Decisión nº 148-2012 de Juzgado Decimo Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo. Extensión Maracaibo. de Zulia (Extensión Maracaibo), de 31 de Julio de 2012

Fecha de Resolución31 de Julio de 2012
EmisorJuzgado Decimo Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo. Extensión Maracaibo.
PonenteAna Avila
ProcedimientoPrestaciones Sociales

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

TRIBUNAL DÉCIMO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN, PARA EL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL Y TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA

MARACAIBO, (31) DE JULIO DE DOS MIL DOCE (2012)

202º Y 153º

SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA

ASUNTO: VP01-L-2012-001224.

Se recibe y se le da entrada al acta transacción suscrita por la ciudadana L.H., inscrita en el inpreabogado bajo el numero 135.943, actuando en su carácter de apoderada judicial de la sociedad mercantil INGENERIA DE PROYECTOS Y CONSTRUCCIONES C.A., (INPROCE), parte demandada y por la otra, el ciudadano E.C., venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad número V-9.716.934, asistido por el R.R., inscrito en el inpreabogado bajo el numero 168.785, parte actora, donde de mutuo acuerdo han convenido en celebrar transacción, con el fin de dar por terminada la presente causa, conviene en que la sociedad mercantil INGENERIA DE PROYECTOS Y CONSTRUCCIONES C.A., (INPROCE), le cancele a la ciudadana L.H., la cantidad de CIENTO VEINTE MIL BOLIVARES CON CERO CÉNTIMOS (Bs.120.000,00), pagaderos en (02) dos partes, el primero mediante un (01) instrumento cambiario, de fecha 27 de julio del 2012, numero 00012958, librado contra la entidad bancaria Banesco, a nombre del ciudadano E.C., por la cantidad de SESENTA MIL BOLIVARES CON CERO CÉNTIMOS (Bs.60.000,00), entregado en el acto, y un segundo paga para el día 21 de septiembre de 2012 por la cantidad de SESENTA MIL BOLIVARES CON CERO CÉNTIMOS (Bs.60.000,00). Este Tribunal Décimo Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución para el Nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, revisada y visto que la misma reúne los requisitos establecidos en el artículo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras; y los artículos 10 y 11 del Reglamento, por lo cual no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de ley HOMOLOGA EL ACUERDO TRANSACCIONAL, presentado por las partes, en relación a las conceptos esgrimido en el libelo de demanda, se le imparte el carácter de cosa juzgada. Se da por terminada la causa, se ordena el archivo del expediente y su remisión al archivo judicial.

LA JUEZ

DRA. ANA ÁVILA.

LA SECRETARIA

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