Decisión de Tribunal Trigésimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas. de Caracas, de 13 de Mayo de 2014

Fecha de Resolución13 de Mayo de 2014
EmisorTribunal Trigésimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas.
PonenteMaría Cecilia Conde
ProcedimientoDeclaracion De Unicos Y Universales Herederos

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Trigésimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas

Caracas, trece (13) de mayo de dos mil catorce (2014)

203º y 154º

ASUNTO: AP31-S-2014-002922

Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, y la justificación promovida y evacuada al efecto, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara ÚNICAS Y UNIVERSALES HEREDERAS del De Cujus F.G.B., quien en vida fuera titular de la cédula de identidad Nº V- 1.476.870, a las ciudadanas L.E.B.D.G., M.E.G.D.N. y M.G.G.B., venezolanas, mayores de edad y titulares de las cedulas de identidad números V- 1.845.691, V- 8.886.982 y V- 10.571.516, respectivamente.

Se acuerda expedir copias certificadas de la presente solicitud, de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, con excepción de los documentos que reposan en copia simple en la solicitud, previo suministro de los fotostatos necesarios, dejando copia certificada del presente decreto en el archivo de este Circuito Judicial, en atención a lo previsto en el artículo 13 de la Resolución Nº 2012-0001 de fecha 11 de Abril de 2012, dictada por la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia. Devuélvase las presentes actuaciones en original a las interesadas. Cúmplase.-

LA JUEZA TITULAR,

DRA. M.C.C.M.

LA SECRETARIA TITULAR,

ABG. A.E.P..

MCCM/AEP/katty*

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