosotros no podemos decir que es sangre directamente ¿y que encontró usted allí? No encontré de relevancia no se encontró únicamente estrías de fricción y adherencia de suciedad estrías de fricción es viene a dar por el constante uso que se le pudiera dar a este instrumento ya que aquí se dice que es un cuchillo de uso domestico y se le puede dar uso y cuando digo que es adherencia de suciedad puede ser residuos alimenticios cualquier otra sustancia ¿Qué quiere decir usted cuando habla de la forma atípica? Atípica es lo que un cuchillo por lo menos lo que digo aquí un cuchillo domestico normalmente esta elaborado fue fabricado para un uso domestico es decir la cocina picar un pan, ese es su uso típico ahora la atípica es lo que podemos hacer uso de el sin ese fin es decir siendo un poquito mas coloquial usar esa arma para matar a una persona eso es atípico por que el instrumento no fue diseñado para matar a una persona fue elaborado para labores domésticos ¿pero si puede cumplir esa función como instrumento cortante penetrante? Por supuesto de acuerdo también la intensidad de la acción cuando se cometa el mismo ¿Cuánto media el cuchillo? Tenía en su hoja para cortes de aspecto acerado tenia por 2,9 cm de ancho, en sus partes prominentes cuando hablo de sus partes prominentes son las como le puedo explicar, si una hoja es confeccionada en el sentido h.t.l. superficie mas ancho o sea mas largo eso es lo que uno llama prominente ¿Cuánto media esa parte prominente? Eso va completo uno hace la medida desde lo que uno considere que es lo mas largo, ¿y cuanto media desde la parte prominente hasta la punta? Se sumarian entonces ¿usted dice que midió desde la parte prominente hasta la punta del cuchillo? Claro ¿y ese es el largo cuanto es ese largo? 14,5 cm de longitud ¿y el ancho como lo determina usted? 2,9 cm ¿y es desde? Si un objeto un cuchillo lo largo que esto la longitud de lo largo y lo otro es lo que queda de lado ¿Cuánto era eso? 2,9 cm de ancho. Es todo. A PREGUNTAS FORMULADAS POR LA DEFENSA DEL ACUSADO EL CIUDADANO M.J.C.A.C.: ¿Dónde fue incautado el cuchillo específicamente? Donde fue incautado en una mesa ¿Qué estaba ubicada en donde? En la cocina ¿al lado de ese cuchillo había otros objetos? Si ¿objetos como que? Enseres domésticos enseres de cocina cubiertos ¿Quién le permite a usted el acceso a esa vivienda? No recuerdo muy bien quien me permitió el acceso a la vivienda obviamente tuvo que haber sido familiares de la victima, la victima por lo general ¿pero en el caso concreto? No recuerdo muy bien ¿Por qué fue colectado ese cuchillo como elemento de interés criminalístico? Como estoy diciendo en ese momento en ese entonces según el delito uno tiene que ir de una manera objetiva lo que nos dice lo que nos dice el jerárquico por ejemplo hay se esta diciendo que la victima fue amenazada con un cuchillo obviamente uno tiene que colectar un cuchillo no puede colectar otra cosa o sea hay que buscar ese tipo de evidencia por ejemplo si es un cuchillo hay que recolectar un cuchillo en este caso en particular uno va a eso claro hay que ver que fue lo que se realizo ya que fue hace un año cual fue el delito como tal pero seguramente se colecta el cuchillo por que en esos momentos estaba asignado mencionado a ese caso ¿es decir que usted colecto el cuchillo en virtud del delito por el cual se inicia esta investigación? Obviamente y en virtud a eso y acuérdese que también nosotros vamos acompañado también de un funcionario de la parte de investigaciones que el es el que esta mas como se dice mas empapado del caso tiene mas conocimiento ¿Quién colecto el cuchillo? Yo ¿estando usted dentro de la vivienda en compañía de los demás funcionarios debe usted preguntar o pedir autorización a otro funcionario para colectar un elemento de interés criminalístico? No necesariamente ¿Qué otras personas se encontraba presente para el momento que se realizo esa experticia? Funcionarios ¿personas ya me dijo que los funcionarios e.H.l. y L.p. que otras personas ajenas a ustedes se encontraba presente en la vivienda al momento de la inspección? Hay unas personas pero no me acuerdo ¿había personas o una persona? Una persona ¿lea que tiene la inspección en sus manos? Si doctora lo que pasa es que aquí en la inspección que nosotros realizamos la técnica no especificamos con quien ingresamos, y si había una sola persona ¿una vez que están adentro de la vivienda que visualizo usted como era la vivienda? Una vivienda familiar ¿como se encontraba dividida? Como tal no me acuerdo muy bien solamente lo que tengo plasmado aquí son dos habitaciones una cocina, una sala ¿usted llego a entrar a algunas de esas habitaciones? No yo no llegue a ingresar a las habitaciones por que una vez que colecte ese cuchillo en se momento se lo entregue al investigador que el me dijo que estaba allí y que hiciera la recolección ¿es decir usted recolecto el cuchillo y que hizo después? Colecte el cuchillo lo describo en mi anotaciones que es lo que estoy recolectando para y posteriormente para las investigación ¿y que hizo después? Seguidamente claro ingrese a la habitación donde se encontraba el inspector se informa y después vámonos y me retire ¿es decir que su trabajo allí únicamente era colectar el cuchillo? No o sea colecte lo que colecte seguí en apoyo de ellos pero cuando yo llegue a la habitación cuando termine de realizar mis actuaciones vamos a retirarnos ya ¿a que habitación se refiere usted? Una habitación donde se colecto una caja o un blíster una caja de cartón que se l.Y. ¿Quién estaba en esa habitación? Por lo que recuerdo era el inspector L.p. que estaba encargado en esa parte ¿usted refiere que dentro de las cosas de interés criminalístico que se colectaron estaba una caja elaborada en cartón y se le Yasmin quien colecto eso? El funcionario L.P. ¿usted observo de donde el colecto la caja? Yo le pregunte obviamente donde se encontró, se encontró en uno de los closet ¿que estaba en que habitación? No se en unas de las habitaciones por que se que eran dos ¿usted dice que ingreso vio al inspector que colecto? Que paso no ya nos vamos se colecto en un closet esto ¿Qué habitación era esa como la veía usted? Conformado con una cama con su respectivo colchón y su respectivo closet con sus enseres ¿puede usted determinar de qué closet específicamente se colecto esa caja? No se decirle ¿observo usted la ropa que estaba dentro del closet? No ¿observo usted la caja colectada? Claro en el momento que me la entregan la describo para saber lo que estoy colectando como le dije estaba tomando nota una vez que me dice vamos a retirarnos se colecto esta caja yo la recibo y la describo ¿usted en base a la descripción que le hizo a la caja señalo cuales eran los compartimientos de acuerdo a la nomenclatura de los días de la semana que se encontraban vacíos? No ¿le dijo el funcionario L.P. que usted dice en su verbatum que le pregunto a el inspector que colecto, el le manifestó a usted de por que había colectado esa caja? No le pregunte por que me dijo que eso era de interés criminalístico y uno la tiene que consignar y yo la describo que se esta colectando y me imagino que es de interés criminalístico para el caso ¿sabe usted si alguien estuviera que allí presente refirió que esa caja era de alguna persona de los de allí presente? De verdad que no ¿recuerda usted si tomaron fijaciones fotográficas al sitio inspeccionado? Yo no recuerdo si la tomaron pero por lo que veo en mi inspección no hace mención de eso ¿es decir? No la tomaron entonces yo que recuerde no la tomaron ¿una vez incautado un elementó de interés criminalístico según lo que usted señala que se haya y se colecta en virtud de una denuncia o de una comisión de un hecho punible en base a eso se solicito en este caso la activación especial de rastros dactilares a la superficie de la caja de pastilla colectad para saber quien la haya manipulado? No en este caso no se hizo ¿Por qué no se hizo? En criterio mío no se hace por que evidentemente es una caja que pudo haber sido manipulada por muchas personas y pudiera estar contaminada y segundo por que en general esto es sugerencia de las partes de investigaciones eso lo digo yo personalmente lo otro es sugerencia de la parte investigadora es la parte que solicita a nosotros los expertos si requiere lo del cuchillo favor practicar un reconocimiento técnico y así mismo ver si existe rastros dactilares uno lo hace y en este caso se colectaron unas evidencias que automáticamente uno le hace un reconocimiento técnico al cuchillo que pasa que a la caja no por que se lleva a la toxicología a los fines que le hagan el estudio y una vez practiquen el conocimiento técnico ¿en este caso se remitió esta caja de pastillas a la división de toxicología a los fines de que se determinara? La sustancia contenida ¿se ordeno? Si se ordeno pero el reconocimiento técnico de esa caja la hace directamente ya la parte de toxicología ellos reciben el blíster completo hacen la revisión y el contenido de la sustancia ¿pero ustedes que colectan ordenaron la remisión de esa evidencia a los fines que se le practicara toxicología si se ordeno? Si ¿estando usted allí dentro de la vivienda tuvo conocimiento de quienes dormían en esas habitaciones que refiere la inspección técnica? No ¿considera usted como experto en la materia que la inspección debe hacerse con una expectativa de conocimiento objetiva o subjetiva? Objetiva ¿por que? Por que uno tiene que ser en ese trabajo de técnica uno tiene que ir sin sugerencias de terceras personas, de terceras personas que no sean funcionarios actuando de manera de ir al sitio del suceso plasmar lo que uno esta observando ser objetivo en eso ¿es decir que si yo me traslado con usted a un lugar equis a practicar una inspección y yo le refiero colecte ese zapato que con ese zapato me pateaba debe colectarlo de esa forma o simplemente usted entra en conocimiento que trae de la denuncia usted verifica y colecta? Uno va en base a esa denuncia obviamente claro depende también la magnitud del delito y obviamente uno hace una inspección técnica para dejar constancia de lo que uno esta observando y de acuerdo al caso colectar la evidencia que uno considere que se a necesario para esclarecer el hecho ¿ y por que usted considero que era necesario colectar el cuchillo? Como le dije anteriormente en esa oportunidad en esa denuncia se describía un cuchillo como objeto de amenaza ¿eso se lo imagino usted? Le estoy diciendo que no recuerdo el caso como tal puedo pensar que en ese momento estaba mencionado por algún lado y obviamente voy a la casa voy a la vivienda y la evidencia es en este caso siendo objetivo como le dije anteriormente por el cuchillo ¿usted refirió que en este caso se ordeno la practica del reconocimiento toxicológico a la caja de pastillas incautada de ello se debe dejar constancia en la inspección técnica a los fines que posterioridad se pueda tener conocimiento de que se incauto y que se ordeno en base de esa evidencia de interés criminalístico? Si aquí se dice que posterior será enviado al departamento de toxicología ¿logro usted observar que tipo de inmueble se encontraba a las afueras de la vivienda si había inmuebles si había casas si eran comercios? Eran viviendas ¿estando usted como técnico para realizar la inspección y para colectar evidencias de interés criminalístico a base de la denuncia que usted dice en este caso solicitaron la practica de un barrido para buscar y colectar apéndices pilosos y activación de presencia similar? En esos momentos yo no lo hice no se si otro investigador a posterior lo haya hecho ¿esto es de su facultad o de facultad de los otros investigadores? Lo que pasa es que cuando salimos a una comisión me acuerdo que este día yo estaba de guardia yo salgo con el investigador del caso y vamos al sitio me acuerdo si el lleva otro tipo diligencias técnicas o posterior como menciona un barrido el lo puede solicitar a cualquier funcionario que este ese día que este disponible en ese momento todos podemos hacer ese trabajo, por eso le digo no se si posteriormente solicitaron esta practica y la realizaron otros funcionarios ¿recuerda usted si en algunas de las habitaciones se localizo alguna prenda de vestir de uso masculino? No ¿Cómo eran específicamente las características de ese cuchillo? Era un cuchillo constituido por una hoja de cortes y su mango y su agarre como dice aquí un mango de agarre elaborado en material sintético de color negro ¿Cómo era el mago de agarre era de material sintético? De material sintético de color negro como dice aquí ¿un cuchillo comúnmente empleado es utilizado en labores domestica y empleado de forma atípica en este caso por que es termino generales que pueden ser utilizados para ambas cosas o por que en este caso estaba siendo empleado de forma atípica? Eso es cuando uno hace un reconocimiento de este tipo de materiales se hace mención de la parte atípica o sea el uso para cual fue destinado y también su uso atípico si lo tiene ¿y al caso en concreto una vez que usted le esta practicando la experticia y el reconocimiento a este cuchillo se pudo determinar o se le realizo alguna activación de huellas dactilares para ver quien había manipulado antes ese cuchillo? Si no lo ice la inspección evidentemente no se realizo ¿y en base a que practican una inspección por que si esta en base de un conocimiento de un hecho punible considera usted necesario realizar la reactivación de huellas dactilares? Es un uso este cuchillo debe haber sido manipulado por muchísimas personas y determinar eso en una reactivación debe ser un poco tedioso ¿era el único cuchillo que se encontraba en esa cocina? No pero ese fue por que fue mencionado, me pregunto si había mas utensilios si había otros utensilios pero lo que estaba allí era este cuchillo por que si no evidentemente se hubiera colectado todos ¿es decir que en la cocina no había otro cuchillo? No dije que no había otro cuchillo pero por lo menos que yo tenia en vista este era a simple vista. Es todo. A PREGUNTAS FORMULADAS POR LA JUEZA EL CIUDADANO M.J.C.A.C.: ¿Señor centeno ese cuchillo que usted colecto alguien se lo señalo? Que yo recuerde no si no es como yo le estoy diciendo en base de lo que estaba ese día como lo dije anteriormente el motivo de la inspección iba a eso a buscar en especifico la evidencia ¿deja constancia usted si ese cuchillo presentaba algún tipo de residuos de alimentos? Aquí habla de adherencia de suciedad, adherencia de suciedad esta puede ser residuos de alimentos también bueno pudiera ser muy diferente claro si tuviera sangre ya hay se hace mención o se hace una acotación que tiene adherencia a una sustancia hemática ¿el funcionario L.P. que incauto la caja de pastillas le llego a comentar a usted si la misma estaba a simple vista o estaba resguardada o escondida debajo de algunos objetos una gaveta? que yo recuerde no me dijo nada de eso el detalle como tal no me dijo pero me dijo que estaba en un closet toma aquí esta la caja yo lo que hice fue tomar notas de la caja como tal y al llegar al despacho remití la caja a toxicología y así mismo dejar conocimiento como dice aquí del cuchillo que era la parte mía. Es todo.

RAZONES DE HECHO Y DERECHO

Sobre el resultado probatorio que se obtuvo de los medios de prueba que fueron incorporados durante el debate oral y privado en el presente p.p., pero antes de expresar las razones de hecho y derecho que me llevaron a la conclusión sobre las afirmaciones de hechos que vinculan al Ministerio Público con la acusación y las afirmaciones de hechos que vinculan a la defensa con sus alegatos de exculpación, sobre la base del derecho aplicado con el sistema de la sana crítica y con fundamento en la normativa penal actual, considera esta jueza, paso a centrarme sobre los hechos objeto de enjuiciamiento del acusado que dieron lugar al Juicio oral y privado, que se realizó:

Así tenemos que, los hechos objeto del enjuiciamiento del acusado C.E.M., tienen su fundamento en una investigación penal que ordenó la Fiscalía 90º del Ministerio Público del Área Metropolitana de Caracas, por la presunta comisión de uno de los delitos previstos y sancionados en la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una V.L.d.V..

