Decisión de Juzgado Primero del Municipio Achaguas de Apure, de 9 de Agosto de 2005

Fecha de Resolución 9 de Agosto de 2005
EmisorJuzgado Primero del Municipio Achaguas
PonenteWilmer José Pérez Celis
ProcedimientoCobro De Pretaciones Sociales

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO PRIMERO DEL MUNICIPIO ACHAGUAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE

Achaguas, Nueve (09) de Agosto del año dos mil cinco (2.005).- 195° y 143°

Exp. N° 04-393 (Trabajo).-

Vista la TRANSACCIÓN de fecha 08-08-05, cursante a los folios 124 y 125 del presente expediente de COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, suscrita por los ciudadanos Abogada A.C.S.L., venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 14.215.762, Inpreabogado N° 107.538, en su carácter de Co-Apoderada Judicial de la parte demandada BANCO PROVINCIAL S.A., (BANCO UNIVERSAL), y el ciudadano L.J.I., venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 8.779.329, parte actora, debidamente asistido por el Abogado J.G.F., venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 9.375.544, Inpreabogado N° 65.646, en la suma de SIETE MILLONES DE BOLÍVARES (Bs. 7.000.000,oo); y visto igualmente la aceptación por parte del demandante, este Juzgado Primero del Municipio Achaguas de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA dicha Transacción en los términos expuestos de conformidad con el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, dándole el carácter de Sentencia Pasada con autoridad de COSA JUZGADA, ordenando el Archivo del presente expediente. Y como es solicitado por las partes, se ordena expedir por Secretaría copia certificada de la Transacción y del presente auto. Ofíciese lo conducente. Désele salida.-

El Juez Primero Temp.

Dr. W.P.C..- La Secretaria,

Z.R. DE VILLAMIZAR.-

Exp. N° 04-393 (Trabajo).-Zdev.-

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR