Decisión nº 84-2009 de Juzgado Decimo Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo. Extensión Maracaibo. de Zulia (Extensión Maracaibo), de 5 de Mayo de 2009

Fecha de Resolución 5 de Mayo de 2009
EmisorJuzgado Decimo Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo. Extensión Maracaibo.
PonenteMarlene Rojas de Siu
ProcedimientoPrestaciones Sociales

N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2009-000522

PARTE ACTORA: L.E.H..

APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: M.H..

PARTE DEMANDADA: VIGIBANCA C.A.

APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: B.A..

MOTIVO: DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES

En el día hábil de hoy, cinco (05) de mayo de 2009, siendo las 10:00 A.M, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen la abogada M.H. en su carácter de apoderada judicial del ciudadano L.E.H., y la abogada B.A., en su carácter de apoderada judicial de la sociedad mercantil VIGILANCIA Y TRANSPORTE DE VALORES BANCARIOS VIGIBANCA C.A en su carácter de parte actora y demandada respectivamente, llegando las partes al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y con el objeto de facilitar la tarea del juez consignan en tres (03) folios útiles y un (1) anexo, escrito contentivo de la transacción, mediante el cual cancelan al trabajador la cantidad de QUINCE MIL CUATROCIENTOS DIECISEIS MIL BOLÍVARES FUERTES CON 94/100 CENTIMOS (Bs. F. 15.416,94), mediante cheque No. 00036759, librado en contra de la entidad financiera Banco Occidental de Descuento, de fecha 29 de abril de 2009 a favor del ciudadano L.E.H..

Este Tribunal Décimo Segundo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo, en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. Se deja expresa constancia que en este mismo acto fueron entregadas las pruebas consignadas por la parte actora, al inicio de la audiencia preliminar se da por terminado el presente asunto en lo que respecta al codemandante L.E.H. y se abstiene de archivar el expediente..

La Juez.

Abg. M.R.d.S.L.S.

Los Presentes. Abg. Yasmelys Borrego.

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