Fijados en el auto de apertura a juicio por la Jueza del Tribunal de Violencia Contra la Mujer en Funciones de Control, Audiencia y Medidas y Nro 2 del Área Metropolitana de Caracas, de conformidad con lo establecido en el artículo 104 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una V.L.d.V., en relación con lo establecido en el artículo 331 del COPP, se circunscriben tanto en las afirmaciones y circunstancias descritas en la acusación y en el auto de apertura a juicio, así:

En el Auto de Apertura a Juicio se establece que:

En fecha 24 de octubre del año 2009 aproximadamente a las 8:00 horas de la noche la adolescente víctima se encontraba en su residencia ubicada en la Parroquia La Pastora, sector Manicomio, Calle Veracruz, con calle coromoto, casa Nº 7-B lugar donde vivía con el hoy acusado en su condición de padre biológico de la adolescente a quien comenzó a tocar sus partes intimas como de costumbre ya que desde que la víctima contaba con tal solo 10 años de edad la obligo a soportar los abusos anal, vaginal y oral así como tocamientos ejercidos en su contra en inclusive le prohibía tener amistades y novios siendo el caso que la víctima manifestó que la dejara tranquila a lo que su padre le respondía que de no acceder a sus peticiones sexuales le ocasionaría un daño a su persona o ha cualquier miembro de la familia, manteniendo la adolescente la negativa de realizar dichos actos por que se sentía mal que su padre le decía que tomara una pastilla y que volviera y es por lo que ella así lo hizo y al regresar a la habitación el imputado la obligo a quitarse la pijama procediendo a penetrarla vía vaginal y que luego de satisfacer su apetito sexual se quedo dormido siendo el caso que el día 26 de noviembre del 2009 a las 10 de la noche dicho ciudadano se encontraba enfurecido por que su hija no había fregado los objetos que se encontraban en la cocina y por que no habían preparado alimentos para su consumo por lo que inicio a proferir palabras obscenas en contra de la misma obteniendo como reacción de la adolescente que gritara lo cual fue escuchado por un tío de la víctima de nombre J.C.M. quien calmó la situación y el acusado le hizo la advertencia a la víctima de que si llegaba a decir algo de la situación el la iba a matar así mismo le informó que recogiera sus cosas y que debía retirarse de la casa y al mismo tiempo la amenazó de muerte con dispararle y después el se quitaría la vida

.

Estos hechos así delimitados constituyen para el Ministerio Público el fundamento de su acusación, la cual fue admitida por la Jueza de la Preliminar al encuadrar los mismos en el delito de ABUSO SEXUAL A ADOLESCENTE, por las razones que argumentó en su oportunidad, previsto y sancionado en el artículo 260, en relación con lo establecido en el artículo 259 primer y segundo aparte de la LOPNNA, el cual prevé:

Artículo 259: A los efectos de la aplicación de esta Ley se establecen las siguientes definiciones:

Quien realice actos sexuales con un niño o niña, o participe en ellos, será penado o penada con prisión de dos a seis años

Si el acto sexual implica penetración genital o anal, mediante acto carnal o anal, mediante acto carnal, manual o la introducción de objetos; o penetración oral aún con instrumentos que simulen objetos sexuales la prisión será de quince a veinte años.

Si el o la culpable ejerce sobre la victima autoridad, Responsabilidad de Crianza o vigilancia, la pena se aumentará de un cuarto a un tercio.

Si el autor es un hombre mayor de edad y la víctima es una niña, o en la causa concurren victimas de ambos sexos, conocerán los Tribunales Especiales previstos en la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una V.L.d.V. conforme el procedimiento en ésta establecido.

Artículo 260. Abuso Sexual a Adolescentes. Quien realice actos sexuales con adolescente, contra su consentimiento, o participe en ellos, será penado o penada conforme al artículo anterior.

En tal sentido, este Tribunal estima destacar las siguientes consideraciones:

La actividad probatoria debe encaminarse a acreditar la participación del acusado en un hecho delictivo, pero, también debe estar dirigida a comprobar la realidad misma de la infracción penal y la concurrencia de sus elementos constitutivos. Para que la actividad probatoria sea suficiente para desvirtuar la presunción de inocencia del acusado es necesario que la actividad que origine su resultado lo sea, tanto con respecto a la existencia de hecho punible como en todo lo atinente a la participación y a la culpabilidad del acusado.

Estrictamente apegado al principio de legalidad, el Tribunal debe iniciar su análisis del acervo probatorio producido en el juicio oral y público, aquilatando la presencia del tipo penal, es decir, acreditando que los hechos probados se subsumen en todos y cada uno de los elementos previstos en la definición legal y reunir pruebas concluyentes de ello.

La tarea del juzgador o juzgadora lo lleva, en primer lugar, a determinar la tipicidad, luego la antijuricidad y por último la culpabilidad del agente.

Esto se traduce en que previo a cualquier juicio de antijuricidad y culpabilidad debe el juzgador o juzgadora determinar si los hechos sucedieron en la forma como quedaron fijados, para que al subsumirlos en cada uno de los elementos de la norma presuntamente infringida de manera que podamos concluir que fue cometido un delito.

Para determinar la tipicidad debe realizarse un análisis sobre los elementos del tipo e individualizarlos.

Los elementos objetivos del tipo penal están representados por el verbo que forma el núcleo del tipo. Los elementos descriptivos del tipo penal están referidos a las modalidades de la acción, y/o a la forma o medios empleados, que se incorporan al tipo.

Realizadas estas consideraciones doctrinarias propias del ámbito del Derecho Sustantivo a aplicar, el Tribunal pasa a apreciar los hechos con las pruebas producidas en el debate según la sana crítica, observando las reglas de la lógica, los conocimientos científicos y las máximas de experiencia, como lo exige el artículo 22 del Código Orgánico Procesal Penal, y a valorar cada una de ellas:

Una vez señalado lo anterior este Tribunal considera que existe certeza en la acreditación del hecho punible de ABUSO SEXUAL A ADOLESCENTE con penetración, previsto y sancionado en el artículo 260, en relación con lo establecido en el primer y segundo aparte del artículo 259 ambos de la LOPNNA, en agravio de la adolescente TEHR (identidad omitida), que devienen del resultado de la incorporación de los medios de prueba que a continuación se señalan y se valoran así:

La declaración del Dr. J.L.M.A., quien es Médico Forense adscrito a la Coordinación Nacional de Ciencias Forenses del CICPC, con más de veinticuatro (24) años de graduado como profesional de la medicina y especialista en las ciencias forenses desde hace seis (6) años, interpretó el Reconocimiento Médico Legal Nro 129-11778-09, que practicó la DRA. ANUNZIATA DAMBROSIO, médica forense adscrita al mismo Organismo Policial, en la humanidad de la adolescente TEHR, de 14 años de edad, el día 28-10-2009, esta declaración merece fe, y me permite determinar el indicio referido al himen anular de bordes festoneados, con orificio himeneal ampliamente permeable al tacto bidigital, en la región anal pliegues anales parcialmente borrados, despulimiento a las cinco, seis, siete, once, doce y una, según la esfera del reloj y una cicatriz reciente a las seis, debido a las experiencia del experto, médico forense con amplio conocimiento en la materia, que además coincide con el testimonio de la víctima TEHR (omite identidad), de 14 años de edad, recogido en acta de prueba anticipada en el Tribunal de Violencia Contra la Mujer en Funciones de Control, Audiencia y Medidas y Nro 2º, en fecha 21-04-2010, y exhibido a su vez, el video fílmico, señaló que su progenitor, desde hace cuatro (4) años, la tocaba y abusada de ella vía vaginal, anal y oral y la amenazaba si llegaba a decir algo, así como el de la progenitora de la Adolescente y que todo ello se lo refirió a su madre. Por su parte L.H (OMITE IDENTIDAD), es conteste en afirmar, que se entero a través de comentarios de su hija TEHR (omite identidad) de los abusos que le hacía su padre CEM (ACUSADO, MAYOR DE EDAD, SE OMITE IDENTIDAD), consistentes en penetración anal, vaginal y oral, desde que ésta contaba apenas con tan solo diez años de edad, el estado emocional de la adolescente por emotividad debido a los hechos vivenciados. Además de esto, no fue desvirtuado por otro medio probatorio el dicho del médico forense, cuyo resultado me haya hecho dudar de la veracidad de su dicho, por el contrario seguidamente la declaración del ciudadano A.J.V.G., padrasto de la víctima, da fe de todo lo que le explicó la adolescente TEHR, haber vivido desde los diez años de edad así como del estado emocional que vive la víctima, hoy día y de las constantes amenazas y llamadas telefónicas que recibe. Corroborado inclusive por el testimonio que rindió la DRA. M.E.B., sobre la base del RECONOCIMIENTO MÉDICO PSIQUIATRICO, que realizó a la adolescente víctima, a través del cual demuestra el trastorno de estrés postraumático según la Clasificación de Enfermedades Mentales, que padece la adolescente.

Aunado a esto, como se dijo, la declaración de la ciudadana M.E.B., Médica Psiquiatra Forense, testimonio que merece credibilidad por la amplia trayectoria que tiene en la Dirección de Evaluación y Diagnostico Mental Forense del CICPC, y además demuestra a través de la veracidad de su dicho y sobre la aplicación del TEST DE HAMILTON, de 99.9% de certeza, que la adolescente femenina, de 15 años de edad, que acudió a la consulta le refirió que su padre biológico había abusado de ella desde los diez años de edad, que constantemente la presionaba para que exteriorizara que estaba tranquila y que todo estaba bien, así como a que no comentara lo que sucedía entre ambos, que era aparentemente la conducta sexual o la violación propiamente dicha que incluso la adolescente víctima comentaba que ocurría hasta tres veces por semanas, que no comentaba nada por pena y por las amenazas y claro cuando ella fue creciendo que se dio cuenta de lo que es un novio, un amigo o de lo que son las relaciones sexuales por las mismas charlas que le daban en el liceo, es que ella ve que esta situación no es normal entre padre e hija, y ya a esa edad se da cuenta cuando esta en el liceo que tenia contactos con sus demás compañeros hasta el año 2009, cuando ella refiere que la intentó agredir, apuñalear específicamente por que le dijo que ya no soportaba más, iba a contar todo lo que había sucedido.

Que, asimismo refirió en su verbatum que piensa a cada rato en todo lo que él (CARLOS MÜJICA) le hacía, no duerme bien, que partió el teléfono porque desde la cárcel él la llamaba y le enviaba mensajes acosándola que retirara la denuncia, sus familiares también la llamaban.

Que, en su discurso su lenguaje fue fluido, articulado, la inteligencia impresionaba normal, el afecto triste a todo lo sucedido, la atención, memoria y concentración levemente dispersa y concluyó que el diagnostico es trastorno de estrés postraumático especificado en el F43 del CIE, Sistema de Clasificación de Enfermedades Mentales.

Asimismo, constituye plena prueba dada la coherencia del testimonio, que dio la profesional de la medicina, toda vez que fue convincente al señalar que de acuerdo a los indicadores determinó que ese trastorno de estrés postraumático fue por el hecho del abuso sexual, porque no reporto ningún otro antecedente de otra relación sexual, ni de exploración sexual por niños o por otras personas más o menos de su sexo o por otro adulto, sin experiencia previa, es el único indicador que ella tiene por que no tiene otros antecedentes de episodios depresivos, por situación familiar, escolar u otro antecedente previo; si no que esto inicia bajo esta situación y bueno posteriormente a que la adolescente se da cuenta de que esto ya no es normal, ya no es solamente la parte sexual si no ya es una serie de amenazas físicas, intentos de amenazas físicas y bueno psicológicas, todos estos son indicadores para determinar este estado de estrés postraumático.

Así como, demuestra que en el desarrollo de la entrevista a medida que le efectuaba preguntas acerca de lo sucedido, ésta evocaba el trauma, el trastorno de estrés postraumático, lo que ella refería como violación, en esos momentos las personas se bloquean, lloran, es interrumpido por llanto por esa actitud triste, pero su actitud no era de inestabilidad o de intranquilidad, estaba triste con llanto resonante a su discurso.

Por otra parte, este Tribunal en el desarrollo del debate oral y privado, y en la recepción del testimonio de la DRA. M.E.B., MÉDICO PSIQUIATRA ADSCRITA A LA DIRECCIÓN DE EVALUACIÓN Y DIAGNOSTICO MENTAL FORENSE DEL CUERPO DE INVESTIGACIONES, CIENTIFICAS, PENALES Y CRIMINALÍSTICAS, y de conformidad con lo establecido en el artículo 354 del COPP, que dispone: “…Los expertos responderán directamente a las preguntas que les formulen las partes y el tribunal. Si resulta conveniente el tribunal podrá disponer que los expertos presencien los actos del debate…” se le citó textualmente el extracto del RECONOCIMIENTO LEGAL, que practicó el ciudadano L.P., a un cuaderno identificado como “PLANIFICADOR 2009 TOMA EL CONTROL”, incautado en el presente proceso el cual fue la victima refirió era de ella, corroborado por la ciudadana G.G., y hallado en el lugar de habitación de la adolescente por el hermano del acusado y consignado en el CICPC, en el cual se lee:

…PAGINA SEIS…..11/10/2009 Hoy Domingo mi papá me compro dos mascotas son dos conejillos de india, la hembra y el macho la hembra es mi tocaya se llama treixy y el macho se llama Calos Me fascinan los dos son tímidos y tienen miedo. PAGINA SIETE…..12/10/2009. Hoy lunes estoy al lado de mis dos mascotas por primera vez por fin los vi comer, tomar agua y hacer sus necesidades se ven tan lindos y adorables y toda esta felicidad que siento al verlos se la debo a mi bello padre que aunque sea gruñón celoso y protector me ama y porque me ama me cuida y me complace los caprichos. Te amo papa eres lo máximo. Y tus hijos y nietos Carlos y T. (omite identidad). También y te agradecen el verlos sacado de esa tienda…

(SIC)

La referida profesional de la medicina y psiquiatría forense, demuestra a través de su testimonio y constituye un indicio, toda vez que existe similitud o la continuación, pudiera ser una interpretación, donde la víctima pudiera estar relacionando la parte afectiva del padre y de ella, cuando hace referencia a la timidez, que pudiera ser una parte que ella proyecta en los animalitos, parte de si misma, que pudiera ser una proyección cuando habla de la timidez, que eso forma parte de ella, pues de la evaluada es una característica de ella en que quizás ella tenia en su diferente desarrollo en su vida lo que es las relaciones sociales, las relaciones con sus compañeros con su familia y lo proyectaba en los animalitos, pero es algo que también puede traer a discrepancia.

En cuanto a los manuscritos donde hizo referencia la adolescente víctima de que tus hijos y nietos identificados como Carlos y T (se omite identidad) te agradecen haberlos sacado de esa tienda, considero que es una niña que esta viviendo un abuso sexual, presuntamente por su progenitor por que da términos a unos animales, en este caso de hijos y nietos Respondió: Ella le da en este caso a los conejitos, nietos.

Es una interpretación que también ella le da a esa figura de esos animales a lo mejor era una continuidad de lo que ella estaba viviendo para ese momento aún por que lo que estaba viviendo decidió proyectarlo y no continuar esa situación que ella estaba atravesando que ha estado viviendo desde los diez años para acá por que ella ve a la persona como pareja no la ve como padre o sea es lo que ya últimamente a estado repitiendo o sea es una situación repetitiva que es ese grado de adaptación que ella por el cual estuvo sometida o a estado sometida todo este tiempo.

