Decisión de Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Régimen Transitorio de Anzoategui (Extensión Barcelona), de 27 de Octubre de 2011

Fecha de Resolución27 de Octubre de 2011
EmisorTribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Régimen Transitorio
PonenteAna Jacinta Durán
ProcedimientoConsignacion De Bienes

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal de Mediación y Sustanciación de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Anzoátegui - Barcelona

Barcelona, veintisiete de octubre de dos mil once

201º y 152º

ASUNTO: BP02-S-2008-003984

Visto diligencia suscrita por la Fiscal Décimo Tercero del Ministerio Publico, Abg. F.Q., de fecha 04/08/2011, en la cual solicita la entrega total del dinero que se encuentra depositado en la cuenta del Banco Bicentenario en beneficio del Niño (Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente) , plenamente identificados en autos. En consecuencia, éste Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescente, en uso de sus atribuciones legales, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de La Ley e Interés Superior de los adolescentes de marras, acuerda hacer entrega de la TOTALIDAD del dinero a la ciudadana L.C.R.P., venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-13.666.572, la cual reposa en la Cuenta de Ahorros Nº 1750088130060132767, del Banco Bicentenario, Agencia Barcelona, que asciende a la suma de CINCUENTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y UNO CON 56/100 CTMS, (Bs. f 57.471,56). Por cuanto en la referida Cuenta quedara un activo de Cero (0) Bolívares. Se acuerda el cierre del respectivo Expediente y su remisión al Archivo Judicial.- Asimismo se acuerda oficiar a la Oficina de Control de Consignaciones, a los fines arriba indicados. Líbrese oficio. Cúmplase.-

LA JUEZA.

Dra. A.J.D..

LA SECRETARIA

Abg. LOURDES CASTILLO.-

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR