Decisión de Tribunal Tercero de Primera Instancia en Funciones de Control de Sucre (Extensión Carupano), de 25 de Noviembre de 2013
Fecha de Resolución | 25 de Noviembre de 2013 |
Emisor | Tribunal Tercero de Primera Instancia en Funciones de Control |
Ponente | Abelardo Rafael Royo |
Procedimiento | Sobreseimiento De La Causa |
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
EXTENSION CARUPANO
TRIBUNAL PENAL DE PRIMERA INSTANCIA ESTADALES Y MUNICIPALES EN FUNCIONES DE CONTROL N° 3
Carúpano, 25 de Noviembre de 2013
203º y 154º
ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2013-004066
ASUNTO: RP11-P-2013-004066
SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA
Visto el escrito presentado por la Fiscalía Segunda del Ministerio Público del Segundo Circuito Judicial del Estado Sucre, contentivo de solicitud de SOBRESEIMIENTO de la presente causa, seguida a L.S. Y L.R.S., se desconocen sus datos, por la presunta comisión del delito de INVASIÓN Y ACTOS VIOLENTOS, previsto y sancionado en el artículo 471-A del Código Penal, en perjuicio de L.D.V.G.D.V., conforme a lo previsto en el artículo 300 ordinal 4° y 302 del Código Orgánico Procesal Penal.
Este Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales Y Municipales En Funciones De Control Nº 3, visto el pedimento formulado y revisadas las actuaciones que acompañan la solicitud, pasa a decidir en los siguientes términos:
DE LOS HECHOS Y DEL DERECHO APLICABLE
Observa esta Juzgadora que, ciertamente los hechos objeto de la presente investigación ocurrieron en fecha 26/09/2012, “Se inicia acta de denuncia rendida por la ciudadana L.G., quien manifiesta que los ciudadanos a L.S. y L.R.S., invadieron un terreno hace 4 meses, de aproximadamente 150 metros de largo y un aproximado de 20 metros de ancho ubicado en la dirección supra, que es de mi propiedad, es todo ”, y ahora bien, del análisis de los recaudos acompañados a la solicitud Fiscal, y atendiendo a las circunstancias del caso en particular, se observa que, no existe la posibilidad de incorporar nuevos datos a la investigación, y no hay bases para solicitar fundadamente el enjuiciamiento público de persona alguna en este delito, motivo por el cual, este Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales Y Municipales En Funciones De Control Nº 3, considera procedente la solicitud Fiscal por el motivo invocado, y en consecuencia se DECRETA el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida al Ciudadano a L.S. Y L.R.S., se desconocen sus datos, por la presunta comisión del delito de INVASIÓN Y ACTOS VIOLENTOS, previsto y sancionado en el artículo 471-A del Código Penal, en perjuicio de L.D.V.G.D.V., todo de conformidad con lo establecido en el artículo 300 ordinal 4° del Código Orgánico Procesal Penal. Así se decide.-
DISPOSITIVA
En virtud de todo lo antes expuesto, este Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales Y Municipales En Funciones De Control Nº 3, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida al Ciudadano a L.S. Y L.R.S., se desconocen sus datos, por la presunta comisión del delito de INVASIÓN Y ACTOS VIOLENTOS, previsto y sancionado en el artículo 471-A del Código Penal, en perjuicio de L.D.V.G.D.V., por considerar que no existe la posibilidad de incorporar nuevos datos a la investigación, y no hay bases para solicitar fundadamente el enjuiciamiento público de persona alguna en este delito, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 300 ordinal 4° del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a las partes conforme a lo establecido en el artículo 159 del Código Orgánico Procesal Penal. Cúmplase.
El Juez Tercero de Control
Abg. A.R.R.H.
La Secretaria Judicial
ABG. D.M.