Sentencia nº 306 de Tribunal Supremo de Justicia - Juzgado de Sustanciación - Sala Político Administrativa de 9 de Mayo de 2006
Fecha de Resolución | 9 de Mayo de 2006 |
Emisor | Juzgado de Sustanciación - Sala Político Administrativa |
Ponente | Juzgado de Sustanciación |
Procedimiento | Recurso de Nulidad |
SALA POLÍTICO ADMINISTRATIVA
JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN
Caracas, 9 de mayo de 2006
196º y 147º
Recibido el presente expediente de la Sala; y, habiéndose dado cuenta en fecha 2 de mayo de 2006, este Juzgado para decidir acerca de su admisibilidad, observa:
Mediante escrito presentado en fecha 19 de mayo de 2005, la abogada N.M.S.B. , inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 12.300, actuando en su carácter de apoderada de la sociedad mercantil “LOGÍSTICA EN TRANSPORTE DE CARGA” LOGICARGA C.A., interpuso acción de nulidad contra la Resolución DM/Nº 341, de fecha 23 de septiembre de 2004, dictada por el ciudadano Ministro de la Producción y el Comercio (hoy Ministerio de Industrias Ligeras y Comercio), en la cual declaró “...inadmisible el Recurso Jerárquico, interpuesto en fecha 26 de marzo de 2004, contra la Providencia MPC-SIEX-CJ-01-2004, la cual confirmó el acto administrativo distinguido con el Nº MPC-SIEX-DRI-1-401-2003, que declaró improcedente otorgarle a [su] representada el Registro de Inversión Subregional y la calificación de empresa extranjera...” (folio 23 del presente expediente).
Este Juzgado, revisadas como han sido las causales de inadmisibilidad contenidas en el aparte quinto del artículo 19 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela, y como quiera que no se encuentran presentes en este asunto, admite cuanto ha lugar en derecho la aludida acción de nulidad.
En consecuencia, de conformidad con lo dispuesto en el aparte once del artículo 21 eiusdem, se ordena citar a los ciudadanos Fiscal General de la República, Ministra de Industrias Ligeras y Comercio y Procuradora General de la República, remitiéndoles copias certificadas de la solicitud, de la documentación acompañada a ésta y del presente auto. Líbrense oficios.
La citación de la ciudadana Procuradora General de la República se practicará con arreglo a lo ordenado en el artículo 84 del Decreto con Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República.
Líbrese el cartel a que se refiere el aparte once del artículo 21 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela, en el tercer (3er.) día de despacho siguiente a aquél en que conste en autos las citaciones ordenadas.
De conformidad con lo dispuesto en el aparte diez del artículo 21 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela, este Juzgado, acuerda solicitar a la ciudadana Ministra de Industrias Ligeras y Comercio, el expediente administrativo relacionado con este juicio. Líbrese oficio y anéxese copia certificada del presente auto.
La Juez,
M.L.A.L.
El Secretario Int.,
Dionisio E.B.B.
Exp. Nº 2005-4081/ndp.