Decisión de Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de Anzoategui (Extensión Barcelona), de 9 de Agosto de 2004

Fecha de Resolución 9 de Agosto de 2004
EmisorJuzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito
PonenteIda Tineo de Mata
ProcedimientoNulidad De Contrato De Compra Venta

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui

Barcelona, nueve de agosto de dos mil cuatro

194º y 145º

ASUNTO : BP02-V-2004-000064

Vistas las pruebas presentadas por las partes intervinientes en la presente causa, el Tribunal las admite cuanto ha lugar en derecho, por no ser manifiestamente impertinentes ni ilegales, salvo su apreciación en la definitiva; y a los fines de evacuar las promovidas por la parte demandante en el Capitulo III, se ordena librar oficio al Departamento de Criminalistica Delegación del Estado Monagas a objeto de que informe a este Juzgado el resultado de la experticia grafotécnica practicada al documento poder autenticado por ante la Oficina Subalterna de Registro Público del Municipio Autónomo F.d.P.d.E.A. en fecha 09-04-2003.- En relación a las promovidas por la parte actora en el Capitulo IV el Tribunal niega las mismas por no constituir objeto de prueba.- En cuanto a las promovidas por la parte demandada en fecha 26-07-2004, en su Capitulo IV el Tribunal niega las mismas por no constituir objeto de pruebas.- En cuanto a la oposición presentada, el Tribunal la niega, por cuanto la prueba a que se hace alusión es admitida salvo su apreciación en la definitiva.- Líbrese oficio.- Asi se decide.-

LA JUEZ PROVISORIO,

DRA. I.T.D.M.

LA SECRETARIA,

DRA. M.M.R.

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