Decisión de Juzgado Septimo Superior Del Trabajo de Caracas, de 26 de Julio de 2012

Fecha de Resolución26 de Julio de 2012
EmisorJuzgado Septimo Superior Del Trabajo
PonenteWilliam Gimenez
ProcedimientoDesistimiento

Tribunal Séptimo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas

Caracas; veintiséis (26) de julio de 2012

202° y 153°

PARTE ACTORA: L.R.N., venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de las cédula de identidad No. V- 9.281.840.

APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: O.R.D.Á., abogado en ejercicio e inscrito en el IPSA bajo el N° 124.262.

PARTE DEMANDADA: SOCIEDAD MERCANTIL PANADERÍA Y PASTELERÍA C.D. C.A. E INVERSIONES DIMARY BARKERY, C.A.

APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: M.C., abogada en ejercicio e inscrita en el IPSA bajo el N° 17.909.

MOTIVO: INCIDENCIA

EXPEDIENTE N°: AP22-R-2012-001273.

Han subido a esta Superioridad las actuaciones del presente expediente en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte actora, contra la decisión de fecha 11 julio de 2012, dictado por el Juzgado Vigésimo Noveno (29°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, todo con motivo del juicio incoado por el ciudadano L.R.N. contra las Sociedades Mercantiles Panadería y Pastelería C.D. C.A. e Inversiones Dimary Barkery, C.A.

Ahora bien, de autos se constata que el presente expediente fue debidamente distribuido correspondiendo conocer del mismo a esta Superioridad, por lo que se ordena que se le de entrada, y en tal sentido se tiene por formalmente recibido.

Así mismo, vale indicar que de las actas procesales este Tribunal observa que el abogado O.R.D.Á. en su carácter de apoderado judicial de la parte actora (apelante) manifestó por diligencia de fecha 25 de julio de 2012, siendo las diez y treinta y cuatro de la mañana (10:34 a.m.) que: “… Desisto de apelación del recurso…”.

Pues bien, revisadas las presentes actuaciones se puede verificar que el presente recurso de apelación fue ejercido por la parte actora (ver folios 226 y 227), por lo que vista la manifestación realizada por el apoderado judicial de la parte actora recurrente, y revisados como han sido los extremos legales, a saber, la facultad para desistir de la apelación por parte del abogado in comento, el cual de forma expresa cursa a los autos (ver poder apud acta al folio 12); es por lo que, este Juzgado Séptimo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley, declara: UNICO: SE HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO, dándose por terminando el presente procedimiento (la apelación ejercida); en consecuencia, queda confirmada la decisión recurrida, indicándose asimismo que llegada la oportunidad legal correspondiente se ordenará enviar el presente expediente al Juzgado Vigésimo Noveno (29°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, a los fines legales consiguientes.

PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE y DÉJESE COPIA

Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Séptimo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en Caracas, a los veintiséis (26) días del mes de julio del año dos mil doce (2012). Años: 202º y 153º, de la Independencia y de la Federación, respectivamente.-

EL JUEZ

WILLIAM GIMÉNEZ

EL SECRETARIO;

OSCAR ROJAS

NOTA: En la misma fecha y previo cumplimiento de las formalidades legales, se dictó y publicó la presente decisión.-

EL SECRETARIO

WG/OR/vm.

Exp. N°: AP21-R-2012-0012 73.

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