Decisión de Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de Lara (Extensión Barquisimeto), de 7 de Diciembre de 2007

Fecha de Resolución 7 de Diciembre de 2007
EmisorJuzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito
PonenteHarold Rafael Paredes Bracamonte
ProcedimientoInhabilitación

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara

Barquisimeto, siete de diciembre de dos mil siete

197º y 148º

ASUNTO: KP02-F-2007-000356

Vista la presente solicitud de INHABILITACION, presentada por la ciudadana L.J.L.D.C., venezolana, mayor de edad, con cedula de identidad N° V-2.915.469, Casada y de este domicilio, asistida en este acto por el abogado en ejercicio L.B.V., inscrito en el IPSA bajo el N° 2655, donde solicita se declare inhábil a su esposo, ciudadano R.R.C.P., titular de la cédula de identidad N° 2.196.919, mayor de edad y de este domicilio, en razón de encontrarse ciego (invidente) y con sus dos piernas imputadas, así como también sea declarado un curador ad-hoc especial para efectos legales, y solicita que recaiga este nombramiento sobre su hija, ciudadana E.M.C.L. , mayor edad, hábil, titular de la cédula de identidad N° 7.430.112 y de este domicilio, este tribunal observa, que una vez estudiada la solicitud se fijó un plazo no mayor de diez (10) días a fin de que el solicitante consignara documentos originales para la admisión de la misma, transcurrido el lapso correspondiente y al no haber consignado los documentos originales solicitados, este tribunal niega su admisión. En consecuencia este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y T.d.E.L., Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA INADMISIBLE, la presente solicitud de INHABILITACIÓN.-

El Juez., La Secretaria Acc.

Abg. H.R.P.B.A.. L.A. Agüero E.

HRPB/LAAE/rccg

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