Decisión de Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio García de Hevia. de Tachira, de 4 de Junio de 2015

Fecha de Resolución 4 de Junio de 2015
EmisorTribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio García de Hevia.
PonenteAngel Otero
ProcedimientoConvenimiento De Obligación Alimentaria

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE

TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR

DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO G.D.H.D.L.

CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA.

La Fría, jueves cuatro (04) de junio de dos mil quince (2015)

205º y 156º

EXP. N° 4.028.-

IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES

Parte Demandante: L.D.C.J.P., colombiana, mayor de edad, titular de la cedula de ciudadanía N° V- 1.094.832.624, domiciliada en orope, barrio Nuevo Desarrollo, casa s/n, del Municipio G.d.H., del Estado Táchira, actuando En beneficio de sus hijos XX.

Parte Demandada: KEYVI ROSNEY G.M., venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 20.367.145, quien puede ser ubicado en el Barrio La Flores, Sector 2, casa S/N, del Municipio G.d.H.d.E.T.,

Motivo de la causa: Obligación de Manutención.

SENTENCIA: INTERLOCUTORIA.

DE LA DEMANDA

Visto en convenimiento realizado por los ciudadanos L.D.C.J.P. y KEYVI ROSNEY G.M., en fecha 20 de mayo de 2015, por ante la Defensoría Municipal del Niño, Niña y Adolescente del Municipio G.d.H.d.E.T., por concepto de Obligación de Manutención, a favor de sus hijos XX. Este Tribunal le da entrada y la inventaría bajo el Nº 4.028 en el Libro L-10, el cual textualmente establece: PRIMERO: El ciudadano Keyvi Rosney G.M. se compromete en dar a sus hijos la cantidad de dos mil (2000) mil bolívares semanales, para gastos de manutención SEGUNDO: Los gastos de ropa, medicamentos, asistencia medica, útiles escolares, uniformes de diario y deportes, gastos navideños, vacaciones, juguetes útiles de aseo personal entre otros serán compartido en partes iguales entre ambos padres.

En consecuencia, visto el CONVENIMIENTO celebrado entre las partes, este Juzgado Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte la HOMOLOGACIÓN, de conformidad con lo establecido en el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Así mismo este Tribunal acuerda notificar al Fiscal Protección del Niño y del Adolescente. Expídase copia certificada del presente auto para el archivo de este Tribunal.

EL Juez Provisorio,

Abg. Á.A.O.E.

La Secretaria

Abg. Thais K. González S.

AAOE/wh.-

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR