Sentencia nº AMP-122 de Tribunal Supremo de Justicia - Sala Político Administrativa de 8 de Agosto de 2007
Fecha de Resolución | 8 de Agosto de 2007 |
Emisor | Sala Político Administrativa |
Ponente | Yolanda Jaimes Guerrero |
Procedimiento | Auto para mejor proveer |
Caracas, 07 de agosto de 2007
198° y 147°
Vista la pretensión contenciosa-administrativa formulada por los abogados A.C., L.A.H. y K.A.S., inscritos en el INPREABOGADO bajo los Nros. 45.088, 97.685 y 91.707, respectivamente, actuando en su carácter de apoderados judiciales del ciudadano R.N. SÁEZ ÁLVAREZ, con cédula de identidad Nº 982.049, en su condición de Contralor del Municipio Chacao del Estado Miranda, contra el CONTRALOR GENERAL DE LA REPÚBLICA, “… en virtud de la amenaza inminente de violación del derecho subjetivo de nuestro mandante de ejercer y continuar ejerciendo el cargo de Contralor Municipal del Municipio Chacao del Estado Miranda, derivada de la posible, directa e inmediata emisión de un acto administrativo con base en el artículo 32 de la LOCGR, y en atención al Informe Preliminar de fecha 07 de marzo de 2006 emitido por la Dirección General de Control de Estado y Municipios de la Contraloría General de la República…”, esta Sala observa:
El Concejo Municipal del Municipio Chacao del Estado Miranda, a los fines de cumplir con lo dispuesto en la decisión del Contralor General de la República contenida en la Resolución N° 01-00-189 de fecha 21 de junio de 2006, dictó Acuerdo N° 058-06 de fecha 29 de junio de 2006, donde se revocó el acto de la designación del recurrente como Contralor del Municipio Chacao, y se ordenó la convocatoria de nuevo concurso para proveer el cargo de Contralor Municipal en dicho Municipio.
Ahora bien, en virtud del tiempo transcurrido, esta Sala, de conformidad con lo previsto en el aparte 13 del artículo 21 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, acuerda notificar a la parte recurrente a los fines de que, en el lapso de diez (10) días de despacho, contados a partir de la notificación del presente auto, informe a este órgano jurisdiccional sobre su interés en la medida cautelar solicitada y acerca de la situación actual del ciudadano RAFAEL SÁEZ ÁLVAREZ, concretamente si se encuentra desempeñando otro cargo en la Administración Pública.
Publíquese, regístrese y comuníquese.
La Presidenta
EVELYN MARRERO ORTÍZ
La Vicepresidenta – Ponente,
Y.J.G.
Los Magistrados,
L.I. ZERPA
HADEL MOSTAFÁ PAOLINI
E.G.R.
La Secretaria,
S.Y.G.
En ocho (08) de agosto del año dos mil siete, se publicó y registró el anterior auto para mejor proveer bajo el Nº 122.
La Secretaria,
S.Y.G.