Decisión de Tribunal Primero de Juicio L.O.P.N.A de Cojedes, de 23 de Mayo de 2013

Fecha de Resolución23 de Mayo de 2013
EmisorTribunal Primero de Juicio L.O.P.N.A
PonenteVictor Dario Dayar Narvaez
ProcedimientoDiferir Juicio Oral Y Privado

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE JUICIO

DEL SISTEMA PENAL DE RESPONSABILIDAD DEL ADOLESCENTES

DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL

DEL ESTADO COJEDES

San Carlos, 23 de mayo de 2013

203° y 154º

Por cuanto el día 21 de mayo de 2013, tomó posesión del Tribunal Primero de Primera Instancia en Función de Juicio del Sistema de Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Cojedes el juez suplente del Tribunal de Primera Instancia en Función de Juicio del Sistema de Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Cojedes ABG. V.D.D.N., titular de la cédula de identidad Nº V-8.952.751, quien suplirá la ausencia temporal de la ABG. A.M.C.B., a quien le fue indicado reposo médico por cuido de su menor hija, y en consecuencia de ello el ciudadano juez ABG. V.D.D.N. pasa a ejercer las funciones de Juez de primera instancia en Funciones de Juicio del Sistema de Responsabilidad Penal de Adolescentes de este Circuito Judicial Penal del Estado Cojedes, en consecuencia SE ABOCA AL CONOCIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, SIGNADA CON EL Nº 1J-296-13, de conformidad al ordinal 4º del artículo 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela; se acuerda notificar del abocamiento al acusado, a la Defensora pública y al Ministerio Público. Asimismo observa este Tribunal que, por cuanto el juicio oral y privado en la presente causa se encontraba fijado para el día 20-05-13 y en virtud del presente abocamiento, el mismo se difiere y se fija nuevamente para el día lunes, veintisiete (27) de mayo de 2013 a las 10:00 horas de la mañana. En consecuencia de lo anterior, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE JUICIO DEL SISTEMA PENAL DE RESPONSABILIDAD DEL ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, acuerda: Primero: EL ABOCAMIENTO DEL JUEZ, ABG. V.D.D.N. en la causa Nº 1J-296-13. Segundo: Se difiere el juicio oral y privado fijado para el día 20-05-13 y se fija nuevamente para el día lunes, veintisiete (27) de mayo de 2013 a las 10:00 horas de la mañana. Tercero: En aras a dar cabal cumplimiento a lo pautado en el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, se acuerda notificar a las partes del presente abocamiento y de la fecha y hora del juicio oral y privado supra mencionado. Líbrese Boleta de traslado y reingreso para la fecha indicada del acusado de autos. Así se decide. Diarícese y publíquese.

EL JUEZ

ABG. V.D.D.N..-

LA SECRETARIA

ABG. DIRCIA YAZMINA HERNANDEZ APARICIO

En la misma hora y fecha se le dio cumplimiento a lo ordenado por este Tribunal.

CAUSA N° 1J-296-13.-

EXPEDIENTE FISCAL V Nº MP-2.366-2013.-.

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