Decisión de Juzgado Octavo Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de Caracas, de 11 de Julio de 2007

Fecha de Resolución11 de Julio de 2007
EmisorJuzgado Octavo Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito
PonenteCarlos Spartalian Duarte
ProcedimientoEjecución De Hipoteca

Republica Bolivariana de Venezuela

EN SU NOMBRE

Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas

Por recibido la diligencia de fecha Diez (10) de J.d.D.M.S. (2007), suscrito por la ciudadana X.C.L., venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 5.115.484, parte demandada en el presente juicio, asistida por el ciudadano C.L.P.V., Abogado en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 56.215, por una parte y por la otra, la ciudadana J.R.M., abogada en ejercicio, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 68.719, parte actora en el presente juicio, en la cual consignarón transacción celebrada en el presente procedimiento, este Tribunal a los fines de resolver observa:

Luego de una revisión minuciosa de los instrumentos cursantes a los autos, se verifica que ambas partes tienen capacidad para disponer del objeto sobre el cual versa la controversia y que el derecho litigioso puede ser objeto de esta actuación procesal; Igualmente, se pudo constatar que los referidos profesionales del derecho que suscriben dicha transacción tiene facultad expresas para celebrar transacciones. En tal virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil y cumplidos como se encuentran los extremos legales contenidos en los artículos 1.713, 1.714 y 1.718 del Código Civil, este Tribunal, en nombre de la República Bolívariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA la transacción antes referida, dando por consumado el acto, por consiguiente, se da por terminado el juicio, debiéndose considerar la presente providencia como Sentencia pasada en autoridad de Cosa Juzgada, en los mismos términos en que fue suscrita por las partes; Igualmente, por cuanto fue consignado cheque de gerencia del Banco Provincial N° 00198671, a favor de este Juzgado, por la suma de Cuarenta y Seis Millones Cuatroceitnos Veintinueve Mil Cuatrocientos Treinta y Ocho Bolívares con Quince centimos (Bs. 46.429.438, 15), por concepto de finiquito de la deuda objeto del presente juicio, ordena realizar su deposito en la Cuenta Corriente N° 0044470600017070, del Juzgado Octavo De Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas; Asimismo, suspende la Medida de Embargo Ejecutivo, decretado en fecha 05/12/2005, el cual fue participado al Juzgado Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, mediante Oficio N° 05-2460, correspondiendole por Distribución al Juzgado Segundo de Municipio Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, quien la practicó en fecha 12/01/2006.-

Regístrese, publiquese y dejese copia certificada de esta proviencia en el Departamento de Archivo de este Juzgado.

Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, en la ciudad de Caracas, a los once (11) días del mes de Julio del año Dos Mil Siete (2.007). Años: 197° de la Independencia y 148° de la Federación.-

El Juez Titular,

Dr. C.S.D.

El Secretario Titular,

Abog. J.A.H.

En la misma fecha, se libró copia certificada de la providencia anterior y se en el Departamento de Archivo del Juzgado, por aplicación analógica del artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.

El Secretario Titular,

Abog. J.A.H.

CSD/JAH/john.-

Exp. Nº 03-01248.-

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