Decisión nº 127-05 de Juzgado Noveno de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de Zulia, de 15 de Junio de 2005

Fecha de Resolución15 de Junio de 2005
EmisorJuzgado Noveno de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco
PonenteMaría del Pilar Faria Romero
ProcedimientoCobro De Bolivares (Via Intimacion)

Juzgado Noveno de los Municipios Maracaibo, J.E.L. y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia.- Maracaibo, 15 de junio de 2005.- 195° y 146°.- Vista la transacción celebrada entre los ciudadanos Sociedad de Responsabilidad Limitada L.M. y el ciudadano Alexo R.F., identificados en actas, en fecha 12-04-2005, el Tribunal observa que el artículo 255 del Código de Procedimiento Civil dispone: “Las partes pueden terminar el proceso pendiente, mediante la transacción celebrada conforme a las disposiciones del Código Civil. Celebrada la transacción en el juicio, el Juez la homologará si versare sobre materias en las cuales no estén prohibidas las transacciones, sin lo cual no podrá procederse a su ejecución”. En consecuencia, le imparte su aprobación homologándolo, le da el carácter de cosa juzgada, se ordena oficiar al Departamento de Nominas de la Universidad del Zulia, a fin de notificarle los términos que rigen la transacción celebrada y se abstiene de archivar el expediente hasta tanto conste en actas el total cumplimiento de la obligación.

La Juez,

Abog. M.d.P.F.R..

La Secretaria,

Abog. A.J..

En la misma fecha se ofició bajo el N°. 167-05.

La Secretaria,

Abog. A.J..

Expediente 1.323-05.

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