Adminiculado al testimonio de la víctima TEHR, como prueba anticipada, de conformidad con las reglas de la prueba anticipada y promovida como prueba documental para ser leída en el Juicio Oral y Privado, realizada en fecha 21 de abril de 2010, a las 10:45 de la mañana, constituido el Tribunal de Violencia Contra la Mujer en Funciones de Control, Audiencia y Medidas y Nro 2º de este Circuito Judicial Penal y Sede, con la jueza R.M., la secretaria Danitza Ramírez y el alguacil A.L., en presencia de la Fiscal Auxiliar 90º Abogada Georga Inciarte, el Abogado H.M., Abogado en Ejercicio y defensor del acusado, previamente solicitado por la Representación Fiscal, de conformidad con lo establecido en el artículo 307 del COPP, principio de protección de la víctima, artículo 23 del COPP, como finalidad del p.p. además de la protección de la víctima, el resarcimiento del daño causado a la misma y en razón de que el perjuicio causado es de mayor gravedad, aunado a la edad de la adolescente, de 14 años de edad, en aras de no REVICTIMIZARLA EN UN EVENTUAL JUICIO. Atendiendo, al principio del interés superior del Niño, Niña y Adolescente, oportuna para el esclarecimiento de los hechos y con el objeto de no empeorar el TRAUMA PSICOLOGICO.

Prueba ésta que la defensa del acusado en el acto de JUICIO ORAL Y PRIVADO, representada por la DRA. E.D.L.C., defensa pública penal Nro 1º, se opuso por considerar no se encontraban dados los supuestos previstos y exigidos en el artículo 307 del Código Orgánico Procesal Penal y en específico, considero que solo se debe recibir una declaración que por algún obstáculo difícil de superar se presuma que no pueda hacerse durante el juicio y señaló igualmente que esa norma, si el presunto obstáculo no existiere para la oportunidad, en que se celebrará el debate oral, la persona a la cual se le haya practicado la prueba anticipada concurrirá a prestar su declaración en el debate oral, que si parte de ese punto consideraba que la victima se encuentra en toda la capacidad de asistir a este debate oral y rendir su declaración, toda vez que en lo que en algún supuesto se debería garantizar tomar su declaración en compañía de un psicólogo del Equipo Multidisciplinario, que asimismo hace alusión a que la fiscal del Ministerio Público fundamentó la práctica de la prueba anticipada señalando el resguardo del interés superior del niño, si observamos el artículo 8 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en su parágrafo primero literal c, y concatenado con el artículo 80 parágrafo 2, deberíamos colocar en una balanza el derecho que según la Fiscal del Ministerio Público debe garantizar, que no es otro, que el interés superior del niño, y que podrá ser garantizado con la comparecencia de esta niña en compañía de una psicólogo, por otro lado de la balanza debería colocarse el derecho que tiene esta adolescente de comparecer a este debate oral y realizar su respectiva declaración, ya que no tendrá contacto en ningún momento visual u oral con mi defendido, toda vez que se ordenará que el mismo se retire de la sala de audiencias en el momento que esta declare, motivo por el cual solicitó la incorporación del testimonio de la victima.

No obstante, este Tribunal de Violencia Contra la Mujer en Funciones de Juicio y Nro 1º, dictó decisión en el desarrollo del debate, mediante la cual, declaró sin lugar la solicitud interpuesta por la Defensora del acusado, toda vez que el testimonio de la victima fue debidamente escuchado e incorporado al proceso, de conformidad con lo establecido en el artículo 307 del Código Orgánico Procesal Penal sometido inclusive al contradictorio ejercido por las partes, fiscal del Ministerio Público y defensa para esa oportunidad del acusado, recogido inclusive o consta en registro fílmico en sonido y video; acto en el cual se garantizó los principios que rigen la garantía de la prueba y en tal sentido, fundamente declaratoria sin lugar de la incorporación al debate del testimonio de la ADOLESCENTE-VICTIMA, de conformidad con lo establecido en el artículo 78 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, que establece los derechos de los niños, niñas y adolescentes como sujetos plenos de derecho y que están protegidos tanto por la legislación, órganos y tribunales especializados, quienes debemos respetar, garantizar y desarrollar los contenidos tanto en la constitución, en la Convención de los Derechos del Niño, Tratados Internacionales que rigen la materia entre otras, en relación con lo dispuesto en los artículos 4, 7 y 8 todos de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, que prevé el PRINCIPIO DEL INTERES SUPERIOR DE LOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES, PRINCIPIO DE PRIORIDAD ABSOLUTA, y en atención a las obligaciones generales de Estado que dispone: “que el estado tiene la obligación indeclinable de tomar todas las medidas administrativas, y relativas judiciales, y de cualquier otra índole que sea necesarias y apropiadas para garantizar que en este caso el adolescente disfrute plena y efectivamente de sus derechos y garantías”, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 21 Constitucional y artículo 5 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una V.L.d.V., como medida de acción positiva, pues en aras de NO REVICTIMIZAR A LA ADOLESCENTE VÍCTIMA, se incorporará el acta de prueba anticipada que recoge la testimonial de la niña tantas veces mencionada, a través de su lectura y exhibición de conformidad con lo establecido en el artículo 339 numeral 1 del COPP, en relación con lo establecido en el artículo 358 ejusdem.

Considera esta Jueza, que incorporar el TESTIMONIO de la ADOLESCENTE VÍCTIMA en el debate oral y privado, tomando todas las medidas que sean necesarias a los efectos de que ella no visualizare al acusado, sólo ella, al efectuársele cualquier tipo de preguntas, en presencia no sólo de una psicóloga como lo sugería la defensa del acusado, si no de todo un equipo multidisciplinario e inclusive con médico psiquiatra, se ve en la FORZOSA NECESIDAD de REVIVIR, REMEMORAR, RECORDAR o RECAPITULAR, cada momento, cada escena que sólo para ella constituyeron momentos difíciles, que repito nuevamente y ello lo corrobora el testimonio de la ciudadana LHRy A.V (OMITE IDENTIDAD), progenitora y padrasto de la ADOLESCENTE VÍCTIMA, y que por demás son las personas que han estado con ella (TEHR) desde el mes de octubre de 2009, fecha en que se inició el presente p.p., quienes refieren que tiene ideas suicidas, insomnio, pesadillas, que se quiere morir, que esta cansada de que la gente la señale, de que la miren mal, que se quiere lanzar al metro y así fueron contestes y concordantes ambos en manifestarlo, de modo que constituye un obstáculo difícil de superar aún PRESENTE para la fecha del debate. Aunado al testimonio de la DRA. M.E.B., médica psiquiatra adscrita a la Dirección de Evaluación y Diagnostico Mental Forense del CICPC, quien refirió que la ADOLESCENTE VÍCTIMA (TEHR), tiene trastornos de estrés postraumático, que viene a constituir una mezcla de ansiedad y depresión y de los recuerdos frecuentes que constituyen traumas vividos por la evaluada, y que la tendencia suicida si bien es cierto para el momento de la evaluación no los presenció, ni los precisó, pero aclaró que este tipo de trastorno genera si no son debidamente tratados, o no son bien llevados puede llevar ideas suicidas.

En tal sentido, incorporada la PRUEBA ANTICIPADA de la ADOLESCENTE-VÍCTIMA, como documental, a través de su lectura y por su exhibición la reproducción total, de conformidad con lo establecido en el artículo 339 numeral 1 y 358 ambos del COPP, tanto la prueba documental como la exhibición del video fílmico, que recogen el testimonio de la víctima, constituyen plena prueba y merece credibilidad, pues su testimonio es de V.I. y adminiculada a las anteriores demuestra por su verosimilitud, coherencia en su lenguaje gestual como el lenguaje verbal, que no titubea, no duda, no evade la mirada, y demuestra

Que la adolescente víctima desde hace cuatro años esta siendo abusada sexualmente por la vía anal, vaginal y oral, por su progenitor C.M., desde que TEHR contaba con tan solo diez años de edad, aunado a la prohibición por éste de que TEHR estableciera algún tipo amistad con niños y adolescentes, así como establecer o acudir a reuniones con amigos del liceo para realizar trabajos, la amenaza constante, no la dejaba visitar a su madre, que le revisaba el teléfono.

Que, vivió con su padre (C.M.) y la pareja de éste (G.G.) y él (acusado) se iba a dormir con la adolescente, que una oportunidad le manifestó a su concubina que era por costumbre.

Que la adolescente víctima escribió todo en un diario hasta que la concubina (G.G.) de su papá lo encontró, lo leyó, y le dijo al acusado que ya sabía porque dormía con la adolescente víctima, el acusado le refirió a TEHR (víctima) que tenía que negar todo hasta que las enfrentó a las dos tanto a TEHR como a G.G., no obstante, continuaron las cosas, hasta que ellos se separaron por los celos de G.G..

El enmascaramiento del acusado delante de todo el mundo.

Que ese día que ella (víctima) habló fueron a un pool con la sobrina, el hermano de él y una cuñada y al momento en que llegaron a la habitación se suscitó una discusión entre ellos, el día siguiente fue al liceo, ella estuvo enferma por vómitos, llamó a su padre (C.M.) y él le decía que se quedara tranquila que ya iba, al llegar que vio que la adolescente no había lavado los corotos del lavaplatos la insultó y le pegó, es cuando la adolescente víctima (TEHR) lo amenazó que lo iba a decir todo, éste le dijo que recogiera sus cosas que la iba a llevar a su casa y estaba el hermano de su papá asomado en la ventana, el acusado la mando para su habitación la halo por los cabellos, la golpeó la lanzó en la cama y tenía un cuchillo y le dijo que la iba a matar, el día siguiente la adolescente le dijo que la llevara hasta que la llevo y cuando llegaron le dijo que si su hermano le preguntaba algo la mataba.

Una amiga empezó a preguntarle que le pasaba porque estaba llorando ella le empezó a contar y la invitó a conversar con su madre, que TEHR llamó en ese instante a su mamá avisándole que si su papá buscaba llamarla no le contestara, la mama se quedó nerviosa fueron a la casa de su progenitora y le contó todo lo sucedido, que quiere que su papá pague por lo que le hizo.

Que todo lo que vivió lo vivió ella sola.

Que si una vez tuvo relaciones sexuales con J.B., a preguntas formuladas por la defensa del acusado, en los siguientes términos: ¿El embarazo era producto de las relaciones con su padre o con otras personas? Contestó: “Con él, porque yo no mantenía relaciones sexuales con otra persona”.

Corroborado por el testimonio de la ciudadana LHR, progenitora de la víctima quien refirió que se entero por referencia de su hija TEHR (omite identidad) de los abusos que le hacía su padre CEM (ACUSADO, MAYOR DE EDAD, SE OMITE IDENTIDAD), desde los diez años de edad, consistentes en penetración anal, vaginal y oral, desde que ésta contaba apenas con tan solo diez años de edad, así como del estado emocional de la adolescente por emotividad debido a los hechos vivenciados y múltiples amenazas recibidas de parte de los familiares de su padre hoy acusado; asimismo demuestra con su testimonio que por referencia de su hija el último acto sexual proferido por el acusado a TEHR fue en la misma semana, el día sábado cuando la ciudadana LHRse entero de los hechos. Es menester destacar, respecto a la emotividad de la adolescente víctima que refiere su progenitora, así fue confirmado por la DRA. M.E.B. médica psiquiatra forense.

Adminiculado al dicho del ciudadano A.J.V., padrastro de la víctima, toda vez que merece credibilidad y así es conteste en afirmar y demuestra con su testimonio, por referencia de la adolescente víctima quien le comentó haber vivido desde los diez años de edad, el abuso sexual proferido por su padre C.M., así como del estado emocional que vive la víctima, hoy día y él (A.V (OMITE IDENTIDAD)) de las constantes amenazas y llamadas telefónicas que recibe de parte de los familiares del acusado, para que desistan del presente p.p..

Esta declaración adminiculada a los actos de investigación en los cuales se apoya, permite extraer a manera de certeza y de los indicios que se derivan de los mismos las circunstancias referidas a la aprehensión del hoy acusado, así como a la incautación de un cuchillo, una caja de pastillas con el nombre de “Yasmin” y un diario.

Por su parte el Licenciado en Ciencias Policiales R.D.G., adscrito a la subdelegación oeste del cicpc, merece fe y con su testimonio demuestra que en el mes de octubre encontrándose de guardia atendió a una ciudadana que acudió a esa sede policial, en compañía de su menor hija y que iban referidas por una fiscalía del ministerio público con un oficio en sus manos donde ordenaban tomar la denuncia y citaba el artículo 8 de la LOPNNA, el interés superior del niño con celeridad y prontitud, tomó la BATUTA DEL PROCEDIMIENTO tanto él (REY D.G.) como H.L.) y en razón de que la persona refería que ya venia de medicatura forense, él (REY D.G.) como funcionario policial y profesional estimó pertinente y necesario obtener el resultado médico legal, reconocimiento que tuvo en sus manos posterior a haberlo recabado de medicatura forense el cual citaba “himen elástico” y posteriormente se traslado en compañía de la adolescente al lugar de trabajo del hoy acusado practicó la aprehensión en el Sector de La Pastora. Además, demuestra haber tomado acta de entrevista de la víctima y recordar que la misma le manifestó que cada vez que él (acusado) discutía con su esposa se iba al dormitorio de ella, que esos abusos se estaban suscitando desde que tenía doce años.

Por último, señaló no haber participado en la realización de la Inspección Técnica, toda vez que ese procedimiento estuvo encabezado por el Inspector H.L. como Jefe de la Brigada y el Inspector L.P.. Asimismo da fe de que la inspección la realizaron los prenombrados funcionarios en compañía de la adolescente víctima.

El Licenciado en Ciencias Policiales, ciudadano H.J.L.M., adscrito a la Subdelegación Oeste del CICPC, este Juzgado considera que su dicho merece credibilidad ya que encontrándose de guardia se presentó la adolescente víctima con su progenitora y llevaba consigo un oficio de la fiscalía del MP, en la cual ordenaban la búsqueda del acusado, y así es conteste con el testimonio antes analizado R.D.G., no obstante, practicó inspección técnica con los funcionarios L.P. y M.C., en el lugar de habitación del acusado y lo describió como un edificio de dos plantas, observó varios apartamentos pequeños y el apartamento del acusado es de dos habitaciones, cocina y baño, inmueble al cual ingresaron, toda vez que, la adolescente portaba una llave del apartamento, colectó una caja de pastillas anticonceptivas porque la niña la señaló de que se las compraba su padre y en un principio dijo que su papá era el que cometía los abusos sexuales, y un cuchillo por señalamiento de la adolescente víctima. Asimismo, refirió que tomó actas de entrevistas tanto a la adolescente víctima como a la madre de ella, y posteriormente un hermano del acusado consignó un diario que había encontrado supuestamente en la habitación de la niña.

Es importante destacar que si bien existe discrepancia en cuanto a que el funcionario H.L., manifestó que el cuchillo colectado era de color marrón esta circunstancia no afecta el fondo del asunto.

Es importante, hacer mención, que el ciudadano H.J.L.M., en su condición de Funcionario Policial, en ningún momento declaró que había practicado la aprehensión y para ello me permito citar parte de su declaración, y por ende no incurrió en contradicción, y cito textual su testimonio:

…bueno en relación a ese folio 12 y 13, según lo que dice el expediente una vez luego de haberse practicado la aprehensión del ciudadano se procedió a llegar al inmueble donde vivía la niña y adolescente y se procedió a realizar una inspección técnica, se colectaron unas anticonceptivas si mas no recuerdo un cuchillo…

Posteriormente, a pregunta formulada por la defensa del acusado, así: ¿En cuanto a la aprehensión que fue practicada al ciudadano donde se encontraba usted en el momento que acudió la ciudadana que usted refiere? Respondió: “En la subdelegación, en la comisaría”. Otra: ¿Usted acompaño al otro funcionario a practicar la aprehensión?

