Decisión nº PJ0152009000109 de Juzgado Vigesimo Cuarto de Municipio de Caracas, de 6 de Julio de 2009

Fecha de Resolución 6 de Julio de 2009
EmisorJuzgado Vigesimo Cuarto de Municipio
PonenteVictor Martín Diaz
ProcedimientoJustificativo De Titularidad De Vehículo

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Vigésimo Cuarto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas

Caracas, seis de julio de dos mil nueve

199º y 150º

ASUNTO: AP31-S-2009-003128

Visto el escrito de JUSTIFICATIVO DE TESTIGOS que antecede y sus recaudos, presentado por la ciudadana LIMA R.L., titular de la cédula de identidad Nº E- 82.346.455, asistida por la abogada NILCIA R.R., Inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 57.742, mediante el cual solicita se le e.J.d.T. a su favor por cuanto del vehiculo Marca Chevrolet, Clase Camioneta, Tipo Sport-Wagon, Modelo Blazer 4X2, Año 1998, Color Azul, Serial de Motor 1173829, Serial de Carrocería 9BG116ASWWC923040, Placa S/P, Uso Particular; el Tribunal a los fines de pronunciarse sobre el mismo observa:

Prevé el artículo 94 del Reglamento de la Ley especial de T.T., lo siguiente:

Las personas interesadas en registrar un vehículo usado que no haya sido inscrito en el Registro Nacional de Vehículos por el propietario anterior o no aparezcan los documentos del mismo, deberán dirigir solicitud por escrito al organismo competente con los siguientes datos:

1.- Identificación del solicitante

2.- Objeto y fundamento de la solicitud.

3.- Justificativo Judicial, en el cual se deje constancia de la adquisición o propiedad del vehiculo.

4.- Experticia del vehiculo a registrarse practicada por un perito nombrado por un organismo competente con determinación de las características identificadoras del mismo.

5.- Si la solicitud se realiza a través de apoderado, deberá consignar los documentos que así lo acrediten.

6.- Cumplir los demás requisitos y formalidades que establezca el Ministerio de Transporte y Comunicaciones.

(Negrillas y Cursivas del Tribunal).-

De acuerdo a ello, en estos casos regulados en Ley especial, el interesado debe dirigir su solicitud de registro del Vehículo no registrado o que no aparezcan los documentos ante el órgano administrativo correspondiente, para lo cual debe acompañar un justificativo judicial. (Negrillas del Tribunal).-

En razón de lo antes expuesto, este Juzgado niega la solicitud planteada por la ciudadana LIMA R.L., antes identificado, por cuanto no existe constancia que el vehículo no este inscrito en el Registro Nacional de Vehículos.- Así se decide.-

El Juez Titular,

Abg. V.M.D.S.

La Secretaria,

Abg. N.T.J.

En esta misma fecha 06 de Julio de 2009, siendo las 2:01 p.m., se dictó y publicó la anterior sentencia, previas las formalidades de Ley.-

La Secretaria,

Abg. N.T.J.

VMDS/ntj*

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