Decisión nº C-2013-000956 de Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de Portuguesa (Extensión Acarigua), de 19 de Mayo de 2015

Fecha de Resolución19 de Mayo de 2015
EmisorJuzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito
PonenteJosé Gregorio Marrero
ProcedimientoResolución De Contrato De Opción De Compra-Venta

N° Expediente : C-2013-000956 N° Sentencia : C-2013-000956 Fecha: 19/05/2015 Procedimiento:

Resolución De Contrato De Opción De Compra-Venta

Partes:

L.S. BAIGORRIA WETZELL & CONSTRUCTORA CADESCO, C.A, REPRESENTADA POR EL CIUDADANO E.J.E.C., VENEZOLANO, MAYOR DE EDAD, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD Nº V-9.569.436; Y EN NOMBRE PROPIO EL CIUDADANO E.J.E.C..-

Resumen:

Por los anteriores razonamientos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Agrario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Autoridad de la Ley, DECLARA: LA REPOSICIÓN DE LA CAUSA, al estado en que se designe nuevo Defensor a la CONSTRUCTORA CADESCO, C.A, representada por el ciudadano E.J.E.C.; y al ciudadano E.J.E.C., en nombre propio, plenamente identificados en autos. Así se decide.- Se declaran NULOS todos los actos siguientes a la designación del defensor judicial, abogado M.T., es decir, desde el día 14 de Abril de 2014, y una vez que conste en autos la designación y la citación del defensor Ad Litem, comenzará a computarse el lapso de emplazamiento. No hay condenatoria en costas por la naturaleza de la decisión.- Publíquese, regístrese y déjese copia certificada. Dada, .....

Juez/Ponente:

José Gregorio Marrero

Organo:

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