Respondió: “No, yo delegue funciones y ellos fueron a ubicarlo y espere que lo trajeran”

Igualmente, destacó el funcionario policial, que si bien es cierto la inspección técnica no posee su firma, obedece a que no se la pasaron, no obstante, la declaración que rindió en la sala de audiencias donde se realizó el debate oral y privado, se recibió bajo fe de juramento e impuesto previamente del contenido de los artículos 242 del Código Penal y 345 del Código Orgánico Procesal Penal, que establecen el falso testimonio y el delito en audiencia, respectivamente, de modo que merece credibilidad su dicho, ya que aseguró haber practicado esa INSPECCIÓN TÉCNICA, y así lo corrobora es coherente con el testimonio que dio el funcionario R.D.G..

Así también, resulta congruente y extraigo un indicio, el dicho del funcionario L.A.P.C., ya que practicó ÍNSPECCIÓN TÉCNICA, en un inmueble ubicado en la calle Veracruz, callejón Coromoto, Casa 7B, Manicomio, conjuntamente con los funcionarios H.L. y M.C., en compañía de la adolescente víctima, el 28-10-2009, a las 7:15 p.m., es un sitio de suceso cerrado, de iluminación artificial, con dos cuartos, la cocina, las ventanas tenían cortinas había poca visibilidad hacia el interior, colectó un cuchillo de cocina y una caja contentiva de blíster de una marca yasmin, comúnmente conocida como anticonceptiva, y esas evidencias fueron debidamente embaladas e identificadas y las envió a los despachos correspondientes.

Así, como el RECONOCIMIENTO LEGAL, que realizó a un cuaderno identificado como “PLANIFICADOR 2009 TOMA EL CONTROL” que fue recibido por el INSPECTOR H.L., en el despacho, y así es conteste este testimonio con el del funcionario H.L., quien afirmó haber recibido ese diario que le consignó un hermano del acusado que supuestamente lo había encontrado en la habitación de la niña y así lo afirmó el ciudadano L.B., hermano del hoy acusado, quien refirió en su declaración haber encontrado un diario y lo entrego en el CICPC.

Asimismo, refirió L.A.P.C., que realizó ese reconocimiento, de conformidad con lo establecido en el artículo 239 del COPP, así como del contenido de las escrituras, demuestra que es:

A)un (01) cuaderno, elaborado en cartulina en colores fucsia, blanco, con inscripciones en su cara anterior donde se lee (MI PLANIFICADOR 2209-TOMA EL CONTROL), en su cara posterior se observa entre otros un código de barra con la siguiente numeración 7591083015935, de forma rectangular con las siguientes medidas 20.5 cm de longitud, por 20.8 cm de ancho, en su parte interna presenta una serie de hojas elaboradas en papel con rallas dispuestas de manera horizontal de color rosado, las cuales se encuentran unidas a la portada y contra portada por dos espirales, elaborados en metal de color negro, así mismo se observan inscripciones manuscritas en sus paginas (01), (02) (06) y (07), donde se lee entre otras cosas:

PAGINA UNO 01…05/08/2009. Hoy como cosa rara estoy brava con mi padre pero de todas formas lo amo, y lo entiendo porque todo lo que el hace lo hace por mi y porque me quiere y no quiere que me pase nada. Así como el me quiere a mi y yo lo amo a el y tampoco quiero que le pase nada. Y nunca me quiero separar de el por q” el lo es todo para mi, el me quiere y hasta donde el me a dicho yo soy la única mujer en su vida. Por ser su única hija…

PAGINA DOS 02…..06/08/2009. Hoy con muchos otros días espero arreglar la cosas con mi papá que aparte de ser mi padre es la personas más importante que hay en mi vida y lo amo y no me gusta que este molesto conmigo porque todo esto que ha hecho lo hago porque lo amo. Papa te amo 20/08/09 El mejor día de mi vida. PAGINA SEIS…..11/10/2009 Hoy Domingo mi papá me compro dos mascotas son dos conejillos de india, la hembra y el macho la hembra es mi tocaya se llama T (omite identidad) y el macho se llama Calos Me fascinan los dos son tímidos y tienen miedo.

PAGINA SIETE…..12/10/2009. Hoy lunes estoy al lado de mis dos mascotas por primera vez por fin los vi comer, tomar agua y hacer sus necesidades se ven tan lindos y adorables y toda esta felicidad que siento al verlos se la debo a mi bello padre que aunque sea gruñón celoso y protector me ama y porque me ama me cuida y me complace los caprichos. Te amo papa eres lo máximo. Y tus hijos y nietos Carlos y Treixy. También y te agradecen el verlos sacado de esa tienda…

B.- Una (01) hoja de Papel Bond, de forma rectangular con las siguientes medidas 28 cm de longitud, por 22,8 cm de ancho, exhibiendo unas inscripciones manuscritas en tinta de color negro, donde se lee (PAPITO TE AMO PERDONAME POR SER TAN NESIA Y CELOSA). Dicha pieza se halla en mal estado de uso y conservación asimismo presenta cortes a ex profeso y unidas entre si por trozos de cinta transparente, en regular estadio de uso y conservación.

CONCLUYÖ: 1) La Pieza descrita en el numeral 1 es utilizada típicamente para su uso específico. Nota: La pieza descrita es devuelta al Jefe de la Brigada de Lesiones y C.B.C. de este Despacho.

Asimismo, el experto M.C., da fe de la realización de la INSPECCIÓN TÉCNICA, en compañía de H.L. y L.P., y una persona que estaba allí, en una vivienda familiar con dos habitaciones, una cocina y una sala, en la cual se colectó un cuchillo y una caja de cartón donde lee “YASMIN” con un blister con catorce de sus veintiún compartimientos, que a él sólo le tocó colectar el cuchillo de uso doméstico, que al practicarle el RECONOCIMIENTO TÉCNICO, es un cuchillo de mango de material sintético de color negro, que presentó estrías de fricción que puede ser motivo del constante uso y adherencias de suciedad y midió 14,5 centímetros de longitud, y el ancho de 2,9 centímetros, que es de los comúnmente empleado en labores domésticas y al ser usado atípicamente puede ser usado como objeto punzocortante, y ocasionar lesiones dependiendo la región comprometida.

Por otra parte, también valoró por guardar concordancia y coherencia con los anteriores, la declaración del ciudadano L.B., específicamente con los funcionarios policiales adscritos al Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalísticas, R.D.G., H.L., estos como jefes de las comisiones policiales, que se formaron una vez atendieron a la ciudadana LHRprogenitora de la adolescente víctima y la víctima, inclusive, cuando ellas acudieron a la Subdelegación Oeste del Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalísticas, con una comunicación que le había entregado la Fiscalía del Ministerio Público, y el testimonio de la ADOLESCENTE VÍCTIMA como prueba anticipada, toda vez que hizo referencia al diario; testimonio del ciudadano L.B., merece credibilidad ya que demuestra que dos días posteriores a la denuncia fue al lugar de residencia de su hermano C.E.M., observó todo normal y en uno de los closet encontró un diario con manuscritos de la adolescente víctima hacia su padre C.E.M., que posteriormente consignó a los funcionarios del CICPC, y así lo afirmó el funcionario H.L. adscrito al CICPC; así mismo L.B. señaló que ese diario tenía manuscritos como “papá te amo”, “papito tu eres lo mejor”, “tu eres el mejor padre del mundo”, cosas así “de los hamsters que él le regalo”, y el hallazgo de una hoja que afirmó no era del diario y que probablemente estaba fijada en la pared.

Diario al cual el experto L.A.P.C., afirmó estaba identificado como MI PLANIFICADOR 2009-TOMA EL CONTROL, observó inscripciones manuscritas en sus páginas (01), (02) (06) y (07), donde se lee entre otras cosas:

PAGINA UNO 01…05/08/2009. Hoy como cosa rara estoy brava con mi padre pero de todas formas lo amo, y lo entiendo porque todo lo que el hace lo hace por mi y porque me quiere y no quiere que me pase nada. Así como el me quiere a mi y yo lo amo a el y tampoco quiero que le pase nada. Y nunca me quiero separar de el por q” el lo es todo para mi, el me quiere y hasta donde el me a dicho yo soy la única mujer en su vida. Por ser su única hija…

PAGINA DOS 02…..06/08/2009. Hoy con muchos otros días espero arreglar la cosas con mi papá que aparte de ser mi padre es la personas más importante que hay en mi vida y lo amo y no me gusta que este molesto conmigo porque todo esto que ha hecho lo hago porque lo amo. Papa te amo 20/08/09 El mejor día de mi vida. PAGINA SEIS…..11/10/2009 Hoy Domingo mi papá me compro dos mascotas son dos conejillos de india, la hembra y el macho la hembra es mi tocaya se llama T (omite identidad) y el macho se llama Calos Me fascinan los dos son tímidos y tienen miedo.

PAGINA SIETE…..12/10/2009. Hoy lunes estoy al lado de mis dos mascotas por primera vez por fin los vi comer, tomar agua y hacer sus necesidades se ven tan lindos y adorables y toda esta felicidad que siento al verlos se la debo a mi bello padre que aunque sea gruñón celoso y protector me ama y porque me ama me cuida y me complace los caprichos. Te amo papa eres lo máximo. Y tus hijos y nietos Carlos y T. (omite identidad). También y te agradecen el verlos sacado de esa tienda…

Una (01) hoja de Papel Bond, exhibiendo unas inscripciones manuscritas en tinta de color negro, donde se lee (PAPITO TE AMO PERDONAME POR SER TAN NESIA Y CELOSA), la cual se encontraba en mal estado de uso y conservación, y presentaba cortes y unidas entre si por trozos de cinta transparente.

Por otra parte, en cuanto a las múltiples preguntas que realizó la defensa del acusado, a los funcionarios policiales adscritos al CICPC referentes a si le correspondía o no ordenar la práctica de la activación de huellas dactilares, barrido para colectar apéndices pilosos, impresiones dactilares, entre otras, es importante hacer mención que el CICPC es un órgano de investigación penal subordinado bajo la dirección, coordinación y supervisión del Ministerio Público y practicará las diligencias necesarias y urgentes y, aquellas que se desprendan de las actividades probatorias siempre bajo la tutela del ente titular de la acción penal, de conformidad con lo establecido en el artículo 285 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en relación con lo establecido en el artículo 108 del Código Orgánico Procesal Penal.

Por otra parte, se incorporo el testimonio de la ciudadana G.N.G.R., el cual constituye un indicio y da fe de haber convivido con la adolescente víctima y su progenitor, desde hace aproximadamente un año y medio, hasta que se separo de él, así mismo da fe de que la niña se tornara celosa cuando ocurría el acercamiento entre GRECIA y el acusado, y la adolescente víctima lo único que hacía era cambiar su actitud, se alejaba y tendía a encerrarse en su cuarto, no salía, no hablaba con nadie, y por mas que le preguntaran si le pasaba algo la víctima no respondía. Así como de la existencia del diario que la víctima (TEHR) lo reconoció como suyo y hay coherencia con lo declaración por la adolescente víctima, quien refirió que G.G., tenía conocimiento de la existencia del diario.

La declaración de J.M.A.R., da fe del trato que profería el acusado C.M. a su hija (TEHR) como normal, con cariño, con respeto; así como haber conocido a TEHR cuando tenía once años de edad, y fue precisamente en el momento en que C.M. se separó de su esposa EUKARIS que viajaron por primera vez a Maturín, que es el lugar donde reside la declarante; de J.C.M., quien refirió que el trato entre TEHR y C.M. era muy bonito, él la quería mucho, siempre ha querido lo mejor para su hija, que de verdad la trataba como una reina, que ellos estaban recién mudados allí en el sector de manicomio, que tenían como mes y medio, escuchó la discusión que se suscitó entre su hermano y TEHR (omite identidad) porque vive cerca, y al apersonarse a la puerta de la residencia él (C.M.) le refirió que quería que la adolescente la ayudara a fregar y él (Juan Mújica) escuchó gritos que no paso porque su hermano (C.M.) que se quedara tranquilo que no iba a pasar nada pero que él (Juan Mújica) no se fue si no que se quedo cerca a ver que más pasaba.

El testimonio de la ciudadana EUKARIS E.N.M., este Tribunal lo desestima toda vez que se contradice con el testimonio de la adolescente víctima, ya que refiere Eukaris Núñez, de que la víctima le llegó a referir que no le gustaba ir al lugar de residencia de su madre L.H (OMITE IDENTIDAD), porque supuestamente era vista por el padrasto A.V (OMITE IDENTIDAD), cuando ésta se bañaba, lo cual es incongruente con lo declarado por la víctima y no guarda relación con el hecho objeto del proceso, obviamente la ciudadana EUKARIS NUÑEZ, estuvo casada con el hoy acusado por espacio de seis años, aproximadamente y tiene interés en las resultas del presente juicio.

De la misma manera, el testimonio que rindió la niña MJMA (identidad omitida) de 12 años de edad, primeramente porque fue evidente la preparación que tuvo ésta antes de asistir al juicio oral, afirmó haber conversado por llamada telefónica con su p.C.E.M., hoy acusado, un día antes del debate. Igualmente, afirmó que TEHR tenía muchos novios hasta un profesor del liceo, lo cual evidentemente se contradice con el testimonio de la adolescente víctima, LH. (omite identidad), A.V., quienes afirman que C.E.M., no la dejaba tener amigos; y evidentemente existen otras contradicciones como las siguientes: Refiere que conoció a su prima hace como 3 o 4 años porque no tenían contacto ni con su primo ni con su prima lo cual se contradice en su mismo testimonio cuando señaló que su p.C.M. estuvo con EUKARIS, hace como seis o siete años. Que el año antepasado llegó a caracas y específicamente se quedó en Guarenas y que en Guarenas solo vivía Carlos y su hija (TEHR), y a GRECIA la conoció fue ahorita, que inclusive llegó a quedarse allí en ese apartamento por espacio de una semana con su papá y se quedaron en el cuarto de la visita.

De sus declaraciones se desprende que efectivamente el día 24 de octubre de 2009, aproximadamente las 08:00 horas de la noche, la adolescente víctima TEHR (omite identidad, de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño, Niña y Adolescentes), se encontraba en su residencia ubicada en la Parroquia La Pastora, Sector Manicomio, Calle Veracruz, Callejón Coromoto, Casa 7-B, Municipio Bolivariano Libertador, lugar donde convivía con su padre biológico hoy acusado C.E.M., momento en el cual éste (MÚJICA C.E.), le comenzó a tocar en sus partes íntimas, como de costumbre ya que desde que la víctima tenía la edad de 10 años, la obligaba a soportar los diversos abusos consistentes en penetración por vía anal, vaginal y oral, así como tocamientos ejercidos en su contra e inclusive le prohibía tener amistades y novios, manteniendo aislado; siendo el caso que la víctima (TEHR) le manifestó que tenía que dejarse por que de lo contrario le iba a ocasionar un daño a su persona o a cualquier miembro de la familia, insistiendo dicha adolescente en la negativa toda vez que se sentía mal respondiéndole el mismo que fuera a tomarse una pastilla y que volviera, es por lo que la víctima fue a buscar su medicamento y al regresar a la habitación el mencionado acusado la obligó a quitarse la pijama que portaba para ese momento y procedió a penetrarla vía vaginal y luego satisfacer su apetito sexual se quedó dormido, y el día el día 26 de Noviembre de 2009, a las 10:00 horas de la noche, dicho ciudadano se encontraba enfurecido en virtud de que la misma no había lavado utensilios de la cocina y por cuanto no había cocinado, le profirió palabras obscenas a la adolescente víctima, ésta comenzó a gritar, lo cual fue escuchado por un tío de la victima, de nombre J.C.M., quien calmó la situación, haciéndole la advertencia a la víctima de que si llegaba a decir algo de la situación él (acusado) la iba a matar, manifestándole que recogiera sus cosas por que ella se tenía que ir de la casa, al mismo tiempo que la amenazó de muerte, de propinarle un disparo a ella y después quitarse la vida el.

