Decisión de Juzgado Quinto Superior Del Trabajo de Caracas, de 4 de Octubre de 2010

Fecha de Resolución 4 de Octubre de 2010
EmisorJuzgado Quinto Superior Del Trabajo
PonenteFelixa Hernandez
ProcedimientoBeneficios Laborales

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE

JUZGADO QUINTO SUPERIOR DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.

200° y 151°

ACTO CONCILIATORIO

En el día de hoy, Cuatro (04) de octubre de dos mil diez (2010), siendo las nueve de la mañana (9:00 am.), oportunidad fijada para que tenga lugar la continuación del acto conciliatorio fijado, haciéndose presentes los abogados: R.P. Y J.M., inscritos en el Ipsa bajo los números 9298 y 30214, respectivamente, en su carácter de apoderados judiciales de la parte actora y demandada, respectivamente. En este estado, las partes proceden a manifestar su común voluntad de ratificar en todas sus partes la transacción que cursa a los folios 12 al 14, y consignados los recaudos de los Estatutos de la empresa demandada donde consta el carácter del apoderado judicial estatutario, del Abogado R.P., solicitan se imparta su homologación; en consecuencia, siendo que la misma cumple con los parámetros legales y reglamentarios, este Juzgado Quinto Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, IMPARTE LA HOMOLOGACIÓN a la referida transacción e igualmente, ordena la remisión del presente asunto al Juzgado Trigésimo Noveno de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este Circuito Judicial del Trabajo, a los fines de que proceda a dar por terminado el presente asunto y ordene el archivo del expediente. Terminó, se leyó y conformes firman.-

F.I.H.L..

Juez Titular Apoderado judicial Parte actora

Apoderado judicial Parte demandada

Secretario

AP21-R-2010-000462

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