Se corrige por error material el Convenio Cambiario Nº 15. (Convenio Cambiario mediante el cual serán liquidadas al tipo de cambio de dos bolívares con sesenta céntimos (Bs. 2,60) por dólar de los Estado Unidos de América, las operaciones de venta de divisas correspondientes a las autorizaciones de liquidación de divisas aprobadas por la Comisión de Administración de Divisas (CADIVI) para los conceptos a que contraen los literales que en ella se mencionan, del artículo 1 del Convenio Cambiario Nº 14 (...)

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