Sentencia nº 160 de Tribunal Supremo de Justicia - Sala Electoral de 28 de Julio de 2015

Fecha de Resolución28 de Julio de 2015
EmisorSala Electoral
PonenteJuan José Núñez Calderón

Numero : 160 N° Expediente : 2015-000095 Fecha: 28/07/2015 Procedimiento:

Acción de Amparo

Partes:

L.V., H.C. y J.V., interponen acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada contra la Comisión Electoral del Sindicato Profesional Bolivariano de Trabajadores del Sector Avícola, Similares, Afines y Conexos del estado Zulia (SIPROBOAVIZ) en relación con el proceso electoral para elegir a las nuevas autoridades del mencionado Sindicato, cuyo acto de votación está pautado para el día 30 de julio de 2015.

Decisión:

La Sala declaró que es COMPETENTE para conocer de la acción de amparo constitucional interpuesta, conjuntamente con solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos por los ciudadanos L.V., H.C. y J.V., en su invocada condición de afiliados al SINDICATO PROFESIONAL BOLIVARIANO DE TRABAJADORES DEL SECTOR AVÍCOLA, SIMILARES, AFINES Y CONEXOS DEL ESTADO ZULIA (SIPROBOAVIZ) y candidatos postulados para participar en el proceso electoral mediante el cual deberán ser electas sus nuevas autoridades, asistidos por el abogado O.O., contra el referido proceso comicial, cuyo acto de votación ha sido pautado para el día 30 de julio de 2015. ADMITE la acción de amparo constitucional y acuerda tramitarla conforme con el procedimiento establecido en sentencia Nro. 7 del 1º de febrero de 2000, emanada de la Sala Constitucional de este M.T.. PROCEDENTE la medida cautelar de suspensión de efectos, en consecuencia, se ORDENA suspender el acto de votación cuya realización ha sido pautada para el día 30 de julio de 2015, hasta tanto sea resuelto el fondo del asunto una vez efectuada la correspondiente audiencia constitucional.

Ponente:

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