Decisión de Juzgado Superior Estadal de lo Contencioso Administrativo de Aragua, de 15 de Diciembre de 2014

Fecha de Resolución15 de Diciembre de 2014
EmisorJuzgado Superior Estadal de lo Contencioso Administrativo
PonenteMargarita Garcia
ProcedimientoQuerella Funcionarial

JUZGADO SUPERIOR ESTADAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA.

Maracay, 15 de Diciembre de dos mil catorce (2014).

204° y 155°

Vista la sentencia dictada por este Despacho en fecha 30 de Junio del 2014; mediante la cual declaró Sin Lugar el Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial interpuesto; visto asimismo la diligencia estampada en fecha 04 de diciembre del 2014, por el Alguacil de este Juzgado; este Tribunal Superior, ordena práctica por Secretaria el cómputo de los cinco (05) días de Despacho siguientes a que hace referencia el artículo 110 de la Ley del Estatuto de la Función Pública, para que la parte recurrente ejerciera el Recurso de Apelación, sin que hiciera uso del mismo, a partir del día 04 de diciembre de 2014 (exclusive), fecha en la cual es consignada la notificado del Síndico Procurador Municipal del Municipio Sucre del estado Aragua, hasta el día 12 de Diciembre de 2014 (inclusive). Cúmplase.

LA JUEZ SUPERIOR TITULAR,

DRA. M.G.S..

LA SECRETARIA,

ABOG. SLEYDIN REYES

Quien suscribe, ABOG. SLEYDIN REYES, Secretaria Titular del Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo Estado Aragua, con sede en Maracay, , HACE CONSTAR: Que del Libro Diario llevado por este Tribunal, se evidencia: Que los cinco (05) días de despacho, a que hace referencia el artículo 110 de la Ley del Estatuto de la Función Pública, transcurrieron desde el día 04 de diciembre de 2014 (exclusive), hasta el día doce (12) de diciembre de 2014 inclusive, o sea los días 05, 08, 09, 10 y 12, de diciembre del 2014.

LA SECRETARIA,

ABOG. SLEYDIN REYES

Practicado como fue el cómputo por Secretaria se evidencia que desde el día 04 de diciembre de 2014, exclusive, hasta el 12 de diciembre de 2014 inclusive, transcurrieron 05 días de Despacho, para que las partes ejercieran su recurso de Apelación, por lo que habiendo transcurrido el lapso previsto en el artículo 110 de la Ley del Estatuto de la Función Pública, sin que se interpusiera recurso de apelación contra la decisión dictada por este Tribunal Superior en fecha 30 de Junio del año dos mil catorce (2014), el Tribunal la declara definitivamente firme y en consecuencia ordena el cierre del presente expediente y su posterior remisión al Archivo Judicial.

LA JUEZ SUPERIOR TITULAR,

DRA. M.G.S..

LA SECRETARIA,

ABOG. SLEYDIN REYES

Exp. No. DP02-G-2014-000009

MGS/SR/mr.

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