Estas declaraciones producen fe de certeza de los acontecimientos que describí por no haber sido desvirtuados por otros medios de prueba durante el debate que me hicieran pensar en la mendacidad de sus declarantes, por el contrario, son congruentes con las pruebas del reconocimiento médico legal, de reconocimiento médico psiquiátrico, de inspección técnica, de reconocimientos legales practicado a un cuchillo como a un diario propiedad de la niña, y de las pruebas testificales de la adolescente víctima, la progenitora y el padrastro de la adolescente víctima, amén de no haber sido destruida su fuerza de veracidad como se dijo por el resultado de medio de prueba alguna, lo que me lleva a la conclusión de acuerdo con las máximas de experiencia que éstos han dicho la verdad, por cuanto igualmente concuerdan con los conocimientos científicos relacionados con la opinión calificada de los expertos y expertas que realizaron el RECONOCIMIENTO MÉDICO PSIQUIATRICO, practicado por la DRA. M.E.B.; el RECONOCIMIENTO MÉDICO LEGAL, que practicó la DRA ANUNZIATA DAMBROSIO a la adolescente víctima y la interpretación que realizó el DR. J.L.M.A.; de la INSPECCIÓN TÉCNICA que realizó los funcionarios policiales H.L., L.P. y M.C., el RECONOCIMIENTO LEGAL que practicó el detective M.C., RECONOCIMIENTO LEGAL que practicó L.P..

De tal manera que extraigo a manera de certeza del resultado de los medios de prueba antes señalados y de los indicios que acreditan los mismos, la certeza de las circunstancias explicadas, por ende la comisión del delito de ABUSO SEXUAL A ADOLESCENTE, con penetración previsto y sancionado en el artículo 260 en relación con lo establecido en el primer y segundo aparte del artículo 259 ambos de la LOPNNA, de manera que quedó demostrado que la adolescente fue víctima de actos sexuales contra su consentimiento, que implicó penetración genital, anal u oral, ejecutados por su padre biológico que ejercía sobre la victima responsabilidad de crianza o vigilancia.

Ahora bien, del resultado probatorio que se produjo en la sala de audiencias por intermedios de los medios de prueba antes descritos y valorados concluyó en base a la participación del acusado CEM (ACUSADO, MAYOR DE EDAD, SE OMITE IDENTIDAD), por virtud de la certeza de cada uno de los medios de prueba que se incorporaron al acto de juicio oral, con el testimonio de la adolescente víctima TEHR, como PRUEBA ANTICIPADA a través de su lectura y por su exhibición la reproducción total, de conformidad con lo establecido en el artículo 339 numeral 1 y 358 ambos del COPP, tanto la prueba documental como la exhibición del video fílmico, que recogen el testimonio de la víctima, la misma constituyen plena prueba y merece credibilidad pues demuestra que ha sido víctima de abusos sexual tanto por la vía anal, vaginal y oral, desde hace cuatro años por su padre biológico C.E.M., desde que la víctima (TEHR) contaba con tan solo diez años de edad, adminiculado a la prohibición por éste de que la adolescente estableciera relaciones amistosas con niños y adolescentes, así como establecer o acudir a reuniones con amigos del liceo para realizar trabajos, la amenaza constante, no la dejaba visitar a su madre, que le revisaba el teléfono.

Que la adolescente víctima escribió todo en un diario hasta que la concubina (G.G.) de su papá lo encontró, lo leyó, y le dijo al acusado que ya sabía porque dormía con la adolescente víctima, el acusado le refirió a TEHR (víctima) que tenía que negar todo hasta que las enfrentó a las dos tanto a TEHR como a G.G., no obstante, continuaron las cosas, hasta que ellos se separaron por los celos de G.G..

Que ese día que ella (víctima) habló fueron a un pool con la sobrina, el hermano de él y una cuñada y al momento en que llegaron a la habitación se suscitó una discusión entre ellos, el día siguiente fue al liceo, ella estuvo enferma por vómitos, llamó a su padre (C.M.) y él le decía que se quedara tranquila que ya iba, al llegar que vio que la adolescente no había lavado los corotos del lavaplatos la insultó y le pegó, es cuando la adolescente víctima (TEHR) lo amenazó que lo iba a decir todo, éste le dijo que recogiera sus cosas que la iba a llevar a su casa y estaba el hermano de su papá asomado en la ventana, el acusado la mando para su habitación la halo por los cabellos, la golpeó la lanzó en la cama y tenía un cuchillo y le dijo que la iba a matar, el día siguiente la adolescente le dijo que la llevara hasta que la llevo y cuando llegaron le dijo que si su hermano le preguntaba algo la mataba.

Una amiga empezó a preguntarle que le pasaba porque estaba llorando ella le empezó a contar y la invitó a conversar con su madre, que TEHR llamó en ese instante a su mamá avisándole que si su papá buscaba llamarla no le contestara, la mama se quedó nerviosa fueron a la casa de su progenitora y le contó todo lo sucedido, que quiere que su papá pague por lo que le hizo. Que todo lo que vivió lo vivió ella sola. Que si una vez tuvo relaciones sexuales con J.B., a preguntas formuladas por la defensa del acusado, en los siguientes términos: ¿El embarazo era producto de las relaciones con su padre o con otras personas? Contestó: “Con él, porque yo no mantenía relaciones sexuales con otra persona”.

Adminiculado al testimonio de la ciudadana LHR, progenitora de la víctima quien refirió que se entero por referencia de su hija TEHR (omite identidad) de los abusos que le hacía su padre CEM (ACUSADO, MAYOR DE EDAD, SE OMITE IDENTIDAD), desde los diez años de edad, consistentes en penetración anal, vaginal y oral, desde que ésta contaba apenas con tan solo diez años de edad, así como del estado emocional de la adolescente por emotividad debido a los hechos vivenciados y múltiples amenazas recibidas de parte de los familiares de su padre hoy acusado; asimismo demuestra con su testimonio que por referencia de su hija el último acto sexual proferido por el acusado C.E.M. a TEHR fue en la misma semana, el día sábado cuando la ciudadana LHRse entero de los hechos.

Adminiculado al dicho del ciudadano A.J.V., padrasto de la víctima, toda vez que merece credibilidad y así es demuestra que por referencia de la adolescente víctima vivió desde los diez años de edad, el abuso sexual proferido por su padre C.M., así como del estado emocional que vive la víctima, hoy día.

Es menester destacar que los delitos de TRANSGRESIÓN DE NATURALEZA SEXUAL, son actos clandestinos, secretos, ocultos, encubiertos, escondidos, íntimos, donde sólo actúa el victimario y la víctima y así lo ha mantenido el m.T. de la República Bolivariana de Venezuela, por lo que mal pudiera esperarse tener testigos o testigas de algún hecho de esta magnitud, y más aún si es el padre biológico.

Por lo que, con la entrada en vigencia de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una V.L., cuyo objeto es garantizar y promover el derecho de las mujeres a una v.l.d.v., creando condiciones para prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en cualquiera de sus manifestaciones y ámbitos, impulsando cambios en los patrones socioculturales que sostienen la desigualdad de género y las relaciones de poder sobre las mujeres, parta favorecer la construcción de una sociedad justa democrática, participativa, paritaria y protagónica.

Establece la exposición de motivos de la mencionada Ley Especial, que: “En los artículos 43 y siguientes se sancionan las trasgresiones de naturaleza sexual, consideradas un atentado aberrante contra la dignidad, integridad física y libertad sexual de la mujer…”

Por lo que, esperar tener un testigo o testiga de ese abominable delito, constituye un paradigma del sistema patriarcal y por ende parte de esas creencias falsas que conforman la representación social de la violación, y que actúa como orden social.

Con la entrada en vigencia de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una V.L.d.V., que consagra la exposición de motivos que la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela promueve la construcción de un Estado democrático y social de Derecho y de Justicia que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico y de su actuación, la vida, la libertad, la justicia, la igualdad y, en general, la preeminencia de los derechos humanos, lo cual constituye la base fundamental para el desarrollo y elaboración de una nueva ley que conlleve la materialización de los fines esenciales del Estado como son la defensa, desarrollo y respeto a la dignidad de las personas y la construcción de una sociedad justa y amante de la paz. En el modelo político, expresado en el socialismo del siglo XXI que estamos construyendo, es fundamental erradicar los valores, creencias y prácticas que han mantenido la desigualdad entre los sexos.

La violencia de género, ejercida contra las mujeres por el hecho de serlo, es una realidad que ha permanecido invisibilizada. Se ha visto como expresión natural del dominio de un sexo sobre otro, y por ello, se ha banalizado, como explica G.C.. (Revista Venezolana de Estudios de la Mujer. Violencia y Género. Centro de Estudios de la Mujer. UCV. Caracas. Enero/Junio)

La Ley orgánica desarrolla, de manera centralizada y convergente, la protección constitucional a la que se refiere el artículo 21.2 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, por ser éstas un grupo poblacional tradicionalmente vulnerable.

Como bien lo señala la Convención Interamericana para Prevenir, Erradicar y Sancionar la Violencia Contra la Mujer > en su Preámbulo:

“La violencia contra la mujer constituye una violación de los derechos humanos, y las libertades fundamentales y limita total o parcialmente a la mujer el reconocimiento, goce y ejercicio de tales derechos y libertades.

(…)

La violencia contra la mujer es una ofensa a la dignidad humana y una manifestación de las relaciones de poder históricamente desiguales entre mujeres y hombres.

Reforzado por la Declaración sobre la Erradicación de la Violencia contra la Mujer, que afirma: “La violencia contra la mujer trasciende todos los sectores de la sociedad, independientemente de su clase, raza o grupo étnico, nivel de ingresos, cultura, nivel educacional, edad o religión y afecta negativamente sus propias bases”, y la define, como: “… Debe entenderse por violencia contra la mujer cualquier acción o conducta, basada en su género, que cause muerte, daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico a la mujer, tanto en el ámbito público como en el privado”

La violencia de género, no es un problema privado, es un problema social de estado.

En Venezuela el acceso a la justicia está consagrado en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en su artículo 26, que establece el derecho de las personas a acceder a los órganos de la administración de justicia para obtener la tutela judicial efectiva de sus derechos e intereses e incluso los derechos colectivos o difusos.

Por lo que no existe duda para este Tribunal en cuanto a que quedó demostrado a manera de certeza y con los medios de pruebas indicados el delito de ABUSO SEXUAL A ADOLESCENTE, tipificado y penado en el artículo 260, en relación con lo establecido en el artículo 259 primero y segundo aparte de la LOPNNA, así como la participación del acusado C.E.M. en el delito de mencionado, como quedó establecido y ampliamente analizadas en el capítulo anterior, por ende la sentencia que se dicta es de culpabilidad.

Señalan los doctrinarios, que el P.P. lo que se busca no es la verdad formal o procesal, sino, ante todo, la verdad real, material o histórica, la realidad de los hechos ocurridos, en definitiva, lo que en verdad ha sucedido.

En esta misma dirección CAFFERATA NORES ha dicho que en el p.p. debe imperar la verdadera correspondencia, señalando que la misma consiste en la adecuación de lo que se dice de una cosa con lo que esa cosa es. Queriendo poner de relieve que la verdad que debe procurarse obtener en el m.d.p. penal es aquella que más se acerque a lo sucedido realmente, lo cual no siempre podrá lograrse, puesto que en muchos casos las huellas del delito desaparecen o se hace verdaderamente difícil su descubrimiento, por lo cual se hace cuesta arriba llegar a la verdad material del caso concreto. En el p.p. debe procurarse, pues buscar esa verdad correspondencia, toda vez que en el mismo se pone en juego la libertad del ser humano, uno de los valores más preciados por el hombre, que sólo puede ser restringido cuando haya certeza acerca de la existencia de un delito y la comisión por una persona determinada, pues de lo contrario se estaría corriendo el riesgo de condenar a un inocente, lo que representaría una verdadera injusticia, por demás intolerable.

La mínima actividad probatoria, en el p.p., recogida del autor ESTRAMPES M. MIRANDA, quien hace referencia:

…toda condena que se dicte en el p.p. debe ir precedida de esa “mínima actividad probatoria”. Dicha “mínima actividad probatoria” debe haberse practicado, con todas las garantías procesales y especialmente con respeto absoluto a los derechos fundamentales, ya que de la contrario el juez no podría entrar a examinar su fuerza de convicción, al estarle prohibida su valoración. El juzgador no puede basar su convicción en elementos probatorios obtenidos al margen o con infracción de las garantías constitucionales, que derivan del artículo 24.2 C.E: contradicción, publicidad, oralidad e inmediación. La prueba queda configurada como base de la convicción judicial. (…) “es evidente que no cabe aceptar la convicción intima ganada al emergen del juicio oral como base suficiente para destruir la presunción de inocencia”. Igualmente, Sacristán Represa señala que la mencionada sentencia vino a recordar la necesidad de una prueba fehaciente para la condena de una persona. A.M. señala que la exigencia de una mínima actividad probatoria que se pueda dictar una sentencia condenatoria sin la base de una prueba. Para este autor cuando el Tribunal Constitucional se refiere a la necesidad de que concurra una mínima actividad probatoria lo que está exigiendo es que toda condena se apoye, indefectiblemente, en elementos de tal naturaleza, aunque estos sean mínimos, es decir, la “mínima actividad probatoria”.

De todas formas, en la apreciación de la prueba testifical juega un papel fundamental no sólo el sentido del oído que permite constatar aquellas vacilaciones, dudas o titubeos que el testigo hubiere tenido durante sus manifestaciones; sino que también de la vista, al permitir observar los gestos, actitudes o expresiones mantenidas por el testigo durante su declaración, datos estos que pueden influir en el juicio de credibilidad y que son consecuencia de la vigencia del principio de inmediación.

Todo el cúmulo probatorio fue debidamente analizado ut supra, testimonios que se tomaron previo el cumplimiento de todas las garantías procesales, pues tienen condición de prueba testifical y como tal, prueba valida de cargos, en la que baso mi convicción, ya que las mismas tienen claridad y suficiencia para enervar el principio de presunción de inocencia del acusado CEM (ACUSADO, MAYOR DE EDAD, SE OMITE IDENTIDAD); por su verosimilitud y concordancia con todas las demás declaraciones rendidas en el debate oral.

Sobre la base de estos testimonios, rendidos en el juicio oral y público con las debidas garantías de oralidad, contradicción efectiva de las partes e inmediación, es que se aprecian dadas su concurrencia, concordancia y no contradicción, constituye prueba suficiente que enerva la presunción de inocencia del acusado, de manera tal que al ser concatenada objetivamente con las otras declaraciones rendida en el debate, determinan que la consistencia de las mismas radican en la lógica de sus afirmaciones.

