Decisión nº S-N de Juzgado Cuarto Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Almirante Padilla y Páez de Zulia, de 24 de Febrero de 2006

Fecha de Resolución24 de Febrero de 2006
EmisorJuzgado Cuarto Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Almirante Padilla y Páez
PonenteZimaray Coromoto Carrasquero
ProcedimientoPensión De Alimentos

En horas de Despacho del día de hoy,24 de Febrero del año dos mil seis, siendo las 10:00 a.m., de conformidad con lo acordado , se traslado y constituyó éste JUZGADO CUARTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, J.E. LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en las oficinas de la CONTRALORIA MUNICIPAL DE MARACAIBO, ubicada en la avenida 13 A, entre calle 76 y 77, Edificio Montana, Primer Piso, Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia, a objeto de llevar a efecto la medida de Embargo Preventivo, comisionada por el JUZGADO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. SALA DE JUICIO- JUEZ UNIPERSONAL Nro.01, con motivo del juicio de RECLMACION ALIMENTARIA, seguido por la ciudadana: L.R.A.H., titular de la cédula de identidad No. V-11.867.509, contra: R.J.L.V., titular de la cédula de identidad No. V-11.862.143, en beneficios de los niños y/o adolescente: R.A. Y R.A.L.A..- Presente el (la) ciudadano (a):A.H., titular de la cédula de identidad No. V-7.796.337, quién se identifico con el carácter de SECRETARIA.- El Tribunal le notificó que el Juzgado de la causa decretó MEDIDA PREVENTIVA DE EMBARGO, al ciudadano: R.J.L.V., titular de la cédula de identidad No.V-11.862.143, sobre: A) EL TREINTA POR CIENTO (30%) del sueldo, horas extras, cesta ticket, que le correspondan al ciudadano: R.J.L.V. , titular de la cédula de identidad No.V-11.862.143, al servicio de la CONTRALORIA MUNICIPAL DE MARACAIBO, B) EL TREINTA POR CIENTO (30%) de lo que devengue el reclamado por concepto de vacaciones, bonos de incremento presidencial, C) EL TREINTA POR CIENTO (30%) de lo que devengue el reclamado sobre las utilidades o bonificaciones especiales, D) En caso de que el ciudadano goce de los beneficios de primas por hijos, útiles escolares y juguetes retener el CIEN POR CIENTO (100%) de tales conceptos, E) EL TREINTA POR CIENTO (30%) de las Prestaciones Sociales, Fideicomiso y sus intereses, caja de ahorros y de cualquier otra cantidad que pueda corresponderle en caso de despido, retiro, renuncia, jubilación o muerte y sobre cualquier otra causa que de por terminada su relación laboral.-Seguidamente este Tribunal CUARTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, J.E. LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara EMBARGADO PREVENTIVAMENTE, los conceptos antes establecido en los literales A, B, C, D y E, asimismo se le hace saber al notificado que las cantidades a retener en los literales A, B, C y D, deberán ser entregados directamente a la ciudadana: L.R.A.H., titular de la cédula de identidad No. V-11.867.509 o deberán ser remitidas ser remitidas al Tribunal de la causa en Cheque de Gerencia y los retenidos en el literal E deberán ser remitidas mediante cheque de Gerencia a nombre del TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. SALA DE JUICIO- JUEZ UNIPERSONAL Nro.01. Se le hace saber al notificado que solo se reciben cheques los días MARTES Y JUEVES.- Igualmente se le hace saber al notificado que a partir de la presente fecha comenzaran las retenciones a que se refiere la presente medida.- El Notificado Expuso: “: Me doy por notificado de la medida de ejecución que en este acto se ejecuta a reserva de verificar : PRIMERO: Si el demandado es o no trabajador de esta Contraloría Municipal del Estado Zulia; SEGUNDO: La existencia de cualquier otra medida preventiva o ejecutiva practicada con anterioridad a la presente; TERCERO: Si existe alguna acreencia u obligación a favor de mi representada, que este garantizada con aquellas cantidades que por concepto de Prestaciones Sociales o por cualquier otro concepto le pueda corresponder al demandado; CUARTO: Si existe otra medida de Embargo que afecten los haberes del trabajador ejecutada con anterioridad a la presente; QUINTO: Si las Prestaciones Sociales del demandado han sido adelantada para la constitución del Fideicomiso, conforme al Artículo 108 de la Ley Orgánica del Trabajador Vigente o Depositadas en el Banco Central de Venezuela, de conformidad con lo previsto en el Artículo 23 de la Ley Orgánica que reserva al Estado, la Industria y el Comercio de los Hidro-carburos.- SEXTO: Sin perjuicio de los derechos y recursos que pueda alegar y ejercer al propio demandado.- En este estado el tribunal ordena expedir copia de la presente acta y su entrega a la persona notificada y deja constancia que no ha recibido pago alguno en el cumplimiento de sus servicios , todo de conformidad con los Artículos 254 y el segundo aparte del artículo 26 de la Constitución Bolivariana de Venezuela, así lo hacen constar las partes, intervinientes y firmantes de la presente acta..- Es todo.- Terminó se leyó y conforme firman, concluyó el acto, siendo10:15 a.m..-

LA JUEZ TEMPORAL,

ABOG. ZIMARAY CARRASQUERO

EL (LA) NOTIFICADO (A),

LA SECRETARIA,

ABOG. L.M.M.L.

ZC/ gonzalez b.

Comis. No. 3034-2006

Exped. No 07891

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