Decisión nº PJ0032007000255 de Tribunal Tercero de Protección del Niño y Adolescente de Cojedes, de 28 de Noviembre de 2007

Fecha de Resolución28 de Noviembre de 2007
EmisorTribunal Tercero de Protección del Niño y Adolescente
PonenteFanny Coromoto Castro Moreno
ProcedimientoObligación De Manutención

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

PODER JUDICIAL

Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Cojedes

Juez Unipersonal de la Sala 3

Veintiocho de noviembre de dos mil siete

197º y 148º

ASUNTO: HH11-S-2006-000287

Vistas las actuaciones que anteceden en la presente solicitud por obligación alimentaría, iniciada conjuntamente por los ciudadanos L.J.O.D. y Yormin D.C.P., ambos plenamente identificados en autos, en beneficio de la niña (IDENTIDAD OMITIDA EN CUMPLIMIENTO DEL ARTICULO 65 DE LA LOPNA), de (IDENTIDAD OMITIDA EN CUMPLIMIENTO DEL ARTICULO 65 DE LA LOPNA), evidencia esta sentenciadora que mediante escrito de fecha 27 de noviembre de 2007, los ciudadanos N.S.B.R. y J.B.F., en su condición de Fiscal VI y Auxiliar (respectivamente) del Ministerio Público con Competencia Especializada en materia de Protección de Niño y del Adolescente, actuando en defensa de los derechos e intereses de la niña (IDENTIDAD OMITIDA EN CUMPLIMIENTO DEL ARTICULO 65 DE LA LOPNA), solicitaron al Tribunal se decrete con carácter de urgencia medida de embargo sobre las prestaciones sociales que le corresponden al ciudadano Yormin D.C.P., ya identificado, es por lo que, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la circunscripción Judicial del estado Cojedes, en Nombre de la República de Venezuela y Por Autoridad de la Ley decreta Medida Provisional de embargo Preventivo sobre el quince por ciento (15%) de las prestaciones sociales que pudieran corresponderle al ciudadano antes identificado, en caso de cesantía laboral todo de conformidad con lo establecido en los artículos 8 y 512 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Ofíciese lo conducente a la Gerencia de Recursos Humanos del diario Las Noticias de Cojedes. Líbrese Oficio respectivo. Así se decide.

La Juez de Juicio N° 03

Abg. F.C.C.M.

La Secretaria

Abg. Maria Ubilerma Aguilar

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