DOCUMENTALES

Se incorporó en el juicio oral y privado a través de su lectura:

1).-Inspección Técnica Nro. 5288: REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA RELACIONES DE INTERIO Y JUSTICIA CUERPO DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS PENALES Y CRIMINALISTICA SUPERVISIÓN DE SUBDELEGACIÓN ÁREA CAPITAL SUB DELEGACIÓN OESTE. ACTA DE CRIMINALÍSTICA. EXPEDIENTE NÚMERO I-284.162. INSPECCIÓN TÉCNICA No 5288. Caracas, miércoles 28 de octubre del año 2009. En esta misma fecha siendo las 07:15 horas de la noche, se constituyó una comisión del CUERPO DE INVESTIGACIONES, CIENTÍFICAS, PENALES Y CRIMINALÍSTICAS, integrada por los funcionarios Inspector Jefe H.L., Sub Inspector L.P. y el Detective M.C., adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, Sub Delegación Área Capital, Sub Delegación Oeste, la cual se realizo cumpliendo con lo establecido en el artículo 202º, 214º y 285º todos del Código Orgánico Procesal Penal, donde dejaron constancia de lo siguiente: “ El lugar a inspeccionar, corresponde a una vivienda de los denominadas casas de dos niveles; tratándose de un sitio cerrado, de iluminación artificial de buena intensidad y temperatura ambiente fresca, todos estos aspectos físicos presentes para el momento de realizar la presente Inspección Técnico Policial, presentando una entrada en sentido Norte ( vista del observador), protegida por una puerta elaborada en metal de color azul, del tipo batiente, de una sola hoja, con mecanismo de seguridad a base de cerradura, al transponer el umbral del mismo se observa un piso de granito, sus paredes de bloques frisados con acabados lisos y revestidos en pintura de color azul, con techo de platabanda, observándose un pasillo el cual presenta al final del mismo, unas escaleras de forma ascendentes que conducen hasta el segundo nivel de dicha vivienda, al trasladarnos a dicho nivel observamos en sentido Oeste una puerta de acceso elaborada en metal de color blanca, del tipo batiente, de dos hojas, con mecanismo de seguridad a base de cerradura, al ingresar al interior del mismo observamos un espacio físico correspondiente a una sala debidamente amoblada con sus respectivos sillones, así mismo equipado con una Computadora, presentando en sentido Este una cocina la cual presenta una mesa elaborada en madera, su respectiva nevera y hornillas de cocina, en sentido Norte se visualizan una habitación conformada por una cama con su respectivo colchón, cobertor y almohada, así como también presenta su respectivo closet, dicho espacio presenta signos físicos evidentes de desorden en el lugar, seguidamente nos trasladamos hacia la habitación que se halla contigua a la antes inspeccionada, conformada por una cama con su respectivo colchón, cobertor y almohada, así como también presenta su respectivo closet; seguidamente procedimos a realizar un rastreo a fin de ubicar evidencias de interés criminalístico, hallando en la cocina de la mencionada vivienda, específicamente sobre una mesa elaborada en madera, un cuchillo, con mango de color negro; así mismo en uno de los closet de las habitaciones se visualizo una caja elaborada en cartón con inscripciones donde se lee “YASMIN”, la cual presenta en su interior un blíster en catorce(14) de sus veintiún (21) compartimientos vacíos, de los cuales solamente seis (06) se hallan contentivos de su contenido; Dichas evidencias fueron colectadas para practicarle al cuchillo su respectivo reconocimiento técnico y en cuanto al blíster será enviado a la División de Toxicología para el estudio de su contenido. Es todo cuanto tenemos que informar al respecto y de esta manera concluimos”

2).-RECONOCIMIENTO MÉDICO LEGAL NRO 129-11778-09. Ministerio del Poder Popular Relaciones Interiores y Justicia. No 129-11778-09. Caracas, 28 de Octubre 2009. Ciudadano(a): Jefe de la Sub Delegación Oeste Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalísticas. El (la) suscrito(a) ANUNZIATA DAMBROSIO, titular de la cédula de identidad Nro 10.517.897, Médico Forense de la Coordinación Nacional de Ciencias Forenses, en cumplimiento al Art. 239, practicado al ciudadano(a): NOMBRE: T.E.H.R. C.I. No (omite) (identificación omitida de conformidad con lo dispuesto en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), EDAD 14 AÑOS, FECHA DEL SUCESO: 24/10/2009, EXAMINADO EN ESTE SERVICIO EL DÍA 28/10/2009, donde se aprecia: Examen vagino rectal: Genitales externos de aspecto y configuración acorde a su edad. Himen, anular de bordes festoneados, orificio himenal ampliamente permeable al tacto bidigital, papula en introito vaginal del lado izquierdo de 0,05 mm. Región anal: pliegues anales parcialmente borrados, despulimiento a las cinco, seis, siete, once, doce y una según la esfera de de reloj, cicatriz reciente a la seis. Conclusión: No hay desfloración. Himen Elástico Lesión Vaginal de Etiología a Precisar. Signos de traumatismo Ano Rectal Antiguo. Se sugiere evaluación por Psiquiatría Forense y Ginecología Infanto Juvenil. C.I. No 24.900. REALIZADO Y FIRMADO POR LA DRA. ANUNZIATA DAMBROSIO. TRANSCRIPCIÓN QUE SE HACE A LOS FINES LEGALES CONSIGUIENTES. DR. S.V. Experto Profesional IV, Médico Forense, Jefe de la Medicatura Forense Área Capital. Gobierno Bolivariano de Venezuela Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores y Justicia. (Folio 47 de la primera pieza)

3).-Experticia de Reconocimiento. “REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA RELACIONES INTERIORES Y JUSTICIA CUERPO DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS PENALES Y CRIMINALISTICAS SUPERVISIÓN DE SUB-DELEGACIÓN DEL ÁREA CAPITAL SUB-DELEGACIÓN OESTE AREA TÉCNICA. 025. Caracas; 28 de octubre de 2009. El suscrito Detective M.C., funcionario del Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalísticas, adscrito a esta subdelegación (AREA TECNICA), designado para practicar de conformidad con lo establecido en el artículo 237 del Código Orgánico Procesal Penal, una Experticia de Reconocimiento, a un objeto colectado según consta en el acta de inspección técnica número 5288, de fecha 28-10-2009, el cual guarda relación con la averiguación signada bajo el Expediente I-284.162, instruido por uno de los delitos Contra las Buenas Costumbres y el Buen orden de las familias, rindo a usted, bajo fe de juramento el siguiente informe para los fines legales que juzgue pertinente. PERITACIÓN MOTIVO. A los efectos pertinentes, me fue solicitada una Experticia de RECONOCIMIENTO, a fin de dejar constancia de su reconocimiento Legal. EXPOSICIÓN: Un (01) cuchillo de uso domestico, constituido por una hoja metálica para cortes, de aspecto acerado, con medidas de 14, 5 cm de longitud, por 2,9 cm de ancho, en sus partes prominentes, exhibiendo un borde inferior amolado en doble bisel, con terminación en punta semi aguda con inscripciones en uno de sus laterales en bajo relieve donde se lee “STAINLESS-TAIWAN”, su respectivo mango elaborado en material sintético de color negro con medidas de 12,5 cm de longitud por 3 cm de ancho en sus partes prominentes; Dicha evidencia se halla en regular estado de conservación, exteriorizando estrías de fricción y adherencias de suciedad. CONCLUSIÓN: En base al estudio y reconocimiento practicado a las piezas se puede concluir: La pieza objeto de estudio, la constituye: Un (01) cuchillo, comúnmente empleado en labores domesticas y empleado de forma atípica como un objeto punzo cortante, capaz de ocasionar lesiones de menor o mayor gravedad de acuerdo a la región anatómica comprometida y a la intensidad de la acción… EL EXPERTO. T.S.U. M.C.. DETECTIVE…” (Folio 14 de la primera pieza del expediente)

4).-RECONOCIMIENTO LEGAL. REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA RELACIONES DEL INTEERIO Y JUSTICIA CUERPO DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS, PENALES Y CRIMINALÍSTICAS. SUPERVISIÓN DE SUBDELEGACIÓN ÁREA CAPITAL SUBDELEGACIÓN OESTE AREA TÉCNICA. Caracas; Lunes 06 de Noviembre de 2009. (…) PERITACIÓN. MOTIVO: A los efectos propuestos nos fue solicitada una Experticia de RECONOCIMIENTO LEGAL. Las piezas mencionadas: EXPOSICIÓN: A) Un (01) cuaderno, elaborado en cartulina en colores fucsia, blanco, con inscripciones en su cara anterior donde se lee (MI PLANIFICADOR 2209-TOMA EL CONTRO), en su cara posterior se observa entre otros un código de barra con la siguiente numeración 7591083015935, de forma rectangular con las siguientes medidas 20.5 cm de longitud, por 20.8 cm de ancho, en su parte interna presenta una serie de hojas elaboradas en papel con rallas dispuestas de manera horizontal de color rosado, las cuales se encuentran unidas a la portada y contra portada por dos espirales, elaborados en metal de color negro, así mismo se observan inscripciones manuscritas en sus paginas (01), (02) (06) y (07), donde se lee entre otras cosas: PAGINA UNO 01…05/08/2009. Hoy como cosa rara estoy brava con mi padre pero de todas formas lo amo, y lo entiendo porque todo lo que el hace lo hace por mi y porque me quiere y no quiere que me pase nada. Así como el me quiere a mi y yo lo amo a el y tampoco quiero que le pase nada. Y nunca me quiero separar de el por q

el lo es todo para mi, el me quiere y hasta donde el me a dicho yo soy la única mujer en su vida. Por ser su única hija… PAGINA DOS 02…..06/08/2009. Hoy con muchos otros días espero arreglar la cosas con mi papá que aparte de ser mi padre es la personas más importante que hay en mi vida y lo amo y no me gusta que este molesto conmigo porque todo esto que ha hecho lo hago porque lo amo. Papa te amo 20/08/09 El mejor día de mi vida. PAGINA SEIS…..11/10/2009 Hoy Domingo mi papá me compro dos mascotas son dos conejillos de india, la hembra y el macho la hembra es mi tocaya se llama T. (Omite identidad) y el macho se llama Calos Me fascinan los dos son tímidos y tienen miedo. PAGINA SIETE…..12/10/2009. Hoy lunes estoy al lado de mis dos mascotas por primera vez por fin los vi comer, tomar agua y hacer sus necesidades se ven tan lindos y adorables y toda esta felicidad que siento al verlos se la debo a mi bello padre que aunque sea gruñón celoso y protector me ama y porque me ama me cuida y me complace los caprichos. Te amo papa eres lo máximo. Y tus hijos y nietos Carlos y T. (omite identidad). También y te agradecen el verlos sacado de esa tienda… B.- Una (01) hoja de Papel Bond, de forma rectangular con las siguientes medidas 28 cm de longitud, por 22,8 cm de ancho, exhibiendo unas inscripciones manuscritas en tinta de color negro, donde se lee (PAPITO TE AMO PERDONAME POR SER TAN NESIA Y CELOSA). Dicha pieza se halla en mal estado de uso y conservación asimismo presenta cortes a es profeso y unidas entre si por trozos de cinta transparente.- La pieza se halla usada y en regular estadio de uso y conservación. CONCLUSIONES: Basándose en el Reconocimiento y observaciones, practicadas a las piezas suministradas se concluyo lo siguiente: 1) La Pieza descrita en el numeral 1 es utilizada típicamente para su uso específico. Nota: La pieza descrita es devuelta al Jefe de la Brigada de Lesiones y C.B.C. de este Despacho…” EL EXPERTO L.P.S.I.. (Folios 170 y su vuelto, de la pieza número 1).

5).-EXAMEN MEDICO PSIQUIÁTRICO Nro. 9700-137-A-000007, fechado el 07 de diciembre de 2009, suscrito por la Dra. M.E.B., PSIQUÍATRA FORENSE, del Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalísticas, según oficio Nro. 1931, de fecha: 27/10/09, donde solicita le sea practicado examen médico psiquiátrico a la adolescente; H.R.T. (se omite la identificación de conformidad con el artículo 65 de la Ley Orgánica Para la Protección de niños, niñas y adolescentes, cumplo en informar que se le practicó el examen antes mencionado). Los Resultados son los siguientes: Se trata de la adolescente; (se omite la identificación de conformidad con el artículo 65 de la Ley Orgánica Para la Protección de niños, niñas y adolescentes, cumplo en informar que se le practicó el examen antes mencionado). De 15 años de edad, lugar y fecha de nacimiento: Caracas, 19/11/1994. Cédula de identidad Nº 24.900.869. Estado Civil: Soltera. Grado de Instrucción: 3er año. Profesión u oficio: Estudiante. Dirección: Hornitos a Quebrada. Casa Nº 14, Lídice, La Pastora. Fecha de Examen: 23/11/09. MOTIVO DE REFERENCIA: La consulta manifiesta. “… Mi papá abusó de mi, desde que yo tenía 10 años. Mi mamá y mi papá no vivían juntos, yo me fui un fin de semana para la casa de él. Él segundo fin de semana me empezó a tocar y me violó desde ese momento me amenazó y me dijo que si yo hablaba el me mataba a mi mamá y a mis familiares. Yo estuve en su casa por 4 años (hasta 3 veces por semana) me hacia eso ( me violaba), me tuvo todo el tiempo amenazada, delante de la gente éramos padre e hija felices, porque él me hacia disimular muy bien, me decía en la primera sospecha que le digas algo a alguien te mato. Me prohibía que fuera donde mis familiares. Yo empecé a darme cuenta de que eso no era normal cuando me empezaron a hablar de sexualidad en el liceo, pero después me daba pena y miedo contar lo que me pasaba. Hasta el día 27/10/09, que me intentó apuñalear, porque yo le dije que iba a contar todo lo que pasó, por eso denuncié. Pienso a cada rato en todo lo que me hacia, no duermo bien, tuve que partir el teléfono porque desde la cárcel él me llamaba y me enviaba mensajes acosándome que retirara la denuncia, sus familiares también me llamaban…”. RESUMEN DEL CASO: Consultante: Es una adolescente femenina que proviene de un hogar de regulares recursos socioeconómicos. Familia: Estable. Madre: L.H (omite identidad). Labora en carnicería (Central Madeirense). Padre: CEM (acusado, mayor de edad, se omite identidad). Pintor Automotriz. Es la mayor de 4 hermanos en total. Habita en casa propiedad de la madre. RESUMEN DEL CASO: Consultante: Es una adolescente femenina quien proviene de un hogar de regulares recursos socioeconómicos. Familia: Estable. Madre: L.H (omite identidad). Labora en carnicería (Central Madeirense) Padre: CEM (acusado, mayor de edad, se omite identidad). Pintor Automotriz. Es la mayor de 4 hermanos en total. Habita en casa propiedad de la madre. ANTECEDENTES PATOLOGICOS DEL GRUPO FAMILIAR: Abuelo materno fallecido de Diabetes. Abuelo paterno: Diabético. ANTECEDENTES DELICTIVOS: Niega. ANTECEDENTES PERSONALES: Producto del 1er embarazo (preclamse). Parto Normal. Desarrollo Psicomotor: Normal. Escolaridad: Acudió a preescolar. Repitió 5 to. Grado. Actualmente cursa 3 er año. Menarquía: A los 10 años. ANTECEDENTES MEDICOS: Refiere que a los 13 años de edad, el padre le dio unas pastillas “…Para que yo abortara porque me había faltado la regla, al mes después me dijo que eran para abortar, yo lo que me acuerdo es que sangre…”. ANTECEDENTES DELICTIVOS: Niega. ENTREVISTA FAMILIAR ( LA MADRE): “…Ella me contó el día 27/11/09, que el papá había abusado de ella, desde los 10 años. Yo le pregunté que porque no decía nada y ella me dijo que le amenazaba. La última vez, la amenazó con un cuchillo, yo tuve que ir con ella a la Fiscalía. Han dicho comentarios, de si sale de las cárcel, me iba a buscar y me mataba. Los familiares han ido a mi casa para pedirme que retire la denuncia. El le compraba pastillas anticonceptivas. Yo la noto triste, me pide que la abrace, llora…”. EXAMEN MENTAL: Se trata de adolescente femenina, quien luce en aparentes regulares condiciones generales. Consciente. Orientada en tiempo, espacio y persona. Colabora a la entrevista. Pensamiento: Curso y estructura normal, niega ideación delirante. Lenguaje fluido, bien articulado. Inteligencia impresiona clínicamente normal. Afecto triste. Atención, memoria y concentración dispersas. DIAGNOSTICO: TRASTORNO DE ESTRÉS POST-TRAUMÁTICO (F43.-), SEGÚN CIE 10. CONCLUSIONES: Posterior a evaluación psiquiátrico se concluye que se trata de adolescente femenina, quien presenta un diagnóstico de Trastorno de estrés post-traumático, caracterizado por una respuesta tardía o diferida a un acontecimiento estresante o a una situación breve o duradera, de naturaleza amenazante ( violación); y que causan malestar generalizado, episodios reiterados de volver a vivenciar el trauma, embotamiento emocional, aislamiento, falta de capacidad de respuesta al medio ( poca respuesta a estímulos); acompañada de insomnio, ansiedad y depresión. Se sugiere apoyo psicoterapéutico y la debida orientación en estos casos incluyendo al grupo familiar. Para evitar complicaciones futuras en el área psicoemocional y sexual de la evaluada. (Folios 192, 193, 194, y 195, de la primera pieza del expediente).

