Decisión de Juzgado de Protección LOPNA de Portuguesa (Extensión Guanare), de 3 de Marzo de 2010

Fecha de Resolución 3 de Marzo de 2010
EmisorJuzgado de Protección LOPNA
PonentePastora Peña Garcias
ProcedimientoSeparación De Cuerpos Y Bienes

PODER JUDICIAL

Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la

Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa

Guanare, 3 de marzo de 2010

199º y 151º

ASUNTO: PH05-V-2006-000022

Visto el desistimiento del Procedimiento de Separación de Cuerpos realizado por los ciudadanos LIVARDO O.G.R. y N.A.R.V., titulares de las cedulas de identidad N° E-80.344.371 y E-81.965.800 asistidos por el abogado J.C.Q.B., inscrito en el inpreabogados bajo el N° 134.075; el Tribunal le imparte su Homologación y de conformidad con los artículos 265 y 266 del Código de Procedimiento Civil, declara extinguida la instancia y acuerda el archivo del presente expediente. Remítase al archivo judicial.

La Juez,

Abog. P.P.G..

La Secretaria,

Abog. E.M.J.V..

Milangela p.

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR