Decisión nº 117-2013 de Juzgado Decimo Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo. Extensión Maracaibo. de Zulia (Extensión Maracaibo), de 3 de Julio de 2013

Fecha de Resolución 3 de Julio de 2013
EmisorJuzgado Decimo Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo. Extensión Maracaibo.
PonenteEdmundo Finol
ProcedimientoPrestaciones Sociales Y Otros Conceptos

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE:

PODER JUDICIAL

TRIBUNAL DÉCIMO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN PARA EL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL Y TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ESTADO ZULIA

Maracaibo, Miércoles tres (03) de Julio de 2013.-

203º y 154º

EXPEDIENTE No. VP01-L-2013-000717.-

ACTA DE DESISTIMIENTO POR LA INCOMPARECENCIA DE LA DEMANDANTE A LA INSTALACIÓN DE LA AUDIENCIA PRELIMINAR

DEMANDANTE: L.M.L.T. (No-Compareció); APODERADO (A) JUDICIAL DE LA DEMANDANTE (No compareció ningún apoderado (a) judicial que la representase); PARTE DEMANDADA: SOCIEDAD IRREGULAR DE HECHO BATIDOS LA UNIÓN C.A.; (No Compareció, ni representante, ni apoderado (a) judicial que la representare); MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES.- En el día de hoy miércoles tres (03) de julio de 2013, siendo las nueve y treinta horas de la mañana (09:30 a.m), fecha y hora fijada, para que tenga lugar la celebración de la respectiva Audiencia Preliminar en el presente asunto, previa verificación de los lapsos procesales por la Coordinación de Secretaría de este Circuito Judicial Laboral, de fecha dieciocho (18) de junio de 2013, la cual corre inserta al folio veinticinco (25) de la presente causa, y realizado como fueron los anuncios de Ley respectivo por el Alguacil adscrito a este Circuito Judicial Laboral, ciudadano H.R., en tres (03) oportunidades, a la hora pautada, es decir 09:30 a.m; el Tribunal, previamente abocado al conocimiento de la presente causa, deja expresa constancia de la incomparecencia de ambas partes al respectivo Acto de Instalación de la Audiencia Preliminar, pautada para el día de hoy, miércoles 03/07/2013, a las 09:30 a.m. Asimismo, el ciudadano Juez de este Despacho, deja expresa constancia de la Incomparecencia de la demandante, ciudadana L.M.L.T., plenamente identificada en actas y de algún apoderado (a) judicial, al acto de instalación de la Audiencia Preliminar, pautado para la presente fecha miércoles 03/07/2013, a las 09:30 a.m; por lo que, de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo (LOPTRA), lo viable en derecho es declarar DESISTIDO el procedimiento y terminado el proceso, en consecuencia este TRIBUNAL DÉCIMO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN PARA EL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL Y TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: El desistimiento del procedimiento, debido a la no comparecencia de la demandante L.M.L.T., y en consecuencia, declara terminado el presente proceso. Publíquese, regístrese, y déjese copia certificada de la presente decisión. Se levantó la presente acta, siendo las diez y veinte horas de la mañana (10:20 p.m.), la cual firman:

El Juez,

Abg. E.F.R..

La Secretaria,

Abg. M.A.P..

EFR/EXP. VP01-L-2013-000717.-

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