Ahora bien, los anteriores elementos de prueba, constituyen fuentes de prueba, toda vez que son actos de investigación recogidos de manera documentada, vale decir, por escrito, de los cuales dimana un dato conviccional que sirve durante la etapa preparatoria e intermedia para llegar al juicio de probabilidad objetiva sobre la acusación o defensa del acusado.

No obstante, en la etapa de juicio oral, y sobre la base del artículo 14 del Código Orgánico Procesal Penal, solo se apreciaran las pruebas incorporadas en la audiencia, conforme a las disposiciones del referido Texto Adjetivo Penal. Esto quiere decir que el Código Orgánico Procesal Penal, establece el procedimiento legal para la incorporación de los elementos de prueba al debate.

En este caso, forzosamente se altero el orden de recepción de las llamadas “documentales”, las cuales fueron leídas en la audiencia por cuanto el Tribunal de Control, así decidió admitir su incorporación, no obstante esta Jueza, debe advertir que tales elementos de prueba no constituyen a la luz del artículo 339 numeral 2º del Código Orgánico Procesal Penal, la prueba documental, toda vez que la prueba documental trata únicamente de los documentos públicos y privados, previstos como tales, en nuestro Ordenamiento Jurídico. Esto quiere decir, que no todo lo escrito es documento, si no que existe una serie de actos, que deben ser documentados, es decir, levantados de forma escrita: Ejemplo: Las actas de entrevistas (son actas documentadas de los dichos de los testigos), las actas policiales (son actas documentadas del dicho de los funcionarios policiales); pero jamás serán tomadas en consideración legalmente como documentos públicos o privados.

De tal forma que, no siendo las experticias e informes antes indicadas, documentos públicos o privados a la luz del ordenamiento jurídico penal, debe entenderse que estos son actos de investigación que recogen el dicho de expertos calificados en la materia de la medicina y de otras áreas como la criminalística y biología y trabajo social, de manera documentada, vale decir, por escrito en los llamados dictámenes periciales, tal y como lo establece el artículo 239 del COPP.

De manera pues, que hay que precisar que las únicas experticias que pueden ser leídas en el debate por cuanto así lo autoriza como medio de prueba el COPP, son aquellas que se recogen bajo las normas de la prueba anticipada, tal y como lo dispone el numeral 1º del artículo 339 del COPP, experticia que se realiza, de conformidad con el artículo 307 Ejusdem, en presencia de un juez de Control y las partes, quienes tienen derecho en ese acto de prueba anticipada a realizar el interrogatorio y contrainterrogatorio a los expertos, dejándose constancia de las respuestas y observaciones en un acta que se documenta por escrito y que no solo contiene, como se dijo, las conclusiones de los expertos, si no la intervención de las partes y el juez de control, por lo cual lo que se lee en el debate es el acta completa de ese acto de prueba anticipada, y es así, por ello, que tiene valor probatorio, al incorporarse por su lectura, toda vez que se garantizó anticipadamente por que el acto era definitivo e irreproducible o existía algún obstáculo para incorporarlo en la audiencia del juicio oral, los principios de inmediación, oralidad y contradicción, siendo esta, la de la prueba anticipada, la única excepción que autoriza la ley para violentar los principios de concentración, publicidad e inmediación, toda vez que la prueba se realiza anticipadamente por las razones antes dichas ante un juez o jueza distinto al de juicio y en un momento procesal distinto al debate.

Siendo esto así, el medio de la prueba de expertos, es el procedimiento autorizado para incorporar durante el debate el elemento de prueba y siendo que el elemento de prueba lo porta el sujeto (perito o experto), llamado órgano de la prueba, el artículo 354 del COPP, establece que su declaración en el debate es ese procedimiento para incorporar el elemento de prueba, que no es otra cosa, que su opinión calificada, por tener conocimiento del hecho objeto del debate al haber practicado una experticia. De tal forma que, es evidente que los antes señalados elementos de prueba como actos de investigación incorporados por su lectura durante el debate no tienen valor probatorio alguno, y por ende solo se desestima esa lectura, de conformidad con lo antes expuestos. Adminiculado, a lo dispuesto en el primer aparte del artículo 354 del Código Orgánico Procesal Penal, que no es otra cosa que una prohibición expresa del legislador, de reemplazar la declaración del experto por la lectura del acto de investigación (dictamen pericial o notas).

En conclusión, si el Legislador, le hubiese dado el carácter de prueba documental a todas las experticias no hubiese hecho la diferencia establecida en el numeral 1º del artículo 339 del COPP, cuando indica: cuando indica que: “…sólo podrán ser incorporados al juicio por su lectura: …experticias que se hayan recibido conforme a las reglas de la prueba anticipada…” y más allá va esta jueza, en la interpretación del referido artículo señalando que, en todo caso, las partes y el tribunal pueden exigir incluso la comparecencia de los expertos al debate, que practicaron la experticia bajo las normas de la prueba anticipada, cuando sea posible.

De tal forma que esta jueza deja constancia que apreció y dio el valor probatorio a la declaración de los órganos de la prueba de expertos, expertas e investigador relacionados con el informes psiquiátrico, reconocimiento médico legal, inspección técnica, en la motiva de la presente sentencia, sobre la base de la sana critica y observando las reglas de la lógica, los conocimientos científicos y las máximas de experiencia.

Por otra parte, se incorporó el acta de PARTIDA DE NACIMIENTO, con la cual se demuestra previa certificación de la Primera Autoridad Civil de la Parroquia de la Pastora, Municipio Libertador del Distrito Federal, que el día nueve de mayo de mil novecientos noventa y cinco (09-05-1995) fue presentada una niña por la ciudadana L.H (OMITE IDENTIDAD), de 18 años de edad, estado civil soltera, obrera, natural de Caracas, de con cédula de identidad Nro V-14.318.731, domiciliada en el Municipio Bolivariano Libertador, quien manifestó que la niña nació el día diecinueve de noviembre de mil novecientos noventa y cuatro (19-11-1991) a las cinco y diez post-meridiem en el Hospital General Universitario de Caracas y tiene por nombre T.E. (se omite identidad, de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), documento que constituye fe y demuestra que para la fecha 29-10-2009 la adolescente víctima tenía 14 años de edad.

ACTA DE PRUEBA ANTICIPADA

Se incorporó al debate oral y privado el ACTA DE PRUEBA ANTICIPADA, la cual fue debidamente analizada en el capítulo anterior de la presente sentencia:

“REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA PODER JUDICIAL TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER EN FUNCION DE CONTROL, AUDIENCIA Y MEDIDAS DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÒN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS. Caracas, 21 de abril de 2010. 199º y 151º. ACTA DE PRUEBA ANTICIPADA DE DECLARACIÓN DE ADOLESCENTE JUEZA: R.M. MARGIOTTA GOYO. FISCAL: DRA. GEORGA INCIARTE FISCALA AUXILIAR 90º DEL MINISTERIO PÚBLICO DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS. IMPUTADO: CEM (ACUSADO, MAYOR DE EDAD, SE OMITE IDENTIDAD). VICTIMA: T.E.H.R. DEFENSA PRIVADA: DR. H.M.. ALGUACIL: A.L.. SECRETARIA: DANITZA RAMIREZ. En el día de hoy, 21 de abril de 2010, siendo las 10:45 horas de la mañana, se inicia el acto fijado por este Juzgado, de Prueba Anticipada en virtud del retardo del traslado del imputado a la sede del tribunal; consistentes en la declaración de la víctima de quien se omite su identidad de conformidad a lo establecido en el artículo 307 del Código Orgánico Procesal Penal, aplicable por remisión expresa del artículo 64 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una V.L.d.V., se deja constancia de su reproducción en video y sonido conforme a lo establecido en el Código Orgánico Procesal Penal, encontrándose presentes la ciudadana Dra. GEORGA INCIARTE, en su carácter de Fiscala Auxiliar Nonagésima (90º) del Ministerio Público del Área Metropolitana de Caracas, el ciudadano Dr. H.M. en su carácter de Defensor Privado, el ciudadano imputado CEM (ACUSADO, MAYOR DE EDAD, SE OMITE IDENTIDAD) previo traslado del Internado Judicial del Paraíso (La Planta), la víctima adolescente T.E.H.R de quien se omite el nombre de conformidad con el artículo 65 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño, Niña y Adolescente y quien se encuentra en una Sala contigua a fin de el interés superior del niño, se advierte a las partes que la Jueza moderara el interrogatorio a puertas cerrada por tratarse de una adolescente quien funge como víctima en un caso que tiene que ver con el delito de Abuso Sexual a Niño y Niña con penetración de conformidad con lo establecido en los artículos 259 y 260 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño, Niña y Adolescente, y ante esta circunstancias el interés que priva es el de la adolescente de conformidad a lo establecido en el artículo 78 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, que se celebra a puerta cerrada en salvaguarda de este interés que está por encima del principio de publicidad, y tal y como se dijo el presente acto tiene su fundamento en la decisión que acordó el presente acto dictada en fecha 10-03-10, no revictimización de la adolescente al deponer de manera definitiva su declaración respecto a los hechos denunciados por su persona, evitando en caso de prosperar la acción fiscal, la declaración reiterada de la joven de hechos grotescos de los cuales refiere ser víctima, y de esta manera atender de manera primordial el bienestar de la adolescente como así lo establece el artículo 3 de la Convención Sobre el Derecho del Niño, seguidamente declaró abierto el acto, se informó a las partes que deben litigar de buena fe, evitando los planteamientos dilatorios, meramente formales y cualquier abuso de las facultades que le concede la Constitución, el Código Orgánico Procesal Penal y otras leyes. Seguidamente interviene la ciudadana adolescente T.E.H.R de quien se omite el nombre de conformidad con el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente quien manifestó: Se deja constancia de la presencia del representante legal de la víctima adolescente el ciudadano AJVG. Todo empezó un fin de semana, el vivía con su esposa, ese día llego en la noche yo estaba viendo televisión con ella me quede dormida la esposa de el se fue a otro cuarto a dormir, el aprovecho a tocarme y todo eso abuso de mi, me amenazo si yo hablaba, siguió durante cuatro años, en ese tiempo yo tenia amistad con dos muchachos del barrio siempre estaban conmigo en las escaleras a el no le gustaba que me mandaran mensajes bonitos, el se puso celoso, me dio cachetada me insulto me dijo que no tratara mas con ninguno de los dos muchachos, cuando estaba hablando con los muchachos el me insulto les dijo que no los quería ver conmigo, al otro día yo estaba con mi papá en el carro y el que estaba montando bicicleta era Armando, mi papá los vio y se bajo del carro y saco un cuchillo y el muchacho empezó a correr, me insulto a los tres días el me dejo en el callejón de mi casa para que subiera para alistarme para que fuera al colegio yo veo que le empieza a decirles cosas al muchacho y le dice que no lo quiere ver cerca de mi por que sino le iba a meter un tiro el muchacho le decía que el solo quería una amistad conmigo, el me amenazaba todo el tiempo ya no iba a casa de mi mamá no me dejaba tener amigo, me revisaba el teléfono, el siguió con sus abusos, la pareja de mi papá le reclamaba a el, por que la dejaba durmiendo sola para irse a dormir conmigo, el le dijo que era por costumbre y ella le creyó, cuando yo escribí todo en el diario ella lo encontró y lo leyó todo y le dijo que ya sabia por que dormía conmigo el me dijo que tenia que negarlo todo, el nos puso cara a cara y yo se lo negué, siguieron pasando las cosas hasta que ellos se separaron por que no aguantaba los celos el le decía que no la iba a poner a ella antes que a mi, cuando nos mudamos para acá le decía que tenia que hacer un trabajo con mis amigas y me decía que las trajera, el disimulaba delante de todo el mundo de repente me veía hablando con alguien y no le gustaba y me pegaba, el día que yo hable fue por que nosotros fuimos a un pool con la sobrina, el hermano de el y una cuñada, todo bien hasta que llegamos a la casa, hubo una discusión entre ellos, al siguiente día yo voy al liceo, por que estaba enferma me sentía muy mal estaba vomitando, yo lo llame me decía que me quedara quieta que ya iba, al ver que no había fregado los corotos me insultó y me pegó, me sentía mal el me seguía diciendo cosas yo lo amenace que lo iba a decir todo me dice que recogiera mis cosas que me iba a llevar a mi casa, estaba el hermano de mi papá asomado en la ventana y me mandó para mi cuarto me halo por los cabellos, me golpeo en un seno, me lanzó a la cama y tenia un cuchillo y me dijo que me iba a matar, al día siguiente le dije que me llevara el me dijo que me fuera caminando le dije que ya era tarde y fue cuando me llevo y cuando llegamos me dijo que si su hermano le preguntaba algo me mataba, una amiga me empieza a preguntar que me pasaba por que estaba llorando yo le empecé a contar me dijo que fuéramos hablar con mi mamá que ya ella entendía porque yo estaba con una sosobra si tenia una hora libre en el liceo por que el podía pensar que estaba en algo malo me dijo que se le notó, que no me veía con ojos de padre yo llame a mi mamá le dije que si mi papá busca llamarla que no le conteste, ella se quedo nerviosa y repicaba a cada rato el celular, nos fuimos a la casa se lo conté a mi mamá se puso mal, me dijo que por que no se lo había dicho, que se veía un papá normal a raíz de todo eso el estuvo llamando a mi padrastro diciendo que era mentira mía, también llamo a la casa dejo nerviosa a mi abuela, la muchacha me fue a buscar al liceo, por que el quería hablar conmigo yo le decía que no que no quería hablar con el, sin embrago me anoto su teléfono en mi cuaderno, J.C. fue hablar conmigo que lo ayudara que no viniera que había gastado mas treinta millones que el estaba afuera y estaba sufriendo le dije que yo lo iba a pensar, una tía también hablo conmigo me dijo que el lo iba a pagar a fuera que la cárcel no acomoda a nadie, yo lo que quiero es que el pague por lo que me hizo no quiero que viole a mas nadie a nadie de mi familia. Es todo. Seguidamente se le cede el derecho de preguntas a la representante del Ministerio Publico quien pregunto: 1.- Nombre y Apellido de las amistades que manifestó tener conocimiento de los hechos y en relación a los mensajes? Contestó: -J.G., Eliecer Lizcano y A.C.. 2.- Cuando abusaba sexualmente de ti la penetración era vía vaginal rectal y oral? Contestó: Si. Seguidamente se le cede el derecho de preguntas al Defensor Privado quien pregunto: 1.- Usted conoce a J.B.? Contestó: No. 2.- Por que después de 4 años usted decide denunciar a su padre? Contestó: Yo no me iba a seguir callando igualito si estaba callada me iba a matar y nadie iba a saber. 3.- Durante ese tiempo con quien usted tuvo relaciones sexuales? Contestó: una sola vez J.B. con el que era mi novio. 4.- Cual es el motivo por el cual decide irse a vivir con su padre? Contestó: Luego de lo ocurrido del fin de semana me sentí amenazada y accedí a vivir con el. 5.-Usted tuvo algún problema con su madre? Contestó: No. 6.- Cuantos hermanos tiene usted? Contestó: 3. 7.- ¿Usted tuvo algún problema con Grecia? Contestó: Ella se molestaba por que el pasaba mas tiempo conmigo a veces la dejaba durmiendo sola para estar conmigo. 8.-Usted en su declaración nombra a su padrastro, tuvo algún problema con su padrastro? Contestó: No. 9.- Usted manifiesta que iba a su liceo a casa de su madre como era ese tipo de obligación? Contestó: Por que me pegaba me insultaba yo no comía por que estaba enferma del estomago, si iba al liceo pero el casi no me dejaba ir a casa de mi mamá. 10.-Puede explicar un testigo que certifique ese abuso por parte de su padre? Contestó: No, nadie sabía lo que viví lo viví yo sola. 11.-Todo el presunto abuso por parte de su padre usted le dejo constancia en el diario? Contestó: Si. 12.- Usted dice que la ciudadana Grecia boto el diario? Contestó: Si. 13.-A usted le disgustaba que su padre tuviera algún tipo de pareja? Contestó: Yo le decía que por que me tenia que ver a mi si habían tantas mujeres en la calle, el me dijo una vez que su primera vez con una tía. 14.-Usted hablo de una enfermedad, eso fue por embarazo? Contestó: No, por los anticonceptivos. 15.-Usted salió embarazada? Contestó: Una vez. 16.-Eran anticonceptivos o pastillas para abortar? Contestó: Pastillas para abortar pero después de eso el me compro pastillas anticonceptivas. 17.-El embarazo era producto de las relaciones con su padre o con otra persona? Contestó: Con el, por que yo no mantenía relaciones con otra persona. Seguidamente interviene la ciudadana Jueza quien preguntó: 1.- Que edad tenia cuando comenzó todo ese día? Contestó: 10 años. 2.- El nombre de su amiga? Contestó: J.G.. 3.- Quien es J.C.? Contestó: El hermano de mi papá. 4.-A quien querías denunciar por acoso? Contestó: A J.C.. Seguidamente se hizo pasar al imputado a los efectos de dar lectura a quien se le expuso lo declarado por lo adolescente víctima y manifestó su deseo de declarar bajo el precepto constitucional establecido en el artículo 49 numeral 5 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y el artículo 130 del Código Orgánico Procesal Penal aplicable por remisión expresa del articulo 64 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una V.L.d.V. quien manifestó: Veo que las cuestiones que dice acá son absolutamente mentida, mis cónyuge que estuvieran conmigo no son inmaduras para ver el delito que esta cometiendo y no denunciarlo ellas están dispuestas a declara el diario lo tiene el Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas no esta en ningún lugar de que esto esta sucediendo, niego que esto sucedió, nunca en mi vida he consumido ningún tipo de estupefaciente he tomado alcohol medianamente lo adecuado no creo que soy el monstruo que mi hija esta diciendo ahí, pido al tribunal que llamen a las personas para que declaren saben lo que estaban sucediendo en la casa, saben cual es la relación con mi hija jamás le hubiera hecho daño a mi casa, lo que he hecho por ella es velar por sus estudios allá su mama que tapaba todo lo que ella hacia esto es una injusticia soy inocente de todo lo que me están acusando, yo tengo una persona en la planta que lo están buscando para matarme y el leyó el expediente y me dijo que es una injusticia mi hija lloraría por venir a abrazarme a mi, a ella la están obligando hacer eso. Es todo. Se declara cerrado el acto, siendo las 12:25 horas de la tarde. ES TODO TERMINÓ SE LEYÓ Y ESTANDO CONFORMES FIRMAN. LA JUEZA, firmado ilegible, consta sello húmedo el cual se dice: REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA CIRCUITO JUDICIAL PENAL en el centro el escudo nacional JUZGADO 2º DE CONTROL TRIBUNALES DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS. R.M. MARGIOTTA. FISCALA 90º MINISTERIO PÚBLICO. AREA METROPOLITANA DE CARACAS. firmado ilegible DRA. GEORGA INCIARTE. LA DEFENSA, firmado ilegible DR. H.M.. EL IMPUTADO firmado legible, consta a los lados de la firma sello húmedo el cual se dice: REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA CIRCUITO JUDICIAL PENAL en el centro el escudo nacional JUZGADO 2º DE CONTROL TRIBUNALES DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, CEM (ACUSADO, MAYOR DE EDAD, SE OMITE IDENTIDAD). LA VICTIMA, firmado legible T.E.H.R. REPRESENTANTE DE LA VICTIMA. Firmado ilegible A.V. (Omite Identidad). EL ALGUACIL firmado ilegible, LA SECRETARIA, firmado ilegible D.R.. (Folios 19, 20, 21, 22, 23 y 24 de la pieza Nro 2).

