Decisión de Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de Lara (Extensión Barquisimeto), de 28 de Octubre de 2004

Fecha de Resolución28 de Octubre de 2004
EmisorJuzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito
PonenteTamar Granados Izarra
ProcedimientoCobro De Bolívares

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara

Barquisimeto, veintiocho de octubre de dos mil cuatro

194º y 145º

ASUNTO : KP02-M-2004-000475

Vista la Dación en Pago suscrita entre las partes, en fecha 26/10/2.004, en el presente juicio de COBRO DE BOLÍVARES seguido por la ciudadana L.R.Á., venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 5.244.262, de este domicilio, a través de su endosatario en procuración Abg. E.S., inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 62.967, contra la ciudadana G.C.P.S., venezolana, mayor de edad, titular de las cédula de identidad N° 4.730.383, de este domicilio, este Juzgado administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte la correspondiente homologación. Téngase el mismo como sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada. Se suspende la Medida de Prohibición de Enajenar y Gravar, decretada en auto de fecha 25/08/2.004 y comunicada al Registrador Inmobiliario del Municipio Palavecino del Estado Lara, en la misma fecha, según oficio N° 1749, sobre bienes propiedad de la demandada. Líbrese oficio al organismo correspondiente. Se ordena el archivo del expediente. Déjese copia.

La Juez

TAMAR GRANADOS IZARRA

La Secretaria

MARIA FERNANDA ALVIAREZ

En la misma fecha se libró oficio N° 2343.-

La Sec.

TGI/Mónica

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