Decisión de Juzgado Superior Septimo en lo Civil, Mercantil y del Transito de Caracas, de 1 de Agosto de 2014

Fecha de Resolución 1 de Agosto de 2014
EmisorJuzgado Superior Septimo en lo Civil, Mercantil y del Transito
PonenteVictor Gonzalez
ProcedimientoInhibición

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.

Caracas, primero (01) de agosto de dos mil catorce (2014).

Años 204º y 155º

Este Tribunal ordena de oficio practicar cómputo por secretaría de los días de despacho transcurridos desde el día dieciséis (16) de julio hasta el treinta y uno (31) de julio de 2014, ambas fechas inclusive, fecha en la cual venció el lapso para ejercer el recurso a que hubiere lugar contra la decisión de fecha quince (15) de julio de 2014, dictada por este Órgano Jurisdiccional. Cúmplase.

El Juez Titular,

Dr. V.J.G.J..

La Secretaria Temporal,

M.E.R..

Quien suscribe M.E.R., Secretaria Temporal del Juzgado Superior Séptimo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, Hace Constar: Que, desde el día dieciséis (16) de julio hasta el treinta y uno (31) de julio de 2014, ambas fecha inclusive, han transcurrido diez (10) días de despacho, los cuales se especifican a continuación: 16, 17, 21, 22, 23, 25, 28, 29, 30 y 31de julio de 2014. Caracas, primero (01) de agosto de 2014.

La Secretaria Temporal,

M.E.R.

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS. Caracas, primero (01) de agosto de dos mil catorce (2014).

Años 204º y 155º

Visto el computo que antecede y por cuanto se evidencia que ninguna de las partes ejerció recurso alguno contra la decisión dictada en fecha quince (15) de julio de 2014, este Tribunal en consecuencia, ordena la remisión del expediente al Tribunal de origen, Juzgado Vigésimo primero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Líbrese el correspondiente oficio de remisión. Cúmplase.

El Juez Titular,

Dr. V.J.G.J..

La Secretaria Temporal,

M.E.R..

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado anteriormente y se libro oficio N°2014- A-

La Secretaria Temporal,

M.E.R..

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.

Caracas, primero (01) de agosto de dos mil catorce (2014).

Años 204º y 155º

Oficio N° 2014-A-

Ciudadano

Dra. M.D.C.G.H..

JUEZA DEL JUZGADO VIGESIMO PRIMERO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÒN JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS.

Su Despacho

Me dirijo a usted, con la finalidad de remitirle anexo al presente oficio el expediente signado con el N° AP71-X-2014-000091 (386) de la nomenclatura llevada por este Tribunal, contentivo de la INHIBICIÒN planteada por la Dra. M.d.C.G.H., jueza del Juzgado Vigésimo Primero de Municipio de la Circunscripción judicial del Área Metropolitana de Caracas, en el juicio por RESOLUCIÒN DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO incoaran las ciudadanas L.J.V. e IDARELLA GABRIELA TARRICONE JIMÈNEZ contra A.D.V.R., constante de una (01) pieza, de ochenta y ocho (88) folios útiles.-

Remisión que se hace, en virtud de haber sido declarada firme en esta misma fecha, la decisión dictada por este tribunal en fecha quince (15) de julio de dos mil catorce (2014).

DIOS Y FEDERACION

El Juez Titular,

Dr. V.J.G.J..

VJGJ/A.Z.C.

EXP. N°AP71-X-2014-000091 (386)

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