Decisión de Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de Apure, de 14 de Julio de 2014

Fecha de Resolución14 de Julio de 2014
EmisorTribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca
PonenteFrancisco Padrón
ProcedimientoSolicitud De Titulo Supletorio

San F.d.A., 14 de Julio 2.014

205° y 155°

SOLICITUD: 14-81

SENTENCIA: DEFINITIVA

MATERIA: CIVIL

PROCEDIMIENTO: TITULO SUPLETORIO

SOLICITANTES: L.E.R.D. y

L.A.R.R.

FECHA DE ENTRADA 08 DE JULIO DE 2014.

Vista la Solicitud Nº 14-81, presentada por los ciudadanos L.E.R.D. y L.A.R.R., venezolanos, mayores de edad, solteros, de este domicilio, titulares de las Cédulas de Identidad Nros° V- 13.136.760 y V- 6.175.006, quienes han solicitado les sean declaradas suficientes las probanzas evacuadas para asegurarse la propiedad y otros derechos sobre las bienhechurias que describen en su solicitud, vistas y oídas como fueron las mismas, así como las declaraciones de los testigos que se ordenó evacuar, encontradas conformes. Este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECLARA TÍTULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD Y POSESIÓN, sobre un terreno del Municipio San Fernando, según consta el Contrato de Arrendamiento Ejido, debidamente autorizado por “EL ARRENDADOR” Sindico Procurador Municipal Abog. F.I.A.M., de la Alcaldía del Municipio San Fernando, Estado Apure, con una superficie de terreno de SESENTA Y UN METROS CUADRADOS CON SETENTA Y CINCO CENTIMETROS (61,75 M2), ubicado en “EL BARRIO ANTONIO JOSE DE SUCRE” Municipio San Fernando, cuyos linderos y medidas son los siguientes: NORTE: Casa de R.d.R., SEIS METROS CON CINCUENTA CENTIMETROS (6,50 Mts); SUR: Casa de la Familia Pulido, SEIS METROS CON CINCUENTA CENTIMETROS (6,50 Mts); ESTE: Casa de R.R., NUEVE METROS CON CINCUENTA CENTIMETROS (9,50 Mts); OESTE: Callejón N° 01, NUEVE METROS CON CINCUENTA CENTIMETROS (9,50 Mts); han construido bienhechurias las cuales están constituidas pos las siguientes características: cercada con bloques de cemento construcción de mampostería, piso de cemento pulido, techo de zinc, Una (01) habitación, Una (01) cocina, Una (01) Sala de baño, puertas y ventanas de hierro, agua y electricidad, en las cuales invirtieron una suma de NOVENTA MIL BOLIVARES (Bs 90.000,00). A favor de los ciudadanos L.E.R.D. y L.A.R.R., plenamente identificados. Se ordena devolver las resultas al Solicitante.-

El Juez;

Abog. F.J.P.

La Secretaria Titular;

Abog. MARIA M ARANGUREN T.

En esta misma fecha se devuelven las presentes actuaciones, y consta de ( ) folios útiles, quedó anotado en el punto Nº , al folio , del libro diario.

La Secretaria Titular;

Abog. MARIA M ARANGUREN T.

SOLICITUD N°. 14-81.

FJP/MMAT/Yudit.-

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