EXHIBICIÓN DEL VIDEO FILMOGRAFICO

Por otra parte, se incorporó al debate oral y privado, a través de su exhibición el video fílmico que recogió el testimonio en sonido y video de la adolescente víctima TEHR (omite identidad) en un (1) CD con las siguientes características DVD-R 5pack 8X compatible, el cd registra por ambos lados la siguiente identificación: Side A y Side B, inserto en un sobre de manila debidamente cerrado, al folio 25 de la pieza Nro 2 de las actuaciones, cuyo testimonio fue debidamente incorporado al debate oral y debidamente analizado en el capítulo anterior de la presente sentencia, de conformidad con lo establecido en el artículo 358 del Código Orgánico Procesal Penal.

De tal manera, que acreditado el hecho punible así como la certeza de la culpabilidad del acusado CEM (acusado, mayor de edad, se omite identidad), la presente sentencia ha de ser condenatoria, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 367 del Código Orgánico Procesal Penal y en tal sentido, pasa a establecer la penalidad en los términos siguientes:

PENALIDAD

El delito de ABUSO SEXUAL A ADOLESCENTE con penetración, previsto y sancionado en el artículo 260 en relación con lo establecido en el primer y segundo aparte del artículo 259 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente, con penetración genital, anal y oral, prevé una pena de prisión de quince (15) a veinte (20) años. Ahora bien, la pena normalmente aplicable de acuerdo al artículo 37 del Código Penal, de conformidad con lo establecido en el artículo 64 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una V.L.d.V., es la pena media, y se reducirá hasta el límite inferior o se aumentará hasta el superior según el mérito de las respectivas circunstancias atenuantes o agravantes que concurran en el caso concreto, en este caso considera esta jueza, rebajar hasta el límite inferior, y la media seria quince años (15), y por las circunstancias agravantes que concurren en el caso en comento por la relación de superioridad o parentesco del agresor, se incrementa de un cuarto a un tercio todas vez que el Ministerio Público, no demostró que el acusado CEM (ACUSADO, MAYOR DE EDAD, SE OMITE IDENTIDAD) registrara antecedentes penales, a tenor del contenido del artículo 74.4º del Código Penal, por lo que en definitiva la pena que deberá cumplir el acusado CEM (ACUSADO, MAYOR DE EDAD, SE OMITE IDENTIDAD), por la comisión del delito de ABUSO SEXUAL A ADOLESCENTE CON PENETRACIÓN, previsto y sancionado en el primer y segundo aparte del artículo 259 en relación con el artículo 260 de la de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño, Niña y Adolescente, en agravio de la ciudadana (T.E.H.R.) se omite la identidad de conformidad 65º con la nombrada ley, la pena que en definitiva deberá cumplir el acusado, es de DIECIOCHO (18) AÑOS Y SIETE (7) MESES DE PRISIÓN; más las penas accesorias establecidas en el articulo 66, numeral 2 Ejusdem y en tal sentido: CONDENA al acusado C.E.M., titular de la cédula de identidad Nro V.-12.832.833, a cumplir la pena de DIECIOCHO (18) AÑOS Y SIETE (7) MESES DE PRISIÓN, por la comisión del delito de ABUSO SEXUAL A ADOLESCENTE, previsto y sancionado en el artículo 260, en relación con lo establecido en el artículo 259, primero y segundo aparte ambos de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una V.L.d.V., en agravio de la adolescente TEHR, se omite identidad, de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, más la pena accesoria establecida en el articulo 66, numeral 1 Ejusdem.

De conformidad con lo establecido en el artículo 67 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una V.L.d.V., impone al acusado C.E.M., a asistir de carácter obligatorio a los programas de orientación, atención y prevención dirigidos a modificar su conducta y evitar la reincidencia, por el tiempo de duración de la condena, programas de orientación que impartirá el MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA RELACIONES INTERIRIORES Y JUSTICIA o el Organismo que éstos designen.

EXONERA al acusado el pago de las costas procesales a las cuales hace referencia los numerales 1º y 2º del artículo 266 del Código Orgánico Procesal Penal, en atención al contenido del artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, dada la naturaleza de le presente sentencia.

De conformidad con lo establecido en el artículo 122, numeral 6 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una V.L.d.V., en concordancia con lo establecido en los artículos 3 y 4 Ejusdem, y escuchada la opinión de la DRA. M.E.B. adscrita al Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalísticas, impone al grupo familiar PROGENITORA DE LA ADOLESCENTE, ciudadano A.V (OMITE IDENTIDAD), a los fines de que comparezcan ante el EQUIPO INTERDISCIPLINARIO DE LOS TRIBUNALES DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS o el Organismo que estos designen, para que reciba asistencia en aras de garantizar la protección a la dignidad e integridad psicológica, de las mujeres víctimas de violencia, como mujeres particularmente vulnerables, a la violencia basada en género, al derecho que tienen éstas de recibir plena información respecto a los derechos y ayudas previstos en la Ley así como el lugar de prestación de los servicios de atención, emergencia, apoyo y recuperación integral. Dada la naturaleza de la presente sentencia se MANTIENE LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD del acusado, en el INTERNADO JUDICIAL EL PARAÍSO LA PLANTA. Líbrese Oficio al Sistema Integrado de Información Policial del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, a los fines de informarle sobre la presente Sentencia, a los efectos de su registro y control. Líbrese Oficio al Ministerio del Poder Popular para relaciones Interiores y de Justicia. Líbrese Oficio al Equipo Interdisciplinario de los Tribunales de Violencia Contra la Mujer del Área Metropolitana de Caracas. Regístrese y Publíquese.

El tribunal se reserva el lapso establecido en el artículo 107 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una V.L.d.V. respecto a la publicación del texto íntegro de la sentencia, no obstante la Jueza, dio las razones de hecho y de derecho en la audiencia.

Quedaron los y las presentes notificados y notificadas con la lectura y firma del acta, de conformidad con lo establecido en el artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal.

Establecido lo anterior, pasa este Tribunal a establecer la dispositiva del presente fallo, y que es texto íntegro del dispositivo dictado en la sala de audiencia en la finalización del acto de juicio oral y privado, en los siguientes términos:

CAPÍTULO III

DISPOSITIVA

Este Tribunal Primero (1º) de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio de Violencia Contra la Mujer del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: CONDENA al acusado C.E.M, titular de la cédula de identidad Nro V.-12.832.833, a cumplir la pena de DICIOCHO (18) AÑOS Y SIETE (7) MESES DE PRISIÓN, por la comisión del delito de ABUSO SEXUAL A ADOLESCENTE, previsto y sancionado en el artículo 260, en relación con lo establecido en el artículo 259, primero y segundo aparte ambos de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una V.L.d.V., en agravio de la adolescente TEHR, se omite identidad, de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, más la pena accesoria establecida en el articulo 66, numeral 1 Ejusdem. SEGUNDO: De conformidad con lo establecido en el artículo 67 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una V.L.d.V., impone al acusado C.E.M., a asistir de carácter obligatorio a los programas de orientación, atención y prevención dirigidos a modificar su conducta y evitar la reincidencia, por el tiempo de duración de la condena, programas de orientación que impartirá el MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA RELACIONES INTERIORES Y JUSTICIA o el Organismo que éstos designen. TERCERO: EXONERA al acusado el pago de las costas procesales a las cuales hace referencia los numerales 1º y 2º del artículo 266 del Código Orgánico Procesal Penal, en atención al contenido del artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, dada la naturaleza de le presente sentencia. CUARTO: De conformidad con lo establecido en el artículo 122, numeral 6 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una V.L.d.V., en concordancia con lo establecido en los artículos 3 y 4 Ejusdem, y escuchada la opinión de la DRA. M.E.B. adscrita al Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalísticas, impone al grupo familiar PROGENITORA DE LA ADOLESCENTE, ciudadano A.V (OMITE IDENTIDAD), a los fines de que comparezcan ante el EQUIPO INTERDISCIPLINARIO DE LOS TRIBUNALES DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS o el Organismo que estos designen, para que reciba asistencia en aras de garantizar la protección a la dignidad e integridad psicológica, de las mujeres víctimas de violencia, como mujeres particularmente vulnerables, a la violencia basada en género, al derecho que tienen éstas de recibir plena información respecto a los derechos y ayudas previstos en la Ley así como el lugar de prestación de los servicios de atención, emergencia, apoyo y recuperación integral. Dada la naturaleza de la presente sentencia se MANTIENE LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD del acusado, en el INTERNADO JUDICIAL EL PARAÍSO LA PLANTA. Líbrese Oficio al Sistema Integrado de Información Policial del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, a los fines de informarle sobre la presente Sentencia, a los efectos de su registro y control. Líbrese Oficio al Ministerio del Poder Popular para relaciones Interiores y de Justicia. Líbrese Oficio al Equipo Interdisciplinario de los Tribunales de Violencia Contra la Mujer del Área Metropolitana de Caracas. Regístrese y Publíquese. El tribunal se reserva el lapso establecido en el artículo 107 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una V.L.d.V. respecto a la publicación del texto íntegro de la sentencia Quedaron todas las partes debidamente notificadas con la lectura y firma del acta, de conformidad con lo establecido en el artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal.

Regístrese y Cúmplase.

Dada, firmada y sellada, en la sede de este Tribunal de Violencia Contra la Mujer y Nro 1º en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los trece (13) días del mes de agosto del año dos mil diez (2010). Años 200º de la Independencia y 151º de la Federación.

La Jueza,

V.A.M.

La Secretaria,

M.M.A.P.

ASUNTO PENAL NRO AP01-S-2009-023960

ASUNTO NRO AP01-S-2009-023960

Nomenclatura Interna: 1-J-VCM- 060-2010

VAM.

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