Decisión nº S-N de Juzgado Cuarto Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Almirante Padilla y Páez de Zulia, de 4 de Julio de 2007

Fecha de Resolución 4 de Julio de 2007
EmisorJuzgado Cuarto Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Almirante Padilla y Páez
PonenteZimaray Coromoto Carrasquero
ProcedimientoPensión De Alimentos

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

Juzgado Cuarto Ejecutor de Medidas de los Municipios

Maracaibo, J.E.L., San Francisco, Mara, Páez y Almirante Padilla

Circunscripción Judicial del Estado Zulia

En horas de Despacho del día de hoy, 04 de julio del año dos mil siete, siendo las 10:30 a.m., de conformidad con lo acordado, se traslado y constituyó éste JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS, por solicitud de la parte Ejecutante, en las Oficinas de la Empresa MAERKS, ubicada en el sector Los Haticos, diagonal a la Empresa Regional, Centro Comercial Fenix, en Jurisdicción del Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia, a objeto de llevar a efecto la medida , decretada por el TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. SALA DE JUICIO- JUEZ UNIPERSONAL Nro.4, en ocasión al juicio que por Reclamación Alimentaría sigue la ciudadana: L.C.G.B., titular de la cédula de identidad Nro. V-9.722.252, en contra del ciudadano: R.S., titular de la cédula de identidad No. V-9.702.803.- Una vez constituido este tribunal, procedió a notificar a el (la) ciudadano (a): A.F., titular de la cédula de identidad No. 11.722.597, quién se identifico con el carácter de: SUP. DE PERSONAL.- Seguidamente el Tribunal le notifico que el Tribunal de la causa, decretó Medida de Embargo sobre: A) EL CINCUENTA POR CIENTO (50%) del sueldo o salario mensual que devenga el ciudadano: R.S., como cocinero de Gabarra al servicio de la Empresa MAERKS DRILLING VENEZUELA S.A. B) EL CINCUENTA POR CIENTO (50%) sobre las utilidades, o bonificación de fin de año que le puedan corresponder al demandado de autos; C) EL CINCUENTA POR CIENTO (50%) de las vacaciones o bonos vacacional que le puedan corresponder al demandado de autos; D) En caso de que el ciudadano demandado goce de los beneficios de primas por hijos, útiles escolares, retener EL CIEN POR CIENTO (100%) de tales conceptos que le puedan corresponder a los niños y/o adolescentes de autos. E) EL CINCUENTA POR CIENTO (50%) de las prestaciones Sociales, Fideicomiso, o cualquier otra cantidad que le pueda corresponder en caso de despido, retiro voluntario o por cualquier causa que de por terminada su relación laboral. De inmediato este TRIBUNAL CUARTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, J.E.L., SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dándole cumplimiento a lo decretado por el Juzgado comitente DECLARA EMBARGADO TODOS LOS CONCEPTOS ANTES SEÑALADOS. Asimismo se le hace saber al notificado que las cantidades a retener en los literales A, B, C, y D, deberán ser entregados directamente a la reclamante de autos ciudadana: L.G. o remitirlos al tribunal de la causa mediante cheque de gerencia, y las retenidas en el literal “E” a nombre del TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. SALA DE JUICIO- JUEZ UNIPERSONAL Nro.4, ubicado en el anexo del Edificio Arauca, avenida 4 B.V.. Igualmente se le hace saber al notificado que a partir de la presente fecha comenzaran las retenciones a que se refiere la presente medida.- El Notificado Expuso: “Me doy por notificado de la medida de ejecución que en este acto se ejecuta a reserva de verificar: PRIMERO: Si el demandado es o no cocinero de Gabarra al servicio de la Empresa MAERKS DRILLING VENEZUELA S.A. SEGUNDO: La existencia de cualquier otra medida preventiva o ejecutiva practicada con anterioridad a la presente.- En este estado el tribunal ordena expedir copia de la presente acta y su entrega a la persona notificada Este Tribunal comisionado le dio estricto cumplimiento a lo establecido en la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, en referencia a la Gratuidad de la Justicia, artículos 254 y 26 segundo aparte de la norma citada, así lo hacen constar las partes, intervinientes y firmantes de la presente acta.- Es todo.- Terminó se leyó y conforme firman, concluyó el acto, siendo 10:40 a.m..-

LA JUEZA

ABOG. ZIMARAY CARRASQUERO

EL (LA) NOTIFICADO (A)

LA SECRETARIA,

ABOG. L.M.M.L.

ZC/malpica y.

Comis. No. 3622-2007

Exped. No 05370

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