Decisión de Juzgado Undecimo Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de Caracas, de 16 de Junio de 2011

Fecha de Resolución16 de Junio de 2011
EmisorJuzgado Undecimo Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito
PonenteAngel Eduardo Vargas Rodriguez
ProcedimientoDaños Y Perjuicios

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Undécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.

Caracas, 16 de Junio de 2011

201º y 152º

Asunto: AH1B-M-2007-000049

Vistos los escritos de promoción de pruebas presentados, en fechas trece (13) y veintisiete (27) de octubre de 2003, por el abogado CARMINE RAMANIELLO, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte demandante, este Tribunal a los fines de pronunciarse sobre la admisibilidad de las mismas observa:

Primero

Con respecto a los escritos de promoción de pruebas presentados en fecha 13 y 27 de octubre de 2003, por el abogado CARMINE ROMANIELLO, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, este Juzgado observa, que las mismas no son manifiestamente ilegales ni impertinentes, por lo que las admite cuanto ha lugar en derecho salvo su apreciación o no en la sentencia definitiva.

En relación a la prueba testimonial promovida en el capitulo VI del escrito de promoción de pruebas presentado por la parte actora, este Juzgado fija AL TERCER (3er.) DÍA DE DESPACHO SIGUIENTE AL PRESENTE AUTO, A LAS 11:00 a.m., a fin de que tenga lugar la declaración de la testigo ciudadana M.J. MOLINA, venezolana, mayor de edad, de Profesión Arquitecto e inscrita en el Colegio de Ingenieros de Venezuela bajo el N° 51167, de este domicilio. Cúmplase.

Por cuanto el presente auto esta siendo proveído fuera del lapso legal, se ordena la notificación de las partes, a los fines de garantizar el derecho a la defensa. Cúmplase.

EL JUEZ,

DR. Á.V.R.

LA SECRETARIA,

Abg. S.C.

AVR/SC/gp

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