Decisión de Tribunal Tercero de Protección del Niño y del Adolescente de Tachira (Extensión San Cristóbal), de 12 de Junio de 2009

Fecha de Resolución12 de Junio de 2009
EmisorTribunal Tercero de Protección del Niño y del Adolescente
PonenteHirian Montoya
ProcedimientoCobro De Beneficio

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE

CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL ESTADO TÁCHIRA

SALA DE JUICIO. JUEZA UNIPERSONAL Nro. 03

198º y 150º

Revisadas como han sido las actas que conforman el presente expediente y visto los recaudos anexos, tales como: Copia Fotostática certificada de la partida de nacimiento de la niña (NOMBRE OMITIDO DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LOPNA); Copia Fotostática Certificada de la Declaración Únicos y Universales Herederos expedida por la Juez Unipersonal N° 03 de esta Sala de Juicio; y copia certificada del acta de defunción de la causante Y.S.R., y cumplido como ha sido lo requerido en el auto de admisión, esta Jueza (T) Unipersonal Nº 03 del TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley AUTORIZA amplia y suficientemente a la ciudadana L.R.R.V., venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 10.166.626, para que en representación de su nieta: (NOMBRE OMITIDO POR DISPOSICIÓN DEL ARTICULO 65 DE LA LOPNA), tramite el cobro de los beneficios por concepto de Pensión de Sobreviviente, prestaciones sociales, caja de ahorro, seguro de vida, fideicomiso, así como cualquier otro beneficio por ante cualquier Organismo o entidad Publica o Privada, que le corresponden a la mencionada niña al fallecimiento de su progenitora, la ciudadana Y.S.R., quien era Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 17.875.535, de profesión Docente. Es de advertir que lo que corresponda a la prenombrada niña debe ser remitido a este Despacho en un cheque de gerencia a nombre de este TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, para ser agregado al expediente Nro. 58.361 de Cobro de Beneficios.

Publíquese, Regístrese y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal y expídase copia certificada a la parte interesada.

Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira. San Cristóbal a los 12 días del mes de junio de 2009. Años 199º de la Independencia y 150º de la Federación.

Abog. HIRIAN MONTOYA RODRÍGUEZ

Juez Titular Unipersonal Nro. 03

ABG. G.L.P..

SECRETARIO

En la misma fecha, se publicó, se registró y se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal.

El Secretario.

Exp. Nro. 58.361/delia.-

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