Decisión de Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución del L.O.P.N.A de Merida (Extensión Mérida), de 28 de Octubre de 2005

Fecha de Resolución28 de Octubre de 2005
EmisorTribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución del L.O.P.N.A
PonenteMirna Egle Marquina
ProcedimientoEjecución De Sentencia

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN NO. 01 DE LA SECCION DE ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MERIDA.

Mérida, veintiocho (28) de octubre de dos mil cinco (2005)

Causa: E1-339-05

Asunto: EJECÚTESE DE SENTENCIA DEFINITIVA

Vistos: La sentencia definitivamente firme dictada por el Juez de Control Nº 01 de la Sección de Adolescentes extensión el Vigía, en fecha 23 de septiembre de 2005, que corre inserta en las presentes actuaciones desde el folio cuarenta y seis (46) al cincuenta (50), ambos inclusive.

Este tribunal observa:

Obra a los folios (49 al 50), de la presente causa, la parte dispositiva de la sentencia de sobreseimiento DEFINITIVO dictada a favor del adolescente identidad omitida, mediante el cual ordenó destrucción: a) un gorro, doce balas, dos piezas metálicas, un par de placas identificadoras de vehículos, un titulo de propiedad, un carnet de circulación y un documento privado, lo cual consta según reconocimiento técnico Nro 9700-230-DST-263 (FOLIO 11)

Ahora bien, acatado lo dispuesto en la señalada sentencia y en los términos y condiciones en ella explanados, este Tribunal procede a ejecutar.

DISPOSITIVA

El tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución Nº 01 de la sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con el artículo 173, 679 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con los artículos 646 y 647 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, acuerda el EJECUTESE de la sentencia de sobreseimiento en tal sentido se ordena al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas subdelegación el Vigía Estado Mérida: la destrucción de un gorro, doce balas, dos piezas metálicas, un par de placas identificadoras de vehículos, un titulo de propiedad, un carnet de circulación y un documento privado, lo cual consta según reconocimiento técnico Nro 9700-230-DST-263 (FOLIO 11). De lo acordado se levantará un acta que deberá ser remitida a este tribunal a fines de ser agregada al expediente. Ofíciese con copia del folio (11) y su vuelto. Notifíquese. Diarícese, regístrese Cúmplase.

LA JUEZA PROFESIONAL DE EJECUCION N0. 01

M.E.M.

LA SECRETARIA

ARLENIS LARA

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.

La Sria.

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